Boletín Oficial de la República Argentina del 13/01/2010 - Primera Sección

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Miércoles 13 de enero de 2010

Primera Sección
antes de la iniciación de la Audiencia Pública. 7.- Hacer saber a TRANSNOA S.A. que en instancias de la Audiencia Pública deberá especificar el equipamiento de compensación y los transformadores de intensidad que se deberán reemplazar debido a las obras de ampliación. 8.-Hacer saber a EDESE S.A.
que en instancias de la Audiencia Pública deberá efectuar la debida justificación de los valores que se han presupuestado para la realización de las obras. 9.- Invítese a participar de la Audiencia Pública convocada en el ARTICULO 1 de la presente Resolución, al Señor MINISTRO DE PRODUCCION, RECURSOS NATURALES, FORESTACION Y TIERRA del Gobierno de la Provincia de SANTIAGO DEL ESTERO, a los Señores Intendentes de las localidades de CAMPO GALLO y MONTE QUEMADO de la misma provincia, a la Comisión de Usuarios Residenciales y a las Asociaciones de Usuarios registradas en el RNCA. 10.Notifíquese a TRANSNOA S.A., a EDESE S.A., a la Comisión de Usuarios Residenciales y a las Asociaciones de Usuarios registradas en el RNAC Registro Nacional de Asociaciones de Consumidores de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor. Firmado: MARCELO BALDOMIR KIENER, Vocal Primero.
ENRIQUE GUSTAVO CARDESA, Vocal Segundo. MARIO H. DE CASAS, Presidente.
Ing. MARIO H. de CASAS, Presidente, Ente Nacional Regulador de la Electricidad.
e. 13/01/2010 Nº127932/09 v. 14/01/2010

ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Nº1/2010
ACTA ENRE Nº1081
Expediente ENRE Nº25.056/07
Bs. As., 6/1/2010
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Otorgar el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para el Acceso y Ampliación a la Capacidad de Transporte solicitada por la EMPRESA DE DISTRIBUCION DE ENERGIA ELECTRICA DE CATAMARCA
SOCIEDAD ANONIMA, a través de la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA POR
DISTRIBUCION TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO SOCIEDAD ANONIMA consistente en la construcción de la ET VALLE VIEJO, equipada con DOS 2 campos de acometida de la línea de alta tensión, UN 1 campo de transformación, UN 1 transformador de potencia de 30/30/30 MVA - 132/33/13,2
kV, y DOS 2 salidas en 33 kV e igual cantidad en el nivel de 13,2 kV de tensión, y de UNA 1 sala para los equipos de protección, comando y señalización, a construirse en SUMALAO, Departamento de VALLE
VIEJO, provincia de CATAMARCA. 2.- Disponer que la Ampliación, una vez concluida, integrará la Red de Transporte por Distribución Troncal del Noroeste Argentino encontrándose, en consecuencia, la operación y el mantenimiento a cargo de la empresa TRANSNOA S.A. en los términos de su Contrato de Concesión.
3.- Notificar a TRANSNOA S.A., a EDECAT S.A., a la Municipalidad de VALLE VIEJO, al MINISTERIO DE
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS de la Provincia de CATAMARCA, a CAMMESA y a las Asociaciones de Usuarios registradas en el RNAC Registro Nacional de Asociaciones de Consumidores de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor. Firmado: Marcelo Baldomir Kiener, Vocal Primero. Enrique Gustavo Cardesa, Vocal Segundo. Luis Miguel Barletta, Vicepresidente. Mario H. de Casas, Presidente.
e. 13/01/2010 Nº2351/10 v. 13/01/2010

ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Nº9/2010
ACTA Nº1081
Expediente ENRE Nº30.491/09
Bs. As., 6/1/2010
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Reducir la tarifa de peaje abonada a la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DE FORMOSA
SOCIEDAD ANONIMA por incumplimiento a las normas de calidad de servicio contenidas en el punto 7, apartado 7.2.2. del ANEXO 27 de LOS PROCEDIMIENTOS Resolución ex S.E.E. Nº61/1992 y sus modificatorias y complementarias y ANEXO I de la Resolución ex S.E. Nº159/1994 y sus modificatorias y complementarias, por la deficiente prestación de la FUNCION TECNICA DE TRANSPORTE a sus Grandes Usuarios, durante el semestre noviembre 2008 - abril 2009, por un monto total de PESOS TREINTA MIL
SEISCIENTOS VEINTISIETE CON CATORCE CENTAVOS $30.627,14. 2.- Instruir a EDEFOR S.A. para que aplicando las reducciones que se detallan en el ARTICULO 1 de la presente Resolución, efectúe los créditos correspondientes, a partir de la primera facturación posterior a su notificación, sobre los peajes abonados por los Grandes Usuarios que se detallan en ANEXO al Informe Técnico y Dictamen Legal obrante a fojas 39/48 de las presentes actuaciones. De existir créditos remanentes, el prestador deberá incluirlos en las facturaciones siguientes. Los créditos aquí dispuestos deberán contemplar los intereses compensatorios previstos en el punto 5.5 del Capítulo V de LOS PROCEDIMIENTOS, desde el semestre
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posterior al controlado hasta la fecha del efectivo pago, de acuerdo a lo establecido en el punto 7.2.2 del ANEXO 27 de la normativa citada. Dentro de los VEINTE 20 días hábiles administrativos contados a partir de finalizado del proceso de acreditaciones aquí dispuesto, EDEFOR S.A. deberá informar al ENTE
NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD sobre su cumplimiento, mediante documentación certificada por Auditor Externo o Contador Público Independiente cuya firma se encuentre certificada por el Consejo Profesional respectivo. 3.- Notifíquese a EDEFOR S.A. con copia certificada del ANEXO al Informe Técnico y Dictamen Legal obrante a fojas 39/48 de las presentes actuaciones. Hágasele saber que: a se le otorga vista del Expediente por única vez y por el término de DIEZ 10 días hábiles administrativos contados desde la notificación de este acto; y b la presente Resolución es susceptible de ser recurrida en los plazos que se indican, los que se computarán a partir del día siguiente al último de la vista concedida: i por la vía del Recurso de Reconsideración conforme lo dispone el Artículo 84 del Reglamento de la Ley Nº19.549
de Procedimientos Administrativos aprobado mediante Decreto Nº1759/1972 t.o. en 1991, dentro de los DIEZ 10 días hábiles administrativos, así como también, ii en forma subsidiaria, o alternativa, por la vía del Recurso de Alzada previsto en el Artículo 94 del citado Reglamento y en el Artículo 76 de la Ley Nº24.065, dentro de los QUINCE 15 días hábiles administrativos; y iii mediante el Recurso Directo por ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal previsto en el Artículo 81
de la Ley Nº24.065, dentro de los TREINTA 30 días hábiles judiciales.
4.- Se hace saber que, de conformidad con lo dispuesto en el ARTICULO 15 de la Resolución ENRE
Nº23/1994 y sus modificatorias, no se dará trámite a los Recursos si previamente no se hace efectiva la multa dispuesta en esta Resolución. La mora se producirá de pleno derecho ante la falta de pago en tiempo y forma, correspondiendo ante la misma el pago de intereses a la tasa activa para descuento de documentos comerciales a TREINTA 30 días del Banco de la Nación Argentina calculada para el lapso que va desde el momento en que las penalidades deben satisfacerse conforme esta Resolución y hasta su efectivo pago. 5.- Publíquese la presente Resolución en la página Web del ENRE, conjuntamente con el ANEXO al Informe Técnico y Dictamen Legal obrante a fojas 39/48. Firmado: Marcelo Baldomir Kiener, Vocal Primero. Enrique Gustavo Cardesa, Vocal Segundo. Luis Miguel Barletta, Vicepresidente. Mario H. de Casas, Presidente.
e. 13/01/2010 Nº2357/10 v. 13/01/2010

ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Nº8/2010
ACTA Nº1081
Expediente ENRE Nº27.379/08
Bs. As., 6/1/2010
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Sancionar a EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA POR DISTRIBUCION TRONCAL DEL
COMAHUE TRANSCOMAHUE SOCIEDAD ANONIMA TRANSCO S.A. en la suma de PESOS
VEINTISEIS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y TRES CON SETENTA Y SIETE CENTAVOS $26.633,77
por incumplimientos de lo dispuesto en el Régimen de Calidad de Servicio y Sanciones de la Empresa de Transporte de Energía Eléctrica por Distribución Troncal del Comahue, contenido en Subanexo B
del Contrato de Concesión durante el período comprendido entre enero y marzo de 2006, cuyo detalle, duración y montos de penalización se efectúa en los ANEXOS I, II y III y cuyo total consta en el ANEXO IV
al Informe Técnico y Dictamen Legal, obrantes a fojas 43/58. 2.- Instruir a CAMMESA para que, aplicando las sanciones que se detallan en los ANEXOS al Informe Técnico y Dictamen Legal de fojas 43/58, efectúe los débitos correspondientes sobre la liquidación de venta de EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGIA
ELECTRICA POR DISTRIBUCION TRONCAL DEL COMAHUE TRANSCOMAHUE SOCIEDAD ANONIMA
TRANSCO S.A. en los términos del Punto 5.3.5. del capítulo 5 de LOS PROCEDIMIENTOS. 3.- Notifíquese a EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA POR DISTRIBUCION TRONCAL DEL
COMAHUE TRANSCOMAHUE SOCIEDAD ANONIMA TRANSCO S.A. y a CAMMESA lo dispuesto en este acto, con copia de la presente Resolución y de los ANEXOS de fojas 43/58. Hágasele saber a la Transportista que: a se le otorga vista del Expediente por única vez y por el término de DIEZ 10 días hábiles administrativos contados desde la notificación de este acto; y b la presente Resolución es susceptible de ser recurrida en los plazos que se indican, los que se computarán a partir del día siguiente al último de la vista concedida: i por la vía del Recurso de Reconsideración conforme lo dispone el Artículo 84 del Reglamento de la Ley Nº19.549 de Procedimientos Administrativos aprobado mediante Decreto Nº1759/1972 t.o. en 1991, dentro de los DIEZ 10 días hábiles administrativos, como así también, ii en forma subsidiaria o alternativa, por la vía del Recurso de Alzada previsto en el Artículo 94 del citado Reglamento y en el Artículo 76 de la Ley Nº24.065, dentro de los QUINCE 15 días hábiles administrativos, y iii mediante el Recurso Directo por ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal contemplado en el Artículo 81 de la Ley Nº 24.065, dentro de los TREINTA 30 días hábiles judiciales contados de igual forma que en los supuestos anteriores. 4.- Publíquese la presente Resolución el la página Web del ENRE, conjuntamente con los ANEXOS de fojas 43/58. Firmado: Marcelo Baldomir Kiener, Vocal Primero. Enrique Gustavo Cardesa, Vocal Segundo. Luis Miguel Barletta, Vicepresidente.
Mario H. de Casas, Presidente.
e. 13/01/2010 Nº2362/10 v. 13/01/2010

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
DIRECCION REGIONAL ADUANERA MENDOZA
Ajustes de Valor de Exportación R.G: 620/1999 AFIP.
Ref.: Nota Externa Nº 01/2010 DI RAME . FECHA: 6/1/2010

Los valores imponibles han sido definidos de acuerdo a la R.G. 620/99 y en concordancia con la Ley 22.415 Art. 748 inc. A Código Aduanero.
Vencimiento para la presentación de documentación que respalde los valores documentados por parte del Exportador RG 620/99 AFIP: quince 15 días contados a partir de la publicación en Boletín Oficial del listado de ajuste respectivo.
Ing. JUAN BAUTISTA OCAMPO, Director, Dirección Regional Aduana Mendoza. JUAN TAPIA, Jefe I SE FVEM, DIRAME DV FOME. Ing. FRANCISCO F. GÓMEZ, Jefe I DVFOME, Dir. Reg. Aduanera Mendoza.
e. 13/01/2010 Nº2129/10 v. 13/01/2010

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Boletín Oficial de la República Argentina del 13/01/2010 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date13/01/2010

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First edition02/01/1989

Last issue30/07/2024

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