Boletín Oficial de la República Argentina del 20/10/2010 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 20 de octubre de 2010
CONSIDERANDO:
Que el Consejo de la Orden ha prestado acuerdo a la propuesta de condecorar al señor D. Luis Osvaldo MAIRA AGUIRRE, Embajador de la REPUBLICA DE CHILE en la República, quien se ha hecho acreedor al honor y reconocimiento de la Nación.
Que compete al PODER EJECUTIVO NACIONAL dictar la medida aprobatoria complementaria prevista en el artículo 5º del Decreto Ley Nº16.628 del 17 de diciembre de 1957, ratificado por Ley Nº14.467.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Apruébase el Acta del Consejo de la ORDEN DEL LIBERTADOR SAN MARTIN, suscripta el 29 de junio de 2010, mediante la cual se acuerda la condecoración de la ORDEN DEL LIBERTADOR SAN MARTIN, en el grado de GRAN CRUZ al señor D. Luis Osvaldo MAIRA AGUIRRE, Embajador de la REPUBLICA
DE CHILE en la República.
Art. 2º Extiéndase el correspondiente diploma, de acuerdo con lo estipulado por el artículo 13 de la Reglamentación de la ORDEN
DEL LIBERTADOR SAN MARTIN aprobada por el Decreto Nº16.643 del 18 de diciembre de 1957 y conforme con lo establecido por el artículo 1º del Decreto Nº220 del 8 de febrero de 2010.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Héctor M. Timerman.
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de ofrecer su descargo, notificado que fuera de las conclusiones de la instrucción.
Que la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION analizó oportunamente los fundamentos del recurso interpuesto y aconsejó su rechazo en los términos del Dictamen D.A.J. Nº 4371
del 17 de octubre de 2008.
Que tomó intervención la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS LEGALES
de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, estimando que corresponde hacer lugar al recurso impetrado, entre otros extremos, porque el señor SVANASCINI no resultaba pasible de ser sumariado por su condición de contratado, resultando inaplicable a su respecto cualquiera de las sanciones previstas para el personal que revista bajo el régimen de estabilidad.
Que se expidió asimismo la DIRECCION
NACIONAL DE SUMARIOS E INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS de la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION, sosteniendo que la finalidad de un sumario administrativo es la imposición de sanciones, que el personal sujeto al régimen de investigaciones es el personal permanente y que toda vez que el segundo párrafo del artículo 27 de la LMREPN que sujeta la aplicación del régimen disciplinario al personal contratado o de gabinete a las condiciones que se establezcan por vía reglamentaria no ha sido reglamentado aún, el personal no permanente no puede ser vinculado a una investigación en calidad de sumariado y, en razón de ello, concluye que el objeto de la Resolución S.C. Nº 1807 del 22 de julio de 2008,
no resulta jurídicamente posible pues dada la calidad de personal contratado no correspondía expedirse ni resolver sobre su situación pues el régimen disciplinario no le resulta aplicable.

SECRETARIA DE CULTURA
Decreto 1486/2010
Hácese lugar a un recurso interpuesto contra la Resolución S.C. Nº1807/08.

Bs. As., 14/10/2010
VISTO el Expediente Nº194/01 del registro de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y CONSIDERANDO:
Que por las mencionadas actuaciones corre el recurso jerárquico interpuesto por el señor Osvaldo SVANASCINI D.N.I.
Nº 1.662.906 contra la Resolución S. C.
Nº1807 de fecha 22 de julio de 2008, que aprobó el sumario administrativo cuya instrucción fuera ordenada mediante su similar S.C. Nº 93 de fecha 19 de enero de 2001 y dejó establecido respecto del recurrente que si se hubiera encontrado comprendido en el régimen de estabilidad y hubiera permanecido en funciones, habría sido pasible de la sanción de CESANTIA por haberse probado que su conducta infringía los deberes impuestos por el artículo 23, incisos c h e i de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164.
Que si bien el recurso se interpuso vencido el plazo de QUINCE 15 días establecido en el artículo 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº1759/72 t.o. 1991, toda vez que la notificación de la resolución que se ataca, no indicó los recursos que podrían interponerse, el mismo debe ser acogido favorablemente, en el aspecto formal.
Que el fundamento del recurso es la falta de motivación suficiente de la Resolución 1807/08, por entender el recurrente que la misma no ha tenido en cuenta las manifestaciones por él efectuadas en oportunidad
Que en ocasión de pronunciarse la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION
expresó, entre otros conceptos, que las previsiones de la LMREPN resultan ajenas al vínculo jurídico enmarcado en el Decreto 92 de fecha 19 de enero de 1995, que en consecuencia la convocatoria a declarar al señor SVANASCINI como sumariado en los términos del artículo 61 del ordenamiento ritual se encuentra afectada de nulidad y que la Resolución S.C. Nº1807/08, en la medida que aprobó lo actuado en el sumario en el cual el instructor aconsejó responsabilizarlo por infracción a las obligaciones impuestas por el artículo 23, incisos c, h e i de la Ley Nº 25.164, avaló un encuadre legal inaplicable resultando sus artículos 1º y 3º afectados de nulidad.
Que en razón de lo expuesto el Alto Organismo Asesor aconsejó entonces, hacer lugar al recurso jerárquico objeto de las presentes actuaciones.
Que la presente medida se dicta en el marco del artículo 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Nº1759/72 t.o. 1991 y del artículo 99, inciso 1 de la Constitución Nacional.

DECISIONES
ADMINISTRATIVAS
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MINISTERIO DEL INTERIOR
Decisión Administrativa 735/2010
Dase por aprobada una contratación en la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

Bs. As., 15/10/2010
VISTO el Expediente NºS02:0003977/2010, del registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD
VIAL, Organismo Descentralizado del MINISTERIO DEL INTERIOR, el Decreto Nº1421 del 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164, la Resolución Nº48 del 30 de diciembre de 2002, de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la Decisión Administrativa Nº3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD
VIAL solicita la excepción prevista en el artículo 9º, del Anexo I al Decreto Nº1421/2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Publico Nacional Nº 25.164, a efectos de contratar a D. Claudio Gabriel MAQUEDA D.N.I. Nº20.251.574.
Que el artículo 9º del Anexo I al Decreto 1421/2002 prevé que el Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones a los requisitos mínimos previstos para la equiparación escalafonaria mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado.
Que la creciente complejidad de las misiones y funciones de la AGENCIA NACIONAL DE
SEGURIDAD VIAL, hace aconsejable fortalecer y complementar la labor que desarrolla dicho Organismo, resultando necesario celebrar la contratación que se propicia.
Que la persona involucrada en esta medida resulta imprescindible para la consecución de tales fines y misiones, reuniendo los requisitos de idoneidad necesarios para cumplir las tareas que la Operatoria del citado Organismo requiere.
Que el artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº3/2004 establece que el personal contratado percibirá una remuneración mensual equivalente al nivel o categoría del régimen escalafonario aplicable al personal de Planta Permanente de la Jurisdicción u Organismo Descentralizado contratante al que corresponde equipararlo según el tipo de funciones a desarrollar.
Que la financiación de la contratación que se efectúa por la presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 30
MINISTERIO DEL INTERIOR O.D. 203 - AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº26.546.
Que han tomado la intervención de su competencia la DIRECCION DE ASUNTOS LEGALES Y JURIDICOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y el artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº1421/2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Exceptúase a D. Claudio Gabriel MAQUEDA D.N.I. Nº20.251.574 de lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164, al solo efecto de posibilitar su contratación en el ámbito de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, Organismo Descentralizado del MINISTERIO DEL INTERIOR, equiparándola por el período y al Nivel y Grado del Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por Decreto Nº2098/08, conforme el régimen previsto en el artículo 9º del Anexo a la Ley Nº25.164, que se detallan en el Anexo I de la presente.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Aníbal D. Fernández. Aníbal F. Randazzo.
ANEXO I
TIEMPO DETERMINADO: Desde el 1º de febrero hasta el 31 de diciembre de 2010.
APELLIDO

NOMBRES

T.D.


NIVEL

GRADO

TIEMPO DETERMINADO
DESDE

MAQUEDA

CLAUDIO
GABRIEL

DNI

20.251.574

B

0

1º de febrero de 2010

Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Hácese lugar al recurso jerárquico interpuesto por el señor Osvaldo SVANASCINI D.N.I. Nº 1.662.906, contra la Resolución S.C. Nº 1807 de fecha 22 de julio de 2008, declarando a su respecto la nulidad de los artículos 1º y 3º de la misma.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER.
Aníbal F. Randazzo.
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5

BOLETIN OFICIAL Nº 32.011

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MINISTERIO DEL INTERIOR
Decisión Administrativa 736/2010
Danse por aprobadas contrataciones.

Bs. As., 15/10/2010
VISTO el Expediente Nº S02:0004568/2010, del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, la Ley Nº25.164, los Decretos Nº1421 del 8 de agosto de 2002 y Nº2098 del 3 de diciembre de 2008, las Decisiones Administrativas Nº3 del 21 de enero de 2004, Nº1151 del 28 de diciembre de 2006 y Nº52 del 6 de marzo de 2009 y la Resolución de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Nº48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y

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Boletín Oficial de la República Argentina del 20/10/2010 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date20/10/2010

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