Boletín Oficial de la República Argentina del 14/05/2009 - Primera Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Jueves 14 de mayo de 2009

ARTICULO 2º Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE
COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre los Acuerdos, obrante a fojas a fojas 3/4 del Expediente Nº1.257.254/08 agregado a fojas 46 al principal y a fojas 3/6 del Expediente Nº1.254.825/08.
ARTICULO 3º Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias. Cumplido, pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se homologan y de conformidad a lo establecido en el Artículo 245º de la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº414/05.
ARTICULO 5º Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito los Acuerdos homologados y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº14.250 t.o. 2004.
ARTICULO 6º. Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº1.254.825/08
Buenos Aires, 23 de diciembre de 2008
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº1972/08 se ha tomado razón de los acuerdos obrantes a fojas 3/4 del expediente 1.257.254/08, agregado a fojas 46, y a fojas 3/6
del expediente 1.254.825/08, quedando registrados con los Nº1352/08 y 1353/08. VALERIA A.
VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.
ACTA COMPLEMENTARIA ACUERDO 1º de MAYO
Entre la ASOCIACION DE EMPLEADOS DE FARMACIA, en adelante denominada ADEF
por una parte y en representación de los Empleados, con Personería Gremial otorgada por Resolución Número 000142 de fecha 20/09/1954, Inscripta en el registro respectivo bajo el número 000265 con carácter de entidad gremial de Primer grado, con domicilio legal en la calle Rincón 1044 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por el Secretario General, Sr. Alfredo Luis Ferraresi, LE 4.352.931; el Secretario General Adjunto, Dr. Fermín Víctor Carricarte, DNI. 17.031.654; el Secretario Gremial y Acción Social, Dr. Rubén Antonio Bezzato DNI. 12.225.311; el Secretario Tesorero Carlos Eduardo Freire DNI 13.362.446 y la Dra. Hemilce Rosa Arias DNI. 4.734.782 ----- y por la otra, en representación de los Empleadores, la CAMARA
ARGENTINA DE FARMACIAS C.A.F.. representada por su presidente el Sr. Rodolfo Barrero DNI. 7.672.141 y el Director Ejecutivo Sr. Marcelo Kassabchi DNI 12.976.615, con domicilio en Rivadavia 1615 1º piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; la CAMARA DE FARMACIAS
BONAERENSE CAFABO, representada por su Presidente Julio Alvarez DNI. 4.523.769; con domicilio en 25 de Mayo 624, Partido de Morón, Pcia. de Buenos Aires; la ASOCIACION PROPIETARIOS DE FARMACIAS ARGENTINAS ASOFAR, representada por su presidente el Sr.
Alfredo Di Salvo DNI 10.621.744 y el Director Ejecutivo Sr. Dan Carlos Alonso DNI 6.230.733, con domicilio en Rivadavia 954 3º piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; el Presidente de la CAMARA DE FARMACIAS DE LA ZONA SUR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
CAFASUR, Sr. Gustavo Enrique Benedetto DNI 11.885.801, con domicilio en Rivadavia 159
Local 22 Partido de Quilmes, Pcia. de Buenos Aires; el Secretario Adjunto de la ASOCIACION DE
FARMACIAS MUTUALES Y SINDICALES DE LA REPUBUCA ARGENTINA, Sr. Osvaldo Alberto Zetola DNI 13.630.147 en su carácter de Vocal Titular, con domicilio en la calle Doblas 1356, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y por la FEDERACION ARGENTINA DE CAMARAS DE FARMACIAS FACAF, el Sr. Alberto Ruiz DNI 8.520.929 y la Sra. Farmacéutica Susana Carrasco DNI
17.308.427, con domicilio en Montevideo 496 7º piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante LOS EMPLEADORES.
Abierto el acto y luego de intensas tratativas, las partes en conjunto ACUERDAN:
PRIMERA: Convenir que le suma fija establecida en la cláusula 4ta. del Acuerdo 1º de Mayo para cada categoría firmada en el mes de mayo de 2007, denominado Ajuste Compensatorio No Remunerativo se incorporará a los básicos el Convenio 414/05 a partir del 1ro. de abril de 2008
Independientemente de su homologación, el que se refleja en la escala salarial del Anexo I.
SEGUNDA: Toda interpretación del presente acuerdo deberá ser sometida a la Comisión Paritaria creada a tal efecto según el Art. 48 del CCT 414/05.
TERCERA: Las sumas que se incorporan a los básicos del CCT 414/05 de acuerdo a la presente acta, no podrán ser compensadas por ningún ítem convencional y/o no convencional.
CUARTA: Todas las partes firmantes del presente acuerdo se comprometen a presentar el mismo en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social con su correspondiente Anexo I, en un plazo de 30 días corridos, a los efectos que el mismo sea homologado.
En prueba de conformidad, se suscriben nueve 9 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de Buenos Aires a los 21 días del mes de diciembre de 2007.
ANEXO I

CATEGORIAS

Escala Salarial Básica desde el 1º de abril de 2008
ACTA COMPLEMENTARIA ACUERDO 1º DE MAYO
BASICO
ABRIL
2008

CATEGORIA INICIAL A

$1111.96

CATEGORIA INICIAL B

$1189.53

CAJERO, PERFUMERIA Y ADMINISTRATIVO

$1232.30

EMPLEADO DE FARMACIA

$1274.57

EMPLEADO ESPEC. DE FARMACIA

$1515.26

FARMACEUTICO

$1656.99

ESCALA SALARIAL DE LOS TRABAJADORES DE FARMACIAS VIGENTE DESDE EL 1º DE ABRIL DE 2008.

BOLETIN OFICIAL Nº 31.653

34

En prueba de conformidad, se suscriben nueve 9 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de Buenos Aires a los 21 días del mes de diciembre de 2007.
ACTA ACUERDO Paritaria Enero 2008
Entre la ASOCIACION DE EMPLEADOS DE FARMACIA; en adelante denominada ADEF, por una parte y en representación de los Empleados, con Personería Gremial otorgada por Resolución Número 000142 de fecha 20/09/1954, inscripta en el registro respectivo bajo el número 000265 con carácter de entidad gremial de Primer grado, con domicilio legal en la calle Rincón 1044, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por el Secretario General, Sr. Alfredo Luís Ferraresi, LE 4.352.931; el Secretario General Adjunto, Dr. Fermín Víctor Carricarte, DNI. 17.031.654; el Secretario Gremial y Acción Social, Dr. Rubén Antonio Bezzato DNI. 12.225.311; el Secretario Tesorero, Carlos Eduardo Freire DNI. 13.362.446 y la Dra. Hemilce Rosa Arias DNI. 4.734.782 ----- y por la otra, en representación de los Empleadores, la CAMARA
ARGENTINA DE FARMACIAS C.A.F., representada por su presidente el Sr. Rodolfo Barrero DNI. 7.672.141 y el Director Ejecutivo Sr. Marcelo Kassabchi DNI 12.976.615, con domicilio en Rivadavia 1615 1º piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; la CAMARA DE FARMACIAS
BONAERENSE CAFABO, representada por su Presidente de Sr. Julio Alvarez DNI. 4.523.769, con domicilio en 25 de Mayo 624, Partido de Morón, Pcia. de Buenos Aires; la ASOCIACION
PROPIETARIOS DE FARMACIAS ARGENTINAS ASOFAR, representada por su presidente el Sr. Alfredo Di Salvo DNI 10.621.744 y el Director Ejecutivo Sr. Dan Carlos Alonso DNI 6.230.733, domicilio en Rivadavia 954 3º piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; el Presidente de la CAMARA DE FARMACIAS DE LA ZONA SUR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES CAFASUR, Sr. Gustavo Enrique Benedetto DNI 11.885.801, con domicilio en Rivadavia 159 Local 22 Partido de Quilmes, Pcia. de Buenos Aires; el Secretario Adjunto de la ASOCIACION DE
FARMACIAS MUTUALES Y SINDICALES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, Sr. Carlos Luis Nemesio DNI 7.364.025, conjuntamente con Osvaldo Alberto Zetola DNI 13.630.147 en su carácter de Vocal Titular, con domicilio en la calle Doblas 1356, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y el Protesorero de la FEDERACION ARGENTINA DE CAMARAS DE FARMACIAS FACAF, Sr.
Washington Manuel Rodríguez, DNI. 11.483.227, con domicilio en Montevideo 496 7º piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante LOS EMPLEADORES.
Abierto el acto y luego de intensas tratativas, las partes en conjunto ACUERDAN:
PRIMERA: Convenir un reajuste salarial del diecinueve por ciento 19% con vigencia a partir del 1º de febrero de 2008, independientemente de su homologación, que se calculará sobre las escalas vigentes de los básicos establecidos en el Art. 12 del Convenio Colectivo de Trabajo 414/05, modificados por el Acta Acuerdo 13 de abril de 2006 y Acta Acuerdo 1º de mayo, el que será calculado sobre los sueldos básicos remunerativos al mes de abril de 2008, y se implementarán conforme a la cláusula segunda.
SEGUNDA: El presente reajuste salarial se abonará acumulativamente, conforme al siguiente cronograma:
a Un diez por ciento 10%, a partir del mes de febrero de 2008.
b Un cinco por ciento 5%, a partir del mes de julio de 2008.
c Un cuatro por ciento 4%, a partir del mes de octubre de 2008, mes en que se completará el diecinueve por ciento 19% acumulativo acordado.
TERCERA: El incremento que aquí se acuerda, tendrá carácter de asignación no remunerativa y se liquidará en el recibo de haberes por rubro separado, bajo la denominación Acta Acuerdo Paritarias enero 2008 con ADEF. La totalidad del incremento pactado recién tendrá carácter salarial remunerativo y se incorporará a los básicos del Convenio Colectivo de Trabajo 414/05 a partir del mes de marzo 2009.
CUARTA: El presente acuerdo comprende el período 1º de febrero de 2008 al 28 de febrero de 2009. Sin perjuicio de ello, a partir del mes de octubre de 2008, las partes se reunirán a fin de evaluar la situación de la política salarial del sector.
QUINTA: APORTE EMPRESARIAL EXTRAORDINARIO: Tomando en consideración que la Asociación de Empleados de Farmacia A.D.E.F. cuenta con el Centro de Formación Profesional Nº26 , aprobado por la Resolución Nº2542/91 del Consejo Nacional de Educación Técnica por la cual los Trabajadores del gremio Farmacéutico mantienen un convenio educativo que brinda la posibilidad de desarrollar la formación técnica y profesional de los trabajadores, en beneficio de las necesidades de la empresa farmacéutica, quien en la actualidad requiere de personal idóneo y capacitado en materia de la realización de tareas básicas como efectores primarios de salud.
Para este fin, los empleadores efectuarán un aporte equivalente al tres por ciento 3%
mensual sobre los importes no remunerativos establecidos en la Escala fijada en la presente Acta Acuerdo denominada Anexo I, por cada trabajador, sea o no afiliado a ADEF, el que será destinado para el centro de formación mencionado. Todo excedente deberá ser destinado a Acción Social. Estas sumas deberán ser depositadas a la orden de la Asociación de Empleados de Farmacia A.D.E.F., denominada aporte empresarial extraordinario a través de la boleta blanca de ADEF correspondiente a la cuenta Nº6830/1 del Banco de la Provincia de Buenos Aires, en la misma fecha que se abonan los aportes sindicales correspondientes.
ADEF se compromete a brindar y a hacer efectiva la capacitación a los trabajadores que así lo requieran, sean afiliados o no a ADEF al momento de su inscripción.
Este aporte empresarial Extraordinario, será abonado por única vez y con la misma vigencia de la presente acta en el período que abarca desde el 1º de febrero de 2008 hasta el 28 de febrero de 2009. Este caducará a partir del momento en que los montos remunerativos aquí acordados pasen a integrar los salarios básicos de convenio.
SEXTA: Las partes acuerdan expresamente que todas las sumas no remunerativas convenidas en la presente Acta devengarán el aporte establecido en el artículo 46 del C.C.T. 414/05
a través de la boleta de depósito blanca de A.D.E.F. correspondiente a la cuenta Nº6830/1 del Banco de la Provincia de Buenos Aires.
SEPTIMA: Todas las partes firmantes del presente, se comprometen a presentar en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social el presente acuerdo, con su correspondiente Anexo I ACTA
ACUERDO PARITARIA ENERO 2008, en un plazo de cuatro 4 días hábiles, a los efectos de que el mismo sea homologado.
OCTAVA: Se establece que la aplicación de la presente Acta Acuerdo, es a los efectos que todos los empleados de farmacia perciban un incremento salarial, por lo tanto las sumas otorgadas no podrán ser compensadas por ningún ítem convencional y/o no convencional, a excepción de aquellas empresas que hubieran abonado en los últimos tres meses, importes no remunerativos a cuenta de futuros aumentos, en cuyo caso podrá procederse a la compensación.

About this edition

Boletín Oficial de la República Argentina del 14/05/2009 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date14/05/2009

Page count36

Edition count9386

First edition02/01/1989

Last issue04/07/2024

Download this edition

Other editions

<<<Mayo 2009>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31