Boletín Oficial de la República Argentina del 23/12/2003 - Primera Sección

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BOLETIN OFICIAL Nº 30.303 1 Sección Declaración Jurada de la sub-contratista
de la empresa Aguas Argentina S.A.
sobre el cumplimiento del Régimen de Compre Trabajo Argentino establecido por la Ley N 25.551 y el Decreto Reglamentario N 1.600/02

Martes 23 de diciembre de 2003

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Habiéndose cumplido el procedimiento fijado por el Decreto 588/03, con relación a los integrantes de la 3 terna, se omite la publicación de los nombres respectivos, abriéndose únicamente el procedimiento, en este caso, para quienes integran la lista complementaria.
Asimismo se transcribe a continuación el artículo 6 del mencionado decreto.

Declaro bajo juramento que en las compras y contrataciones de bienes y servicios realizadas durante el período comprendido entre los meses de enero y diciembre del año la empresa sub-contratista de la concesionaria ha cumplido con todas las obligaciones que el Régimen del Compre Trabajo Argentino pone a su cargo.
Lugar y Fecha Firma del Apoderado
Artículo 6: Desde el día de la publicación y por el término de quince días hábiles, los particulares, los colegios profesionales, asociaciones que nuclean a sectores vinculados con el quehacer judicial, de los derechos humanos y otras organizaciones que por su naturaleza y accionar tengan interés en el tema podrán hacer llegar al Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, por escrito y de modo fundado y documentado, las observaciones, objeciones, las posturas y demás circunstancias que consideren de interés expresar con relación a uno o más de los candidatos ternados, ello junto con una declaración jurada de su propia objetividad respecto a los profesionales propuestos. No serán considerados aquellos planteos que carezcan de relevancia frente a la finalidad del procedimiento tal como se dispone en el artículo 2 o que se fundamenten en cualquier tipo de discriminación.
PRESENTACIONES: Se deberán realizar en el Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, en el plazo y forma señalado en el Decreto 588/03, art. 6, ante la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas e Información al Público, Sarmiento 327, PB, en el horario de 9,15 a 17 horas.

Aclaración e. 23/12 N 435.605 v. 23/12/2003

MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS

Los antecedentes de los candidatos propuestos pueden consultarse en el sitio del Ministerio en internet. www.jus.gov.ar. Dr. ABEL FLEITAS ORTIZ DE ROZAS, Secretario de Política Judicial y Asuntos Legislativos.
e. 23/12 N 436.019 v. 23/12/2003

Propuestas de candidatos para cubrir vacantes en el Poder Judicial de la Nación y Ministerio Público En el marco de lo establecido en el art. 4 del decreto 588/03, se hace saber que a efectos de cubrir las siguientes vacantes han sido ternados los profesionales que a continuación se enuncian:
Cargo
Postulantes
Vocal en la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal
Dr. José Luis J. TRESGUERRAS

SECRETARIA DE TRANSPORTE
Resolución N 418/2003
Bs. As., 19/12/2003

Esta publicación complementa la efectuada el 19/9/03 para los Dres. Graciela Medina, Mario Hugo Lezana y Omar L. Díaz Solimine. Debiendo cubrirse la vacante de la Sala III, la 2 terna se integra con los postulantes de la anterior terna que no fueron propuestos, más el Dr. Tresguerras.
Habiéndose cumplido el procedimiento fijado por el Decreto 588/03, con relación a los integrantes de la 1 terna, se omite la publicación de los nombres respectivos, abriéndose únicamente el procedimiento, en este caso, para el Dr. Tresguerras.
Juez del Juzgado Federal de Primera Instancia N 3 de Mar del Plata
Dr. Eduardo Guillermo FARAH
Dr. Juan Pablo SALAS
Dr. Sebastián Lorenzo BASSO

Jueces de los Juzgados Nacionales de Primera Instancia en lo Comercial N 13 y 18 de la Capital Federal
Dr. Rafael Francisco BARREIRO
Dra. Claudia Ethel RAISBERG de MERENZON
Dra. Alejandra Noemí TEVEZ
Dr. Francisco José CARREGA

Vocal de la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia, Pcia. de Chubut
Dr. Jorge Amado GUTIERREZ
Dr. Aldo Erico SUAREZ
Dr. Gabriel Alberto BAFFIGI MEZZOTERO
Dra. Beatriz Elena TORTEROLA

Fiscal ante los Juzgados Federales de Primera Instancia de la Ciudad de Dolores, Pcia. de Bs. As.

Dr. Ramiro GONZALEZ
Dr. Pablo Daniel BERTUZZI
Dr. Horacio Juan AZZOLIN

Vocal en el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná, Pcia. de Entre Ríos
Dr. Domingo Esteban MONTANARO
Dr. Roberto Manuel LOPEZ ARANGO
Dr. Fernando Mario CAUNEDO

Defensor Auxiliar de la Defensoría General de la Nación
Dr. Leonardo David MIÑO
Dr. Jorge CARRERA Dra. María Cristina MARTINEZ CORDOBA

Jueces en los Juzgados Nacionales en lo Criminal de Instrucción N 24, 28 y 40
de la Capital Federal
Dr. Juan M. RAMOS PADILLA
Dr. Luis Roberto J. SALAS
Dr. Daniel RAFECAS
Dr. Claudia Graciela DELLA MALVA
Dr. Domingo Luis ALTIERI
Dr. Sergio DELGADO
Dr. Adrián PEREZ LANCE
Dr. Julián D. ERCOLINI

Tercera, Cuarta y Quinta vacantes de Vocal en la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal

Dr. Luis M. R. M. BUNGE CAMPOS
Dr. Jorge RIMONDI
Dra. Silvina G. CATUCCI
Dr. Diego PÉRS
Dr. Roberto DURAN
Dra. Eleonora A. DEVOTO
Dr. Oscar A. HERGOTT

Esta publicación complementa la efectuada el 19/9/03 para los Dres. Rodolfo Pociello Argerich, María L. Garrigós de Rébori y Juan E. Cicciaro, integrantes de la 2 terna. Debiendo cubrirse la 3, 4
y 5 vacante, las ternas sucesivas se integrarán con los dos ternados no propuestos y los aquí publicados.
Habiéndose cumplido el procedimiento fijado por el Decreto 588/03, con relación a los integrantes de la 2 terna, se omite la publicación de los nombres respectivos, abriéndose únicamente el procedimiento, en este caso, para quienes integran la lista complementaria.
Vocal en los Tribunales Orales en lo Criminal N 7, 21 y 22
de la Capital Federal
MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA
Y SERVICIOS

Dr. Daniel E. RAFECAS
Dr. Diego PÉRS
Dr. Juan E. CICCIARO
Dr. Diego BARROETAVEÑA
Dra. María L. GARRIGOS DE REBORI

Esta publicación complementa la efectuada el 19/9/03 para los Dres. Adrián A. Perez Lance, Daniel Morin y Rodolfo Pociello Argerich, integrantes de la 3 terna. Debiendo cubrirse la 4, 5 y 6
vacante, las ternas sucesivas se integrarán con los dos ternados no propuestos y los aquí publicados.

VISTO el Expediente Nº S01:0250613/2003 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y CONSIDERANDO:
Que el Artículo 2º de la Resolución Nº 319 de fecha 5 de noviembre de 2003 de la SECRETARIA
DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, resolvió el llamado a Concurso Público de propuestas para la prestación del Servicio Público de Transporte Automotor de Pasajeros de Carácter Urbano y Suburbano de Jurisdicción Nacional, en la traza identificada con el número 195.
Que asimismo, el Artículo 3º de la resolución mencionada en el considerando anterior, resolvió el llamado a Concurso Público de propuestas para la prestación del Servicio Público de Transporte Automotor de Pasajeros de Carácter Urbano y Suburbano de Jurisdicción Nacional, en la traza identificada con el número 129.
Que por otra parte, los Artículos 4º y 5º del acto aludido precedentemente resolvieron los Llamados a Licitación Pública de propuestas para el establecimiento de Servicios Públicos de Transporte por Automotor de Pasajeros por Carretera de Carácter Interjurisdiccional e Internacional correspondientes a la empresa caducada COMPAÑIA DE TRANSPORTES RIO DE LA PLATA S.A..
Que los diversos adquirentes de los pliegos correspondientes a los procedimientos licitatorios aludidos en los considerandos precedentes, han efectuado una serie de solicitudes de aclaración respecto de los mismos.
Que a fin de evacuar las consultas originadas en las presentaciones realizadas, resulta necesario aprobar las Circulares Nros. 1 y 2, que como Anexos I y II forman parte integrante de la presente resolución.
Que las aclaraciones que por el presente acto se aprueban, en forma alguna afectan los principios de igualdad y concurrencia, los cuales resultan cardinales en todo proceso de selección.
Que atento lo dispuesto por el Artículo 6º de la Resolución Nº 319/2003 de la SECRETARIA DE
TRANSPORTE y con el objeto de unificar los procedimientos y criterios de evaluación entre los Pliegos de Condiciones Generales aprobados por las Resoluciones Nros. 18 de fecha 26 de marzo de 1998 de la SECRETARIA DE TRANPORTE del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, 162 de fecha 8 de noviembre de 2002 y 161 de fecha 7 de marzo de 2003, ambas de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del ex-MINISTERIO DE LA PRODUCCION, se realizan una serie de aclaraciones, las que sólo serán consideradas a los efectos de los llamados dispuestos por la primera de las resoluciones mencionadas.
Que resulta necesario actualizar lo dispuesto en los Artículos 25 de los Pliegos de Bases y Condiciones Generales aprobados por la Resolución Nº 161/2003 y Nº 162/2002, modificada por las Resoluciones Nros. 104 de fecha 4 de enero de 2003 y 182 de fecha 12 de marzo de 2003, todas de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del ex-MINISTERIO DE LA PRODUCCION, en lo que se refiere a la obligación de presentación de los estados contables.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete conforme lo establecido en el Artículo 9 del Decreto N 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades establecidas en el Decreto N 958 de fecha 16 de junio de 1992, modificado por sus similares Nros. 808 de fecha 21 de noviembre de 1992
y 2407 de fecha 26 de noviembre de 2002, el Decreto N 656 de fecha 29 de abril de 1994, la Resolución N 623 de fecha 9 de mayo de 1994 del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS, la Resolución N 263/90 de la ex-SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE del ex-MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, que hizo efectiva la puesta en vigencia del ACUERDO DE
TRANSPORTE INTERNACIONAL TERRESTRE, inscripto como ACUERDO DE ALCANCE PARCIAL
en el marco de la ASOCIACION LATINOAMERICANA DE INTEGRACION ALADI, conforme los mecanismos del TRATADO DE MONTEVIDEO de 1980 y el Decreto N 1142/2003.
Por ello, EL SECRETARIO
DE TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTICULO 1 Sustitúyense los Artículos 25 de los Pliegos de Bases y Condiciones Generales aprobados por la Resolución Nº 161 de fecha 7 de marzo de 2003 y Nº 162 de fecha 8 de noviembre de

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Boletín Oficial de la República Argentina del 23/12/2003 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date23/12/2003

Page count44

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Last issue14/07/2024

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