Boletín Oficial de la República Argentina del 16/01/2014 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Jueves 16 de enero de 2014
5146773

Obra Publicada
Género: VIDEO

BOLETIN OFICIAL Nº 32.807

Título: PUERTAS - TRAS - PUERTAS. UNA PELICULA SOBRE EL PARQUE EL

Productor: DANIELA VALENCIA

DESAFIO DE GAINMAN

Editor: SANTIAGO MEJIA BOTERO

16

Autor: GRISELDA ELSA BUSTELO
Autor: MATIAS ANDERSEN
Director: DANIELA VALENCIA Director: GRISELDA BUSTELO
Autor/Titular: DANIELA VALENCIA 5146808

Obra Publicada
Género: LITERARIO

Título: CANTO DE ALABANZA

Autor: MARTA PRONO
Autor: OSMAR PELLATTI
Editor: RED DE LOS POETAS DE MARTA PRONO

5146809

Obra Publicada
Género: LITERARIO

Título: TANGOS EN SOL FA

Autor: MARTA PRONO
Autor: JAIR LOAIZA DUQUE
Autor: ALFREDO TORRES
Autor: GERMINAL LUFRANO
Autor: MARINO SANTA MARIA
Autor: MARISA GLERIAN
Autor: ANIBAL CEDRON
Editor: RED DE LOS POETAS DE MARTA PRONO
Autor: EDUARDO ZIMMERMMANN

Dra. GRACIELA H. PEIRETTI, Directora de Coordinación y Asuntos Internacionales en Materia de Propiedad Intelectual, Dirección Nacional del Derecho de Autor.
e. 16/01/2014 Nº2058/14 v. 16/01/2014

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución Nº2689/2013

Bs. As., 30/12/2013
VISTO el Expediente NºS04:0018305/2012 del registro de este Ministerio, la Ley de Mediación y Conciliación Nº26.589 y su Decreto Reglamentario Nº1467 del 22 de septiembre de 2011, y
ARTICULO 6 Una vez efectivizado el pago de la multa prevista en el artículo 28 de la Ley Nº 26.589, el interesado deberá acreditarlo ante la DIRECCION NACIONAL DE MEDIACION Y
METODOS PARTICIPATIVOS DE RESOLUCION DE CONFLICTOS a los efectos de la clausura de las actuaciones.
ARTICULO 7 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dr. JULIO C. ALAK, Ministro de Justicia y Derechos Humanos.
ANEXO I
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

CONSIDERANDO:
Que el artículo 28 de la Ley citada en el Visto establece la aplicación de multa para el caso de concluir la mediación por incomparecencia injustificada de alguna de las partes.

DIRECCION NACIONAL DE MEDIACION Y METODOS PARTICIPATIVOS DE RESOLUCION DE
CONFLICTOS

Que el artículo 23 del Anexo I del Decreto Nº1467/11 faculta a este Ministerio a establecer las condiciones, modalidades de pago y publicar el monto e inicio de vigencia de la multa dispuesta por el artículo 28 de la mencionada Ley.

MEDIACION - LEY Nº26.589

Que el CONSEJO DE LA MAGISTRATURA ha suministrado la información relativa a los conceptos remunerativos propios de un Juez Nacional de Primera Instancia.

CERTIFICADO DE IMPOSICION DE MULTA
ARTICULO 23 Anexo I Decreto Nº1467/11
Incompareciente:

Que con posterioridad a ese informe, por Acordada Nº25/12, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION dispuso un incremento salarial para todas las categorías del escalafón del PODER JUDICIAL DE LA NACION del CINCO POR CIENTO 5% a partir del 1 de noviembre de 2012 y del CINCO POR CIENTO 5% a partir del 1 de enero de 2013, ambos remunerativos y bonificables.

Domicilio:

Que luego la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION, por las Acordadas Nros. 13/13
y 28/13, otorgó nuevos aumentos del DIEZ POR CIENTO 10% a partir del 1 de marzo de 2013 y del DIEZ POR CIENTO 10% a partir del 1 de julio de 2013, respectivamente, con el mismo alcance de los anteriores.

Fuero:

Que resulta conveniente delegar la facultad de publicar el monto e inicio de vigencia de la multa dispuesta por el artículo 28 de la Ley Nº26.589 en la SECRETARIA DE JUSTICIA.

Expediente de Mediación N:
NºMEPRE:

Carátula:
Fecha de la audiencia a la que incompareció:

Que ha tomado intervención la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio.

Por las constancias que obran en esta Dirección Nacional de Mediación y Métodos Participativos de Resolución de Conflictos, se aplica a una multa de por haber incurrido en incomparecencia injustificada a la audiencia señalada en el procedimiento de mediación referido ut supra.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas a quien suscribe por los artículos 2 del Decreto Nº1467/11, 23 de su Anexo I y 3 de la Ley Nº19.549 y sus modificatorias.

Se expide el presente de conformidad con lo establecido en los artículos 28 de la Ley Nº26.589
y 23 del Anexo I del Decreto Nº1467/11.

Por ello,
BUENOS AIRES, EL MINISTRO
DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:

ARTICULO 1 Fíjase el monto de la multa establecida en el artículo 28 de la Ley Nº26.589
en la suma de PESOS UN MIL CUATROCIENTOS SEIS CON CUARENTA Y DOS CENTAVOS
$1.406,42, a partir de la fecha de publicación de la presente.
ARTICULO 2 Delégase en la SECRETARIA DE JUSTICIA las facultades previstas en el artículo 23, párrafo sexto, del Anexo I al Decreto Nº1467/11.
ARTICULO 3 En el supuesto previsto en el artículo 23, párrafo segundo, del Anexo I al Decreto Nº 1467/11, la DIRECCION NACIONAL DE MEDIACION Y METODOS PARTICIPATIVOS
DE RESOLUCION DE CONFLICTOS intimará al incompareciente, por el término de DIEZ 10 días hábiles para que acredite el pago de la multa o interponga el recurso administrativo. En la notificación se hará expresa mención a las modalidades de pago y se transcribirán los artículos 84 y subsiguientes del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto Nº1759/72 T.O. 1991.
ARTICULO 4 Apruébase el Certificado de Imposición de Multa CIM que como ANEXO I
forma parte de la presente Resolución.
ARTICULO 5 El pago deberá ser ingresado mediante la Nota de Crédito específica para el concepto, a la cuenta MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Nº4000/332 Ley Nº26.589 en el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, en las sucursales que determine el organismo bancario y por toda otra modalidad que autorice este Ministerio. Para los casos que se utilice una modalidad distinta al pago por ventanilla, el interesado deberá adicionar al monto de la multa, los costos propios del servicio.

e. 16/01/2014 Nº2006/14 v. 16/01/2014

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
La Administración Federal de Ingresos Públicos cita por diez 10 días a parientes de la agente fallecida Graciela Noemí CHAVES D.N.I. Nº 13.863.616, alcanzados por el beneficio establecido en el artículo 18 del Convenio Colectivo de Trabajo Laudo Nº15/91 T.O. Resolución S.T. Nº925/10, para que dentro de dicho término se presenten a hacer valer sus derechos en la Sección Jubilaciones, Hipólito Yrigoyen Nº370, 5 Piso, Oficina Nº5648, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Asimismo se cita a quienes se consideren con derecho a la percepción de los haberes pendientes de cobro por parte de la agente fallecida a presentarse en la División Gestión Financiera, Hipólito Yrigoyen 370, 4 Piso Oficina Nº 4266 F, muñidos de la documentación respaldatoria que acredite su vínculo familiar con la agente fallecida y en caso de corresponder la declaratoria de herederos.
Fecha: 08/01/2014
Lic. ABEL E. AGUIRRE MANDL, Jefe A/C Sección Jubilaciones, División Beneficios.
NOTA: La publicación deberá efectuarse por tres 3 días hábiles consecutivos.
e. 16/01/2014 Nº1891/14 v. 20/01/2014

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Boletín Oficial de la República Argentina del 16/01/2014 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date16/01/2014

Page count68

Edition count9419

First edition02/01/1989

Last issue06/08/2024

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