Boletín Oficial de la República Argentina del 20/06/2008 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Viernes 20 de junio de 2008

septiembre de 1995, 234 del 2 de octubre de 1996, 971 del 10 de septiembre de 1997 y 375
del 26 de marzo de 1998 todas ellas del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y Nros. 29 del 6 de abril de 2001 y 694 del 15 de noviembre de 2001 ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, y CONSIDERANDO:
Que a través del Decreto Nº 286 del 27 de febrero de 1995, el PODER EJECUTIVO NACIONAL constituyó el FONDO FIDUCIARIO PARA EL DESARROLLO PROVINCIAL.

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BOLETIN OFICIAL Nº 31.430

Primera Sección
Art. 6º Fíjanse las remuneraciones correspondientes a las funciones de Director Ejecutivo y Directores del FONDO FIDUCIARIO PARA EL DESARROLLO PROVINCIAL según el detalle que se consigna en el Anexo III del presente decreto.
Art. 7º Modifícase la distribución administrativa del Presupuesto General de la Administración Nacional - Recursos Humanos, de la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
para el Ejercicio 2008, aprobada por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 15 de enero de 2008, de acuerdo al detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo que forma parte integrante del mismo.

Que por las Resoluciones Nros. 665 del 9 de mayo de 1995, 312 del 27 de septiembre de 1995, 234 del 2 de octubre de 1996, 971 del 10 de septiembre de 1997 y 375 del 26
de marzo de 1998, todas ellas del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y las Resoluciones Nros. 29 del 6 de abril de 2001 y 694 del 15 de noviembre de 2001 ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, esta última ratificada por el Decreto Nº 1603 del 5 de diciembre de 2001, se organizó la Dirección del FONDO FIDUCIARIO PARA EL DESARROLLO PROVINCIAL mediante la creación de un Comité Directivo.

Art. 8º El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo anterior será atendido con cargo al presupuesto vigente de la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION para el Ejercicio 2008 o bien con el mecanismo previsto en el Artículo 116 de la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto t.o. 2005.

Que el Artículo 51 de la Ley Nº 25.565, incorporado como Artículo 116 de la Ley Nº 11.672
Complementaria Permanente de Presupuesto t.o. 2005, establece que el personal de los Consejos de Administración de los Fondos Fiduciarios deberán integrar las plantas de personal de las Jurisdicciones de las cuales dependen los citados Fondos Fiduciarios, resultando por tanto necesario adecuar el régimen de designación y asignaciones de funciones de los miembros del Comité Directivo a las prescripciones de dicha norma.

ANEXO I

Art. 9º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
FERNANDEZ DE KIRCHNER. Alberto A. Fernández. Carlos R. Fernández.

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
SECRETARIA DE HACIENDA

Que por el Artículo 7º de la Ley Nº 26.337 se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de la sanción de la misma, en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de las disposiciones del Artículo 10 de la citada ley.

UNIDAD SECRETARIO
Nombre y Apellido
M.I.

NIVEL

FUNCION

UNIDAD

Que el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 dispuso, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública centralizada, y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Silvia Ada SAVOINI

6.031.716

A

Asesor
SECRETARIO
DE
HACIENDA

1/1/2008

Jorge STHLI

17.826.083

A

Asesor
SECRETARIO
DE
HACIENDA

1/1/2008

Que asimismo, en atención a las características de la prestación de servicios y a la jerarquía y responsabilidad de las funciones encomendadas a los miembros del Comité Directivo, resulta necesario asignarles las correspondientes remuneraciones.

FECHA DE
INICIO

ANEXO II

Que los profesionales que se proponen para cubrir dichos cargos, reúnen las condiciones de experiencia e idoneidad necesarias para desempeñarlos.
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
Que los cargos aludidos de conformidad a lo expresado por el Artículo 116 de la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto t.o. 2005 serán financiados a través de transferencias por el FONDO FIDUCIARIO PARA EL DESARROLLO PROVINCIAL.

SECRETARIA DE HACIENDA
DIRECCION DE OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO

Que la COMISION TECNICA ASESORA DE POLITICA SALARIAL DEL SECTOR PUBLICO
dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención de su competencia.

Nombre y Apellido
M.I.

NIVEL

FUNCION

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS han tomado la intervención que les compete.

Germán Ernesto KRIEGER

24.784.527

A

Asesor
UNIDAD

DIRECCION DE
OBLIGACIONES
A CARGO DEL
TESORO

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL, el Artículo 116 de la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto t.o. 2005, los Artículos 7º y 10 de la Ley Nº 26.337 y el Artículo 1º del Decreto Nº 491/02.

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

Por ello,
FONDO FIDUCIARIO PARA EL DESARROLLO PROVINCIAL

LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Danse por designados transitoriamente, a partir del 1 de enero de 2008 y por el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles, en la planta permanente de la UNIDAD SECRETARIO DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION a las personas consignadas en el Anexo I que forma parte integrante de la presente medida, en los cargos allí indicados, con carácter de excepción a lo establecido en el Título III, Capítulos I y II, del Anexo I al Decreto Nº 993/91
T.O. 1995 y a lo dispuesto por el Artículo 7º de la Ley Nº 26.337.
Art. 2º Dase por designado transitoriamente, a partir del 1 de enero de 2008 y por el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles, en la planta permanente de la Dirección de Obligaciones a Cargo del Tesoro dependiente de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION a la persona consignada en el Anexo II que forma parte integrante de la presente medida, en el cargo allí indicado, con carácter de excepción a lo establecido en los Títulos II, Artículo 11 y III, Capítulos I y II, del Anexo I al Decreto Nº 993/91 T.O. 1995 y a lo dispuesto por el Artículo 7º de la Ley Nº 26.337.
Art. 3º Los cargos involucrados en la presente medida deberán ser cubiertos conforme los sistemas de selección previstos por el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA
SI.NA.P.A. Decreto Nº 993/91 T.O. 1995 en el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir del 1 de enero de 2008.

FECHA
DE INICIO

1/1/2008

ANEXO III

FUNCION

REMUNERACION

Director Ejecutivo del FONDO
FIDUCIARIO PARA EL DESARROLLO
PROVINCIAL

equivalente al monto correspondiente a la retribución del Nivel A, Grado 8, Función Ejecutiva I del SISTEMA
NACIONAL DE LA PROFESION
ADMINISTRATIVA SI.NA.P.A.

Directores del FONDO FIDUCIARIO
PARA EL DESARROLLO PROVINCIAL

equivalente al monto correspondiente a la retribución del Nivel A Grado 8
Función Ejecutiva II del SISTEMA
NACIONAL DE LA PROFESION
ADMINISTRATIVA SI.NA.P.A.
PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 7º
PRESUPUESTO 2008
RECURSOS HUMANOS
JURISDICCION: 50 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
PROGRAMA: 26 - ADMINISTRACION FINANCIERA

Art. 4º Dase por asignada la función de Directora Ejecutiva del FONDO FIDUCIARIO
PARA EL DESARROLLO PROVINCIAL, a partir del 1 de enero de 2008 a la Doctora Da. Silvia Ada SAVOINI M.I. Nº 6.031.716, en los términos de lo dispuesto por el Artículo 116 de la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto t.o. 2005, las Resoluciones Nros. 29
del 6 de abril de 2001 y 694 del 15 de noviembre de 2001 ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, esta última ratificada por el Decreto Nº 1603 del 5 de diciembre de 2001, y del Artículo 1º del presente decreto.
Art. 5º Dase por asignada la función de Directores del FONDO FIDUCIARIO PARA EL DESARROLLO PROVINCIAL a partir del 1 de enero de 2008 al Doctor D. Jorge STHLI M.I.
Nº 17.826.083 y a D. Germán Ernesto KRIEGER M.I. Nº 24.784.527 respectivamente, en los términos de lo dispuesto por el Artículo 116 de la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto t.o. 2005, las Resoluciones Nros. 29/01 y 694/01, ambas del ex MINISTERIO DE
ECONOMIA, esta última ratificada por el Decreto Nº 1603/01, y los Artículos 1º y 2º del presente decreto respectivamente.

CARGO O CATEGORIA

CANTIDAD DE
CARGOS

PERSONAL PERMANENTE
PERSONAL DEL SI.NA.P.A. DECRETO 993/91
A

1

D

-1

Total Escalafón
0

Total PROGRAMA

0

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Boletín Oficial de la República Argentina del 20/06/2008 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date20/06/2008

Page count52

Edition count9384

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