Boletín Oficial de la República Argentina del 18/03/2008 - Primera Sección
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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección
mentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y a tenor de lo establecido en el artículo 1º del Decreto Nº 577/03 y su modificatorio.
Pág.
Por ello,
DISPOSICIONES
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
64/2008-SGRH-AFIP
Finalización de funciones y designación de Jefaturas Interinas en jurisdicción de la Dirección Regional Bahía Blanca.
17
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
88/2008-AFIP
Designación de funcionarios para la realización de los procedimientos contemplados por el Artículo 35, inciso g de la Ley Nº 11.683, t.o. en 1998 y sus modificaciones.
18
Artículo 1º Danse por aprobados, con efectos al 1º de enero de 2008 y hasta el 31 de diciembre de 2008, los contratos suscritos ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, entre distintos funcionarios competentes de esta Jurisdicción y los agentes nominados en las planillas que, como Anexos I y II, forman parte integrante de la presente decisión administrativa, conforme las condiciones indicadas en las mismas y de acuerdo con las previsiones del artículo 9º del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº 1421/
02 y la Resolución SGP Nº 48/02.
Art. 2º Las contrataciones que se aprueban por el artículo 1º de la presente decisión administrativa de los agentes nominados en el Anexo II, se disponen como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
90/2008-AFIP
Designación de funcionarios para la realización de los procedimientos contemplados por el Artículo 35, inciso g de la Ley Nº 11.683, t.o. en 1998 y sus modificaciones.
18
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
92/2008-AFIP
Designación de funcionarios para la realización de los procedimientos contemplados por el Artículo 35, inciso g de la Ley Nº 11.683, t.o. en 1998 y sus modificaciones.
18
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
98/2008-AFIP
Designación de funcionarios para la realización de los procedimientos contemplados por el Artículo 35, inciso g de la Ley Nº 11.683, t.o. en 1998 y sus modificaciones.
18
ESPECIALIDADES MEDICINALES
1416/2008-ANMAT
Adulteración de medicamentos. Prohíbese la comercialización y uso de determinados productos.
2
BOLETIN OFICIAL Nº 31.368
Primera Sección
Martes 18 de marzo de 2008
Art. 3º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas vigentes del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Pública Nacional Nº 26.337.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Alberto A. Fernández. Aníbal F. Randazzo.
ANEXO I
APELLIDO Y NOMBRES
19
NIVEL
GRADO
D.N.I.
FUNCION
SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES
CRAPELLA, Juan Martín
26.855.697
B-3
Asesor Parlamentario
CONCURSOS OFICIALES
ANEXO II
Nuevos
20
Anteriores
25
APELLIDO Y NOMBRES
D.N.I.
NIVEL
GRADO
FUNCION
D-0
Asistente de Funcionamiento
B-1
Asesora en Guía de Trámites
B-0
Asesor
SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA
DELEGACION TECNICO ADMINISTRATIVA
AVISOS OFICIALES
GOROSITO, Leandro Ezequiel
Nuevos
20
Anteriores
26
27.307.331
OFICINA NACIONAL DE INNOVACION Y GESTION
CANIZO, Antonia Beatriz
5.429.666
SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES
ASOCIACIONES SINDICALES
ORLANDO, Leonardo Javier
Estatutos
26
CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO
28
32.636.772
RESOLUCIONES
Que el artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 3/04, modificada por su similar Nº 1151/06
establece que el personal contratado percibirá una remuneración mensual equivalente al nivel o categoría del régimen escalafonario aplicable al personal de planta permanente de la jurisdicción según el tipo de funciones a desarrollar.
Que, por otra parte, en el artículo 2º de la norma citada en el considerando precedente, se establece que para la equiparación de la remuneración con el adicional por grado del régimen escalafonario que resulte de aplicación al personal de Planta Permanente de la jurisdicción, sólo se considerará la especialidad o experiencia laboral acumulada de la persona a contratar, relacionada exclusiva y directamente con las actividades, funciones, servicios o resultados a obtener mediante su contratación.
Que los agentes involucrados en el presente acto han dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 6º del Decreto Nº 601/02, reglamentario de su similar Nº 491/02.
Que el personal de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación, de servicios a partir del 1º de enero de 2008, por lo que procede aprobar las respectivas contrataciones con efectos a esa fecha.
Que la financiación de los contratos que se aprueban por el presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios vigentes de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Pública Nacional Nº 26.337.
Secretaría de Transporte
TRANSPORTE AEROCOMERCIAL
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 2 de la Constitución Nacional, del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02, regla-
Que se ha comprobado oportunamente que la compañía aérea acredita la capacidad técnica y económico-financiera a que se refiere el Artículo 105 del CODIGO AERONAUTICO.
Resolución 139/2008
Que la peticionaria acreditó debidamente la base de operaciones, mediante autorización otorgada por autoridad competente.
Autorízase a Crucero del Norte S.R.L. a explotar servicios no regulares internos e internacionales de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo utilizando aeronaves de reducido porte.
Que dada la clase de servicios solicitados los mismos no deberán interferir, tanto en su aspecto comercial como operativo, en el normal desenvolvimiento de las empresas regulares de transporte aéreo.
Bs. As., 11/3/2008
VISTO el Expediente Nº S01:0429915/2005 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS, y CONSIDERANDO:
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y
TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención de su competencia.
Que la Empresa satisface las exigencias que sobre el particular establece la Ley Nº 17.285, modificada por su similar Nº 22.390 CODIGO AERONAUTICO.
Que la Empresa CRUCERO DEL NORTE
S.R.L. solicitó autorización para explotar servicios no regulares internos e internacionales de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo, con aeronaves de reducido porte.
Que los servicios a operar tienden a abarcar un sector de necesidades no satisfecho por las empresas prestatarias de servicios aerocomerciales regulares y que, dado lo reducido del porte del material de vuelo a ser utilizado, éste no ofrece posibilidad de competencia a las mismas, quedando comprendido en la excepción prevista por el Artículo 102, aplicable en el orden internacional por el Artículo 128, ambos del CODIGO AERONAUTICO.
Que las instancias de asesoramiento se han expedido favorablemente con relación al nuevo servicio aéreo propuesto.