Boletín Oficial de la República Argentina del 19/08/2008 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 19 de agosto de 2008

Pág.
TELECOMUNICACIONES
234/2008-SC
Asígnase numeración no geográfica a la Cooperativa de Servicios Públicos El Colorado Limitada

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SERVICIO TELEFONICO
235/2008-SC
Asígnase numeración geográfica a Techtel LMDS Comunicaciones Interactivas Sociedad Anónima, para ser utilizada en el Servicio de Telefonía Local

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SERVICIO TELEFONICO
236/2008-SC
Asígnase numeración geográfica a CTI PCS Sociedad Anónima, para ser utilizada en el Servicio de Telefonía Local

8

SERVICIO TELEFONICO
237/2008-SC
Asígnase numeración geográfica a CTI PCS Sociedad Anónima, para ser utilizada en el Servicio de Telefonía Local

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CONGRESOS
692/2008-SSS
Auspíciase el III Congreso Latinoamericano de Informática Médica INFOLAC2008

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PRODUCCION DE GANADO PORCIONO
2842/2008-ONCCA
Autorízase el pago de compensaciones solicitadas en el marco del mecanismo creado mediante la Resolución Nº9/2007 del Ministerio de Economía y Producción

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PRODUCCION DE GRANOS Y OLEAGINOSAS
2843/2008-ONCCA
Autorízase el pago de compensaciones solicitadas en el marco del mecanismo creado mediante la Resolución Nº9/2007 del Ministerio de Economía y Producción

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PRODUCCION DE GRANOS Y OLEAGINOSAS
2844/2008-ONCCA
Autorízase el pago de compensaciones solicitadas en el marco del mecanismo creado mediante la Resolución Nº9/2007 del Ministerio de Economía y Producción

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BOLETIN OFICIAL Nº 31.470

CONSIDERANDO:
QuelafirmaINDEXPORTMESSEFRANKFURT
S.A. C.U.I.T. Nº 30-63888317-8, solicita la exención del pago del derecho de importación y demás tributos que gravan la importación para consumo de los folletos impresos, material publicitario, afiches, otras formas de propaganda, regalos y elementos de construcción y decoración de stands, originarios y procedentes de los países participantes en el evento TECNOFIDTA 2008 - 9º EXPOSICION INTERNACIONAL DE TECNOLOGIA
ALIMENTARIA, ADITIVOS E INGREDIENTES, a realizarse en el Centro Costa Salguero de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS
AIRES REPUBLICA ARGENTINA, del 23 al 26 de septiembre de 2008.
Que los folletos impresos, material publicitario, afiches, otras formas de propaganda, regalos y elementos de construcción y decoración de stands que ingresarán al país, se constituyen como materiales de apoyo importantes para ser utilizados durante el desarrollo del evento, por lo que se considera razonable autorizar la importación de los mismos por un valor FOB de DOLARES
ESTADOUNIDENSES CINCO MIL U$S
5.000, por país participante.
Que resulta oportuno y conducente eximir a los productos de promoción objeto del presente decreto del cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución Nº47 de fecha 15 de agosto de 2007 del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.
Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas al PODER EJECU-

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TIVO NACIONAL, por el Artículo 5º, inciso s de la Ley Nº 20.545 incorporado por su similar Nº21.450 y mantenido por el Artículo 4º de la Ley Nº22.792.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Exímese del pago del derecho de importación, del Impuesto al Valor Agregado, de los impuestos internos, de tasas por servicios portuarios, estadística y comprobación de destino, que gravan la importación para consumo de los folletos impresos, material publicitario, afiches, otras formas de propaganda, regalos y elementos de construcción y decoración de stands, originarios y procedentes de los países participantes en el evento TECNOFIDTA 2008 - 9º EXPOSICION INTERNACIONAL
DE TECNOLOGIA ALIMENTARIA, ADITIVOS
E INGREDIENTES, a realizarse en el Centro Costa Salguero de la CIUDAD AUTONOMA
DE BUENOS AIRES REPUBLICA ARGENTINA, del 23 al 26 de septiembre de 2008, para su exhibición, y/u obsequio en la mencionada muestra, por un monto máximo de DOLARES
ESTADOUNIDENSES CINCO MIL U$S 5.000
por país participante, tomando como base de cálculo valores FOB.
Art. 2º Exímese del cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución Nº 47 de fecha 15 de agosto de 2007 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, a los productos de promoción originarios y procedentes de los países participantes en la Exposición objeto del presente decreto.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Sergio T.
Massa. Carlos R. Fernández.

Disposiciones FE DE ERRATAS
530/2008-DNRNPACP

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AVISOS OFICIALES
Nuevos

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15 de agosto de 2007 del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION.

MIL U$S 5.000 por país participante, tomando como base de cálculo valores FOB.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Art. 2º Exímese del cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución Nº47 de fecha 15 de agosto de 2007 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, a los productos de promoción originarios y procedentes de los países participantes en la Exposición objeto del presente decreto.

Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL, por el Artículo 5º, inciso s de la Ley Nº 20.545 incorporado por su similar Nº21.450 y mantenido por el Artículo 4º de la Ley Nº22.792 en lo que hace a la exención de los tributos que gravan a la importación para consumo.

Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Sergio T.
Massa. Carlos R. Fernández.

Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Exímese del pago del derecho de importación, del Impuesto al Valor Agregado, de los impuestos internos, de tasas por servicios portuarios, estadística y comprobación de destino, que gravan la importación para consumo de los folletos impresos, material publicitario, afiches, otras formas de propaganda, regalos, y elementos de construcción y decoración de stands, originarios y procedentes de los países participantes en la 15º Exposición Internacional de Belleza, Cosmética, Estética, Peluquería y Perfumería COSMESUR BEAUTYWORLD BUENOS AIRES, a realizarse en el Predio La Rural de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
REPUBLICA ARGENTINA, del 13 al 15 de septiembre de 2008, para su exhibición y/u obsequio en la mencionada muestra, por un monto máximo de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO

DECISIONES
ADMINISTRATIVAS

EXPOSICIONES
INTERNACIONALES
Decreto 1328/2008
Exímese del pago del derecho de importación y demás tributos a los productos originarios y procedentes de los países participantes en el evento Tecnofidta 2008
- 9º Exposición Internacional de Tecnología Alimentaria, Aditivos e Ingredientes, a realizarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Bs. As., 13/8/2008
VISTO el Expediente Nº S01:0035179/2008 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, y

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
Decisión Administrativa 6/2008
Dase por aprobada una enmienda a un contrato de locación de servicios celebrado bajo el régimen del Decreto Nº1184/01.

Bs. As., 12/8/2008
VISTO el Expediente NºS01:0376028/2007 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Ley Nº26.337 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2008, los Decretos Nros. 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001, 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003
y su modificatorio Nº149 de fecha 22 de febrero de 2007, la Decisión Administrativa Nº1 de fecha 15 de enero de 2008, y CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la enmienda del contrato de la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, bajo el régimen de locación de servicios del Decreto Nº1184 de fecha 20 de septiembre de 2001, destinada a la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
Que en función de una eficaz prosecución de las actividades operativas del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y dada la multiplicidad de sus funciones propias, resulta imprescindible aprobar la enmienda referida en el considerando precedente.
Que la persona indicada en el Anexo que integra la presente decisión administrativa, queda exceptuada del cumplimiento de los requisitos establecidos en la Circular Nº4 de fecha 15
de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA
NACION, por tratarse de una enmienda de contrato.
Que por el Artículo 1º del Decreto Nº577 de fecha 7 de agosto de 2003 y su modificatorio, se estableció que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº491 de fecha 12 de marzo de 2002 y su reglamentación será aprobada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS TRES MIL CIEN $3.100.-.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 19/08/2008 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date19/08/2008

Page count24

Edition count9397

First edition02/01/1989

Last issue15/07/2024

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