Boletín Oficial de la República Argentina del 26/09/2014 - Primera Sección

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Primera Sección
Viernes 26 de septiembre de 2014

y asistencia técnica para la realización de acciones de distintos programas sanitarios y/o de control cuarentenario, para ajustar su ejecución a los nuevos lineamientos estratégicos institucionales referidos precedentemente.

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AVISOS OFICIALES
Anteriores
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades conferidas por el Artículo 8, incisos a y h del Decreto Nº1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar Nº825 del 10 de junio de 2010.

BOLETIN OFICIAL Nº 32.977

GENDARMERIA NACIONAL
DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS

Por ello, LA PRESIDENTA
DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTICULO 1 Limitar al presente ejercicio fiscal, la ejecución de los planes operativos correspondientes a los planes, programas y sistemas cuarentenarios de este SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA contenidos en la totalidad de los convenios de administración, cooperación, asistencia técnica y/o fortalecimiento institucional celebrados a la fecha con la FUNDACION BARRERA ZOOFITOSANITARIA PATAGONICA
FUNBAPA, los que se dan por denunciados a partir del 31 de diciembre de 2014.
ARTICULO 2 En el plazo de TREINTA 30 días corridos, contados a partir de la fecha de la presente resolución, las dependencias de la Unidad Presidencia, las Direcciones Nacionales y la Dirección General de Laboratorios y Control Técnico de este Servicio Nacional, deberán elevar a la Presidencia del Organismo, los informes circunstanciados que contengan los respectivos diagnósticos de situación de los programas sanitarios y acciones cuarentenarias comprendidas en los convenios de cooperación y/o asistencia técnica incluidos en los alcances del Artículo 1 de la presente resolución, indicando, en cada caso, las propuestas de adecuación y/o reformulación que resulten pertinentes para la ejecución de dichos programas y planes y funcionamiento de puestos de control cuarentenario por parte de este Servicio Nacional.
ARTICULO 3 A los efectos establecidos en el artículo que precede, en el plazo estatuido, las Direcciones de Centros Regionales pertinentes, deberán efectuar y elevar a la Unidad Presidencia el relevamiento de los requerimientos de infraestructura, equipamiento y recursos humanos necesarios para la correcta atención de los programas y/o sistemas involucrados en los alcances de la presente medida.
ARTICULO 4 Encomendar a la Dirección Nacional Técnica y Administrativa instrumentar, a través de sus respectivas dependencias, los mecanismos que sean necesarios para el ejercicio por parte de este Servicio Nacional, de la administración económica, financiera y patrimonial de los programas, planes y sistemas cuarentenarios respectivos a partir del 1º de enero de 2015, a cuyo efecto acordará con la FUNBAPA, los procedimientos de traspaso y/o transferencia de la totalidad de los recursos y bienes comprendidos en los convenios de administración y/o uso de bienes celebrados oportunamente y las rendiciones de cuentas respectivas para su aprobación por parte de este Organismo.
ARTICULO 5 Regístrese, comuníquese a los organismos de control pertinentes y notifíquese a la FUNBAPA.
ARTICULO 6 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Ing. Agr. DIANA MARIA GUILLEN, Presidenta, Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria.
e. 26/09/2014 Nº71723/14 v. 26/09/2014

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
Resolución 38.612/2014
Expediente Nº62.555
Síntesis: Autorización Seguro de Cristales.
22/9/2014
VISTO Y CONSIDERANDO
EL SUPERINTENDENTE
DE SEGUROS DE LA NACION
RESUELVE:

ARTICULO 1 Autorizar a METLlFE SEGUROS S.A. a operar en todo el territorio de la República Argentina en el Seguro de Cristales, con las Condiciones Contractuales establecidas en las Resoluciones SSN Nº9.370 de fecha 07 de Junio de 1968 y Nº14.621 de fecha 14 de Agosto de 1978 de este Organismo de Control; Condiciones Contractuales fs. 1 - folio 2; Adecuaciones a las Condiciones Generales fs. 2 - folio 2 y fs. 1 - folio 6; Cláusula de Cobranza del Premio fs. 3/4 - folio 2 y fs. 1 - folio 6; Condiciones Particulares fs. 5/6 - folio 2; Denuncia del Siniestro fs. 7 - folio 2; Solicitud del Seguro fs. 8 - folio 2 y Nota Técnica y Política de Suscripción y Retención de Riesgos fs. 9 - folio 2 y fs. 2 - folio 6.
ARTICULO 2 Regístrese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial. Lic. JUAN
ANTONIO BONTEMPO, Superintendente de Seguros de la Nación.
NOTA: la versión completa de la presente Resolución se puede consultar en Avda. Julio A.
Roca 721 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
e. 26/09/2014 Nº71722/14 v. 26/09/2014

GENDARMERIA NACIONAL CON DOMICILIO EN AV. ANTARTIDA ARGENTINA NRO.
1480 CIUDAD AUTONOMA DE BS. AS., NOTIFICA A JOSE JOAQUIN PEDRO DNI 27.467.164, DE LA DDNG NRO. 0038 DEL 13/01/14 QUE DICE: ARTICULO 1RO. DAR DE BAJA DE
GENDARMERIA NACIONAL, CON FECHA 08 DE ENERO DE 2014, AL CABO PRIMERO ESCALAFON GENERAL ESPECIALIDAD SEGURIDAD JOSE JOAQUIN PEDRO DNI 27.467.164
- CE 66.303, CUYA FECHA DE INCORPORACION ES 01 DE MARZO DE 2002, DEL ESCUADRON ESPECIAL NRO. 2, POR EL CORRECTIVO DISCIPLINARIO IMPUESTO POR EL CONSEJO DE DISCIPLINA COMANDO DE UNIDADES CINTURON SUR, CONSISTENTE EN LA
DESTITUCION DE LA FUERZA. FIRMADO ENRIQUE ALBERTO ZACH, DIRECTOR NACIONAL DE GENDARMERIA. PUBLIQUESE POR EL TERMINO DE 3 DIAS. JORGE ALBERTO
HOGALDE, Comandante General, Director de Recursos Humanos.
e. 25/09/2014 Nº71565/14 v. 29/09/2014

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL
El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL notifica que en el Expediente Nº 922/11, recayó la Resolución Nº 3.450 de fecha 13/08/2014. Resolviendo encomendar a la Gerencia de Registro y Legislación que solicite al Señor Juez interviniente en el Expediente Reservado Nº280/10, en trámite por ante el Juzgado Federal de Viedma - Secretaría Civil y Comercial, la finalización del proceso de intervención judicial. Asimismo, ha resuelto RETIRAR LA AUTORIZACION PARA FUNCIONAR a la ASOCIACION MUTUAL DE
AMAS DE CASA LA COMARCA DE RIO NEGRO, Matrícula de este Instituto Nº58 de la provincia de Río Negro, con último domicilio legal en la localidad de Viedma, provincia de Río Negro, disponiéndose su LIQUIDACION EXTRAJUDICIAL. A tales fines, se designa Liquidador de la entidad al CP. Sergio Daniel GONDOLO DNI. 14.421.540, quien procederá en los términos de la Resolución Nº 119/88 del ex INAM. Queda debidamente notificado Art. 42, Dto. Nº1.759/72 - t.o. 1.9914. OSVALDO A. MANSILLA, Coordinador Financiero Contable, I.N.A.E.S.
e. 24/09/2014 Nº71256/14 v. 26/09/2014

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL

El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano Nº 1656, Capital Federal, notifica que por medio de las disposiciones Nros. 913/14; 907/14; 914/14; 906/14; 914/14; 906/14; 909/14; 908/14; 909/14; 910/14; 911/14;
912/14; 628/13; se ha resuelto dar por decaídos los derechos dejados de usar para presentar los descargos y ofrecer pruebas en los términos del artículo 1 inciso e apartado Nº8 de la Ley Nº19.549 y declarar la cuestión de puro derecho, respectivamente, a las entidades que a continuación se detallan: COOPERATIVA DE TRABAJO LA MARIA LIMITADA, Matrícula 29.280; COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO EL CEIBO LIMITADA, Matrícula 12.497; COOPERATIVA DE TRABAJO LA METROPOLIS LIMITADA, Matrícula 34.166;
COOPERATIVA DE VIVIENDA Y CONSUMO DE CONDUCTORES Y AFINES DE TRANSPORTE
ESCOLAR, COMBIES, MINIBUS Y AUTOS DE ALQUILER DE LA REPUBLICA ARGENTINA LIMITADA COOSICO, Matrícula 33.994; COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO
CONFIAR LIMITADA, Matrícula 16.489; COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO DEL SUR LIMITADA, Matrícula 16.065; COOPERATIVA DE CREDITO TAXON LIMITADA, Matrícula 34.150; ARGENTUM COOPERATIVA DE CREDITO, VIVIENDA Y URBANIZACION
LIMITADA, Matrícula 23.042; SANTO TOMAS COOPERATIVA DE CREDITO, CONSUMO Y
VIVIENDA LIMITADA, Matrícula 20.494; COOPERATIVA DE VIVIENDA NUEVA CELINA LIMITADA, Matrícula 29.607 en los expedientes por los que se tramitan sus respectivos sumarios y por su orden se indican: Exptes. Nº3828/; 2423/13; 65/13; 5039/14; 240/11; 4094/11; 287913;
1631/13; 6186/12; 5222/11; 628/13.
De acuerdo a las normas en vigor se fija el plazo de DIEZ 10 días, para que de considerarlo pertinente, las entidades procedan a tomar vista de las actuaciones sumariales, en los términos y a los efectos previstos en el Art. 60 del Decreto Nº1759/72. Dra. MELINA
GUASSARDO, Instructora Sumariante, I.N.A.E.S.
e. 24/09/2014 Nº71259/14 v. 26/09/2014

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL

El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano No. 1656, Capital Federal, notifica que por medio de las Disposiciones No.
277/14, 888/14, 887/14, 886/14, 884/14, 883/14, 882/14, 889/14 se ha resuelto dar por decaído el derecho dejado de usar para presentar el descargo y ofrecer prueba en los términos del artículo 1 inciso e, apartado No. 8 de la Ley 19.549/72 y declarar la cuestión de Puro Derecho respectivamente, a las entidades que seguidamente se detallan: COOPERATIVA DE
TRABAJO FERROTUR PAMPA, SIERRA Y CUYO LTDA, EXPTE. No. 2025/13, MATRICULA

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Boletín Oficial de la República Argentina del 26/09/2014 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date26/09/2014

Page count76

Edition count9420

First edition02/01/1989

Last issue07/08/2024

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