Boletín Oficial de la República Argentina del 20/03/2007 - Primera Sección

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Martes 20 de marzo de 2007

Primera Sección
CONCURSOS OFICIALES
Nuevos

INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA

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BOLETIN OFICIAL Nº 31.119

Lic. Hebe Herrera Legajo Nº 22.028, y al Lic. César Zunini Legajo Nº 35.180; por la Comisión Nacional de Energía Atómica, a la investigadora adjunta, Dra. Elida B. Hermida DNI 16.581.234. Será Secretaria del Organo de Evaluación la Dra. Natalia G. Suarez Legajo Nº 35.589.
ARTICULO 5º Invitar a los representantes sindicales del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL por la UNION PERSONAL CIVIL DE LA NACION y por la ASOCIACION DE
TRABAJADORES DEL ESTADO para que designen a los miembros que ejercerán la veeduría gremial en los términos del Artículo 63 del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por Decreto Nº 214/2006.
ARTICULO 6º Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. Ing. ENRIQUE M. MARTINEZ, Presidente, Instituto Nacional de Tecnología Industrial.

CONCURSO ABIERTO

ANEXO I

Puesto TECNICO DE LABORATORIO Nivel 03, Grado 12 - Area de Investigación de Procesamiento, del Instituto Tecnología de Alimentos, Disposición CIA 06/07, dependiente del Centro de Investigación de AgroindustriaCIA.
Comienzo de inscripción: 16 de Abril 2007 - Cierre de Inscripción: 30 de abril 2007. Bases de Concurso: www.inta.gov.ar e. 20/3 Nº 540.568 v. 20/3/2007

AVISOS OFICIALES
Nuevos
Procedimiento para la selección del Director Técnico del Centro INTI Plásticos 1. Inscripción La inscripción se realizará utilizando el formulario correspondiente, ofrecido en el Anexo III de la presente, y las recepciones se realizarán hasta el 10 de Abril de 2007 a las 16 hs. El incumplimiento de este recaudo facultará a desestimar la presentación sin más trámite.
La documentación para inscribirse deberá enviarse en sobre cerrado, por correo o personalmente a Selección de Director Técnico del Centro INTI Plásticos, edificio Nº 52, Subprograma de Administración de Recursos Humanos, Av. Gral Paz 5445, CC 157, B1650WAB San Martín, Buenos Aires, Argentina.
Además el mismo contenido debe enviarse como adjunto en un correo electrónico a la dirección directorplasticos@inti.gov.ar. Téngase presente que no bastará el envío electrónico y para ser considerado inscripto debe contarse con el formulario de inscripción firmado por el postulante.

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

2. Evaluación de los postulantes El proceso de evaluación de los postulantes tendrá cuatro etapas eliminatorias y será realizado por la Conducción del INTI con la ayuda del órgano de evaluación establecido.

INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL
Resolución Nº 8/2007
CONSEJO DIRECTIVO

Toda información y novedades acerca de este proceso serán comunicadas a los interesados a través de correo electrónico y/o papel, considerándose suficiente cualquiera de los medios indicados.
Para todo este proceso debe tenerse presente el Anexo II del Artículo 10º del Estatuto del Personal del INTI Res. CD 124/94 modificada por la Res. CD Nº 6/2000, cuyo punto 2 dice:

ACTA Nº 1126 - 12/03/07

VISTO la Ley 25.164, Ley Marco de Regulación del Empleo Público Nacional, su Decreto reglamentario Nº 1421/02 y modificatorios, el Convenio Colectivo de Trabajo General del Sector Público homologado por Decreto Nº 214/06, las Resoluciones de Consejo Directivo Nº 124/1994, Nº 06/2000, Nº 18/2005, la Disposición de Presidencia Nº 60/2002, y CONSIDERANDO:
Que por la Disposición Nº 60/2002 se designó, con carácter interino, al Ingeniero Alejandro ARIOSTI Legajo Nº 22017 para el cargo de Director Técnico del entonces CITIP.

La evaluación de los postulantes estará a cargo del Organo de Evaluación.

Las eventuales recusaciones de los integrantes del Organo de Evaluación deberán ser deducidas por el postulante en el momento de su inscripción, y la excusación de los miembros de dicho Organo en oportunidad del conocimiento de la lista definitiva de los postulantes. Si la causal fuere sobreviniente o conocida con posterioridad, las recusaciones y excusaciones deberán interponerse con una anticipación mínima de setenta y dos 72 horas hábiles a la fecha prevista en el cronograma del Concurso para que el referido Organo se expida. Tanto las recusaciones como las excusaciones deberán ser resueltas por la Presidencia del Instituto. Esta resolución será recurrible por ante el Consejo Directivo.

Que la modificación y ampliación de los roles y funciones institucionales y del Sistema de Centros de Investigación y Desarrollo del INTI, torna imprescindible la renovación de las pautas de gerenciamiento de Centros que lo integran, para que puedan dar el más acabado cumplimiento a dichos roles, lo que hace necesario propiciar la actualización de los respectivos cuadros de conducción.

Concluidas las etapas de evaluación y méritos, el Organo de Evaluación confeccionará y elevará a la Presidencia del Instituto un informe con las calificaciones obtenidas por cada postulante, el orden de mérito recomendado y los fundamentos que considere pertinentes para una mejor interpretación de los puntajes asignados. Simultáneamente, se comunicará a los postulantes que el Organo de Evaluación ha producido su informe, y que pueden requerir se les haga saber el puntaje personal obtenido.

Que es conveniente convocar a concurso para el cargo de Director Técnico del actualmente denominado Centro INTI Plásticos, propiciando la mayor amplitud posible a la convocatoria, por lo cual conviene la modalidad de Concurso Abierto.

Recurso: Una vez conocido por el interesado el puntaje obtenido, tendrá cinco 5 días hábiles para recurrir el mismo ante el Organo de Evaluación, el que tendrá el plazo de cinco 5 días hábiles para expedirse. Esta resolución será recurrible ante la Presidencia del Instituto como única instancia.

Que la convocatoria se encuadra en los marcos del Convenio Colectivo de Trabajo General del Sector Público homologado por Decreto Nº 214/06, específicamente en lo normado en su Capítulo III
de su Título VI.

Designación: Recibido el informe por la Presidencia del Instituto y resueltos los eventuales recursos, efectuará la pertinente designación, dentro del plazo máximo de diez 10 días hábiles. En los casos correspondientes a Directores de Centros, en forma previa a efectuar la designación, la Presidencia del Instituto dará vista al Presidente del Comité Ejecutivo del Centro de que se trate, para que el Comité Ejecutivo respectivo tenga la intervención prevista por el acto constitutivo del Centro en cuestión. La Presidencia podrá apartarse, con fundadas razones, de la recomendación elevada por el Organo de Evaluación, las cuales deberán constar, expresamente, en la Disposición correspondiente.

Que en este último supuesto no corresponde aplicar el requisito de Pertenencia a la Institución o a su Sistema de Centros de Investigación y Desarrollo, establecido en el punto a del Anexo I de la Resolución de Consejo Directivo Nº 18/05.
Que, conforme lo dispuesto en el Artículo 63º del citado Convenio Colectivo de Trabajo General corresponde dar participación a la parte gremial a efectos de constituir la veeduría allí prevista.
Que el Programa de Fortalecimiento de Centros, la Gerencia de Administración, Hacienda y Finanzas, el Subprograma de Administración de Recursos Humanos, la Subgerencia de Asuntos Legales y la Secretaría Técnica han tomado la intervención que les compete.
Que el Servicio Jurídico Permanente ha dictaminado favorablemente la presente medida.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas el inciso g del Artículo 4º del Decreto Ley Nº 17.138 del año 1957, ratificado por la Ley Nº 14.164, Ley Orgánica del INSTITUTO
NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL y en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 4º del Reglamento para el Funcionamiento del Consejo Directivo del INTI, Resolución Nº 32/05.
Por ello, EL CONSEJO DIRECTIVO
DEL INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1º Apruébase el procedimiento para la selección del Director Técnico del Centro INTI - Plásticos que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2º Apruébase el perfil del Director Técnico del Centro INTI - Plásticos y las atribuciones del puesto de trabajo, los cuales obran como Anexo II, formando parte integrante de la presente.
ARTICULO 3º Apruébase el formulario de inscripción para la selección del responsable del cargo citado en los Artículos precedentes, el cual obra como Anexo III, formando parte integrante de la presente.
ARTICULO 4º Designar para integrar el Organo de Evaluación a las siguientes personas: por el I.N.T.I., al Ing. Rubén Felix Legajo Nº 30.308; al Lic. Julio César Canestrari Legajo Nº 31.197, a la
Concursos Desiertos: La Presidencia podrá declarar desierto el Concurso cuando se produzca alguna de las siguientes circunstancias:

-Que no se presenten dos 2 postulantes, como mínimo.
-Que ningún postulante alcance el puntaje mínimo requerido por las Bases del Concurso.
3. Etapas de evaluación:
Para la selección de los candidatos a presentar a la Presidencia del INTI, el Equipo de Selección avanzará en el siguiente proceso de etapas eliminatorias, tomando en cuenta a todos los postulantes que hayan enviado su presentación en tiempo y forma según lo antedicho en el punto 1. Inscripción, y reúnan los requisitos expresados en el punto 4.1 del Anexo II. Los mismos serán listados como inscriptos al Concurso Director INTI-Plásticos en la página web del INTI en el plazo de los 10 días posteriores al cierre de inscripción, lo cual se tomará como notificación suficiente.
Primera Etapa: Preselección basada en el control de requisitos y evaluación de antecedentes de los postulantes A partir del análisis de las presentaciones, se determinarán los postulantes que, por encontrarse entre aquellos que poseen los mejores antecedentes, continuarán dentro del proceso de selección, lo que será comunicado por el medio ya indicado anteriormente correo electrónico y/o papel punto 2, segundo párrafo.
A partir de las presentaciones el Equipo fijará el número de postulantes a continuar en la siguiente etapa, el cual no podrá ser inferior al 20% de los mismos.
Segunda Etapa: Chequeo de referencias El Equipo de Selección consultará referencias en base a lo ofrecido por el postulante, y lo que creyera conveniente a partir de sus antecedentes laborales. Dando paso a la siguiente instancia a todos aquellos que reúnan referencias favorables.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 20/03/2007 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date20/03/2007

Page count44

Edition count9385

First edition02/01/1989

Last issue03/07/2024

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