Boletín Oficial de la República Argentina del 27/04/2004 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 27 de abril de 2004

Pág.
REGIMEN DE IMPORTACION DE LINEAS DE PRODUCCION USADAS
Resolución 89/2004-SICPME
Inclúyese en el beneficio establecido por el Artículo 8 de la Resolución N 511/2000 del ex Ministerio de Economía y su modificatoria N 8/2001, la importación de bienes integrantes del proyecto presentado por la firma Tupy Argentina S.R.L., consistente en la instalación de una planta destinada a la producción de piezas galvanizadas, negras y epoxi.

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REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS
Resolución 356/2004-MJSDH
Modifícase la Resolución N 238/2003, en relación con las condiciones exigidas para cubrir los cargos de Encargados Titulares de los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor y, en su caso, a los Interventores en dichos Registros. Derógase la Resolución M.E. y J. N 2048 del 16 de agosto de 1985.

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BOLETIN OFICIAL Nº 30.388

Que a los fines civiles y administrativos, es necesario el reconocimiento de la designación efectuada.

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Artículo 1 Reconócese al Reverendo Padre Adolfo Armando URIONA D.N.I. Nº 11.350.503 como Obispo de la Diócesis de AÑATUYA, desde la fecha de la toma de posesión.

Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Rafael A. Bielsa.

UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA
Decreto 522/2004

UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA
Decreto 522/2004
Designaciones con carácter transitorio en el mencionado organismo de la jurisdicción del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, como excepción a lo previsto en el artículo 7 de la Ley N 25.827 y a lo establecido en el Título III, Capítulo III y el Título VI, artículo 71, primer párrafo, primera parte del Anexo I al Decreto N 993/91 T.O.1995.

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DECRETOS SINTETIZADOS

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AVISOS OFICIALES
Nuevos

51

Anteriores

60

Designaciones con carácter transitorio en el mencionado organismo de la jurisdicción del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, como excepción a lo previsto en el artículo 7 de la Ley N 25.827 y a lo establecido en el Título III, Capítulo III y el Título VI, artículo 71, primer párrafo, primera parte del Anexo I al Decreto N 993/91 T.O.1995.

Bs. As., 26/4/2004
VISTO el expediente N 141.290/04 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, las Leyes N 25.246 y N 25.827, los Decretos N 993/91 T.O. 1995, N
491 del 12 de marzo de 2002, N 601 del 11 de abril de 2002 y N 1038 del 6 de noviembre de 2003, la Resolución Conjunta Ss.G.P.-J.G.M./S.H.-M.E.P. N 13 de fecha 11 de febrero de 2004 y la Resolución M.J.S. y D.H. N 586 del 10 de diciembre de 2003, y CONSIDERANDO:

DO DEL DESPACHO OED conforme el Decreto Nº 1192 del 10 de julio de 1992.
Art. 2 Las sumas efectivamente desembolsadas por el TESORO NACIONAL con destino al FONDO UNIFICADO en virtud de la autorización otorgada por el artículo anterior, serán devueltas en su totalidad dentro del ejercicio del año 2004 con más la tasa de interés equivalente a aquella que determine el BANCO CENTRAL
DE LA REPUBLICA ARGENTINA para sus obligaciones de letras, aplicable al período de vigencia del préstamo. A tal efecto la SECRETARIA
DE ENERGIA dependiente del MINISTERIO de PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS deberá determinar el correspondiente cronograma de devolución y proceder a su comunicación a la SECRETARIA DE HACIENDA dependiente del MINISTERIO de ECONOMIA Y PRODUCCION.
Art. 3 Los Ministerios de ECONOMIA Y
PRODUCCION y de PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS dictarán en forma conjunta o alternada las normas interpretativas y aclaratorias a que dé lugar la aplicación de lo reglado en este decreto.
Art. 4 El presente acto entrará en vigencia a partir de la fecha de su dictado.
Art. 5 Dése cuenta al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.
Art. 6 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alberto A. Fernández.
Aníbal D. Fernández. Julio M. De Vido. Ginés M. González García. Daniel F. Filmus. Gustavo Beliz. Carlos A. Tomada. José J. B. Pampuro. Alicia M. Kirchner. Rafael A. Bielsa.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL, por el Artículo 99, inciso 12 de la CONSTITUCION DE LA NACION
ARGENTINA.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Cese a partir de la fecha del presente como Jefe de Estado Mayor del Comando de Personal, el Brigadier D. Miguel Alberto AGUILAR 2542 - M.I. Nº 7.646.847.
Art. 2º Desígnase a partir de la fecha del presente en los cargos que en cada caso se especifica, al siguiente Personal Militar Superior:
Como Inspector General de la Fuerza Aérea, el Brigadier D. Heriberto ROZZI 2471 - M.I.
Nº 7.626.849.
Como Secretario General del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea, el Brigadier D. Miguel Alberto AGUILAR 2542 - M.I. Nº 7.646.847.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL
y archívese. KIRCHNER. José J. B. Pampuro.

CULTO
Decreto 514/2004
Reconócese Obispo de la Diócesis de Añatuya.

PERSONAL MILITAR

Bs. As., 23/4/2004

Decreto 517/2004

VISTO las notas de la Nunciatura Apostólica por las que se comunica que Su Santidad JUAN
PABLO II ha designado Obispo de la Diócesis de AÑATUYA al Reverendo Padre Adolfo Armando URIONA, y
Estado Mayor General de la Fuerza Aérea.
Cese y designaciones.

Bs. As., 26/4/2004
VISTO lo informado por el Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea, lo propuesto por el Ministro de Defensa, y CONSIDERANDO:
Que por razones de servicio, es necesario proceder al relevo de Oficiales Superiores que ocupan distintos cargos en el ámbito de la Fuerza Aérea.

CONSIDERANDO:
Que conforme al artículo 3º del Acuerdo firmado entre la SANTA SEDE y la REPUBLICA ARGENTINA, el 10 de octubre de 1966, aprobado por Ley N 17.032, el nombramiento de Obispos es competencia de la SANTA
SEDE.
Que se han cumplido previamente los trámites previstos por la norma indicada, y el designado reúne los requisitos allí establecidos.

Que por el artículo 5 de la Ley N 25.246 se creó la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA U.I.F., organismo que se desempeña con autarquía funcional en Jurisdicción del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.
Que por el artículo 7 de la Ley N 25.827, aprobatoria del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio del año 2004, se estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados a la fecha de su sanción 26 de noviembre de 2003 ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL, según lo dispuesto por el artículo 14 de la misma Ley.
Que por el Decreto N 1038/03 se aprobó la estructura organizativa de la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA y por la Resolución M.J.S. y D.H. N 586/03 se le asignaron las funciones a los cargos que conforman la dotación de Planta Permanente de la citada Unidad.
Que por la Resolución Conjunta Ss.G.P.-J.G.M./S.H.-M.E.P. N 13 de fecha 11 de febrero de 2004 se aprobó la incorporación de los Niveles de Función Ejecutiva de las unidades correspondientes a la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA, conforme el detalle obrante en el Anexo I a dicha Resolución Conjunta.
Que resulta necesario, a efectos de asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados a la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y
DERECHOS HUMANOS, cubrir transitoriamente los referidos cargos gerenciales de la citada Unidad.
Que mediante el Decreto N 491/02, aclarado por su similar N 601/02, se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que el señor Presidente de la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA ha propuesto la designación, como excepción a lo dispuesto por el Título III, Capítulo III, y el Título VI, artículo 71, primer párrafo, primera parte, del Anexo I al Decreto N 993/91 T.O. 1995, de diversos profesionales para desempeñarse en los cargos de Secretario General Ejecutivo Nivel A, Función Ejecutiva II, Director de Asuntos Jurídicos Nivel A, Función Ejecutiva IV, Director de Análisis Nivel A, Función Ejecutiva IV, Director de Relaciones Institucionales
Nivel A, Función Ejecutiva IV y Director de Seguridad y Sistemas Informáticos Nivel A, Función Ejecutiva V, todos de la citada Unidad.
Que los profesionales propuestos para cubrir dichos cargos reúnen los requisitos de idoneidad y mérito suficientes para el desempeño de los mismos, como así también los requisitos de acceso a los respectivos niveles escalafonarios previstos por el Decreto N 993/91 T.O.
1995.
Que se ha dado cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 6 del Decreto N 601/02, como así también a lo ordenado por el artículo 3 del Decreto N 1019/00.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL, los artículos 7 y 14 de la Ley N 25.827 y lo dispuesto por el artículo 1 del Decreto N 491/02, aclarado por su similar N 601/02.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Desígnanse con carácter transitorio en la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS a las personas que se detallan en el Anexo I del presente Decreto, en los cargos y con las Funciones Ejecutivas que para cada caso se indica. Las designaciones en los cargos aludidos se disponen con carácter de excepción a lo previsto en el artículo 7 de la Ley N 25.827 y a lo establecido por el Título III, Capítulo III, y el Título VI, artículo 71, primer párrafo, primera parte, del Anexo I al Decreto N 993/91 T.O. 1995.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 27/04/2004 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date27/04/2004

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