Boletín Oficial de la República Argentina del 11/04/2005 - Primera Sección

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Primera Sección
Lunes 11 de abril de 2005

BOLETIN OFICIAL Nº 30.629

49

PRESIDENCIA DE LA NACION
COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION
Edicto de Notificación art. 42 del Decreto Nº 1759/72
Notifíquese al Sr. OVIDIO ANTONIO AVALOS, que en el Expediente Nº 1098/COMFER/87 se ha dictado la RESOLUCION Nº 0168/COMFER/05 de fecha 15/03/05, que en su parte resolutiva dice:
ARTICULO 1º Declárase extinguida la licencia concedida mediante Resolución Nº 314-COMFER/
90, al señor OVIDIO ANTONIO AVALOS, para la instalación, funcionamiento y explotación de un Circuito Cerrado Comunitario de Televisión y una Antena Comunitaria de Televisión en la localidad de BELLA VISTA, provincia de CORRIENTES.
Fdo.: Lic. JULIO D. BARBARO - Interventor del Comité Federal de Radiodifusión.
e. 8/4 Nº 476.295 v. 12/4/2005

PRESIDENCIA DE LA NACION
COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION
Edicto de Notificación art. 42 del Decreto Nº 1759/72
Notifíquese a la empresa VIDEO CABLE ITUZAINGO S.R.L. e.f., que en el Expediente Nº 1122/
COMFER/88 se ha dictado la RESOLUCION Nº 0210/COMFER/05 de fecha 21/03/05, que en su parte resolutiva dice:

DECRETO Nº 0504/05
NEUQUEN, 21 MAR 2005

ARTICULO 1º Declárase la caducidad de la licencia adjudicada mediante Resolución Nº 799-COMFER/90 a la empresa VIDEO CABLE ITUZAINGO S.R.L. e.f., para la instalación, funcionamiento y explotación de un Circuito Cerrado Comunitario de Televisión y una Antena Comunitaria de Televisión en la localidad de ITUZAINGO, provincia de CORRIENTES.
ARTICULO 2º Determínase para la empresa VIDEO CABLE ITUZAINGO S.R.L. e.f., la pérdida de los depósitos de garantía efectuados en el expediente citado en el VISTO.

VISTO:
El Expediente Nº 3862-00539/04 del registro del Ente Provincial de Energía del Neuquén; y CONSIDERANDO:
Que dichas actuaciones tratan sobre las gestiones que el EPEN ha llevado adelante ante la Unidad de Renegociación y Análisis de Contratos de Servicios Públicos, dependiente del Ministerio de Economía y Producción, y de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, con motivo de la renegociación tarifaria y revisión integral del Contrato por el Servicio Público de Transporte de Energía Eléctrica por Distribución Troncal en la Región del Comahue - Subsistema Neuquén;
Que el Poder Ejecutivo Nacional mediante Acta Acuerdo del 26 de marzo de 1993 y Acta de Transferencia de Bienes del 29 de julio de 1993 ha otorgado al EPEN la concesión del Transporte de energía eléctrica, tal como fuera delimitada en dichas actas con sustento en la Ley 24.065;
Que en virtud de la grave crisis que atravesara el país en el año 2001, el Congreso de la Nación dictó la Ley 25.561, en la cual se declaró la emergencia pública en materia social, económica, administrativa, financiera y cambiaria, autorizando al Poder Ejecutivo Nacional a renegociar los contratos de servicios públicos;
Que a tal efecto se creó la Unidad de Renegociación y Análisis de Contratos de Servicios Públicos UNIREN, dependiente del Ministerio de Economía y Producción, y de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación;
Que en el marco de lo dispuesto por el Ministerio de Empresas Públicas de la Provincia del Neuquén, se han mantenido diversas reuniones entre las áreas técnicas del EPEN y la UNIREN, con el objeto de acordar la renegociación del contrato de concesión y la adecuación tarifaria del Servicio de Transporte por Distribución Troncal en la Región Comahue, Subsistema Neuquén, bajo responsabilidad del EPEN, en el marco de las leyes Nº 25.561 y Nº 25.790 y el Decreto Nº 311/03, procurando en primer lugar mantener la calidad y confiabilidad del servicio, como así también una tarifa que retribuya el trabajo del EPEN y las inversiones previstas y consolidadas;
Que mediante Resolución conjunta Nº 123/2005-MEP y 237/2005-MPFIPS de los Ministerios de Economía y Producción, y de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, se convocó a Audiencia Pública a efectos de considerar los términos del acuerdo entre la UNIREN y las empresas concesionarias de servicios públicos, correspondiendo al EPEN el día 06 de mayo de 2005 en la ciudad de Neuquén;

ARTICULO 3º Dése intervención a la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES para la pertinente cancelación de la reserva de canales efectuada.
Fdo.: Lic. JULIO D. BARBARO - Interventor del Comité Federal de Radiodifusión.
e. 8/4 Nº 476.296 v. 12/4/2005

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL
EL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av.
Belgrano 1656 notifica que en mérito a lo establecido por Resoluciones de su Directorio se ha resuelto instruir sumario a las entidades que a continuación se detallan: COOPERATIVA DE TRABAJO CONFIAR LTDA, Mat. 18.653; ASOCIACION MUTUAL PERSONAL CERAMICA SAN LORENZO, Mat.
SF 503; MUTUAL PERSONAL DE LA INDUSTRIA YERBATERA, Mat. SF 525; MUTUAL SOLIDARIA
DEL PERSONAL DE SERVICIO PARA LA ATENCION MEDICA, Mat. SF 1211; SOCIEDAD MUTUAL
LAS DELICIAS, Mat. SF 742; ASOCIACION MUTUAL DE TRABAJO DE LA EDUCACION LEOPOLDO MARECHAL, Mat. CF 1838; ASOCIACION MUTUAL SERVICIOS GENERALES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, Mat. CF 2.280; MUTUAL DE AYUDA ENTRE ASOCIADOS Y ADHERENTES
DEL CLUB 9 DE JULIO, Mat. SF 799; SOCIEDAD ARGENTINA DE SOCORROS MUTUOS DE
PEYRANO, Mat. SF 1052; ASOCIACION MUTUAL ENTRE TRABAJADORES AUTONOMOS DE LA
PROVINCIA DE SANTA FE, Mat. SF 587. En las mismas se ha designado a la suscripta Instructora Sumariante. De acuerdo a las normas en vigor se fija un plazo de diez 10 días, con más los ampliatorios que por derecho corresponden en razón de la distancia para aquellas entidades fuera del radio urbano de la Capital Federal para que presenten su descargo y ofrezcan las pruebas que hagan a su derecho art. 1 inc. f Ley 19.549 que comenzará a regir desde el último día de la publicación. Se notifica además que dentro del mismo plazo deberá constituir domicilio legal bajo apercibimiento de continuar el trámite sin intervención suya, de su apoderado o de su representante legal art. 19, 20, 21, 22 del Decreto Nº 1759/72 T.O. 1991. El presente deberá publicarse por tres días en el Boletín Oficial de acuerdo a lo dispuesto en el art. 42 del Decreto 1759/72 T.O. 1991.
Dra. MARIA E. TORRES, Instructora Sumariante, I.N.A.E.S.
e. 7/4 Nº 476.066 v. 11/4/2005

Que consecuentemente se acordó con la UNIREN la suscripción de una Carta Entendimiento como paso previo al Acta Acuerdo de Renegociación Integral, tendiente a regularizar esta situación;
Que las áreas técnicas del EPEN han evaluado el mismo, entendiendo la conveniencia de suscribir dicho documento;
Que el mismo ha merecido dictamen legal favorable del Asesor Legal del EPEN;
Que ha sido Aprobada por el Directorio del EPEN mediante Acta Nº 84 de fecha 15 de marzo de 2005;
Que se cuenta con la aprobación del Ministerio de Empresas Públicas;
Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL NEUQUEN
DECRETA:
Artículo 1º: APRUEBASE el tenor de la Carta Entendimiento de fs. 191 a 217, a suscribir entre la Provincia del Neuquén y la Unidad de Renegociación y Análisis de Contratos de Servicios Públicos UNIREN, dependiente del Ministerio de Economía y Producción, y de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, con destino a la renegociación tarifaria y revisión integral del Contrato por el Servicio Público de Transporte de Energía Eléctrica por Distribución Troncal en la Región del Comahue - Subsistema Neuquén, en el marco de las leyes Nº 25.561 y Nº 25.790, y el Decreto Nº 311/03.
Artículo 2º: DELEGASE en el Dr. Nicolás Evaristo Salvatori DNI Nº 16.284.665 la facultad de suscribir la Carta Entendimiento citada en el Art. precedente, obrante de fojas 191 a fojas 217 del Expediente del Visto.
Artículo 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Empresas Públicas.
Artículo 4º: Comuníquese, publíquese, dése intervención al Boletín Oficial, y cumplido Archívese.
FDO.: SOBISCH
ESTEVES
e. 8/4 Nº 476.377 v. 11/4/2005

CONVENCIONES
COLECTIVAS DE TRABAJO
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 48/2005
CCT Nº 403/05
Bs. As., 25/2/2005
VISTO el Expediente Nº 1.089.748/04 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 t.o. 2004, la Ley Nº 20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:
Que a fojas 26/41 del Expediente Nº 1.089.748/04, obra el Convenio Colectivo de Trabajo celebrado por la FEDERACION TRABAJADORES DE INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACION y la CAMARA
ARGENTINA DE PRODUCTORES AVICOLAS, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 t.o. 2004
Que las partes acreditan la personería invocada y la facultad de negociar colectivamente conforme constancias de autos, en los que obra a fojas 20/22 de estos actuados la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo Nº 35 de fecha 24 de junio de 2004, por la que se conforma la Comisión Negociadora para la celebración de un Convenio Colectivo de Trabajo, que reemplazará a su anterior, C.C.T. Nº 28/89.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 11/04/2005 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date11/04/2005

Page count56

Edition count9408

First edition02/01/1989

Last issue26/07/2024

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