Boletín Oficial de la República Argentina del 24/02/2003 - Primera Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 30.096 1 Sección la organización y coordinación de acciones interinstitucionales e intersectoriales;
la adopción de compromisos crecientes para la implementación práctica del Convenio sobre Diversidad Biológica en el país.
SECCION PRIMERA:
MARCO GENERAL PARA LA CONSERVACION Y USO SOSTENIBLE DE LA DIVERSIDAD
BIOLOGICA
I. Arreglos institucionales, legales y políticos para la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica Antecedentes: Marco institucional general El Artículo 41 de la Constitución Nacional establece que las autoridades proveerán a la protección de la diversidad biológica y más adelante, en el mismo artículo, estipula que corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas. Por otra parte, en su Artículo 124, dispone que corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio.
Esto enmarca el derecho de las Provincias de decidir sobre sus recursos naturales y el nivel de responsabilidad en el cuidado del patrimonio natural bajo su dominio territorial. A la vez, se esclarecen las competencias jurisdiccionales entre la Nación y las provincias de modo de asegurar una base común de cuidado ambiental, dentro del cual se incluye a la diversidad biológica.
Existen otros mecanismos institucionales que brindan un marco a la relación entre las Provincias y entre éstas con la Nación. Así, por ejemplo, el Consejo Federal de Medio Ambiente COFEMA, constituye el foro para la concertación y elaboración de una política ambiental coordinada entre sus miembros las provincias, la actual Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Nación a través de la Secretaría de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable actualmente Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable del Ministerio de Desarrollo Social4.
Con posterioridad, también entre las provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Nación se suscribe el Pacto Federal Ambiental, acuerdo a través del cual se busca promover políticas de desarrollo ambientalmente adecuadas en todo el territorio nacional, estableciendo Acuerdos Marco entre los estados federales y entre éstos y la Nación5 .
Cabe mencionar también el Decreto Nº 1347 suscripto en diciembre de 1997, a través del cual se designa a la Secretaría de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable como autoridad de aplicación para el Convenio sobre la Diversidad Biológica.
Por el mismo instrumento, se crea la Comisión Nacional Asesora para la Conservación y Utilización Sostenible de la Diversidad Biológica CONADIBIO, con la participación del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos; el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto; la Secretaría de Ciencia y Tecnología actualmente Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva del Ministerio de Cultura y Educación, un representante de cada una de las provincias que manifiesten a la autoridad de aplicación su interés de integrar esta Comisión, representantes de las organizaciones no gubernamentales, las organizaciones indígenas y el sector empresario.
Objetivo general Establecer los acuerdos institucionales básicos e impulsar la sanción de las leyes fundamentales para implementar en forma armónica el Convenio sobre Diversidad Biológica en el país, en el ámbito nacional, provincial y municipal.

diversidad biológica y garantizar la sustentabilidad de los usos de sus componentes, partiendo de las competencias de las provincias sobre sus recursos naturales, y de las normas y políticas existentes.

Orientaciones estratégicas 1.1. Precisar las competencias y las obligaciones en los ámbitos nacional, provincial y municipal en materia de conservación y regulación del uso de la diversidad biológica, estableciendo nuevos mecanismos institucionales o reforzando aquéllos existentes.
1.2. Acordar criterios respecto a la responsabilidad de cada ámbito Nación y Provincias en la financiación de las acciones necesarias para adecuar la administración de la diversidad biológica, de acuerdo a los compromisos derivados de la firma del Convenio sobre Diversidad Biológica.
1.3. Promover el establecimiento de una instancia federal de coordinación de políticas y programas sobre diversidad biológica entre la Nación y las Provincias, preferentemente como un grupo especial de trabajo dentro del COFEMA.
1.4. Promover en cada jurisdicción la jerarquización funcional de las dependencias públicas con incumbencia en la administración de la diversidad biológica, así como procurar una mayor articulación con otros organismos públicos relevantes.
1.5. Fortalecer la eficiencia del control de la utilización de los recursos biológicos por parte de los organismos vinculados a la gestión de los mismos, en los ámbitos nacional y provincial.
1.6. Establecer mecanismos tendientes a incorporar en el diseño de otras políticas sectoriales, en los ámbitos nacional y provincial, pautas esenciales para favorecer la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica.
Objetivo 2
Dictar y adecuar las normas en el ámbito nacional y provincial necesarias para la implementación efectiva de las disposiciones del Convenio sobre Diversidad Biológica.

Orientaciones estratégicas 2.1. Promover el dictado de las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección relativos a la diversidad biológica comunes a todo el territorio nacional, conforme lo previsto en el Artículo 41 de la Constitución Nacional, cuando indica que corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección.
2.2. Adecuar las normas y reglamentos pertinentes, procurando que las reformas a incorporarse reflejen los conceptos y nuevos principios derivados del avance en el conocimiento de la diversidad biológica y sus funciones.
2.3. Cubrir los vacíos normativos existentes en materia de diversidad biológica, tales como los relativos al régimen de acceso a los recursos genéticos y la protección y uso sostenible de la flora silvestre.
2.4. Compatibilizar, entre distintos sectores y entre distintas jurisdicciones, los regímenes legales que regulan la evaluación de los impactos ambientales, de forma tal de contar con un sistema coordinado y eficiente.

sobre conservación y uso sostenible de la diversidad biológica.7
3.3. Establecer una base de coordinación interinstitucional para operar ante situaciones de emergencia que entrañen peligros graves e inminentes para la diversidad biológica.
SECCION SEGUNDA:
UTILIZACION SOSTENIBLE DE LA DIVERSIDAD BIOLOGICA
II. Uso sostenible de los recursos biológicos
Orientaciones estratégicas
4 En la Ley Nº 25.675, sancionada el 6 de noviembre de 2002, se establece el Sistema Federal Ambiental, el que será instrumentado a través del Consejo Federal de Medio Ambiente COFEMA y cuyo objeto es el de desarrollar la coordinación de la política ambiental, tendiente al logro del desarrollo sostenible, entre el gobierno nacional, los gobiernos provinciales y el de la Ciudad de Buenos Aires.
5 En la Ley Nº 25.675 se ratifica el Pacto Federal Ambiental.

3.1. Establecer o reforzar instancias de coordinación en el ámbito regional6 , que faciliten acordar criterios comunes de conservación y manejo de ecosistemas, especies y recursos genéticos, sin que ello altere las jurisdicciones provinciales y las respectivas facultades administrativas.
3.2. Armonizar en el ámbito regional, en la medida de lo posible, las leyes y normas particulares 6 En este caso, cuando se hace referencia a la escala regional, se refiere a las ecorregiones u otras unidades definidas con criterios ecológicos, tales como las cuencas, dentro del territorio nacional.

2.6. Establecer procedimientos de compensación para los casos de conversión de ecosistemas silvestres.
2.7. Promover la instauración de incentivos económicos que estimulen el uso sostenible de los recursos.
2.8. Propiciar los planes y proyectos de aprovechamiento de los recursos biológicos que sean utilizados por los pueblos originarios y comunidades locales, en base a modos tradicionales y/o ancestrales, siempre que sean compatibles con su conservación.
Objetivo 3

El mantenimiento de las condiciones de estabilidad de un ecosistema, requiere preservar la biodiversidad, asegurando el flujo de la energía y el ciclo de la materia, permitiendo de esta manera la adaptación y autorregulación de la diversidad biológica y genética.
El aprovechamiento de las especies silvestres y asilvestradas deberá considerar estas bases ecológicas, para garantizar la sustentablilidad de la actividad.
Objetivo 1
Generar, difundir y fomentar experiencias de manejo sostenible a nivel de ecosistemas y poblaciones.

Orientaciones estratégicas 1.1. Apoyar y sistematizar experiencias existentes y generar nuevas, demostrativas del manejo sostenible de ecosistemas y poblaciones.
1.2. Orientar mayores esfuerzos económicos por parte de las instituciones, para fomentar las investigaciones y experiencias de manejo sobre especies nativas, y también sobre interacciones biológicas y socioeconómicas entre éstas y las especies introducidas.

Promover procesos de planificación estratégica a escala regional9 para lograr el uso sostenible y la preservación de la biodiversidad de los ambientes terrestres y acuáticos.

Orientaciones estratégicas 3.1. Promover la participación de los diferentes actores sociales involucrados para concretar el objetivo propuesto.
3.2. Revertir y controlar la contaminación crónica y aguda que afecta la biodiversidad de las cuencas identificadas y priorizadas por las instancias federales correspondientes.
3.3. Mejorar la planificación del uso de los distintos biomas terrestres.
3.4. Mejorar el sistema de explotación pesquera en los ambientes acuáticos marinos y continentales, sobre la base de la conservación de los recursos y la sustentabilidad de los modos de aprovechamiento.
3.5. Promover el manejo integral de las zonas costeras.
3.6. Basar los lineamientos para el aprovechamiento de las especies silvestres en el estado de conservación de sus poblaciones y en el estado de sus hábitats.

Objetivo 2
Impulsar el dictado de una ley de presupuestos mínimos nacional, que tienda a garantizar que los usos de los recursos biológicos sean sostenibles y reforzar la capacidad de las instituciones que deban instrumentarla.

Orientaciones estratégicas 2.1. Completar y adecuar la legislación vigente vinculada a la biodiversidad8 , unificando criterios en el ámbito nacional y provincial, y tender a la armonización en el ámbito del Mercosur, desarrollando mecanismos de cooperación y coordinación a esos ámbitos para su aplicación.
2.2. En concordancia con lo mencionado en el ítem anterior, será prioritario armonizar dichos criterios a escala ecorregional.
2.3. Procurar que las normas legales estén establecidas sobre bases técnicas sólidas, en forma interdisciplinaria y mediante el consenso con todos los sectores involucrados en la utilización de la biodiversidad.
2.4. Regular la conversión de ecosistemas naturales según criterios de planificación biorregional tendientes a garantizar el mantenimiento de los procesos, servicios y funciones esenciales de los ecosistemas en un marco de sustentabilidad.
2.5. Requerir que todo proyecto tendiente al uso de recursos biológicos silvestres cuente con una Evaluación de Impacto Ambiental y la explicitación del plan de manejo, ordenamiento u otro, de acuerdo a las características del recurso y en cumplimiento de los presupuestos mínimos que oportunamente se dicten.

Objetivo 1
Establecer un marco político-institucional que permita elevar la calidad de la conservación de la
4

Enunciado principal del tema
Objetivo 3
Establecer mecanismos institucionales interjurisdiccionales para coordinar políticas, normas y acciones de conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica.

Lunes 24 de febrero de 2003

7 Dado que este ítem se refiere también a regiones dentro del país definidas con criterios ecológicos no políticos, podría entenderse que se lograría mediante el dictado de normas que contengan presupuestos mínimos sobre conservación y uso sostenible de la diversidad biológica, tendientes a eliminar las asimetrías regionales.
8 Cabe señalar que con fecha 6 de noviembre de 2002, se ha sancionado la Ley Nº 26.675, Ley General del Ambiente, que establece los presupuestos mínimos para el logro de una gestión sostenible y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sostenible.

3.7. Promover que, cuando exista un beneficio económico derivado del aprovechamiento sostenible de una especie, las acciones de monitoreo y de control de las experiencias de uso sostenible sean solventadas por el sector privado involucrado en dicho aprovechamiento.
3.8. Propiciar el turismo como alternativa de uso sostenible de los ecosistemas silvestres.
III. Diversidad biológica y agroecosistemas Enunciado principal del tema La Argentina es un país con una densidad poblacional relativamente baja y un vasto territorio, lo cual constituye una ventaja comparativa de significativa importancia en el contexto mundial. Si bien su economía está basada fuertemente en las actividades agropecuarias, es posible asegurar un manejo sostenible de la diversidad biológica en los agroecosistemas, siempre y cuando se revierta el proceso de deterioro y se logre un ordenamiento del uso de los recursos naturales con fines productivos. Para ello se requiere de una visión a largo plazo, entendiendo que las ventajas relativas pueden desaparecer muy rápidamente si las tendencias actuales continúan. Al mismo tiempo, es necesario concientizar a la población sobre la relación entre calidad de vida, manejo sostenible y conservación de la biodiversidad. Simultáneamente, se requiere avanzar en la valoración económica de la diversidad biológica y de los servicios ecológicos que presta, aceptando que su conservación dentro de los agroecosistemas tendrá pocas posibilidades de éxito en tanto no esté asociada a algún tipo de instrumento económico que, a través de beneficios directos o indirectos, constituya un incentivo a los esfuerzos conservacionistas de los productores agropecuarios o de las comunidades locales.
Objetivo 1
Evaluar y monitorear el estado de la diversidad biológica en los agroecosistemas, su importancia ecológica y económica y el impacto ambiental de las distintas prácticas de uso agropecuario, sistemas de producción y proyectos de desarrollo.
9 Se entiende que se refiere a regiones definidas con criterios ecológicos dentro del país ecorregiones, unidades de cuenca, etc.

About this edition

Boletín Oficial de la República Argentina del 24/02/2003 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date24/02/2003

Page count24

Edition count9420

First edition02/01/1989

Last issue07/08/2024

Download this edition

Other editions

<<<Febrero 2003>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
232425262728