Boletín Oficial de la República Argentina del 30/10/2013 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Miércoles 30 de octubre de 2013

Primera Sección
7.2 DICIEMBRE 2012: Una suma fija consistente en:
Para la Categoría Inicial A: $366,41.Para la Categoría Inicial B: $392,02.Para las Categorías Personal Administrativo - Perfumería - Cajero: $406,07
Para la Categoría de Empleado de Farmacia: $420,06
Para la Categoría de Empleado Especializado de Farmacia: $499,38
Para la Categoría Farmacéutico: $546,07.
OCTAVA: ARTICULO 46 CCT 414/05 SOLBRE SUMAS NO REMUNERATIVAS
Las partes acuerdan expresamente que todas las sumas no remunerativas convenidas en la presente acta devengarán el aporte establecido en el art. 46 del CCT 414/05, a través de los medios de pagos electrónicos con que cuenta la ASOCIACION DE EMPLEADOS DE FARMACIA o los que indique en un futuro, siendo los mismos: Banco Provincia boleta electrónica, Banco Galicia boleta electrónica, Banco Nación boleta electrónica, accediéndose a estos por medio de la pagina web www.adef.org.ar.
NOVENA: APORTE EMPRESARIAL EXTRAORDINARIO:
Tomando en consideración que la Asociación de Empleados de Farmacia A.D.E.F. cuenta con el Centro de Formación Profesional Nº26, aprobado por la Resolución Nº2542/91 del Consejo Nacional de Educación Técnica por la cual los trabajadores del gremio farmacéutico mantienen un convenio educativo que brinda la posibilidad de desarrollar la formación técnica y profesional de los trabajadores, en beneficio de las necesidades de la empresa farmacéutica, quien en la actualidad requiere de personal idóneo y capacitado en materia de la realización de tareas básicas como efectores primarios de salud.
Para este fin, los empleadores efectuarán un Aporte Empresario Extraordinario por única vez por todos los trabajadores afiliados o no, comprendidos en el CCT 414/05 que integren la nómina de personal al mes de la liquidación, consistente en una suma fija de pesos noventa y cinco con 33/100 $95,33.-, mensuales, por cada trabajador.
Esta suma se continuará abonando según lo acordado en las Paritarias 2011 hasta el 28 de Febrero de 2013, inclusive.
Todo excedente deberá ser destinado a Acción Social.
Estas sumas deberán ser depositadas a la orden de la Asociación de Empleados de Farmacia A.D.E.F, denominada Aporte Empresarial Extraordinario por cualquiera de los medios de pagos electrónicos con que cuenta la ASOCIACION DE EMPLEADOS DE FARMACIA o los que indique en un futuro, siendo los mismos: Banco Provincia boleta electrónica, Banco Galicia boleta electrónica, Banco Nación boleta electrónica, accediéndose a estos por medio de la pagina web www.
adef.org.ar.
Las partes acuerdan que en oportunidad que el Poder Legislativo / Poder Ejecutivo, sancione o decrete, la finalización de los montos no remunerativos, convenidos en este acuerdo salarial antes del período Marzo 2013, la presente cláusula CLAUSULA 8 dejará sin efecto este Aporte Empresarial Extraordinario.
DECIMA: APORTE DESTINADO A TURISMO, RECREACION CAPACITACION Y ACCION
SOCIAL:
a Los empleadores abonaran, en concepto de contribución para Turismo, Recreación y Acción Social, del total de los básicos de convenio que devenguen la totalidad de los trabajadores afiliados y no afiliados comprendidos en la presente Convención Colectiva de Trabajo 414/05, todos los meses incluidos los aguinaldos, una suma equivalente al uno por ciento 1%, sobre los salarios básicos al mes de Marzo de 2013 de cada categoría.
b Los empleadores abonaran, en concepto de contribución para Capacitación y Acción Social, del total de los básicos de convenio que devenguen la totalidad de los trabajadores afiliados y no afiliados comprendidos en la presente Convención Colectiva de Trabajo 414/05, todos los meses incluidos los aguinaldos, una suma equivalente al uno ciento 1%, sobre los salarios básicos al mes de Marzo de 2013 de cada categoría.
La mencionada contribución deberá ser abonada únicamente en el período Marzo 2013 a Marzo 2014, ambos meses inclusive. Estas sumas, deberán ser depositadas en las mismas fechas en las que se efectúan los aportes sindicales a la orden de la Asociación de Empleados de Farmacia ADEF.
Los montos descriptos en el presente artículo deberá ser abonado mensualmente por cualquiera de los medios de pagos electrónicos con que cuenta la ASOCIACION DE EMPLEADOS DE
FARMACIA o los que indique en un futuro, siendo los mismos: Banco Provincia boleta electrónica, Banco Galicia boleta electrónica, Banco Nación boleta electrónica, accediéndose a estos por medio de la pagina web www.adef.org.ar.
DECIMA PRIMERA:
Las partes acuerdan expresamente que todas las cláusulas del presente acuerdo entran en vigencia para partir del 1 de Abril de 2012 independientemente de su homologación.

BOLETIN OFICIAL Nº 32.754

71

Asignación No Remunerativa Acta Acuerdo Paritaria Día del Empleado de Farmacia 13 de Abril de 2012
Sumatoria No Incremento No Sumatoria No Remunerativa Remunerativa Remunerativo BASICOS
BASICOS
Noviembre Agosto, Abril-MayoCATEGORlAS
MARZO 2013
MARZO 2012
2012 a Febrero Septiembre y Junio y Julio 2013
Octubre de 2012
2012
$3.245,61
$584,20
$813,98
$1.016,96
$4.262,58
CAJERO, PERFUMERIA Y
ADMINISTRATIVO
EMPLEADO DE
$3.357,48
$604,34
$842,04
$1.052,01
$4.409,51
FARMACIA
$3.991,85
$718,53
$1.001,15
$1.250,79
$5.242,65
EMPLEADO
ESPECIALIZADO DE
FARMACIA
FARMACEUTICO
$4.364,96
$785,69
$1.094,72
$1.367,71
$5.732;67

En prueba de conformidad, se suscriben 5 ejemplares de un mismo tenor y efecto, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 21 días del mes de Junio de 2012.
EXPEDIENTE Nº1.516.728/12
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a tres días de enero 2013, en el MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL de la NACION, DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO, ante mí Dn. Miguel Angel ALIOTO, Secretario de Conciliación Laboral, del Departamento de Relaciones Laborales Nro. 2, Dirección de Negociación Colectiva, a las 13.00
horas, comparecen los Sres. Alfredo Luis FERRARESI, Secretario General, con identidad y personería acreditada ante ésta Secretaría, de la ASOCIACION DE EMPLEADOS DE FARMACIA ADEF, por la CAMARA DE FARMACIAS de la ZONA SUR de la Pcia. de Buenos Aires CAFASUR Gustavo Enrique BENEDETTO MI 11.885.801, Presidente; por la CAMARA ARGENTINA DE FARMACIAS
CAF Marcelo KASSABCHI MI Nº12.976.615, Director Ejecutivo.
Acto seguido en uso de la palabra las partes de mutuo y común acuerdo manifiestan ratificar el acuerdo obrantes a Fs. 2/9 de las presentes actuaciones.
Escuchado ello, y no siendo para más, el suscrito da por finalizado el acto, firmando el compareciente de conformidad, previa lectura y ratificación al pié de dos 2 fojas de un mismo tenor por ante mí, que como Funcionario Actuante CERTIFICO.
EXPEDIENTE Nº1.516.728/12
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a cuatro días del mes de enero del 2013, en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - DIRECCION NACIONAL DE RELAICONES DEL TRABAJO, siendo las 16:30hs. Comparece previamente citada la ASOCIACION DE
FARMACIAS MUTUALERS Y SINDICALES DE LA REP. ARGENTINA AFMYSRA con domicilio en la calle Doblas 1356 de ésta ciudad, representada en este acto por el Sr. Carlos Luis NEMESIO MI
Nº07.364.025, en su carácter de Secretario Adjunto.
Acto seguido, es declarado abierto el acto por el suscrito, concediéndole la palabra al compareciente, éste manifiesta ratificar el acuerdo obrante a Fs2/9 de las presentes actuaciones en todos sus términos.
Escuchado ello el actuante comunica a la entidad compareciente que a efectos de conformar la Comisión Negociadora correspondiente, debe acompañar a éstas actuaciones dentro del plazo de diez 10 días administrativos: estatuto social, acta designación autoridades actualizadas, insc.
AFIP y nómina paritarios respectivamente, y no siendo para más a las 17:00hs. da por finalizado el acto, firmando el compareciente, previa lectura, de conformidad en dos 2 fojas útiles de un solo tenor y a un solo efecto por ante mí que como Funcionario Actuante CERTIFICO.
EXPEDIENTE Nº1.516.728/12
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a cinco días de diciembre del 2012, en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL de la NACION, DIRECCION NACIONAL
DE RELACIONES DEL TRABAJO, ante mí Dn. Miguel Angel ALIOTO, Secretario de Conciliación Laboral, del Departamento de Relaciones Laborales Nro. 2; Dirección de Negociación Colectiva, a las 14.00 horas, comparecen Dan Carlos ALONSO MI Nº06.230.733 director Ejecutivo en representación de la ASOCIACION DE PROPIETARIOS DE FARMACIAS ARGENTINAS ASOFAR y en representación de la FEDERACION ARGENTINA DE CAMARAS DE FARMACIAS FACAF el Sr.
José Alberto RUIZ MI Nº08.520.929, Vicepresidente 3º.
Acto seguido, ambos representantes empresarios manifiestan ratificar el acuerdo obrantes a Fs. 2/9 de éstos actuados de fecha 21-06-12 en todas y cada una de sus cláusulas, solicitando su respectiva homologación.
Escuchado ello, y no siendo para más, el suscrito da por finalizado el acto, y siendo las 15.20 horas se da finalizado el acto firmando los comparecientes de conformidad, previa lectura y ratificación al pié de tres 3 fojas de un mismo tenor por ante mí, que como Funcionario Actuante CERTIFICO.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DECIMA SEGUNDA:

SECRETARIA DE TRABAJO

Las partes solicitan la respectiva homologación del presente acuerdo.
En prueba de conformidad, se suscriben 5 ejemplares de un mismo tenor y efecto, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 21 días del mes de Junio de 2012.
ANEXO I
Asignación No Remunerativa Acta Acuerdo Paritaria Día del Empleado de Farmacia 13 de Abril de 2012
Sumatoria No Incremento No Sumatoria No Remunerativa Remunerativa Remunerativo BASICOS
BASICOS
Noviembre Agosto, Abril-MayoCATEGORlAS
MARZO 2013
MARZO 2012
2012 a Febrero Septiembre y Junio y Julio 2013
Octubre de 2012
2012
CATEGORIA INICIAL
$2.928,72
$527,16
$734,51
$917,67
$3.846,40
A CATEGORIA INICIAL
$3.133,73
$564,07
$785,93
$981,91
$4.115,65
B

Resolución Nº1031/2013
Registros Nº880/2013 y Nº881/2013
Bs. As., 20/8/2013
VISTO el Expediente Nº1.309.910/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº14.250 t.o. 2004, la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, la Ley Nº23.546, y CONSIDERANDO:
Que a fojas 2/4 del Expediente Nº 1.461.441/11, agregado como fojas 148 al Expediente Nº1.309.910/09 y a fojas 2/6 del Expediente Nº1.520.421/12, agregado como fojas 123 al principal, obran los acuerdos y escalas salariales, celebrados entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE DRAGADO Y BALIZAMIENTO y la empresa HIDROVÍA SOCIEDAD ANONIMA, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 30/10/2013 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date30/10/2013

Page count84

Edition count9383

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Last issue01/07/2024

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