Boletín Oficial de la República Argentina del 08/10/2007 - Primera Sección

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Primera Sección
Lunes 8 de octubre de 2007
Que el recurrente manifiesta que el Decreto Nº 1042 de fecha 14 de agosto de 2006, más allá de otorgarle un ascenso, le provoca una grave lesión, toda vez que conlleva la pérdida de su derecho a ser considerado para el ascenso en los términos de los artículos 14, 15, 16 y 17 de la Ley Nº 20.957.
Que los dichos vertidos por el Ministro Plenipotenciario de Segunda Clase D. José Ricardo GRANA respecto de que la Honorable Junta Calificadora del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO no ha efectuado propuestas de ascenso durante los años 1996, 1999, 2000 y 2001 no se ajustarían a la realidad, ya que están documentadas mediante las actas Nº 7/96, Nº 21/99, Nº 24/99, Nº 9/00 y Nº 05/01 en las que constan las propuestas de ascensos en las diferentes categorías del Servicio Exterior de la Nación.
Que el recurrente expresa que el ascenso que se le concede en los términos del artículo 18, inciso f, de la Ley Nº 20.957 le provoca un grave perjuicio.
Que, conforme lo prescripto por el artículo 37, inciso e y el artículo 18, inciso f de la Ley Nº 20.957, los funcionarios del Servicio Exterior de la Nación que permanezcan durante una cierta cantidad de años en sus categorías y no excedan los SESENTA Y CINCO 65
años de edad deberán ser promovidos automáticamente a propuesta de la Honorable Junta Calificadora del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
Que la Honorable Junta Calificadora del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO se expidió sobre el tema de marras mediante Acta Nº 02 de fecha 12 de abril de 2007.
Que la Dirección General de Recursos Humanos y Organización, la Dirección General de Asuntos Jurídicos, la Subsecretaría de Coordinación y Cooperación Internacional y la Secretaría de Relaciones Exteriores del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO tomaron la intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1. de la CONSTITUCION NACIONAL y el artículo 84 del Reglamento de Procedimientos Administrativos aprobado por el Decreto Nº 1759/72 t.o. 1991.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Desestímase por improcedente el recurso de reconsideración incoado por el funcionario del Servicio Exterior de la Nación, Ministro Plenipotenciario de Segunda Clase D. José Ricardo GRANA M.I. Nº 4.754.585 contra el Decreto Nº 1042 de fecha 14 de agosto de 2006.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Jorge E. Taiana.

señores Jefe de Gabinete de Ministros, Ministros, Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA NACION, Secretarios y Subsecretarios, Jefe de la Casa Militar, el Procurador del Tesoro de la Nación y el Secretario Legal y Técnico de la PRESIDENCIA DE LA NACION, el que estará integrado con el equivalente a la cantidad de Unidades Retributivas, que se detallan en la planilla Anexa al mismo.
Que el Decreto Nº 491/02 estableció que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que mediante Decreto Nº 788/07 se sustituyó del Anexo I del Decreto Nº 357/02 y sus modificatorios, el Apartado XV correspondiente al MINISTERIO DE DEFENSA, incorporándose la SECRETARIA DE ASUNTOS INTERNACIONALES DE LA DEFENSA en su estructura organizativa.
Que resulta necesario cubrir UN 1 cargo de Asesor de Gabinete del Secretario de Asuntos Internacionales de la Defensa del MINISTERIO DE DEFENSA.
Que el Licenciado Carlos Juan MONETA, cumple con los requisitos de idoneidad requeridos para el desempeño de dicho cargo.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL y de lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 491/02.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Dase por designado, a partir del 1º de julio de 2007, como Asesor del Gabinete del Secretario de Asuntos Internacionales de la Defensa del MINISTERIO DE DEFENSA, al Licenciado D. Carlos Juan MONETA D.N.I.
Nº 4.278.221 asignándole la cantidad de UN MIL
QUINIENTAS 1500 Unidades Retributivas mensuales.
Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará a la Jurisdicción 45.20 - Programa 16 - Inciso 1 - Partida 7
- Gabinete de Autoridades Superiores.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alberto A. Fernández.
Nilda Garré.

ESTADO MAYOR GENERAL
DE LA ARMADA
Decreto 1327/2007

Decreto 1326/2007

Promuévese a un Oficial Jefe.

Bs. As., 2/10/2007
VISTO los Decretos Nº 491 del 12 de marzo de 2002, el Decreto Nº 788 del 25 de junio de 2007, la Decisión Administrativa Nº 477 del 16 de septiembre de 1998 y modificatorias, lo propuesto por la señora Ministra de Defensa, y CONSIDERANDO
Que la Decisión Administrativa Nº 477/98 en su artículo 1º constituye el Gabinete de los
Que, posteriormente quedó en suspenso la promoción al grado inmediato superior del causante, por aplicación del artículo 2.03.22, inciso 2, de la Reglamentación para la Armada del Capítulo III Ascensos del Título II Personal Militar en Actividad de la Ley para el Personal Militar Nº 19.101 parte aprobada por Decreto Nº 2037 de fecha 3 de noviembre de 1992
hasta tanto la Junta de Reconocimientos Médicos se expida sobre su aptitud para el servicio naval.
Que, por Dictamen Nº 1168 - HNPM.JBO, de fecha 6 de julio de 2006, la Junta de Reconocimientos Módicos lo declaró APTO RELATIVO PERMANENTE de acuerdo con lo establecido en el artículo 1.04 - punto 2 inciso 2.2. - subinciso 2.2.1. del REGLAMENTO DE APTITUD PSICOFISICA PARA
EL PERSONAL MILITAR DE LA ARMADA
ARGENTINA.
Que, como consecuencia del tiempo en que estuvo con licencia por enfermedad, el señor Capitán de Corbeta Bioquímico PIGNATARO;
revistó en pasiva entre el 17 de septiembre de 2005 y el 8 de septiembre de 2006
total: ONCE 11 meses y VEINTIUN 21
días, asignándosele una nueva antigedad por Resolución Nº 39/06 C del señor JEFE
DEL ESTADO MAYOR GENERAL DE LA
ARMADA.
Que, en virtud de su nueva antigedad, el causante fue considerado por la Junta de Calificaciones el día 6 de diciembre de 2006;
habiendo resultado PROPUESTO PARA EL
ASCENSO al 31 de diciembre de 2004 y en
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención que le compete.

MINISTERIO DE DEFENSA

Desígnase Asesor en el Gabinete del Secretario de Asuntos Internacionales de la Defensa.

BOLETIN OFICIAL Nº 31.255

Bs. As., 2/10/2007
VISTO lo informado, por el señor JEFE DEL ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA, lo propuesto por la señora MINISTRA DE
DEFENSA, y CONSIDERANDO:
Que, la Junta de Calificaciones para el Personal Militar Superior, con fecha 24 de junio de 2004, consideró al señor Capitán de Corbeta Bioquímico D. Eduardo Ezequiel PIGNATARO y con el asesoramiento de la misma, el señor JEFE DEL ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA, lo calificó PROPUESTO PARA EL ASCENSO.

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la política de ascensos se había contemplado, la respectiva vacante.
Que, por lo tanto, resulta de estricta justicia promover al citado oficial jefe al grado inmediato superior con antigedad al 31 de diciembre de 2004.
Que, de conformidad con lo determinado por el artículo 45 de la Ley para el Personal Militar Nº 19.101, es facultad del PODER EJECUTIVO NACIONAL, conceder el ascenso del personal superior de las Fuerzas Armadas.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Promuévese al grado inmediato superior, con antigedad al 31 de diciembre de 2004, en el Cuerpo Profesional, Escalafón Farmacia y Bioquímica, al señor Capitán de Corbeta Bioquímico D. Eduardo Ezequiel PIGNATARO
M.I. 11.385.005.
Art. 2º El citado oficial jefe ocupará en las publicaciones de Escalafón y Destinos, el lugar a continuación del señor Capitán de Fragata Bioquímico D. Alejandro Guillermo GENRE M.l.
11.192.642 y en la de Precedencia General del Personal Militar Superior, el lugar a continuación del señor Capitán de Fragata. Ingeniero D. Gustavo Alejandro. LAZZARINI M.I. 12.219.667.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL
y archívese. KIRCHNER. Nilda C. Garré.

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
Decreto 1328/2007
Danse por prorrogadas, designaciones transitorias de Director de Despacho y de Director de Información al Público, ambos pertenecientes a la Dirección General de Despacho y Mesa de Entradas dependiente de la Subsecretaría de Administración y Normalización.

Bs. As., 2/10/2007
VISTO el Expediente Nº S01:0229549/2007 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 277 de fecha 10 de marzo de 2006, se designaron transitoriamente en el cargo de Director de Despacho, al Doctor Don Roberto Agustín BADO M.I.
Nº 20.646.938 y en el cargo de Director de Información al Público, a la Doctora Doña María Alejandra OCHAGAVIA M.I. Nº 17.998.426, ambos pertenecientes a la Dirección General de Despacho y Mesa de Entradas dependiente de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, siendo dichas designaciones prorrogadas por el Decreto Nº 224 de fecha 13 de marzo de 2007.
Que los citados cargos debían ser cubiertos, conforme el proceso de selección previsto en el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA SI.NA.P.A. Decreto Nº 993/91 T.O. 1995.
Que razones operativas hacen necesario prorrogar las designaciones transitorias de los funcionarios mencionados.
Que tal requerimiento implica resolver, la cobertura de dichos cargos mediante una excepción a lo previsto en los Títulos III Capítulo III y VI, Artículo 71 primer párrafo, primera parte del Anexo I del Decreto Nº 993/91.T.O. 1995.
Que los profesionales citados en la presente medida se encuentran actualmente desempeñando los cargos referidos en el primer considerando.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL y el Artículo 1º del Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002.
Por ello EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Danse por prorrogadas, por el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles, a partir del vencimiento del término establecido en el Artículo 1º del Decreto Nº 224 de fecha 13 de marzo de 2007, las designaciones transitorias de los profesionales mencionados en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida y de acuerdo al detalle obrante en el mismo.
Art. 2º Las mencionadas prórrogas se efectúan con carácter de excepción a lo establecido en los Títulos III Capítulo III y VI, Artículo 71 primer párrafo, primera parte del Anexo I del Decreto Nº 993/91 T.O. 1995.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 08/10/2007 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date08/10/2007

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First edition02/01/1989

Last issue13/07/2024

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