Boletín Oficial de la República Argentina del 13/12/2011 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Martes 13 de diciembre de 2011

Primera Sección
Que, por último, la información aquí requerida por imperio de la Resolución CNC Nº1811/05 y proporcionada bajo la modalidad de declaración jurada del prestador servirá de base para las ulteriores acciones de control de esta autoridad de aplicación, la cual podrá dar lugar a la instrucción del procedimiento sancionatorio fundado en las normas de los artículos 16 y 17 del Decreto Nº1187/93
texto según Decreto Nº115/97 para los casos que corresponda.
Que la Gerencia de Jurídicos y Normas Regulatorias, en su carácter de servicio jurídico permanente de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, ha tomado la intervención que le compete y .manifiesta no tener objeciones de índole legal que formular.
Que esta medida se dicta de conformidad con las facultades contenidas en el artículo 6º inciso d del Decreto Nº1185/90 y sus normas concordantes y complementarias.
Por ello, EL INTERVENTOR Y EL SUBINTERVENTOR
DE LA COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVEN:
ARTICULO 1º Inscríbase a la empresa. EL CONDOR EMPRESA DE TRANSPORTES S.A. en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales con el número OCHOCIENTOS SESENTA
y OCHO 868 en las condiciones establecidas en el artículo siguiente y sin perjuicio de las ulteriores acciones de verificación que se dispongan en mérito a la información proporcionada en orden a lo dispuesto por el Decreto Nº1187/93 y el Anexo II de la Resolución CNC Nº1811/05.
ARTICULO 2º Dispónese que la inscripción acordada en el artículo precedente solo habilita a la oferta y prestación de los servicios de ENCOMIENDA punto a punto, modalidad ocasional, para la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y la provincia de BUENOS AIRES ciudades de BAHIA
BLANCA y MAR DEL PLATA en forma parcial, con medios propios.
ARTICULO 3º Establécese que la realización de otro tipo de servicios no comprendidos en lo dispuesto en el artículo anterior, especialmente cuando involucre el tratamiento de cantidades de envíos, exigirá la reformulación de la presentación exigida por el Anexo II de la Resolución CNC
Nº1811/05 y el previo pronunciamiento de esta instancia en los términos del artículo 17 in fine del Decreto Nº1187/93.
ARTICULO 4º Establécese que el yencimiento del plazo previsto por el artículo 2º de la Resolución CNCT Nº7/96 para que la empresa EL CONDOR EMPRESA DE TRANSPORTES S.A.
acredite el cumplimiento anual de los requisitos previstos para el mantenimiento de su inscripción que operará el 29 de junio de 2012.
ARTICULO 5º Establécese que, en función de lo dispuesto por las Resoluciones CNC Nros.
1409/02 y 3252/04, el presente acto no habilita la oferta y prestación de los servicios internacionales y de carta documento, respectivamente, debiéndose, en consecuencia, proceder conforme lo establecido en las mencionadas resoluciones, circunstancia que se hará constar en el certificado correspondiente, como así también las que surgen de los artículos 2º y 3º del presente.
ARTICULO 6º Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, publíquese y archívese. Ing. CEFERINO A. NAMUNCURA, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones. Dr. RICARDO A. MORENO, Subinterventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.
e. 13/12/2011 Nº164071/11 v. 13/12/2011

BOLETIN OFICIAL Nº 32.294

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ARTICULO 6º Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2011, la renuncia del Dr. Ricardo Daniel FERNANDEZ DNI Nº 8.623.583 al cargo de Presidente del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas dependiente de la SECRETARIA DE ECONOMIA SOCIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
ARTICULO 7º Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2011, la renuncia del Sr. Juan Pablo ODEZAILLE DNI Nº14.769.513 al cargo de Subsecretario de Organización y Capacitación Popular dependiente de la SECRETARIA DE ORGANIZACION Y COMUNICACION COMUNITARIA del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
ARTICULO 8º Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2011, la renuncia del Sr. Luís María MARTINELLI DNI Nº11.489.469 al cargo de Coordinador de Identificación de Necesidades Críticas dependiente de la SECRETARIA DE GESTION Y ARTICULACION INSTITUCIONAL del MINISTERIO
DE DESARROLLO SOCIAL.
ARTICULO 9º Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2011, la renuncia del Lic. Carlos Rene Oscar MONTAÑA DNI Nº21.174.705 al cargo de Subsecretario de Abordaje Territorial dependiente de la SECRETARIA DE GESTION Y ARTICULACION INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
ARTICULO 10. Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2011, la renuncia de la Sra. Irma Liliana PAREDES DNI Nº 12.713.746 al cargo de Subsecretaria de Políticas Alimentarias dependiente de la SECRETARIA DE GESTION Y ARTICULACION INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL.
ARTICULO 11. Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2011, la renuncia del Prof. Marcelo Adrián CHAMES DNI Nº14.547.139 al cargo de Subsecretario de Planeamiento y Gestión Deportiva dependiente de la SECRETARIA DE DEPORTE del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
ARTICULO 12. Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2011, la renuncia del Prof. Gustavo Leonardo BERTA DNI Nº13.437.142 al cargo de Subsecretario de Recursos Deportivos dependiente de la SECRETARIA DE DEPORTE del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
ARTICULO 13. Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2011, la renuncia del Sr. Ubaldo Matildo FILLOL DNI Nº8.385.336 al cargo de Coordinador de Programas Deportivos Jurisdiccional dependiente de la SECRETARIA DE DEPORTE del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
ARTICULO 14. Agradécense a los funcionarios renunciantes los valiosos servicios prestados en el desempeño de sus respectivos cargos.
ARTICULO 15. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. Dra. ALICIA KIRCHNER, Ministra de Desarrollo Social.
e. 13/12/2011 Nº164449/11 v. 14/12/2011

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
Resolución Nº1800/2011
Bs. As., 6/12/2011

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Resolución Nº3854/2011

VISTO el Expediente CUDAP JGM Nº0036569/2011 del Registro de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y CONSIDERANDO:

Bs. As., 6/12/2011
VISTO y CONSIDERANDO:
Que el día 10 de diciembre de 2011 concluye el actual mandato presidencial.
Que en atención a lo expuesto precedentemente, resulta pertinente aceptar la renuncia de los titulares de las distintas Subsecretarías y de los funcionarios con rangos y jerarquías equivalentes dependientes del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que, asimismo, corresponde agradecer los valiosos servicios prestados por los mismos, en el desempeño de sus respectivos cargos.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº101 del 16 de enero de 1985 y sus modificatorios y Nº9 del 10 de diciembre de 2007.
Por ello, LA MINISTRA
DE DESARROLLO SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1º Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2011, la renuncia de la Lic. María Cecilia VELAZQUEZ DNI Nº16.029.736 al cargo de Jefa de Gabinete de Asesores de la Unidad Ministro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
ARTICULO 2º Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2011, la renuncia del Sr. Ernesto Vicente PAILLALEF DNI Nº8.213.511 al cargo de Subsecretario de Comercialización de la Economía Social dependiente de la SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
ARTICULO 3º Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2011, la renuncia de la Dra. Karina YAROCHEVSKI DNI Nº16.613.236 al cargo de Subsecretaria de Fortalecimiento Institucional dependiente de la SECRETARIA DE ECONOMIA SOCIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
ARTICULO 4º Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2011, la renuncia del Dr. Aldo Juan MARCONETTO DNI Nº12.503.332 al cargo de Subsecretario de Organización de Ingresos Sociales dependiente de la SECRETARIA DE ECONOMIA SOCIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL.
ARTICULO 5º Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2011, la renuncia del Lic. Alberto Jorge GANDULFO DNI Nº12.727.052 al cargo de Coordinador General de la Comisión Nacional de Coordinación del Programa de Promoción del Microcrédito para el Desarrollo de la Economía Social dependiente de la SECRETARIA DE ECONOMIA SOCIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL.

Que de conformidad con el artículo 33 Inciso a de la Reglamentación General de la Ley Nº 24.449 de Tránsito y Seguridad Vial aprobada por el artículo 1º del Decreto Nº 779 del 20 de noviembre de 1995 Anexo I, todos los automotores deben ajustarse a los límites sobre emisiones contaminantes, ruidos y radiaciones parásitas que se establecen en la reglamentación.
Que el referenciado decreto designa a la ex SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE HUMANO ahora SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS como Autoridad competente para todos los aspectos relativos a la emisión de contaminantes, ruidos y radiaciones parásitas, provenientes de automotores.
Que en tal carácter queda facultada para aprobar los diferentes cronogramas de aplicación de límites contaminantes.
Que por Resolución Nº1434 de fecha 28 de septiembre del corriente año de la SECRETARIA
DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE se prorrogó la vigencia de los Certificados de Emisiones Gaseosas, otorgados con anterioridad a la sanción de la norma aludida, que cumplan con los límites de emisiones gaseosas EURO III y EURO IV para motores pesados, adoptando el mismo criterio para los Certificados de Emisiones Sonoras.
Que por la Resolución citada precedentemente se estableció el 1º de enero de 2013 como fecha de entrada en vigencia para la certificación de los límites de emisiones contaminantes gaseosas de nuevos modelos de vehículos livianos y pesados, en todas sus categorías alimentados a combustibles líquidos o gaseosos de acuerdo con lo establecido en los Reglamentos Europeos 715/2007 y 692/2008 de vehículos livianos etapa A y Directiva Europea 2005/55 para motores pesados.
Que las medidas antes descritas fueron consecuencia directa del planteo realizado por distintas empresas fabricantes e importadores de motores, vehículos y vehículos armados en etapas, de la imposibilidad de cumplir con los plazos de certificación previstos en la Resolución Nº35 de fecha 23 de febrero de 2009 de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, debido a problemas de logística de producción, distribución, acumulación de stocks de autopartes, y de la posibilidad de realizar a tiempo ensayos de acuerdo con límites para emisiones gaseosas EURO V, y de emisiones sonoras para el caso de los fabricantes de vehículos armados en etapas.
Que en ese sentido y para evitar el colapso en la producción de vehículos automotores por parte de las distintas empresas radicadas en el país, se hace necesario readecuar la normativa a fin de realizar una interpretación unívoca de las normas en cuestión.
Que a fin de impedir las consecuencias enunciadas en el párrafo anterior, es necesario permitir a las empresas en cuestión la acreditación, en forma temporal, del cumplimiento sobre emisiones contaminantes y sonoras, cuando las mismas hayan sido realizadas por laboratorios debidamente acreditados y que la autoridad de aplicación considere que son idóneos a los fines establecidos en la normativa aplicable, redundando en un menor tiempo en la tramitación de los expedientes.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 13/12/2011 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date13/12/2011

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