Boletín Oficial de la República Argentina del 13/03/2008 - Primera Sección
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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 31.365
Primera Sección
Jueves 13 de marzo de 2008
27
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
EXPEDIENTE
IMPUTADO
12.064-157-2.007
LEANDRO MARCELO
AMBROSINO
D.N.I. Nº 32.448.851
ACTA Nº
RESOLUCION
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
07001ALO
T000455D
7879/2007
DVSAPLA 2
Código Aduanero Ley 22.415, arts. 1013 inc. h y 1101
e. 13/03/2008 Nº 573.293 v. 13/03/2008
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
DVSAPLA 2
Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución Articulo 1º: Archivar la presente denuncia en los términos de la citada Instrucción Nº 02/07, procediendo previamente a la entrega de la mercadería correspondiente al Renglón 1 Subítem 1 del Acta Lote
presentar el Certificado de Calzado y Certificado de Origen, en caso de no presentar el mencionado certificado autorizante se procederá a la destrucción de la misma previa acreditación de su clave única de identificación tributaria y pago de los tributos que se liquiden, o en su defecto proceder de acuerdo a la Secc. V, Tit. II de la Ley 22.415. Debiendo tenerse en cuenta la Nota Externa Nº 57/07.Fdo.: Dr. MARCELO MIGNONE, Jefe int del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.
Código Aduanero Ley 22.415, arts. 1013 inc. h y 1101.
EXPEDIENTE
Por ignorarse domicilio, se cita a las personas que más abajo se mencionan, para que dentro de los 10 diez días hábiles comparezca a presentar su defensa y ofrecer pruebas por las infracciones que se indican, bajo apercibimiento de rebeldía. Deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de esta Oficina Aduanera Art. 1001 del C.A. bajo apercibimiento de ley Art. 1004 del C.A.. Se le hace saber que el pago de la multa mínima y el abandono de la mercadería de corresponder, producirá la extinción de la acción penal aduanera y la no registración del antecedente Arts. 930/932 del C.A..
Fdo.: Abogado: EDGARDO R. PAOLUCCI, Firma Responsable Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.-
12201-346-2007
IMPUTADO
CARLOS FROIO DNI Nº 7776327
ACTA Nº Acta Lote Nº 07001ALOT0
00178F
RESOLUCION
7397/07
e. 13/03/2008 Nº 573.597 v. 13/03/2008
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
EXPEDIENTE Nº
IMPUTADO
INFRACCION
MULTA
12034-1917-2.005
HUGO ANIBAL EIJO
L.E. Nº 4.529.270
986/987
$ 59.666,50
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
DVSAPLA 2
e. 13/03/2008 Nº 573.271 v. 13/03/2008
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
DIRECCION REGIONAL ADUANERA CORDOBA
ADUANA DE: CORDOBA
PLANILLA DE PREAJUSTE DE VALOR EN EXPORTACION
FECHA: 05 de Marzo de 2.008.
Código Aduanero Ley 22.415, arts. 1013 inc. h y 1101.
Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución Artículo 1º: Archivar la presente denuncia procediendo previamente a la entrega de la mercadería descripta
en los términos de la citada Instrucción Nº 02/2007 es decir previa acreditación de su clave única de identificación tributaria y pago de los tributos que se liquiden. Asimismo respecto de la mercadería detallada en el ítem 3 el sumariado deberá aportar el Certificado del Producto Res. 77/04 y para el supuesto que no se acompañen dichos certificados deberá procederse a la destrucción de la mercadería en cuestión. Téngase presente lo dispuesto en la Nota Externa Nº 57/07 de corresponder. Artículo 2º: Ordenar la destrucción de las mercaderías detalladas en el ítem 6 por no encontrarse las mismas amparadas en las previsiones de la Resolución Nº 92/98. Fdo.: Dra. MARIA DEL CARMEN
RAMIREZ, Firma Responsable Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.EXPEDIENTE
IMPUTADO
12201-509-2.006
JOSE ALBERTO FONTANA
D.N.I. Nº 21.453.960
ACTA Nº 06001ALO
T000456D
RESOLUCION
5697/2007
e. 13/03/2008 Nº 573.292 v. 13/03/2008
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
DVSAPLA 2
Código Aduanero Ley 22.415, arts. 1013 inc. h y 1101.
Intervinientes: Ing. FERNANDEZ JORGE, Jefe Secc. Fisc. y Val. de Exportación.- Ing. MANIAS, Roberto, Jefe Div. Fiscal. y Val. de Operaciones Aduaneras.
a - Valor de mercadería idéntica o similar que hubiere sido objeto de despacho.
Vencimiento para aportar documentación que respalde los valores documentados: 15 días a partir del día sgte. a la publicación en B.O. Resol. 620/99 AFIP.
Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución Artículo 1º: Archivar la presente denuncia procediendo previamente a la entrega de la mercadería descripta
en los términos de la citada Instrucción Nº 02/2007 es decir previa acreditación de su clave única de identificación tributaria y pago de los tributos que se liquiden, o en su defecto, proceder conforme la normativa establecida por la Sección V, Título II de la Ley Nº 22.415. Deberá tenerse en cuenta que para entregar la mercadería detallada en los ítems 2.1, 3.1, 4.1 y 7.1 el sumariado deberá aportar el Certificado de Seguridad del Juguete Res. Nº 163/05, en el caso de corresponder, y de no aportarse los certificados en cuestión, deberá procederse a la destrucción de la mercadería en trato. Asimismo, en caso de corresponder, téngase presente lo dispuesto en la Nota Externa Nº 57/07. Artículo 2º:
Ordenar la destrucción de las mercaderías detalladas en el ítem 6.1 por no encontrarse las mismas amparadas en las previsiones de la Resolución Nº 92/98. Fdo.: Dra. MARIA DEL CARMEN RAMIREZ, Firma Responsable Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.
Fdo. Ing. GUSTAVO A. MINGONE, Director de la Dirección Regional Aduanera Córdoba.
e. 13/03/2008 Nº 573.262 v. 13/03/2008
EXPEDIENTE
IMPUTADO
12201-421-2.006
JORGE RUBEN CACERES
D.N.I. Nº 14.256.347
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
ACTA Nº 06001ALO
T000303R
RESOLUCION
6403/2007
e. 13/03/2008 Nº 573.289 v. 13/03/2008
DVSAPLA 2
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Código Aduanero Ley 22.415, arts. 1013 inc. h y 1101.
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución Artículo 1º: Archivar la presente denuncia procediendo previamente a la entrega de la mercadería en los términos de la citada Instrucción Nº 02/2.007 es decir previa acreditación de su clave única de identificación tributaria y pago de los tributos que se liquiden. Asimismo respecto de la mercadería detallada en los items 1 y z el sumariado deberá aportar Certificado del Producto Res. Nº 77/04, y respecto del ítem 6 deberá aportar el Certificado de Seguridad del Juguete Res. Nº 163/05 y para el supuesto que no se acompañen dichos certificados deberá procederse a la destrucción de la mercadería en cuestión, ítem 3 estampillas.- Artículo 2º: Ordenar la destrucción de las mercaderías detalladas en el ítem 5
por no encontrarse las mismas amparadas en las previsiones de la Resolución Nº 92/98.- Fdo.: Dra.
MARIA DEL CARMEN RAMIREZ, Firma Responsable Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.
EXPEDIENTE
12201-954-2.006
IMPUTADO
FABIAN GUIDONE
D.N.I. Nº 16.602.231
ACTA Nº
RESOLUCION.
06001ALO
T000793H
4089/2007
e. 13/03/2008 Nº 573.600 v. 13/03/2008
DVSAPLA 2
Código Aduanero Ley 22.415, arts. 1013 inc. h y 1101.
Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución Artículo 1º: Archivar los presentes actuados en los términos de la citada Instrucción Nº 02/2007. Artículo 2º:
Ordenar la destrucción de la mercadería indicada en virtud de lo vertido en los considerandos con intervención de Personal de la Unión Argentina de Videoeditores Fdo.: Dra. MARIA DEL CARMEN
RAMIREZ, Firma Responsable Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.
EXPEDIENTE
12.064-150-2.007
IMPUTADO
LUIS ALBERTO BUSTOS
D.N.I. Nº 12.325.909
ACTA Nº 07001ALO
T000232T
RESOLUCION
7860/2007
e. 13/03/2008 Nº 573.298 v. 13/03/2008