Boletín Oficial de la República Argentina del 13/05/2010 - Primera Sección

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Primera Sección
Jueves 13 de mayo de 2010
Art. 2º Dase por aprobada a partir del 1º de enero de 2010 y hasta el 31 de enero de 2010, la prórroga del contrato suscripto ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado por el titular de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y
DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Dn. Horacio Gabriel LEVIT DNI Nº 13.417.537, para desempeñar funciones de Coordinador - Rango I en la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA
RIACHUELO ACUMAR de la SECRETARIA DE
AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
de esta Jurisdicción, fijándose los honorarios en la suma total por todo concepto de PESOS SEIS
MIL QUINIENTOS $6500.
Art. 3º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.546 - Servicio Administrativo Financiero Nº 342 - AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA
RIACHUELO ACUMAR.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. Aníbal D. Fernández.
Aníbal F. Randazzo.

JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS
Decisión Administrativa 272/2010
Dase por aprobada una contratación y la prórroga celebradas en el marco del Decreto Nº1421/02 en la Secretaría de la Gestión Pública.

Bs. As., 11/5/2010
VISTO el Expediente Nº 6060/2009 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164 reglamentada por el Decreto Nº1421 del 8 de agosto de 2002, el Decreto Nº577 del 7 de agosto de 2003 modificado por sus similares Nº149
del 22 de febrero de 2007 y Nº1248 del 14
de septiembre de 2009, la Resolución SGP
Nº48 del 30 de diciembre de 2002, la Decisión Administrativa Nº3 del 21 de enero de 2004, modificada por sus similares Nº1151
del 28 de diciembre de 2006 y Nº52 del 6
de marzo de 2009, y el Decreto Nº2098 del 3 de diciembre de 2008, y CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramitan la aprobación y prórroga del contrato suscripto con fecha 30 de septiembre de 2009 y 30 de diciembre de 2009
respectivamente, ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrados entre el titular de la SECRETARIA DE LA GESTION
PUBLICA dependiente de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y D. Luis Andrés JORGE, de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº1421/02.
Que el agente de que se trata ya se encontraba vinculado con esta Jurisdicción mediante contrato en el marco del artículo 9º del Anexo a la referida Ley Nº25.164 aprobado por Resolución JGM Nº 53 del 13 de marzo de 2009.
Que a partir del 1º de octubre de 2009 se le han asignado al agente mencionado, funciones de mayor responsabilidad a las entonces acordadas por lo que corresponde dar por rescindido el contrato anterior y celebrar un nuevo contrato con ajuste del nivel y grado conforme las obligaciones ahora convenidas, con efectos a la fecha indicada precedentemente.
Que por el artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº1421/02 se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación
del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución SGP Nº48/02
las pautas para la aplicación del mismo.
Que el agente de que se trata se encuentra afectado exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9º del Anexo I del decreto mencionado en primer término del Visto.
Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, aprobado por Decreto Nº 2098/08, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel C
diversas exigencias.
Que los antecedentes curriculares del agente propuesto resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que procede aprobar la contratación solicitada como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº1421/02.
Que el articulo 2º de la Decisión Administrativa Nº 3/04, modificada por sus similares Nº1151/06 y Nº52/09, establece que para la equiparación de la remuneración con el adicional por grado del régimen escalafonario que resulte de aplicación al personal de Planta Permanente de la jurisdicción sólo se considerará la especialidad o experiencia laboral acumulada por la persona a contratar derivada de servicios prestados en organismos de la Administración Pública Nacional, Provincial y Municipal y organismos o entes públicos, incluso los prestados con carácter de ad honorem, relacionados exclusiva y directamente con las actividades, funciones, servicios o resultados a obtener mediante su contratación.
Que D. Luis Andrés JORGE ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1º de octubre de 2009, por lo que procede aprobar la respectiva contratación y prórroga.
Que previo a dar trámite a la presente medida, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.
Que la financiación del contrato y prórroga de contratación que se aprueban por la presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº26.546.
Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE
GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS
JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL
Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA
NACION han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100 inciso 2 de la CONSTITUCION
NACIONAL, del último párrafo del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y del Decreto Nº577/03 y sus modificatorios.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Dase por rescindida, a partir del 1º de octubre de 2009, la contratación en el marco de las disposiciones contenidas en el artículo 9º del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº1421/02, de D. Luis Andrés JORGE D.N.I. Nº29.341.918, que fuera aprobada por Resolución JGM Nº 53
de fecha 13 de marzo de 2009.
Art. 2º Dase por aprobado con efectos al 1º de octubre de 2009 y hasta el 31 de diciembre de
BOLETIN OFICIAL Nº 31.903

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2009, el contrato suscripto ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado por el titular de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA
dependiente de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS, y D. Luis Andrés JORGE D.N.I.
Nº 29.341.918, para desempeñar funciones de Responsable Administrativo en la citada Secretaría, equiparado al Nivel C - Grado 1 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO Decreto Nº 2098/08 de acuerdo con las previsiones del artículo 9º del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº1421/02
y de la Resolución SGP Nº48/02.

acuerdo con las previsiones del artículo 9º del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº1421/02 y de la Resolución SGP Nº48/02.

Art. 3º Dase por aprobado con efectos al 1º de enero de 2010 y hasta el 31 de diciembre de 2010, la prórroga del contrato suscripto ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado por el titular de la SECRETARIA DE
LA GESTION PUBLICA dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y D.
Luis Andrés JORGE D.N.I. Nº29.341.918, para desempeñar funciones de Responsable Administrativo en la citada Secretaría, equiparado al Nivel C - Grado 1 del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PUBLICO Decreto Nº 2098/08 de
Art. 5º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº26.546.

Art. 4º Autorízanse la contratación y prórroga de contratación que se aprueban por los artículos 2º y 3º de la presente decisión administrativa, como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9º del Anexo I
al Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164.

Art. 6º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. Aníbal D. Fernández.
Aníbal F. Randazzo.

MINISTERIO DEL INTERIOR
Decisión Administrativa 276/2010
Dase por aprobada una contratación.

Bs. As., 11/5/2010
VISTO el Expediente NºS02:0012336/2009 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, los Decretos Nº491 del 12 de marzo de 2002, Nº601 del 11 de abril de 2002, modificado por su similar Nº1196 del 5 de julio de 2002, Nº577 del 7 de agosto de 2003 y Nº2031 del 28
de diciembre de 2006, modificados por sus similares Nº 149 del 22 de febrero de 2007, Nº480 del 26 de marzo de 2008 y Nº1248 del 14 de septiembre de 2009 y Nº2345 del 30
de diciembre de 2008 y la Resolución de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº37 del 1º de septiembre de 2009, y CONSIDERANDO:
Que mediante el dictado del Decreto Nº491/02 y su reglamentación, se ha establecido que todas las designaciones de personal permanente y no permanente, incluyendo en este último al transitorio y contratado, serán efectuadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que específicamente, por el Decreto Nº601/02 y su modificatorio Nº1196/02 se estableció, entre otros extremos, que las disposiciones de su similar Nº491/02 resultan aplicables a la celebración, renovación y/o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual.
Que posteriormente, por el Decreto Nº577/03 y sus modificatorios Nº149/07 y Nº1248/09, con el fin de agilizar los trámites, se modificaron diversos aspectos de la normativa reseñada precedentemente estableciéndose, entre otros extremos, que las referidas contrataciones serán aprobadas por el señor JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS CINCO MIL SETECIENTOS $5.700,00 y en los de renovaciones o prórrogas en las cuales se modifique alguna de las condiciones pactadas en el contrato originario.
Que mediante el dictado del Decreto Nº2345/08 y de la Resolución de la SECRETARIA DE
LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº37/09 se han establecido las condiciones generales para la instrumentación de contrataciones de locación de servicios para la realización de las actividades que complementan las competencias propias de cada Jurisdicción.
Que el MINISTERIO DEL INTERIOR ha elevado la propuesta de contratación de UNA 1
persona, en el marco del régimen referenciado, cuya prestación resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a dicha Jurisdicción.
Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 30 MINISTERIO DEL INTERIOR, de conformidad con la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional Nº26.546.
Que la persona cuya contratación se propone reúne los requisitos de idoneidad necesarios para la realización de las tareas encomendadas, por lo que se hace necesario exceptuarla de lo establecido en el artículo 7º del Anexo I del Decreto Nº2345/08.
Que se dio cumplimiento a la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº4 de fecha 15 de marzo de 2002.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, de lo dispuesto por el artículo 7º, tercer párrafo del Anexo I del Decreto Nº2345/08 y por el artículo 1º del Decreto Nº577/03, modificado por sus similares Nº149/07 y Nº1248/09.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 13/05/2010 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date13/05/2010

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First edition02/01/1989

Last issue13/07/2024

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