Boletín Oficial de la República Argentina del 18/07/2007 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 18 de julio de 2007

BOLETIN OFICIAL Nº 31.198

35

CONSIDERANDO:
A partir de JUNIO
2007

A partir de AGOSTO
2007

$ 5,19 Hora $ 5,25 Hora $ 5,28 Hora $ 5,28 Hora $ 5,28 Hora $ 5,28 Hora $ 5,28 Hora
$ 5,66 Hora $ 5,73 Hora $ 5,75 Hora $ 5,75 Hora $ 5,75 Hora $ 5,75 Hora $ 5,75 Hora
BOTON ETC.
Medio oficial de estampado Oficial de estampado Oficial prensador Oficial calandrista Oficial balancinero Oficial formolista Prensa a Gas a mano SECCION GALVANOPLASTIA
Medio oficial de galvanoplastia Oficial de galvanoplastia Operario de galvanoplastia Operario especializado en galvanoplastia
$ 5,19 Hora $ 5,25 Hora $ 5,28 Hora $ 5,28 Hora
$ 5,66 Hora $ 5,73 Hora $ 5,75 Hora $ 5,75 Hora
$ 5,19 Hora $ 5,33 Hora $ 5,19 Hora $ 5,28 Hora $ 5,28 Hora $ 1.037,68 Mes $ 1.054,54 Mes
$ 5,66 Hora $ 5,81 Hora $ 5,66 Hora $ 5,75 Hora $ 5,75 Hora $ 1.131,07 Mes $ 1.149,45 Mes
$ 1.037,68 Mes $ 1.054,54 Mes $ 5,28 Hora $ 5,28 Hora
$ 1.131,07 Mes $ 1.149,45 Mes $ 5,75 Hora $ 5,75 Hora
Que bajo dichas actuaciones tramita el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DEL PERSONAL
JERARQUICO Y PROFESIONAL DE PETROLEO Y GAS PRIVADO DE NEUQUEN Y RIO NEGRO, el SINDICATO DEL PERSONAL JERARQUICO Y PROFESIONAL DE PETROLEO Y GAS PRIVADO DE
LA PATAGONIA AUSTRAL, el SINDICATO DEL PERSONAL JERARQUICO Y PROFESIONAL DE PETROLEO, GAS PRIVADO Y QUIMICO DE MENDOZA, la CAMARA DE EXPLORACION Y PRODUCCION DE HIDROCARBUROS CEPH, y la CAMARA DE EMPRESAS DE OPERACIONES PETROLERAS ESPECIALES CEOPE, obrante el mismo a fojas 179/180 del Expediente Nº 1.169.854/06.
Que el ámbito de aplicación del Acuerdo referido se corresponde con la actividad principal de las representaciones empresarias signatarias, como así con los ámbitos de representación personal y actuación territorial de las Entidades Sindicales firmantes, emergente de sus Personerías Gremiales.
Que mediante el instrumento cuya homologación se solicita las partes han decidido prorrogar lo establecido en la Cláusula 2, inc. III y IV del Acuerdo homologado mediante Resolución SECRETARIA DE TRABAJO Nº 948/06, referidas las mismas al reintegro de un importe equivalente al CINCUENTA POR CIENTO 50% de la retención que, en concepto de impuesto a las ganancias, les corresponde tributar a los trabajadores, hasta la suma de SEISCIENTOS PESOS $ 600.-, con vigencia ahora hasta el 31 de diciembre de 2.007, como así a que las sumas resultantes se pagarán en concepto asignación vianda complementaria no remunerativa.

PULIDO
Medio oficial de pulido a mano Oficial de pulido a mano Medio oficial de lustrado a mano Oficial de lustrado a mano Oficial lavador de botones Medio oficial bulonero Oficial bulonero
Que cabe así señalar que se encuentra acreditado en autos la representación invocada por las partes, conforme documentación agregada a autos, como así cumplimentados los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 t.o. 2004, Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

TERMINACION
Medio oficial tintorero Oficial tintorero Oficial pintor Oficial estampado lámina
$ 5,19 Hora $ 5,28 Hora $ 5,28 Hora $ 5,25 Hora $ 5,25 Hora
$ 5,66 Hora $ 5,75 Hora $ 5,75 Hora $ 5,73 Hora $ 5,73 Hora
$ 5,25 Hora $ 1.131,07 Mes
$ 5,73 Hora $ 1.232,87 Mes
DESPACHO
Expedición de botones Encargado de expedición PLANTA RESINA
Medio oficial de planta Oficial de planta Ayudante Peón Oficial auxiliar Laboratorista Ayudante de expedición Oficial de expedición Venta y asesoramiento Encargado de expedición
$ 5,19 Hora $ 1.131,07 Mes $ 5,19 Hora 5,19 Hora $ 5,34 Hora 5,25 Hora $ 5,25 Hora $ 5,33 Hora 5,33 Hora $ 1.131,07 Mes
$ 5,66 Hora $ 1.232,87 Mes $ 5,66 Hora $ 5,66 Hora $ 5,83 Hora $ 5,73 Hora $ 5,73 Hora $ 5,81 Hora $ 5,81 Hora $ 1.232,87 Mes
$ 5,28 Hora $ 5,28 Hora $ 5,28 Hora $ 5,28 Hora $ 5,28 Hora $ 5,28 Hora $ 5,28 Hora $ 5,31 Hora 5,28 Hora $ 5,45 Hora $ 5,60 Hora $ 1.131,07 Mes
$ 5,75 Hora $ 5,75 Hora $ 5,75 Hora $ 5,75 Hora $ 5,75 Hora $ 5,75 Hora $ 5,75 Hora $ 5,78 Hora $ 5,75 Hora $ 5,94 Hora $ 6,11 Hora $ 1.232,87 Mes
LABORATORIO DE POLIESTER
Vacitero Preparador de mezcla Balanza Operario de colado Lavador de planchas Planchero Pileta Lavador de discos Zarandeo de discos Operario de laboratorio Ayudante químico Encargado de laboratorio APRENDICES
Inicial Medio oficial Oficial mantenimiento de edificio Encargado de fábrica, sección o turno Sub-encargado PREMIO ASISTENCIA POR MES

Por ello, LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:

SELECCION
Medio oficial selección a mano Oficial selección a mano Selección de discos Selección de botones a máquina Costurera o pagadora de botones
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

$ 5,19 Hora $ 5,19 Hora $ 5,31 Hora $ 1.131,07 Mes $ 1.066,22 Mes
5,66 Hora 5,66 Hora 5,78 Hora $ 1.232,87 Mes $ 1.162,18 Mes
$ 90,00 Mes
$ 90,00 Mes
ANTIGEDAD A partir de junio 2007 se aplicará por mes, el 1% del Sueldo de la Categoría Inicial por año de Antigedad.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 604/2007
Registro Nº 730/07
Bs. As., 28/6/2007
VISTO el Expediente Nº 1.169.854/06 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 t.o. 2004, la Ley Nº 20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias y
ARTICULO 1º Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DEL PERSONAL JERARQUICO Y PROFESIONAL DE PETROLEO Y GAS PRIVADO DE NEUQUEN Y RIO NEGRO, el SINDICATO DEL PERSONAL JERARQUICO Y PROFESIONAL DE PETROLEO Y GAS PRIVADO DE LA PATAGONIA AUSTRAL, el SINDICATO DEL PERSONAL JERARQUICO Y PROFESIONAL DE PETROLEO, GAS PRIVADO Y QUIMICO DE MENDOZA, la CAMARA DE EXPLORACION Y
PRODUCCION DE HIDROCARBUROS CEPH, y la CAMARA DE EMPRESAS DE OPERACIONES
PETROLERAS ESPECIALES CEOPE, obrante a fojas 179/180 del Expediente Nº 1.169.854/06, todo ello conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 t.o. 2004.
ARTICULO 2º Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el presente Acuerdo obrante a fojas 179/180 del Expediente Nº 1.169.854/06.
ARTICULO 3º Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º Gírese al Departamento de Control de Gestión de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo para la notificación a las partes signatarias ARTICULO 5º Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 t.o. 2004.
ARTICULO 6º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 1.169.854/06
Buenos Aires, 02 de Julio de 2007
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 604/07, se ha tomado razón del acuerdo obrante a rojas 179/180 del expediente de referencia, quedando registrado con el Nº 730/07.
VALERIA A. VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dpto. Coordinación - D.N.R.T.
ACTA ACUERDO
En la ciudad de Buenos Aires a los 13 días de Junio de 2007, siendo las 17 horas., se reúnen por una parte, el SINDICATO DE PERSONAL JERARQUICO Y PROFESIONAL DEL PETROLEO Y GAS PRIVADO
DE NEUQUEN Y RIO NEGRO, representado por los Señores Manuel Arévalo, Ricardo Jerez y Rubén Maluenda, el SINDICATO DE PERSONAL JERARQUICO Y PROFESIONAL DEL PETROLEO Y GAS PRIVADO DE LA PATAGONIA AUSTRAL, representado por los Señores Juan Allapán, Enrique Vargas, Miguel García, José Molina, con el asesoramiento legal del Dr. Gustavo Alberto Myburg y el SINDICATO DE PERSONAL JERARQUICO Y PROFESIONAL DEL PETROLEO Y GAS PRIVADO DE MENDOZA, representado por los Señores Julián Matamala y Juan Córdoba, con el asesoramiento legal del Dr. Rubén Sanzone; y por el sector empresario, la CAMARA DE EMPRESAS DE OPERACIONES PETROLERAS ESPECIALES CEOPE, representada por los Sres. Fabián Girart, Fernando Fernández, Daniel Jorge Maggi, Hugo Cabo, Jorge Horacio Poncetta y la CAMARA DE EMPRESAS DE EXPLORACION Y PRODUCCION DE HIDROCARBUROS
CEPH representada en este acto por los Señores Rodrigo Ramacciotti, Daniel Figliola, Adrián Escobar, Ricardo Biana y Claudio Carrillo, y ambas partes en conjunto MANIFIESTAN: Que acuerdan prorrogar con los alcances definidos en la Resolución ST Nº 948/06 de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, del Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social, hasta el 31.12.07 lo establecido en la cláusula 2º, inc. III y IV
del Convenio Colectivo de Trabajo celebrado con fecha 03.11.06 y ratificado con fecha 22.11.06 y homologado mediante la citada Resolución ST Nº 948/06 cuyo texto transcribimos a continuación: III Asimismo las empresas se comprometen, por el plazo de ciento ochenta días, a reintegrar un importe equivalente al 50% de la retención que en concepto de impuesto a las ganancias, les corresponde tributar a los trabajadores hasta la suma de PESOS SEISCIENTOS $ 600 a partir del primero de enero del 2007 IV Las sumas resultantes del punto III anterior, se pagarán en concepto asignación vianda complementaria no remunerativa art. 34, 60 y 80 del convenio 396/04. Acto seguido la empresa YPF SA ratifica en todos sus términos su declaración transcripta en el citado Convenio Colectivo y los mencionados Sindicatos ratifican su posición histórica respecto de la misma. Las partes solicitan la homologación del presente acuerdo. No siendo para más se da por finalizado el acto, previa lectura y ratificación.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 18/07/2007 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date18/07/2007

Page count36

Edition count9388

First edition02/01/1989

Last issue06/07/2024

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