Boletín Oficial de la República Argentina del 18/01/2013 - Primera Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Viernes 18 de enero de 2013

Primera Sección
3 - Las partes continuarán considerando el punto pendiente de definición de la cláusula décima del acta acuerdo suscripta con fecha 29 de mayo del corriente año y que fuera individualizada en el punto anterior.
4 - HOMOLOGACION
Ambas partes solicitan al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación la correspondiente homologación del presente acuerdo. Oído lo manifestado precedentemente, la funcionaria actuante se les comunica que el acuerdo celebrado y ratificado anteriormente, del cual solicita su homologación, será elevado a la Superioridad, quedando sujeto al control de legalidad previsto en la Ley N 14.250. En este estado y no siendo para más, a las 11:20 horas, se da por finalizado el acto firmando los comparecientes al pie de la presente, previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación, ante mí, que CERTIFICO.
Expediente N 1498456/12
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al 1 día del mes de noviembre de 2012, siendo las 11:30 horas, comparecen espontáneamente en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la Secretaria de Conciliación del Departamento Relaciones Laborales N 2, Lic. Natalia VILLALBA LASTRA; en representación de LA ASOCIACION BANCARIA, con domicilio en Avda. Sarmiento 341, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Sr. Sergio PALAZZO DNI 16.011.600, Secretario General del Secretariado General Nacional, el Sr. Gustavo Eduardo DIAZ DNI 12.246.729, Secretario Gremial Secretariado General Nacional y la Sra. Alejandra ESTOUP DNI 14.951.111, Secretaria General Seccional Buenos Aires; y en representación de la EMPRESA CABAL COOPERATIVA LIMITADA, con domicilio constituido en Lavalle 341, CABA, el Sr. Juan Carlos AYALA DNI 08.490.974
Gerente de Recursos Humanos y apoderado, condición ya acreditada en las presentes actuaciones, patrocinado por el Sr. Favio GALEOTTI DNI 14.038.246.
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, previa vista a las partes de todo lo actuado, y cedida la palabra a los comparecientes, en forma conjunta y de común acuerdo, manifiestan que acuerdan lo siguiente:
I. COMPENSACION EXTRAORDINARIA POR UNICA VEZ
Las partes acuerdan una compensación extraordinaria por única vez con motivo de la celebración del día 6 de noviembre Día del Bancario de carácter no remunerativo para todos los trabajadores bancarios dependientes de CABAL C.L. consistente en una suma fija y total de $ 1.250.- pesos un mil doscientos cincuenta.
Teniendo en cuenta el carácter no remunerativo de la compensación regulada en la presente cláusula la misma no será considerada para el cálculo de horas extras, sueldo anual complementario, vacaciones, indemnizaciones y/o cualquier otra referencia remunerativa.
El pago se efectivizará el día 5 de noviembre de 2012.
II. HOMOLOGACION
Ambas partes solicitan aI Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación la correspondiente homologación del presente acuerdo.
Oído lo manifestado precedentemente, la funcionaria actuante COMUNICA a las partes que el acuerdo celebrado y ratificado anteriormente, del cual solicitan su homologación, será elevado a la Superioridad, quedando sujeto al control de legalidad previsto en la Ley N 14.250. En este estado y no siendo para más, a las 11:45 horas, se da por finalizado el acto firmando los comparecientes al pie de la presente, previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación, ante mí, que CERTIFICO.
Expediente 1498456/12
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al 1 día del mes de noviembre de 2012, siendo las 11:45 horas, comparecen espontáneamente en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la Secretaria de Conciliación del Departamento Relaciones Laborales N 2, Lic. Natalia VILLALBA LASTRA; en representación de LA ASOCIACION BANCARIA, con domicilio en Avda. Sarmiento 341, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Sr. Sergio PALAZZO DNI 16.011.600, Secretario General del Secretariado General Nacional, el Sr. Gustavo Eduardo DIAZ DNI 12.246.729, Secretario Gremial Secretariado General Nacional y la Sra. Alejandra ESTOUP DNI 14.951.111, Secretaria General Seccional Buenos Aires; y en representación del INSTITUTO MOVILIZADOR DE FONDOS
COOPERATIVOS C.L. IMFC, con domicilio en Av. Corrientes 1543 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Sr. Favio GALEOTTI DNI 14.038.246, apoderado, condición ya acreditada en las presentes actuaciones. Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, previa vista a las partes de todo lo actuado, y cedida la palabra a los comparecientes, en forma conjunta y de común acuerdo, manifiestan que acuerdan:
I. COMPENSACION EXTRAORDINARIA POR UNICA VEZ
Las partes acuerdan una compensación extraordinaria por única vez con motivo de la celebración del día 6 de noviembre Día del Bancario de carácter no remunerativo para todos los trabajadores dependientes del INSTITUTO MOVILIZADOR DE FONDOS COOPERATIVOS C.L. consistente en una suma fija y total de $ 1.250.- pesos un mil doscientos cincuenta.
Teniendo en cuenta el carácter no remunerativo de la compensación regulada en la presente cláusula la misma no será considerada para el cálculo de horas extras, sueldo anual complementario, vacaciones, indemnizaciones y/o cualquier otra referencia remunerativa.
El pago se efectivizará el día 9 de noviembre de 2012.
II. HOMOLOGACION
Ambas partes solicitan al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación la correspondiente homologación del presente acuerdo.
Oído lo manifestado precedentemente, la funcionaria actuante comunica que el acuerdo celebrado y ratificado anteriormente, del cual solicitan su homologación, será elevado a la Superioridad, quedando sujeto al control de legalidad previsto en la Ley N 14.250. En este estado y no siendo para más, a las 13:00 horas, se da por finalizado el acto firmando los comparecientes al pie de la presente, previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación, ante mí, que CERTIFICO.

BOLETIN OFICIAL Nº 32.565

43

About this edition

Boletín Oficial de la República Argentina del 18/01/2013 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date18/01/2013

Page count44

Edition count9399

First edition02/01/1989

Last issue17/07/2024

Download this edition

Other editions

<<<Enero 2013>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728293031