Boletín Oficial de la República Argentina del 13/12/2013 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 13 de diciembre de 2013

Tampoco podrán presentarse a clasificar Preclasificar al comité de evaluación de proyectos previsto en la Resolución que regula el otorgamiento de los subsidios por otros medios de exhibición.
ARTICULO 20. Los proyectos presentados a clasificar Preclasificación y que no hayan sido analizados por el Comité respectivo deberán ser retirados de esta instancia, a los fines de poder participar en el presente concurso.
ARTICULO 21. Los directores presentantes que resultaran Ganadores del presente Concurso, podrán transferir a terceros porcentajes del film siempre y cuando al director presentante le corresponda un porcentaje no menor al VEINTE POR CIENTO 20%.

BOLETIN OFICIAL Nº 32.785

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4. Los sobres deberán ser presentados con firma cruzada en la Mesa de Entradas del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, Lima 319, Piso 1 Código Postal 1073 Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el horario de 10:00 a 17:00 horas. En los casos de remisiones por vía postal se tomará la fecha de imposición de la Oficina de Correos de que se trate.
5. En el exterior de los sobres deberá hacerse constar, en forma notoria, la leyenda 1 o 2
LLAMADO A CONCURSO PARA OPERAS PRIMAS DE FICCION 2013, título del proyecto, nombre y apellido del director presentante al concurso, número de documento, teléfonos, domicilio, dirección de correo electrónico del mismo.
6. Los proyectos permanecerán cerrados hasta su apertura por el Jurado interviniente.

ARTICULO 22. No podrán intervenir en el concurso al que se llama por esta Resolución quienes registren deudas vencidas e impagas con el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES
AUDIOVISUALES.

7. El incumplimiento de alguno de los requisitos o forma de presentación dispuestos en este Anexo producirá la automática eliminación de la participación en el concurso.

ARTICULO 23. La liberación de las sumas aportadas por el Organismo estará sujeta a disponibilidad presupuestaria.

e. 13/12/2013 Nº102064/13 v. 13/12/2013

ARTICULO 24. La Presidenta del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
nombrará para cada uno de los llamados previstos, un Jurado integrado por CINCO 5 miembros, quienes deberán ser personalidades de reconocida trayectoria en la actividad cinematográfica y/o cultural. Dichos Jurados tendrán como función la selección de TRES 3 proyectos Ganadores y TRES
3 Suplentes respectivamente en cada uno de los llamados, estableciendo un orden de prelación.

INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución Nº3841/2013

ARTICULO 25. Vencidos los plazos de presentación de los proyectos, los Jurados que se designen tendrán un plazo de hasta NOVENTA 90 días para la selección de los proyectos ganadores y suplentes. Sin perjuicio de ello, una vez evaluada la totalidad del material presentado, de considerarlo necesario, los jurados podrán convocar a los directores de los proyectos preseleccionados a efectos de realizar un pitching con anterioridad a la selección de los ganadores. Los proyectos suplentes ocuparán el lugar de los ganadores en caso de renuncia o incumplimiento de los beneficiarios titulares.

Bs. As., 5/12/2013

ARTICULO 26. Dentro de los TREINTA 30 días corridos a contar desde la publicación de la Resolución de la declaración de los ganadores, los restantes participantes deberán retirar los proyectos presentados al Concurso al que se llama por la presente Resolución y que no hubieran sido seleccionados. Vencido dicho plazo se procederá a la destrucción de los proyectos no retirados.

Que mediante el artículo 5 de la Resolución Nº151/13/INCAA se creó el COMITE DE EVALUACION DE PROYECTOS PARA PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA VIA, de ficción y animación, el cual estará conformado por 5 CINCO integrantes, los cuales serán seleccionados entre Productores, Directores, Guionistas Cinematográficos, Actores con debida trayectoria y experiencia en participación en películas Nacionales y Técnicos de la Industria Cinematográfica Nacional.

ARTICULO 27. Para todos los efectos de la presente Resolución, las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados Nacionales del Fuero Contencioso Administrativo Federal.
ARTICULO 28. Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. LILIANA MAZURE, Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.
ANEXO I - RESOLUCION Nº3830
CONCURSO PARA OPERAS PRIMAS DE FICCION 2013
REQUISITOS PARA LA PRESENTACION
Los interesados al Concurso deberán cumplimentar con los siguientes requisitos para la presentación de los proyectos:
1. Los proyectos deberán ser presentados en sobre cerrado conteniendo:

VISTO la Ley 17.741 t.o. 2001, los Decretos 1536/02 y 796/12, y la Resolución Nº 151/13/
INCAA; y CONSIDERANDO:

Que dicho Comité evaluará hasta QUINCE 15 proyectos de ficción y/o animación, los cuales ingresarán al Comité desde la Gerencia de Fomento, a medida que se vayan presentando con los requisitos completos que avalan su presentación.
Que el Comité tendrá un plazo máximo de TRES 3 meses desde su designación y conformación definitiva para emitir los dictámenes pertinentes, no impidiendo este plazo dictaminar los proyectos sometidos a su consideración en un lapso menor.
Que los miembros de dicho Comité cesarán en sus funciones a los TRES 3 meses o luego de haber evaluado QUINCE 15 proyectos, contados a partir del momento de su designación.
Que al momento de presentarse un nuevo proyecto que excede el número de QUINCE 15, se nombrará un nuevo Comité que comenzará a trabajar sobre los proyectos presentados a ese momento hasta completar el número de QUINCE 15 proyectos, siguiendo la misma mecánica que el Comité anterior.

a Certificado de depósito del guión en la Dirección Nacional del Derecho de Autor, pudiendo ser ésta copia.

Que de acuerdo a la cantidad de proyectos presentados y en condiciones de ser evaluados por los Comités, y al ritmo de presentación de los mismos, puede suceder que más de un Comité se encuentre en funciones en forma simultánea dado el carácter de las tareas a cumplir.

b Autorización por escrito y con firma certificada por Escribano Público o entidad bancaria extendida por el autor del guión, en el caso de no ser el mismo presentante del proyecto.

Que resulta necesario otorgar dinamismo y continuidad en el análisis permanente de los proyectos, a los efectos de evitar demoras que pudieran perjudicar a los administrados.

c Autorización por escrito del autor de la obra preexistente en caso de no ser él mismo el autor del guion del proyecto, con firma certificada por Escribano Público o entidad bancaria.

Que resulta necesario designar a los miembros que integrarán el COMITE DE EVALUACION
DE PROYECTOS PARA PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA VIA, de ficción y animación.

d Datos personales del presentante del proyecto conteniendo: Nombre y apellido, domicilio, número de documento de identidad, número de teléfono, dirección de e-mail.

Que el Director Mariano GALPERIN, DNI 14.886.425, Productor Gastón ROTHSCHILD, DNI
25.250.514, Guionista Alejandro CHOMSKI, DNI 20.537.525, Técnico Paula PIRES DOS BARROS, DNI
24.962.893 y Actor Marcelo SEIN, DNI 20.746.532, cumplen con los requisitos de admisibilidad que se fijan en el Artículo 6 de la Resolución Nº151/13/INCAA, a los fines de la integración del XXIII COMITE DE
EVALUACION DE PROYECTOS PARA PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA VIA, de ficción y animación.

e En el caso de presentantes extranjeros, documentación de la que resulte la residencia de los últimos TRES 3 años en el país, pudiendo consistir la misma en contrato de alquiler, boletas de pago de impuestos o servicios, recibo de trabajo en relación de dependencia, etc., debiendo resultar de dicha documentación la antigedad de la residencia requerida para participar en el concurso.
f Declaración Jurada según Resolución Nº2583/09/INCAA.
g Carta del presentante que tendrá carácter de Declaración Jurada, manifestando que no se ha iniciado el Rodaje del proyecto inscripto al presente concurso.
h Currículum del Director presentante.
i Antecedentes y carta intención del Productor Ejecutivo, exigido en el Artículo 7 de la presente Resolución.
j Guión, la Síntesis del mismo, Propuesta y/o tratamiento Estético.
k Nómina del equipo técnico y del elenco artístico tentativo.
l Presupuesto desglosado por rubros, según lo establecido en la Resolución 1888/08/INCAA, o aquellas que la reemplacen en el futuro, según lo establecido en la Resolución 1888/08/INCAA.
m Plan económico y financiero del proyecto según lo establecido en la Resolución 1888/08/
INCAA; deberán presentar cartas de intención de dichos aportes, con firma certificada en el caso de aportes de terceros.
n Diagrama de tiempos de preproducción, rodaje y postproducción.
2. La documentación descripta desde el pto. a hasta el i inclusive, deberá ser presentada en UNA 1 carpeta anillada, en cuya carátula debe constar el Nombre del Llamado a Concurso Operas Primas de Ficción 2013, especificando el Nºdel Llamado 1 o 2; Título del proyecto, nombre y apellido del presentante. Se exige la presentación de documentación original.
3. Los requisitos comprendidos desde el pto. j hasta el n deberán ser presentados en formato PDF dentro de UN 1 pendrive, CD o DVD. La documentación que requiera de certificación de firmas deberá ser presentada además en papel original, la cual puede incluirse en la carpeta de documentación del pto. 2.

Que los miembros designados por la presente Resolución cesan en su cargo, una vez analizado los QUINCE 15 Proyectos y en un plazo no mayor a TRES 3 meses, en condiciones de ser evaluados, cumpliendo funciones de asesoramiento técnico, por un tiempo determinado, sin relación de dependencia con el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, bajo la modalidad de contrato de locación de obra.
Que dichos miembros fueron designados, conforme lo previsto en el Artículo 5 y concordantes de la Ley 17.741 y sus modificatorias t.o. 2001, por el Consejo Asesor nombrado por Decreto Nº796/12.
Que el Consejo Asesor del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES ha tomado intervención en el marco de las competencias asignadas por la Ley Nº17.741 t.o. 2001.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la facultad para el dictado de la presente Resolución surge del artículo 3 inciso e y del artículo 30 último párrafo de la Ley Nº17.741 t.o. 2001.
Por ello, LA PRESIDENTA
DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTICULO 1 Desígnase como miembros del COMITE XXIII DE EVALUACION DE PROYECTOS PARA PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA VIA, el Director Mariano GALPERIN, DNI 14.886.425, Productor Gastón ROTHSCHILD, DNI 25.250.514, Guionista Alejandro CHOMSKI, DNI 20.537.525, Técnico Paula PIRES DOS BARROS, DNI 24.962.893 y Actor Marcelo SEIN, DNI 20.746.532, quiénes cesarán en sus funciones, una vez analizados los QUINCE 15 proyectos presentados a preclasificar y en un máximo de TRES 3 meses.
ARTICULO 2 Regístrese, notifíquese a los interesados, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y oportunamente archívese. LILIANA MAZURE, Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.
e. 13/12/2013 Nº102062/13 v. 13/12/2013

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Boletín Oficial de la República Argentina del 13/12/2013 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date13/12/2013

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Last issue02/08/2024

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