Boletín Oficial de la República Argentina del 16/03/2005 - Primera Sección

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Miércoles 16 de marzo de 2005

Primera Sección
ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
Resolución 3141/2005

BOLETIN OFICIAL Nº 30.613

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MADARO, Presidente, Ente Nacional Regulador del Gas. Ing. HUGO D. MUÑOZ, Vicepresidente, Ente Nacional Regulador del Gas. D. MARIO R. VIDAL, Director, Ente Nacional Regulador del Gas.
e. 16/3 Nº 474.111 v. 16/3/2005

Bs. As., 22/2/2005
VISTO el Expediente Nº 362 del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS ENARGAS, lo dispuesto en los Decretos 436/2000 y 1023/2001 y en la Resolución ENARGAS Nº 330/96 y el Acta de Directorio Nº 310 del 03 de febrero de 2004 y CONSIDERANDO:

ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
Resolución 3142/2005
Bs. As., 22/2/2005

Que mediante NOTA ENRG/GA Nº 6381 se comunicó a todos los oferentes que en el Concurso Público Nº 1/2003 el Directorio del Ente Nacional Regulador del Gas ha resuelto adjudicar a la firma Fusión San Luis S.A. el llamado para la adquisición de Obleas de identificación para el sistema de GNC con vencimiento año 2005 Anexo A, Etiquetas de Identificación de vehículos propulsados con GNC Anexo B y Cédulas de identificación del equipo de GNC Tarjeta Amarilla Anexo C Expte.
ENARGAS Nº 362.

VISTO el Expediente Nº 362 del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS ENARGAS, lo dispuesto en los Decretos 436/2000 y 1023/2001, en la Resolución ENARGAS Nº 330/96, lo dispuesto en el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES, correspondiente al Concurso Público Nº 01/2004 y el Acta de Directorio Nº 310 y
Que por MEMORANDUM GD Nº 102/04 la Gerencia de Distribución del ENARGAS, solicitó la ampliación de la provisión de 150.000 unidades de Obleas para GNC con vencimiento año 2005, y 150.000 Etiquetas identificatorias de GNC Rombos, fundando la misma en que la demanda de obleas durante el año en curso es de una alta incertidumbre.

Que mediante Orden Regulatoria de fecha 7 de enero de 2005 fs. 6475 a 6481 se resolvió: 1º desestimar las ofertas realizadas por SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DE MONEDA y BOLDT S.A.;
2º desestimar la impugnación presentada por BOLDT S.A. contra el contenido del INFORME GD
Nº 132/04, el MEMORANDUM GA Nº 170/04 y el DICTAMEN GAL Nº 394/04 y 3º adjudicar el Concurso Público Nº 01/2004 a la firma FUSION SAN LUIS S.A.

Que por MEMORANDUM GD Nº 133/04 del 31 de agosto de 2004 la Gerencia de Distribución informó a la Gerencia de Administración que las reservas de documentación Obleas con vencimiento año 2005 y Etiquetas de Identificación se agotarían en el próximo mes de octubre.
Que por MEMORANDUM GD Nº 153/04 la Gerencia de Distribución dirigido al Directorio del ENTE
NACIONAL REGULADOR DEL GAS refrendó lo expresado en el MEMORANDUM GD Nº 133/04, aclarando que A raíz de la venta de obleas que se vino efectivizando en los últimos tiempos y de continuar con la actual progresión, las obleas disponibles alcanzarían hasta el mes de noviembre venidero.
Que por Resolución ENARGAS Nº 3082 del 18 de octubre de 2004 esta Autoridad Regulatoria ratificó todo lo actuado en dicho procedimiento y aprobó la ampliación solicitada.
Que además, por MEMORANDUM GD Nº 12/05 del 13 de enero de 2005 la GERENCIA DE
DISTRIBUCION solicitó al DIRECTORIO del ENARGAS que efectivice la compra de NUEVE MIL QUINIENTAS 9500 obleas con vencimiento año 2005 amarillas que la firma FUSION SAN LUIS S.A.
informó que tiene como remanente, para su entrega inmediata.
Que esta ampliación también fue aprobada mediante el dictado de la Orden Regulatoria obrante a fs. 6495 a 6496.
Que por MEMORANDUM GD Nº 24/05 la GERENCIA DE DISTRIBUCION requirió a la GERENCIA DE ADMINISTRACION la compra de CIENTO OCHENTA MIL 180.000 obleas con vencimiento año 2005 amarillas, basando su petición en la circunstancia de que las mismas son necesarias para proceder a la revisión de equipos completos de GNC instalados, y cuyo vencimiento opera en el año 2005.
Que finalmente a fs. 6504 se encuentra glosada una nota de la GERENCIA DE ADMINISTRACION área de presupuesto, indicando que existe disponibilidad de crédito y cuota en la partida presupuestaria en la cual debe imputarse el gasto en cuestión.
Que en el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES del mencionado Concurso, en su punto A.1 .2. se especificó que el ENARGAS podrá ampliar la cantidad de obleas citada en el punto respectivo, hasta en un veinte por ciento 20%, a partir de la cantidad mínima de unidades que se corresponda con una caja conforme a la oferta. y que, Dichas entregas adicionales, deberán cumplimentarse dentro de los cuarenta y cinco 45 días corridos de emitida la Orden de Compra respectiva.
Que el VEINTE POR CIENTO 20% indicado en la normativa, se traduce en la posibilidad de ampliar la compra hasta la cantidad de DOSCIENTOS OCHENTA MIL 280.000 las obleas con vencimiento 2005 amarillas.
Que a la fecha se formalizó la compra de CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL QUINIENTAS
159.500.

CONSIDERANDO:

Que en función a ello, la GERENCIA DE ADMINISTRACION emitió la Orden de Compra Nº 22/05
fs. 6505.
Que atento a que la ya mencionada Orden Regulatoria fue emitida por atendibles razones de urgencia operativa, con la firma del Presidente del Directorio del ENARGAS, y en mérito a que compartimos los criterios allí expuestos, corresponde que la misma sea confirmada a través del dictado de la presente resolución.
Que cabe consignar que los efectos del saneamiento que por la presente se materializa, se retrotraen a la fecha de la emisión del acto que se confirma.
Que el Servicio Jurídico Permanente del ENARGAS ha tomado la intervención que por derecho corresponde.
Que este Organismo emite el presente, en cumplimiento de lo establecido en el art. 82 del Decreto Nº 436/2000 y en atención a las atribuciones conferidas por el art. 19 inciso b de la Ley Nº 19.549.
Por ello, EL DIRECTORIO
DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
RESUELVE:
ARTICULO 1º Confirmar lo resuelto mediante Orden Regulatoria del 7 de enero de 2005.
ARTICULO 2º Notifíquese a las partes interesadas, a las Gerencias Intervinientes, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese. Cdor. FULVIO M. MADARO, Presidente, Ente Nacional Regulador del Gas. Ing. HUGO D. MUÑOZ, Vicepresidente, Ente Nacional Regulador del Gas. D. MARIO R. VIDAL, Director, Ente Nacional Regulador del Gas.
e. 16/3 Nº 474.113 v. 16/3/2005

ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
Resolución 3143/2005
Bs. As., 22/2/2005
VISTO el Expediente Nº 9066 del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS ENARGAS, lo dispuesto en los Decretos 436/2000 y 1023/2001 y en la Resolución ENARGAS Nº 330/96 y el Acta de Directorio Nº 310 del 03 de febrero de 2004 y CONSIDERANDO:

Que consecuentemente, se puede utilizar el mecanismo fijado en el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES correspondiente al Concurso Público Nº 01/2003, para adquirir CIENTO
VEINTE MIL QUINIENTAS 120.500 obleas con vencimiento año 2005 amarillas, por encontrarse acreditadas las causales que autorizan la ampliación del monto de la Orden de Compra inicial cfr. Art.
99 del Decreto Nº 436/2000 y art. 12 apartado a del Decreto Nº 1023/01.
Que ahora bien, como la necesidad debidamente justificada por la Gerencia peticionante supera dicha cantidad en CINCUENTA Y NUEVE MIL QUINIENTAS 59.500 obleas, corresponde autorizar la adquisición mediante contratación directa de las mismas, en razón de que la situación se encuentra encuadrada en lo establecido en el art. 22 inciso a del Decreto Nº 436/00 y en el art. 25
incisos d puntos 3 y 5 del Decreto Nº 1023/01.
Que ambas adquisiciones se realizarán en las condiciones y precios pactados en el Concurso Público Nº 1/2003.
Que el servicio Jurídico Permanente de este Organismo ha tomado la intervención que por derecho corresponde.

Que mediante MEMORANDUM D Nº 56/04 del 11 de noviembre de 2004 fs. 27, esta Autoridad Regulatoria aprobó: a la convocatoria a Contratación Directa para la compra de DOCE 12 impresoras Láser modelo PR-015 según ETAP y b el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES, que como Anexo integra dicha resolución.
Que asimismo, se instruyó a la GERENCIA DE ADMINISTRACION para que implementara todas las medidas procedimentales fijadas en la normativa aplicable y fije lugar, día y hora en que se realizará el acto de Apertura de Sobres.
Que así las cosas, mediante NOTA ENRG/GA Nº 6088 se invitó a las firmas CITARELLA S.A.;
FEBICOM S.A.; G & B S.R.L.; ANYX S.R.L.; fs. 44 a 47; DIGITAL STORES S.R.L. fs. 251 y DDM S.A.
252 para que presenten su propuesta, fijándose el día 19 de noviembre de 2004 a las 11:00 hs. para la correspondiente apertura de sobres.
Que a fs. 48 a 49 obra el Acta de Apertura, de la que se desprende que las firmas oferentes fueron las siguientes: CITARELLA S.A. fs. 50 a 93; G & B S.R.L. fs. 94 a 140; DIGITAL STORES S.R.L. fs.
141 a 225 y ANYX S.R.L. fs. 226 a 249.

Por ello, EL DIRECTORIO
DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
RESUELVE:
ARTICULO 1º Aprobar la ampliación de la provisión de CIENTO VEINTE MIL QUINIENTAS
120.500 unidades de Obleas para GNC con vencimiento año 2005.
ARTICULO 2º Autorizar la adquisición mediante contratación directa de CINCUENTA Y NUEVE
MIL QUINIENTAS 59.500 unidades de Obleas para GNC con vencimiento año 2005.
ARTICULO 3º Ambas adquisiciones se realizarán en las condiciones y precios pactados en el Concurso Público Nº 1/2003.
ARTICULO 4º Notifíquese a FUSION SAN LUIS S.A., a las Gerencias Intervinientes, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese. Cdor. FULVIO M.

Que a fs. 253 a 263 obra la NOTA ONTI Nº 690/04 bis mediante la cual en respuesta a la NOTA
ENRG/GA/ASI Nº 5959/04, manifiesta que no tiene objeciones que realizar al procedimiento que se está llevando a cabo en las presentes actuaciones.
Que finalmente, a fs. 264 a 265 se encuentra glosado el informe GA/ASI Nº 165/04 elaborado por la GERENCIA DE ADMINISTRACION y por AREA DE SISTEMAS INFORMATICOS, en el que se realiza la evaluación formal de todas las ofertas presentadas, en tanto que a fs. 266 a 267 obra el INFORME Nº 69 se realizó el análisis técnico de las ofertas presentadas, culminando ambos con una recomendación de adjudicación de esta Contratación Directa.
Que a fs. 268 a 269 obra el Dictamen GAL Nº 365/04 del 20 de diciembre de 2004 en el que se indicó que: a a esa fecha no existían objeciones de orden legal al procedimiento llevado a cabo; b para que la resolución que se dicte revista el carácter de acto administrativo regular, el ENARGAS
debía poner a disposición de todos los oferentes, el INFORME GA/GOS Nº 165/04 por el plazo fijado en el art. 80 del Decreto Nº 436/2000 para que los mismos efectúen las impugnaciones u observaciones que estimen corresponda y c una vez vencido dicho plazo, el ENARGAS estará en condiciones de

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Boletín Oficial de la República Argentina del 16/03/2005 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date16/03/2005

Page count64

Edition count9398

First edition02/01/1989

Last issue16/07/2024

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