Boletín Oficial de la República Argentina del 10/01/2013 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Jueves 10 de enero de 2013

Primera Sección
DECISIONES
ADMINISTRATIVAS

MINISTERIO DE DEFENSA
Decisión Administrativa 1410/2012
Prorrógase Contratación Directa Nº76/2010.

Bs. As., 20/12/2012
VISTO el Expediente Nº22367/2010 del Registro del MINISTERIO DE DEFENSA, y CONSIDERANDO:
Que por el artículo 1 de la Decisión Administrativa Nº1247 del 22 de noviembre de 2011, se aprobó lo actuado en la Contratación Directa Nº76/2010 sustanciada para la Provisión de Aerocombustibles a las Subjurisdicciones del MINISTERIO DE DEFENSA, y se adjudicó la misma a favor de la firma comercial YPF S.A., CUIT Nº30-54668997-9, por un importe total de PESOS CIENTO TREINTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES
MIL DOSCIENTOS SETENTA Y UNO CON 9057/1000 $138.893.271,9057.
Que el Punto 20 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la Contratación de referencia en el párrafo anterior, contempla la opción a Prórroga.
Que el inciso g del artículo 12 del Decreto Nº1023 del 13 de agosto de 2001, y sus modificatorios; y el apartado c del artículo 27, del Pliego Unico de Bases y Condiciones Generales aprobado por la Resolución entonces vigente del MINISTERIO DE ECONOMIA Nº834
del 12 de octubre de 2000, establecen la facultad de prorrogar, cuando así se hubiese previsto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, los contratos de suministros de cumplimiento sucesivo o de prestación de servicio.
Que el 4 de septiembre del corriente año, el DIRECTOR DE PLANEAMIENTO, mediante Memorándum Nº48/DPA/DDP/2012, solicita prorrogar el contrato vigente.
Que por nota del 26 de octubre de 2012, el DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO LOGISTICO DE LA DEFENSA solicitó a la firma comercial YPF S.A., que informe si acepta la prórroga del contrato vigente, en las condiciones y precios pactados por única vez por un plazo de 1 UN año de acuerdo a lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Que la firma comercial YPF S.A., mediante correo electrónico del 23 de noviembre de 2012, acepta la prórroga, en idénticas condiciones y precios pactados anteriormente.
Que el DIRECTOR DE GESTION DE ADQUISICIONES mediante Memorándum Nº652/GOA/
DGA/2012 del 9 de noviembre de 2012, confirmó la reserva crediticia correspondiente.
Que el Servicio Jurídico Permanente del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado debida intervención.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCION NACIONAL; el artículo 12, inciso g del Decreto Nº1023/01 y sus modificatorios; el artículo 99, inciso c del Decreto Nº436/00
y sus modificatorios; el artículo 35, inciso c y el anexo a dicho artículo del Anexo del Decreto Nº1344 del 4 de octubre de 2007, reglamentario de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº24.156 y sus modificatorios.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1 Prorrógase por un período de DOCE 12 meses, la Contratación Directa Nº76/2010 sustanciada para la Provisión de Aerocombustibles a las Subjurisdicciones del Ministerio de Defensa, adjudicada a favor de la firma comercial YPF S.A., CUIT Nº30-54668997-9, por un importe total de PESOS CIENTO TREINTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y
TRES MIL DOSCIENTOS SETENTA Y UNO CON 9057/1000 $138.893.271,9057, en las condiciones y precios pactados y con la debida adecuación de los plazos respectivos, conforme surge del ANEXO I que forma parte integrante del presente.
Art. 2 Establécese como plazo, lugar y forma de entrega de los bienes al momento de emitir las órdenes de compra abiertas y solicitudes de provisión respectivas, el previsto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rigió para la referida Contratación Directa.
Art. 3 El gasto que se aprueba en el artículo 1 deberá imputarse a la Jurisdicción 45 MINISTERIO DE DEFENSA, Subjurisdicciones, 45.21 ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO, 45.22
ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA y 45.23 ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA
AEREA ARGENTINA.
Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Juan M. Abal Medina. Arturo A. Puricelli.
ANEXO I

BOLETIN OFICIAL Nº 32.559

4

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Boletín Oficial de la República Argentina del 10/01/2013 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date10/01/2013

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