Boletín Oficial de la República Argentina del 07/05/2012 - Primera Sección

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Primera Sección
Lunes 7 de mayo de 2012
nado por éste, a adoptar todas las acciones y recaudos que fueren necesarios, hasta tanto asuma el control de YPF Sociedad Anónima y Repsol YPF GAS S.A., a efectos de garantizar la operación de las empresas, la preservación de sus activos y el abastecimiento de hidrocarburos.
Capítulo III
De la Continuidad Jurídica y la Gestión de YPF S.A.
ARTICULO 15. Para el desarrollo de su actividad, YPF Sociedad Anónima y Repsol YPF GAS S.A., continuarán operando como sociedades anónimas abiertas, en los términos del Capítulo II, Sección V, de la Ley 19.550 y normas concordantes, no siéndoles aplicables legislación o normativa administrativa alguna que reglamente la administración, gestión y control de las empresas o entidades en las que el Estado nacional o los Estados provinciales tengan participación.
ARTICULO 16. La gestión de los derechos accionarios correspondientes a las acciones sujetas a expropiación, por parte del Estado nacional y las provincias, se efectuará con arreglo a los siguientes principios:
a La contribución estratégica de YPF Sociedad Anónima al cumplimiento de los objetivos de la presente;

DECRETOS

DIRECCION NACIONAL
DEL REGISTRO NACIONAL
DE LAS PERSONAS
Decreto 622/2012
Dase por aprobado el cambio de Agrupamiento Escalafonario de una agente de la Dirección de Tecnología de la Información.

Bs. As., 26/4/2012
VISTO el Expediente Nº S02:0000638/2011 del registro de la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, los Decretos Nº491 del 12 de marzo de 2002, Nº773 del 21 de junio de 2007 y sus modificatorios, Nº 275 del 13 de abril de 2009, Nº 1735 del 12 de noviembre de 2009, Nº1215 del 30 de agosto de 2010 y Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, y la Resolución de la entonces SECRETARIA DE
LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS Nº40 del 18 de marzo de 2010, y CONSIDERANDO:

b La administración de YPF Sociedad Anónima conforme a las mejores prácticas de la industria y del gobierno corporativo, preservando los intereses de sus accionistas y generando valor para ellos;
c El gerenciamiento de YPF S.A. a través de una gestión profesionalizada.
ARTICULO 17. A fin de cumplir con su objeto y los fines de la presente, YPF Sociedad Anónima acudirá a fuentes de financiamiento externas e internas y a la concertación de asociaciones estratégicas, joint ventures, uniones transitorias de empresas y todo tipo de acuerdos de asociación y colaboración empresaria con otras empresas públicas, privadas o mixtas, nacionales o extranjeras.
ARTICULO 18. La presente ley es de orden público y entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 19. Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A
LOS TRES DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO
DOS MIL DOCE.
REGISTRADO BAJO EL N 26.741
AMADO BOUDOU. JULIAN A. DOMINGUEZ. Juan H. Estrada. Gervasio Bozzano.

YACIMIENTOS PETROLIFEROS
FISCALES
Decreto 660/2012
Promúlgase la Ley N 26.741.

Bs. As., 4/5/2012
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación N 26.741, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE
KIRCHNER. Juan M. Abal Medina.
Hernán G. Lorenzino. Julio M. De Vido.

Que por el Expediente citado en el Visto, tramita el Cambio al Agrupamiento Profesional solicitado por la agente Gladys Virginia FERNANDEZ DNI Nº 14.430.950, perteneciente a la Planta Permanente de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, Nivel E, Grado 6, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO SINEP, conforme a lo establecido en el Decreto Nº2098/08.
Que por la Resolución SGP Nº 40/10 se aprobó el Régimen para la Administración del Cambio al Agrupamiento Escalafonario del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PUBLICO SINEP.
Que la DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION perteneciente a la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, ha verificado el cumplimiento de los requisitos del Nivel Escalafonario y Titulación, para el referido cambio al Agrupamiento Profesional, de acuerdo con el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO SINEP.
Que en lo atinente al cambio de Nivel Escalafonario D, que conlleva la solicitud del cambio al Agrupamiento Profesional que se propicia, corresponde aplicar las disposiciones establecidas por el Decreto Nº491/02.
Que mediante el Decreto Nº491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que por el Decreto Nº773/07 se aprobó la estructura organizativa de la DIRECCION
NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE
LAS PERSONAS, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO
DEL INTERIOR, modificada por los Decretos Nº275/09, Nº1735/09 y Nº1215/10.
Que la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del citado Ministerio, cuenta con el crédito necesario en el presupuesto de la Jurisdicción 30, a fin de atender el gasto resultante de la presente medida, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Pública Nacional Nº26.728 y la Decisión Administrativa Nº1 del 10 de enero de 2012.

BOLETIN OFICIAL Nº 32.391

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR ha tomado la intervención que le compete.
Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION
ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.
Que el presente Decreto se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº491/02.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Apruébanse el cambio de Agrupamiento General al Agrupamiento Profesional de la agente Gladys Virginia FERNANDEZ

3

D.N.I.Nº14.430.950, personal de Planta Permanente de la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, Nivel E, Grado 6, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO SINEP, que presta servicios en la DIRECCION DE TECNOLOGIA, dependiente de la DIRECCION DE TECNOLOGIA
DE LA INFORMACION de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS
PERSONAS, y su reencasillamiento en el Nivel D, Grado 3, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO SINEP.
Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento de la presente será atendido con cargo a las partidas presupuestarias específicas del Presupuesto vigente de la Jurisdicción 30
- MINISTERIO DEL INTERIOR, Organismo Descentralizado 200 REGISTRO NACIONAL DE LAS
PERSONAS.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. FERNANDEZ DE
KIRCHNER. Juan M. Abal Medina. Aníbal F. Randazzo.

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decreto 621/2012
Danse por aprobadas designaciones en la Subsecretaría de Planificación y Gestión para la Integración Nacional de la Secretaría de Integración Nacional.

Bs. As., 26/4/2012
VISTO el Expediente CUDAP Nº53.155/2011 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Decisiones Administrativas Nº477 del 16 de septiembre de 1998, Nº1 del 12 de enero de 2000, y el Decreto Nº491 del 12 de marzo de 2002 y lo solicitado por la SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION Y GESTION PARA LA INTEGRACION NACIONAL
de la SECRETARIA DE INTEGRACION NACIONAL, y CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la designación de diversos agentes, como Asesores en la Planta de Gabinete de la SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION Y GESTION PARA LA INTEGRACION NACIONAL de la SECRETARIA DE INTEGRACION NACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que por la Decisión Administrativa Nº477/98, se estableció la integración de los Gabinetes de las Unidades Jefe de Gabinete de Ministros, Ministros, Secretarios y Subsecretarios, los que estarán integrados con el equivalente a la cantidad de Unidades Retributivas que se detallan en la planilla anexa al artículo 8º de la Decisión Administrativa Nº1/00, sustitutiva de la planilla similar anexa al artículo 1º de la medida citada en primer término en el Visto de la presente medida.
Que conforme al régimen aludido, procede efectuar las designaciones de D. Daniel Fabián MARTINEZ y Da. Beatriz Amelia MUGA como Asesores de la Planta de Gabinete de la SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION Y GESTION PARA LA INTEGRACION NACIONAL de la SECRETARIA DE INTEGRACION NACIONAL de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, con la asignación de las Unidades Retributivas correspondientes.
Que los agentes propuestos han efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 10 de diciembre de 2011, por lo que procede efectuar sus designaciones con efectos a esa fecha.
Que el Decreto Nº491/02 establece que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que el Decreto Nº601/02, en su artículo 6º, establece que los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga, y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular del Secretario Legal y Técnico de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº4/02.
Que los agentes de que se trata se encuentran exceptuados de lo establecido en el referido artículo 6º del Decreto mencionado precedentemente por haber dado cumplimiento oportunamente con tales disposiciones.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA
NACION.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y a tenor de lo establecido por el artículo 1º del Decreto Nº491 del 12 de marzo de 2002.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 07/05/2012 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date07/05/2012

Page count56

Edition count9385

First edition02/01/1989

Last issue03/07/2024

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