Boletín Oficial de la República Argentina del 14/01/2011 - Primera Sección
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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección
Primera Sección
Viernes 14 de enero de 2011
RESOLUCIONES
ADHESIONES OFICIALES
18/2011-SG
Declárase de interés nacional el 5 Salón Internacional del Automóvil, a desarrollarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
22/2011-SG
Declárase de interés nacional el evento XXII COPINAVAL, a realizarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Pág.
13
BOLETIN OFICIAL Nº 32.070
PRODUCCION DE GRANOS Y OLEAGINOSAS
6292/2010-ONCCA
Autorízase el pago de compensaciones
2
Pág.
20
UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA
11/2011-UIF
Apruébase la Nómina de Funciones de Personas Expuestas Políticamente
20
194/2010-UIF
Tratamiento de la Información proveniente de otra U.I.F
21
13
DISPOSICIONES
23/2011-SG
Declárase de interés nacional el evento Argentina Oil & Gas Expo 2011 - VII Exposición Internacional del Petróleo y del Gas AOG EXPO 2011, a realizarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
13
SINTETIZADAS 22
24/2011-SG
Declárase de interés nacional la 70 Reunión Plenaria del Comité Consultivo Internacional del Algodón - ACCI 2011, a desarrollarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
13
AVISOS OFICIALES
25/2011-SG
Declárase de interés nacional el evento 23 Congreso Internacional de la Asociación Mundial para el Avance de la Parasitología Veterinaria - 23 WAAVP, a desarrollarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
13
26/2011-SG
Declárase de interés nacional el XVII Salón Internacional de Franquicias, Licencias, Emprendimientos y Negocios - Franquicias y Negocios 2011, Exposición Internacional, a desarrollarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
14
27/2011-SG
Declárase de interés nacional el III Foro Internacional sobre Traducción Especializada, a desarrollarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
14
28/2011-SG
Otórgase el auspicio oficial para el 42 Congreso Internacional de Apicultura - Apimondia 2011, a realizarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
14
29/2011-SG
Declárase de interés nacional el evento Congreso de Ciencias Ambientales - COPIME 2011, a desarrollarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
14
DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL
1/2011-SLT
Autorízase la implementación del sistema Delegación Virtual. Cuadro Tarifario
14
MOLINOS HARINEROS
6293/2010-ONCCA
Autorízase el pago de compensaciones
15
6294/2010-ONCCA
Autorízase el pago de compensaciones
15
6295/2010-ONCCA
Autorízase el pago de compensaciones
15
6296/2010-ONCCA
Autorízase el pago de compensaciones
16
6297/2010-ONCCA
Autorízase el pago de compensaciones
16
6298/2010-ONCCA
Autorízase el pago de compensaciones
16
6299/2010-ONCCA
Autorízase el pago de compensaciones
17
6300/2010-ONCCA
Autorízase el pago de compensaciones
17
PRODUCCION DE GANADO BOVINO
6308/2010-ONCCA
Autorízase el pago de compensaciones
17
6309/2010-ONCCA
Autorízase el pago de compensaciones
18
6310/2010-ONCCA
Autorízase el pago de compensaciones
18
6311/2010-ONCCA
Autorízase el pago de compensaciones
19
PRODUCCION DE GRANOS Y OLEAGINOSAS
6286/2010-ONCCA
Autorízase el pago de compensaciones
19
6291/2010-ONCCA
Autorízase el pago de compensaciones
19
Nuevos
24
Anteriores
35
Que para poner en marcha la modificación de este Proyecto con toda la diligencia y eficacia que el mismo requiere deben intervenir y colaborar coordinadamente distintos Ministerios y Secretarías de la PRESIDENCIA DE LA NACION, Municipalidades de los Partidos de VICENTE LOPEZ y de GENERAL SAN MARTIN de la Provincia de BUENOS AIRES en el ámbito de sus respectivas competencias, corresponde facultar al titular de la SECRETARIA EJECUTIVA DE LA CONMEMORACION DEL
BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE
MAYO 1810 - 2010 para que diseñe los lineamientos generales, asigne las tareas a cumplir, supervise y verifique su ejecución renovando las competencias asignadas por el Decreto Nº278/08.
Que resulta conveniente y oportuno dada la trascendencia, experiencia y resultados obtenidos en todas las actividades conmemorativas del Bicentenario de la Revolución de Mayo de 1810 llevadas a cabo hasta el presente, mantener las competencias asignadas por el Decreto Nº1358/09 a la UNIDAD EJECUTORA BICENTENARIO DE LA
REVOLUCION DE MAYO 1810 - 2010.
Que resulta necesario implementar paralelamente y con urgencia diversas refacciones y remodelaciones en la infraestructura edilicia del predio donde se desarrollara TECNOPOLIS DEL BICENTENARIO, CIENCIA, TECNOLOGIA Y ARTE como así también dotarla de materiales, maquinarias, mobiliario y elementos destinados al cumplimiento de su fin que exceden la capacidad operativa de recursos humanos y materiales de la SECRETARIA EJECUTIVA
DE LA CONMEMORACION DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE MAYO
1810 - 2010, por lo que se estima conveniente, a fin de lograr una mayor celeridad y eficiencia que la SECRETARIA DE
OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION
PUBLICA Y SERVICIOS colabore en la ejecución de las obras que le sean requeridas en el marco de la Ley Nº 13.064 y sus modificatorias y quedando a su cargo la adquisición de materiales, maquinarias, mobiliarios y demás elementos.
Que las medidas contempladas en el presente decreto se encuentran orientadas a obtener una mejora sustancial en términos de eficiencia, optimizando los recursos existentes para consolidar los objetivos y el diseño de un horizonte, apoyando y estimulando el desarrollo e innovación en las ciencias, arte, tecnología, producción e industrialización para lograr una mayor inserción en el mundo.
Que la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION deberá dictar las normas complementarias necesarias para la administración y funcionamiento del Pro-
yecto TECNOPOLIS DEL BICENTENARIO, CIENCIA, TECNOLOGIA Y ARTE.
Que han tomado intervención los Servicios Jurídicos pertinentes.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Prorróganse los Festejos Conmemorativos del Año del Bicentenario de la Revolución de Mayo de 1810 hasta el total cumplimiento del Plan Integral de Festejos.
Art. 2º Apruébase y ejecútese el Proyecto TECNOPOLIS DEL BICENTENARIO, CIENCIA, TECNOLOGIA Y ARTE, parque temático interactivo, en el ámbito de la SECRETARIA GENERAL
de la PRESIDENCIA DE LA NACION cuya misión principal será la organización de eventos, la promoción, difusión, desarrollo e innovación de la ciencia, arte y tecnología.
Las actividades a desarrollarse como parte del referido Proyecto TECNOPOLIS DEL BICENTENARIO, CIENCIA, TECNOLOGIA Y ARTE tendrán carácter permanente.
Art. 3º Declárase de Interés Nacional el Proyecto TECNOPOLIS DEL BICENTENARIO, CIENCIA, TECNOLOGIA Y ARTE, parque temático interactivo, como hito del Bicentenario de la Revolución de Mayo de 1810, muestra de contribución y apoyo al conocimiento.
Art. 4º Facúltase al señor SECRETARIO
GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION
a dictar las normas complementarias necesarias para la administración e implementación del Proyecto TECNOPOLIS DEL BICENTENARIO, CIENCIA, TECNOLOGIA Y ARTE.
Art. 5º Asígnase el predio perteneciente al ESTADO NACIONAL que limita al norte con calle Zufriategui entre Avenida de los Constituyentes y D. French; al este con la Parcela BB; al sur con la calle colectora San Juan B de Lasalle, con la superficie destinada al Arroyo Medrano canalizado y la Parcela DD y al oeste con la Avenida de los Constituyentes entre Maipú y Rivadavia de la localidad de Villa Martelli, Partido de VICENTE
LOPEZ lindante con el Partido de SAN MARTIN, Provincia de BUENOS AIRES para el desarrollo del Proyecto TECNOPOLIS DEL BICENTENARIO, CIENCIA, TECNOLOGIA Y ARTE, quedando a cargo de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
las obras que le sean requeridas en el marco de la Ley Nº13.064 y sus modificatorias, que fueran necesarias para el cumplimiento de sus objetivos, como asimismo la adquisición de materia-