Boletín Oficial de la República Argentina del 22/04/2005 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 22 de abril de 2005

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PROGRAMA NACIONAL 700 ESCUELAS

ARTICULO 2º Establécese que el respectivo contrato será suscripto entre esta Secretaría y el adjudicatario, de conformidad con el modelo que como Anexo II forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 3º El presente gasto se imputará a la partida específica del Presupuesto vigente para el ejercicio 2005 del Programa 89, Jurisdicción 56.

BOLETIN OFICIAL Nº 30.638

PROVINCIA

OBRA

LICIT N

IMPORTE

CONTRATISTA

PREADJUDICACION

PLAZO DIAS
CORRIDOS

INCLUYE IVA

ARTICULO 4º Déjase constancia que el contrato será registrado en el ámbito de la UNIDAD DE
COORDINACION DE PROGRAMAS Y PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO - PROGRAMA NACIONAL 700 ESCUELAS.
ARTICULO 5º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. ing. JOSE FRANCISCO LOPEZ, Secretario de Obras Públicas.
NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la sede central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en www.boletinoficial.gov.ar e. 22/4 N 477.696 v. 22/4/2005

MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA
Y SERVICIOS
SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
Resolución N 338/2005
Bs. As., 15/4/2005
VISTO el Expediente Nº S01:0055305/2005 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y CONSIDERANDO:
Que el PROGRAMA NACIONAL 700 ESCUELAS prevé mejorar la infraestructura escolar federal y brindarles a todos los alumnos del país la posibilidad de acceder a una educación de calidad a través de la construcción de CUATRO MIL DOSCIENTAS CUARENTA 4240 aulas totalmente equipadas, con capacidad para albergar más de DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL 225.000 alumnos.
Que por ACTA ACUERDO celebrada entre la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y la PROVINCIA de BUENOS AIRES, la citada Secretaría se comprometió a aprobar los llamados a licitación de todos los proyectos propuestos por la Provincia, contratar por la modalidad que corresponda en cada caso, aprobar la certificación de obra y efectuar la liquidación y pago correspondiente al contratista o proveedor.
Que en el marco del PROGRAMA NACIONAL 700 ESCUELAS tramita la adjudicación correspondiente a la Licitación Pública Nacional Nº 72/04, bajo el régimen de la Ley de Obras Públicas Nº 13.064 Artículo 9º por el Sistema de Ajuste Alzado.
Que dicha licitación se llevó a cabo en la Provincia de BUENOS AIRES, de conformidad con el ACTA ACUERDO oportunamente suscripta.
Que sobre las ofertas presentadas a la Licitación Pública Nacional Nº 72/04 se ha expedido la COMISION DE EVALUACION, preadjudicando a la empresa CYLP S.A., dictamen coincidente con el informe de los técnicos del Programa.

BUENOS AIRES Jardín de Infantes A/C Belén de Escobar Distrito Escobar - Jardín de Infantes A/C
Bº Toro Derqui - Distrito Pilar - Jardín de Infantes A/C Muñiz - Distrito San Miguel
72/04

TOTAL

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete conforme lo establecido en el Artículo 9
del Decreto N 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado de la presente en virtud de lo dispuesto en la Resolución Nº 398 de fecha 30 de julio de 2004 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

CYLP S.A.

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$1,163,211.75

Entre la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, representada en este acto por el señor ., con domicilio en la calle CAPITAL FEDERAL, en adelante por una parte, y por la otra el señor quien acredita su identidad con D.N.I. N
en su carácter de Representante Legal de la firma adjudicataria de la Licitación Pública Nacional Nº con domicilio en CAPITAL FEDERAL, se conviene en celebrar el presente contrato, con sujeción a las siguientes cláusulas:

CLAUSULA PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO: La firma precitada que en adelante se denominará EL CONTRATISTA, se obliga a llevar a cabo los trabajos de
sita en
en un todo de acuerdo a la documentación a que se refiere la CLAUSULA SEGUNDA.
CLAUSULA SEGUNDA: DOCUMENTOS DEL CONTRATO: Forman parte integrante de este contrato:
Pliego de Bases y Condiciones, ANEXO al Pliego Tipo de Bases y Condiciones para la Contratación de Obras Públicas, Especificaciones Técnicas Particulares, Presupuesto, Plan de Trabajos, Planos, Cartel de Obra y la oferta.
CLAUSULA TERCERA: SISTEMA DE CONTRATACION: Los trabajos enunciados en la CLAUSULA
PRIMERA se contratan por los sistemas de AJUSTE ALZADO
CLAUSULA CUARTA: MONTO DEL CONTRATO: El monto de este contrato, por la ejecución total de la obra descripta en la CLAUSULA PRIMERA, asciende a la suma de PESOS
$ pagaderos conforme a los artículos del Pliego de Bases y Condiciones.
CLAUSULA QUINTA: PLAZO DE EJECUCION Y MULTA: EL CONTRATISTA deberá dar comienzo a los trabajos de que se trata, dentro de los días posteriores a la fecha en que la Coordinación del PROGRAMA NACIONAL 700 ESCUELAS le imparta por escrito la orden respectiva, debiendo entregar los mismos dentro del plazo de meses, contados a partir de la fecha del Acta de iniciación de Obra. En caso de incurrir en mora, EL CONTRATISTA será pasible de la multa establecida en el artículo del Pliego de Bases y Condiciones.
CLAUSULA SEXTA: AFIANZAMIENTO: En cumplimiento de lo establecido en el artículo
del Pliego de Bases y Condiciones EL CONTRATISTA afianza la contratación mediante la presentación en este acto de una garantía equivalente al CINCO POR CIENTO 5% del monto total del contrato, extendida a la orden de, mediante Póliza de Seguro de Caución N de la Compañía
CLAUSULA SEPTIMA: FONDO DE REPARO: De las certificaciones mensuales se descontará de cada certificado el CINCO POR CIENTO 5% para constituir el FONDO DE REPARO el que será devuelto conjuntamente con la garantía al finalizar el período de la misma.
CLAUSULA OCTAVA: RESCISION DEL CONTRATO: Se aplicarán las normas establecidas en la Ley de Obras Públicas N 13.064 y sus Decretos Complementarios.
CLAUSULA NOVENA: Las partes establecen en calidad de jurisdicción pactada, la de los Tribunales de la Capital Federal, constituyendo domicilio en los denunciados en el encabezado del presente contrato, en los que serán válidas todas las notificaciones y/o comunicaciones que se cursaren.

Que por Nota de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS Nº 46/05 se comunicó la preadjudicación de la Licitación Pública Nacional Nº 72/04 y posteriormente se notificó a todos los oferentes, sin que fueren formuladas impugnaciones Que en consecuencia corresponde adjudicar la Licitación Pública Nacional mencionada precedentemente en el marco del PROGRAMA NACIONAL 700 ESCUELAS.

$ 1.163.211,75

e. 22/4 N 477.698 v. 22/4/2005

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS
INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
En cumplimiento del Art. 32 de Decreto N 2183/91, se comunica a terceros interesados, la solicitud de inscripción en el REGISTRO NACIONAL DE LA PROPIEDAD DE CULTIVARES de la creación fitogenética de DURAZNERO Prunus persica L Batsch de nombre MILENIO INTA, obtenido por el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA INTA.
Solicitante: INSTITUTO NACIONAL DE TENCOLOGIA AGROPECUARIA INTA

Por ello, Representante legalmente autorizado: Ing. Agr. María Elena RAGONESE
EL SECRETARIO
DE OBRAS PUBLICAS
RESUELVE:
ARTICULO 1º Adjudícase la Licitación Pública Nacional Nº 72/04 llevada a cabo en el marco del PROGRAMA NACIONAL 700 ESCUELAS, en los términos en que se detalla en la planilla que como Anexo I forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2º Establécese que el respectivo contrato será suscripto entre esta Secretaría y el adjudicatario, de conformidad con el modelo que como Anexo II forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 3º El presente gasto se imputará a la partida específica del Presupuesto vigente para el ejercicio 2005 del Programa 89, Jurisdicción 56.

Ingeniero Agrónomo patrocinante: Ing. Agr. María Silvia Hilda CARRA de TOLOZA
Fundamentación de Novedad:
El cultivar de duraznero de nombre MILENIO INTA presenta, entre otras, las siguientes características: Tamaño del árbol: grande; Vigor del árbol: fuerte; Epoca de inicio de floración:
media; Epoca de maduración: media; Tamaño del fruto: muy grande; Color de fondo del fruto:
amarillo naranja; Color superpuesto del fruto: presente, con matiz rojo medio y distribución completa; Densidad de la pubescencia del fruto: muy esparcida; Dulzura del fruto: alta; Acidez del fruto: media.
Observaciones efectuadas por el solicitante en la localidad de La Colonia - Junín - Pcia. de Mendoza Fecha de verificación de la estabilidad: 1/7/2001.

ARTICULO 4º Déjase constancia que el contrato será registrado en el ámbito de la UNIDAD
DE COORDINACION DE PROGRAMAS Y PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO - PROGRAMA NACIONAL 700 ESCUELAS.
ARTICULO 5º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Ing. JOSE FRANCISCO LOPEZ, Secretario de Obras Públicas.

Se recibirán las impugnaciones que se presenten dentro de los treinta 30 días de aparecido este aviso. Ing. Agr. MARCELO DANIEL LABARTA, Director de Registro de Variedades, Instituto Nacional de Semillas INASE.
e. 22/4 N 477.545 v. 22/4/2005

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Boletín Oficial de la República Argentina del 22/04/2005 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date22/04/2005

Page count32

Edition count9389

First edition02/01/1989

Last issue07/07/2024

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