Boletín Oficial de la República Argentina del 01/09/2010 - Primera Sección
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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección
Primera Sección
Miércoles 1 de setiembre de 2010
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
BOLETIN OFICIAL Nº 31.977
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
Nota DV SAPLA N 133/10
DVSAPLA 2
DVSAPLA 2
Código Aduanero Ley 22.415, arts. 1013 inc. h y 1101.
Código Aduanero Ley 22.415, arts. 1013 inc. h y 1101
EDICTO Nº137/10
VISTO que en las siguientes actuaciones no consta imputado alguno, se procede a anunciar la existencia y situación jurídica de la mercadería de conformidad con lo normado en el art. 417 del Código Aduanero. Fdo.: Dra. SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable de la División Secretaría de Actuación Nº2 del Depto. Procedimientos Legales Aduaneros.
EXPEDIENTE
12201-2012005
ACTA
LOTE
MERCADERIA SECUESTRADA
PROCEDIMIENTO
76-02005
ITEM 1: 89 Cajas conteniendo en total 10674 mamaderas. ITEM 2: 2 Cajas conteniendo en total 220 tijeras de uso doméstico sin marca. Se trata de mercadería nueva sin uso susceptible de deterioro y/o demérito. Los valores son en junto. Para el Item 1 la mercadería lleva intervención de INTI. Valor en Plaza de la mercadería $ 2949 Pesos Dos Mil Novecientos Cuarenta y Nueve
Acta labrada en Enero del año 2005 por personal de la Policía Federal Argentina.
Sumario Prevención Nº4655/05 OF
Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución Artículo 1º: Archivar la presente denuncia en los términos de la citada Instrucción general Nº02/07, procediendo previamente a la entrega de la mercadería que conforme el informe de fs.36/37 al que nos remitimos, no vulnera derechos marcarios, correspondientes al Acta Lote N a dar cumplimiento al estampillado de la mercadería que corresponda, tal como lo expresa la Res. Nº2522/87 y a lo establecido en la ley 26.184, previa acreditación de su clave única de identificación tributaria y pago de los tributos que se liquiden, o en su defecto proceder de acuerdo a la Secc. V, Tít. II de la Ley 22.415.
Art. 2º Proceder a la destrucción de la mercadería correspondiente al Acta Lote detalladas en el informe de fs.36/37 al que nos remitimos, que resultaron ser copias piratas o mercadería con marca de fábrica falsificada, ello en virtud de lo vertido en los considerandos que anteceden. Fdo.: Dr.
MARCELO MIGNONE, Jefe del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.
EXPEDIENTE
e. 01/09/2010 Nº100791/10 v. 03/09/2010
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
12201-409-2008
IMPUTADO
JAVIER OMAR ORONA
DNI: 25676245
DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
Código Aduanero Ley 22.415, arts. 1013 inc. h y 1101
Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución Artículo 1º: Archivar la presente denuncia en los términos de la citada Instrucción general Nº 02/07, procediendo previamente a la entrega de la mercadería del Acta Lote N a excepción de las mercaderías correspondientes al Renglón 7.1, 7.4, 7.5, 6.4, 12.1, 12.2, 12.3, 12.4, 12.5, 12.6, 12.7, 12.8 y 12.10 a dar cumplimiento a lo establecido en la ley 26.184, las intervenciones de organismos y/o presentación de los Certificados que se detallan en cada renglón del Acta Lote. Asimismo deberá tener en cuenta que las mercaderías detalladas en los renglones 10.1 y 10.2 se encuentran sujetas al cumplimiento del estampillado, tal como expresa la Res. Nº2522/87, todo ello previa acreditación de su clave única de identificación tributaria y pago de los tributos que se liquiden, o en su defecto y para el caso de mercadería en que se haya operado el vencimiento se procederá conforme a la normativa establecida por la Secc. V, Tít. II de la Ley 22.415. Art. 2º Proceder a la destrucción de la mercadería correspondiente al Renglón 7.1, 7.4, 7.5, 6.4, 12.1, 12.3, 12.4, 12.5, 12.6, 12.7, 12.8 y 12.10 del Acta Lote que resultaron ser falsas conforme el informe de fs. 33 o se encuentran con vencimiento operado, en virtud de lo vertido en los considerandos que anteceden con las formalidades y prácticas de rigor. Fdo.: Dr.
MARCELO MIGNONE, Jefe del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.
12064-251-2007
PEDRO AYALA ARCOS
Acta Lote Nº 07001ALOT0
00500R
RESOLUCION
3764/2010
Abogado SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable Int., Secretaría de Actuación Nº 2, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.
e. 01/09/2010 Nº100797/10 v. 01/09/2010
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
DVSAPLA 2
Código Aduanero Ley 22.415, arts. 1013 inc. h y 1101.
EDICTO Nº138/10
Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución Artículo 1º: Archivar la presente denuncia en los términos de la citada Instrucción general Nº02/07, procediendo previamente a la entrega de la mercadería que conforme el informe de fs.24/25 al que nos remitimos, no vulnera derechos marcarios, correspondientes a los renglones 1.1, 1.2 y 2.1 del Acta Lote N a dar cumplimiento al estampillado de la mercadería que corresponda, tal como lo expresa la Res. Nº2522/87 y respecto del Renglón 2.1 cumplir con la Intervención de ANMAT, previa acreditación de su clave única de identificación tributaria y pago de los tributos que se liquiden, o en su defecto proceder de acuerdo a la Secc. V, Tít. II de la Ley 22.415. Art. 2º Proceder a la destrucción de la mercadería correspondiente al Renglón 1.3 del Acta Lote detalladas en el informe de fs.24/25 al que nos remitimos, que resultaron ser apócrifas, ello, en virtud de lo vertido en los considerandos que anteceden. Fdo.: Dr. MARCELO MIGNONE, Jefe del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.
EXPEDIENTE
12064-112-2008
IMPUTADO VANESA CRISTALDO DNI: 30711776
ACTA Nº Acta Lote Nº08001ALOT000104S
RESOLUCION
3757/2010
DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
EDICTO Nº136/10
Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución Artículo 1º:
Archivar la presente denuncia en los términos de la citada Instrucción general Nº02/07, procediendo previamente a la entrega de la mercadería que conforme el informe de fs.33/34 al que nos remitimos, no vulnera derechos marcarios, correspondientes al Acta Lote N a dar cumplimiento al estampillado de la mercadería que corresponda, tal como lo expresa la Res. Nº2522/87 y a lo establecido en la ley 26.184, previa acreditación de su clave única de identificación tributaria y pago de los tributos que se liquiden, o en su defecto proceder de acuerdo a la Secc. V, Tit. II de la Ley 22.415. Art. 2º Proceder a la destrucción de la mercadería correspondiente al Acta Lote detalladas en el informe de fs.33/34 al que nos remitimos, que resultaron ser apócrifas, copias piratas o mercadería con marca de fábrica falsificada, ello en virtud de lo vertido en los considerandos que anteceden. Fdo.: Dr. MARCELO MIGNONE, Jefe del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros. Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable Int. Secretaría de Actuación Nº2, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.
12201-402-2008
DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
Código Aduanero Ley 22.415, arts. 1013 inc. h y 1101
DIOP MAMDOU
PAS: 10.252.912
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DVSAPLA 2
IMPUTADO
3766/2010
Abogada, SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable Int. Secretaría de Actuación Nº2, Dpto.
Procedimientos Legales Aduaneros.
e. 01/09/2010 Nº100809/10 v. 01/09/2010
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
EXPEDIENTE
Acta Lote Nº08001ALOT0
00483F
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
EDICTO Nº135/10
ACTA Nº
RESOLUCION
e. 01/09/2010 Nº100806/10 v. 01/09/2010
DVSAPLA 2
IMPUTADO
ACTA Nº
Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable int. Secretaría de Actuación Nº2, Dpto.
Procedimientos Legales Aduaneros.
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
EXPEDIENTE
52
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
ACTA Nº Acta Lote Nº 08001ALOT0
00685J
RESOLUCION
DVSAPLA 2
Código Aduanero Ley 22.415, arts. 1013 inc. h y 1101
EDICTO Nº 139/10
Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución Artículo 1º: Archivar la presente denuncia en los términos de la citada Instrucción Nº02/07 Art. 2º: Proceder a la destrucción de la mercadería correspondiente al Renglón 1 Subítem 1 del Acta Lote en virtud de lo vertido en los considerandos que anteceden con intervención del Personal de Unión Argentina de Videoeditores. Fdo.: Dr. MARCELO MIGNONE, Jefe del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.
EXPEDIENTE
12201-187-2009
3771/2010
e. 01/09/2010 Nº100803/10 v. 01/09/2010
IMPUTADO
MARIELA ROXANA
DNI Nº25.831.356
ACTA Nº Acta Lote Nº CARRIZO
09001ALOT0
00233W
RESOLUCION
3578/2010
Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable Int. Secretaría de Actuación Nº2, Dpto.
Procedimientos Legales Aduaneros.
e. 01/09/2010 Nº100815/10 v. 01/09/2010