Boletín Oficial de la República Argentina del 28/05/2014 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 28 de mayo de 2014

BOLETIN OFICIAL Nº 32.893

RESOLUCIONES
TERMINALES DE CARGA
Resolución 215/2014-SENASA
Habilitación y registro

Pág.

8

SEGURIDAD SOCIAL
Resolución General 3634-AFIP
Indicadores Mínimos de Trabajadores. Incorporación de actividades. Resolución General Nº2.927
y sus modificatorias. Su modificación

11

Resolución General 3633-AFIP
Indicadores Mínimos de Trabajadores. Incorporación de actividades. Resolución General Nº2.927
y sus modificatorias. Su modificación

11

Resolución General 3632-AFIP
Indicadores Mínimos de Trabajadores. Incorporación de actividades. Resolución General Nº2.927
y sus modificatorias. Su modificación

11

12

PRODUCTOS MEDICOS
Disposición 3246/2014-ANMAT
Prohibición de uso y comercialización

12

Disposición 3248/2014-ANMAT
Prohibición de comercialización

13

Disposición 3252/2014-ANMAT
Prohibición de uso y comercialización

13

Disposición 3278/2014-ANMAT
Prohibición de uso y comercialización

14

CONCURSOS OFICIALES
Nuevos

15

AVISOS OFICIALES
Nuevos
Anteriores

16
48

49

CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO

CONVENIOS
Decreto 776/2014
Acta complementaria del Convenio de transferencia de Previsión Social de la Provincia de San Luis al Estado Nacional.
Aprobación.

Bs. As., 26/5/2014
VISTO el Expediente Nº 024-99-81060722-6796 del Registro de la ADMINISTRACION
NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
ANSES, las Leyes Nros. 24.241, 24.463, 26.417 y 26.425 y sus respectivas modificatorias y el Decreto Nº63 de fecha 23 de enero de 1997, y CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 63 de fecha 23 de enero de 1997 se ratificó el CONVENIO
DE TRANSFERENCIA DEL SISTEMA DE
PREVISION SOCIAL DE LA PROVINCIA
DE SAN LUIS AL ESTADO NACIONAL
celebrado entre la PROVINCIA DE SAN
LUIS y el ESTADO NACIONAL a través
Que en la CLAUSULA DECIMA del referido CONVENIO las partes acordaron adecuar la normativa provincial para el personal policial y del servicio penitenciario de la PROVINCIA DE SAN LUIS a los requerimientos legales imperantes para el acogimiento de una prestación de retiro o pensión del personal de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA y del personal del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, razón por la cual el nuevo instrumento rubricado cumple con el compromiso asumido entre la NACION y la citada Provincia oportunamente.
Que, con la vigencia del acuerdo suscripto, se alcanza la plena equiparación legal de ambos plexos normativos de retiros y pensiones provincial y nacional, en lo referente a los recaudos de edad, años de servicios y porcentajes de aportes y contribuciones.

DISPOSICIONES
PRODUCTOS ALIMENTICIOS
Disposición 3247/2014-ANMAT
Prohibición de comercialización

actualmente en vigencia en la PROVINCIA DE SAN LUIS para materializar la adecuación normativa de los requisitos de edad y de servicios vigentes para la CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y
PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL
ARGENTINA y para el SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL.

de los entonces MINISTERIOS DEL INTERIOR, de ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS y de TRABAJO
Y SEGURIDAD SOCIAL, con fecha 18 de septiembre de 1996.
Que, en el marco de dicho Convenio y en fecha 18 de diciembre de 2013, se suscribió el ACTA COMPLEMENTARIA DEL
CONVENIO DE TRANSFERENCIA DE
PREVISION SOCIAL DE LA PROVINCIA
DE SAN LUIS AL ESTADO NACIONAL
entre la PROVINCIA DE SAN LUIS y la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ANSES, con el objeto de adecuar los requisitos legales aplicables al personal de la Policía y del Servicio Penitenciario de la PROVINCIA DE
SAN LUIS, en materia de retiros y pensiones, a los estipulados en el Régimen de Retiros de la Policía Federal Argentina y del Servicio Penitenciario Federal.
Que la aprobación de la citada Acta deviene necesaria conforme a las pautas oportunamente acordadas en la CLAUSULA
DECIMA del Convenio referido.
Que, en ese sentido, el Acta en cuestión reformula los criterios prestacionales
Que, en consecuencia, corresponde disponer la aprobación del ACTA COMPLEMENTARIA suscripta entre la PROVINCIA
DE SAN LUIS y la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL rubricada el 18 de diciembre de 2013.
Que, asimismo, resulta necesario facultar a la ADMINISTRACION NACIONAL
DE LA SEGURIDAD SOCIAL ANSES
para la elaboración de las disposiciones aclaratorias necesarias para la instrumentación del citado acuerdo, por cuanto es el organismo público que interviene en el visado de los trámites de retiros y pensiones.
Que las áreas técnicas y legales de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ANSES y del MINISTERIO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL han tomado la intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Apruébase el ACTA COMPLEMENTARIA DEL CONVENIO DE TRANSFERENCIA DE PREVISION SOCIAL DE LA
PROVINCIA DE SAN LUIS AL ESTADO NACIONAL, RELATIVO AL REGIMEN DE RETIROS Y PENSIONES DEL PERSONAL POLICIAL Y EL PERSONAL PENITENCIARIO DE
LA PROVINCIA DE SAN LUIS suscripto el 18
de diciembre de 2013, entre la PROVINCIA
DE SAN LUIS y la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ANSES, en representación del PODER EJECUTIVO
NACIONAL, protocolizada bajo el número 046 del Registro de la ADMINISTRACION
NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
ANSES, que como Anexo forma parte integrante del presente.
Art. 2 Facúltase a la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
ANSES a emitir las normas aclaratorias necesarias para la efectiva instrumentación del acuerdo suscripto.
Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER.
Jorge M. Capitanich. Carlos A. Tomada.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Decreto se publican en la edición web del BORA
www.boletinoficial.gov.ar y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

2

JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS
Decreto 746/2014
Dase por prorrogada designación en la Dirección Técnico Administrativa.

Bs. As., 22/5/2014
VISTO el Expediente Nº CUDAP: EXP-JGM:
0058375/2013 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Leyes Nros. 26.784 y 26.895, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 2805 de fecha 28 de diciembre de 2012 y 1179 de fecha 22 de agosto de 2013, la Resolución Conjunta de la SECRETARIA DE
GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS y de la SECRETARIA DE
HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS Nros. 44 y 56, respectivamente, de fecha 20 de marzo de 2012, y CONSIDERANDO:
Que por las Leyes Nros. 26.784 y 26.895 se aprobaron los Presupuestos de la Administración Nacional para los Ejercicios 2013 y 2014, respectivamente.
Que mediante el Decreto Nº491 de fecha 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.
Que mediante el Decreto Nº 2805 de fecha 28 de diciembre de 2012 se dio por designada transitoriamente a Da. Analía Mónica CORTESE como Coordinadora de Administración y Control Presupuestario de la DIRECCION TECNICO ADMINISTRATIVA de la SUBSECRETARIA DE GESTION
ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE
COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y cuya prórroga se efectuó mediante el Decreto Nº1179 de fecha 22 de agosto de 2013, por el mismo término.
Que por razones de índole operativa no se ha podido tramitar el proceso de selección para la cobertura del cargo en cuestión, motivo por el cual resulta necesario efectuar una nueva prórroga de la designación mencionada, por el término de CIENTO
OCHENTA 180 días hábiles.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que mediante Resolución Conjunta de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS Nros. 44 y 56, respectivamente, de fecha 20 de marzo de 2012, se incorporaron, homologaron y reasignaron en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas diversas unidades organizativas pertenecientes a la SECRETARIA DE COMUNICACION
PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS, entre ellas se incorporó la correspondiente a la unidad organizativa COORDINACION DE ADMINISTRACION
Y CONTROL PRESUPUESTARIO perteneciente a la DIRECCION TECNICO ADMINISTRATIVA de la SUBSECRETARIA DE
GESTION ADMINISTRATIVA de la Secretaría mencionada precedentemente, asignándole la Función Ejecutiva de Nivel IV.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE
LA NACION ha tomado la intervención correspondiente.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y a tenor de lo dispuesto por el artículo 1 del Decreto Nº491/02.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 28/05/2014 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date28/05/2014

Page count52

Edition count9379

First edition02/01/1989

Last issue27/06/2024

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