Boletín Oficial de la República Argentina del 25/08/2009 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 25 de agosto de 2009

Que los agentes negociadores ratifican en todos sus términos el Acuerdo de fojas 132/135, el Convenio Colectivo de fojas 156/175, y el Acta Complementaria de fojas 200/201.
Que las partes acreditan su personería y facultades para negociar colectivamente con las constancias obrantes en autos.
Que asimismo se acreditan en los plexos convencionales cuya homologación se dispone en este acto, los recaudos formales establecidos por la Ley Nº14.250 t.o. 2004.
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas de los textos convencionales de marras, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar los actos administrativos de homologación del Acuerdo de fojas 132/135, del Convenio Colectivo de fojas 156/175 y del Acta Complementaria de fojas 200/201 de marras de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que por último correspondería que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitan estas actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin evaluar la procedencia de efectuar el cálculo del tope previsto por el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº900/95.
Por ello, LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE FARMACIA, por la parte sindical, y la FEDERACION ARGENTINA
DE CAMARAS DE FARMACIA, la CONFEDERACION FARMACEUTICA ARGENTINA y la ASOCIACION DE FARMACIAS MUTUALES Y SINDICALES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte empresarial, que luce a fojas 132/135 del Expediente Nº1.287.199/08, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004.
ARTICULO 2º Declárase homologado el Convenio Colectivo de Trabajo y el Acta Complementaria celebrados entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE FARMACIA, por la parte sindical, y la FEDERACION ARGENTINA DE CAMARAS DE FARMACIA, la CONFEDERACION FARMACEUTICA ARGENTINA y la ASOCIACION DE FARMACIAS MUTUALES Y SINDICALES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte empresarial, que lucen a fojas 156/175 y 200/201 del Expediente Nº1.287.199/08, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004.
ARTICULO 3º Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivos, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el Acuerdo obrante a fojas 132/135 y el Convenio Colectivo de Trabajo obrante a fojas 156/175 junto con el Acta Complementaria de fojas 200/201 del Expediente Nº1.287.199/08.
ARTICULO 4º Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 5º Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad con lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº452/06.
ARTICULO 6º Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito de los textos homologados y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº14.250 t.o. 2004.
ARTICULO 7º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº1.287.199/08
Bs. As., 27/2/2009
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº244/09, se ha tomado razón de la Convención Colectiva de Trabajo celebrada a fojas 156/175, acta complementaria de fojas 200/201
y acuerdo de fojas 132/135 del expediente de referencia, quedando registrados con los Nº556/09, 187/09 y 188/09 respectivamente. VALERIA A. VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO
INDICE

BOLETIN OFICIAL Nº 31.722

25

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Boletín Oficial de la República Argentina del 25/08/2009 - Primera Sección

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CountryArgentina

Date25/08/2009

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