Boletín Oficial de la República Argentina del 20/02/2003 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Jueves 20 de febrero de 2003 30

BOLETIN OFICIAL Nº 30.094 1 Sección 33631540169
33632001229

B.T.C. S.A.
DIFUSORA CASTEX SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Habilitado Habilitado
100
100

Habilitado Habilitado
100
100

31/3/03
31/3/03

1 Beneficio correspondiente a los sujetos enunciados en los incisos e, f, y g de la Resolución Conjunta 3/01 y 1/01.
2 Beneficio correspondiente a las empresas de radiodifusión de televisión abierta, productoras de programas de televisión y películas cinematográficas.
3 El cómputo como crédito fiscal en el Impuesto al Valor Agregado de los importes de las contribuciones patronales sobre la nómina salarial devengadas a partir del período diciembre de 2001 hasta marzo de 2003 quedan suspendidos por el artículo 4º del Decreto 1676/2001; excepto para las empresas editoras de diarios y revistas y de distribuidores representantes de editoriales de dichos bienes que se señalan con la llamada 4.
Abog. PEDRO ALBERTO JAUREGUI, Subdirector General, Subdirección Gral. de Operaciones Impositivas III, a/c Subdirección Gral. de Operaciones Impositivas II, Dirección General Impositiva.
e. 20/2 N 407.179 v. 20/2/2003

ACLARACION AFIP

MINISTERIO DE ECONOMIA
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
En la edición del Boletín Oficial N 29.963 de fecha 15/08/02, en que se publicó una aclaración del aviso publicado el 15/07/02 Aviso N 387.748 correspondiente a la Resolución General N 1029
ALTAS AL REGISTRO DE BENEFICIARIOS DE LOS CONVENIOS PARA MEJORAR LA COMPETITIVIDAD Y LA GENERACION DE EMPLEOS, se omitieron determinados beneficios de los contribuyentes CANAL 4 CARLOS PELLEGRINI SRL y CANAL 2 CABLEVISION SA, por lo cual se transcribe correctamente el listado correspondiente a los mismos:
ALTAS AL REGISTRO DE BENEFICIARIOS DEL CONVENIO PARA EL SECTOR BASE CULTURAL PARA MEJORAR LA COMPETITIVIDAD Y LA GENERACION DE EMPLEOS
Porcentaje de beneficios otorgados
CUIT

30644122146
33674838919

RAZON SOCIAL

Cómputo de las contribuciones patronales pagadas, como crédito fiscal. Art. 6º Res. Conjunta 3/01 y 1/01 3

Cómputo de las contribuciones patronales como crédito fiscal del personal no afectado en forma directa a la actividad de producción. Art. 6º Res. Conjunta 3/01 y 1/01 1 3

Cómputo como crédito fiscal de los conceptos de contribución previsional 11% sobre los contratos de actores. Inc. D
art. 1º Dto. 730/01 2 3

Habilitado Habilitado
100
100

Habilitado Habilitado
CANAL 4 CARLOS PELLEGRINI SRL
CANAL 2 CABLEVISION SA

Exención del pago del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta
100
100

Vigencia del Beneficio hasta
31/3/03
31/3/03

1 Beneficio correspondiente a los sujetos enunciados en los incisos e, f, y g de la Resolución Conjunta 3/01 y 1/01.
2 Beneficio correspondiente a las empresas de radiodifusión de televisión abierta, productoras de programas de televisión y películas cinematográficas.
3 El cómputo como crédito fiscal en el Impuesto al Valor Agregado de los importes de las contribuciones patronales sobre la nómina salarial devengadas a partir del período diciembre de 2001 hasta marzo de 2003 quedan suspendidos por el artículo 4º del Decreto 1676/2001; excepto para las empresas editoras de diarios y revistas y de distribuidores representantes de editoriales de dichos bienes que se señalan con la llamada 4.
Abog. PEDRO ALBERTO JAUREGUI, Subdirector General, Subdirección Gral. de Operaciones Impositivas III, a/c Subdirección Gral. de Operaciones Impositivas II, Dirección General Impositiva.
e. 20/2 N 407.180 v. 20/2/2003

MINISTERIO DE ECONOMIA
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
ANEXO A
FORMULARIO N 340 NUEVO MODELO
REGISTRO DE OPERADORES DE PRODUCTOS EXENTOS POR DESTINO Y/O SUSCEPTIBLES
DE REINTEGRO ART. 7, INC. C Y ART. AGREGADO A CONTINUACION DEL ART. 9º DE LA LEY
N 23.966
NOMINA DE CONTRIBUYENTES CON ACEPTACION DE INSCRIPCION - RESOLUCION
GENERAL N 1104
VIGENCIA: HASTA EL 31/12/2003 INCLUSIVE
C.U.I.T.

APELLIDO Y NOMBRE, DENOMINACION Y/O RAZON SOCIAL

SECCION SUBSECCION

Exención Directa Art. 21 Dto. N 74/98

3/3.4

SI

Régimen de Reintegro - Art. 22
Dto. N 74/98

Número de Dominio Transportistas
30-54790726-0

AEROSOL SINTESIS S.A.

30-50691900-9

ESSO PETROLERA ARGENTINA
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

10/10.1

8330906

30-50691900-9

ESSO PETROLERA ARGENTINA
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

10/10.1

8330918

30-52218989-4

ICONA SOCIEDAD ANON. FIN. IND.
MAN. INM. Y COM.

3/3.2

30-66366960-1

QUI PA S.A.

4/4.1

30-63654202-0

RESIMAX S.A.

3/3.3

SI

33-50188004-9

SIKA ARGENTINA S.A.I.C.

3/3.1

SI

SI
SI

Cont. Púb. ANA MARIA BRANA, Jefe Departamento Especializado en Sector Terciario, Dirección de Análisis de Fiscalización Especializada, a/c Dirección de Análisis de Fiscalización Especializada.
e. 20/2 N 407.181 v. 20/2/2003

MINISTERIO DE ECONOMIA
El MINISTERIO DE ECONOMIA informa que de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución ME
N 63/02 Boletín Oficial del día 31 de enero de 2003 la Secretaría Legal y Administrativa ha dictado
la Resolución SIyA N 28/03 de fecha 18/02/03 Boletín Oficial N 30.093 del día 19/02/03 que en su parte dispositiva dice: ARTICULO 1.- Exclúyase a las empresas CAMlNOS DEL VALLE S.A. y CAMlNOS
DEL RIO URUGUAY S.A. del procedimiento establecido en la Resolución N 26 de fecha 10 de febrero de 2003 de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA. ARTICULO
2.- Déjense sin efecto los Anexos XII y Xlll de la Resolución N 26/03 de la SECRETARlA LEGAL Y
ADMINISTRATIVA. ARTICULO 3.- Dispónese, conforme a lo establecido en las Resoluciones Nros.
576 del 5 de noviembre de 2002, 769 del 17 de diciembre de 2002 y 63 del 31 de enero de 2003 del MlNISTERIO DE ECONOMIA, instrumentar la convocatoria al Procedimiento de Documento de Consulta, a los fines de tratar las propuestas planteadas por las empresas CAMINOS DEL VALLE S.A. y CAMlNOS
DEL RIO URUGUAY .S.A. en la actual instancia del proceso de negociación, para la adecuación de los respectivos contratos de concesión correspondientes a los Corredores del Sistema de Concesiones Viales. ARTICULO 4. lncorpóranse como Anexos I y II las propuestas planteadas por las empresas CAMINOS DEL VALLE S.A. y CAMINOS DEL RIO URUGUAY S.A. respectivamente, que en el carácter de Documentos de Consulta pasan a formar parte integrante de la presente resolución. ARTICULO
5.- Establécese para la convocatoria dispuesta que: a Los Documentos en Consulta Pública contienen los términos planteados en esta instancia del proceso de negociación por parte de las empresas CAMINOS DEL VALLE S.A. y CAMINOS DEL RIO URUGUAY S.A. para la adecuación de los respectivos contratos de concesión de los Corredores del Sistema de Concesiones Viales. b Las Actuaciones Administrativas que contienen los Documentos de Consulta, así como aquellas que comprenden la documentación complementaria vinculada a tales documentos, se encontrarán disponibles, para tomar vista y efectuar presentaciones, en la Mesa de Entradas de la COMlSION DE RENEGOCIACION DE
CONTRATOS DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, actuante en el ámbito de la UNIDAD MINISTRO
del MINISTERIO DE ECONOMIA, sita en Avenida Paseo Colón N 185, 4to. Piso, Oficina N 408, CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, en el horario de 10 a 17 horas. c Los interesados podrán tomar vista de las actuaciones administrativas por el plazo de QUlNCE 15 días hábiles administrativos.
Dicho plazo se computará a partir del día hábil administrativo siguiente al de la última publicación que se realice de la presente convocatoria, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 6 de la presente resolución. En dicho período se podrá extraer fotocopias a costo de los interesados. Durante el mencionado plazo y hasta DlEZ 10 días hábiles administrativos posteriores a su vencimiento, los interesados podrán presentar por escrito ante la Mesa de Entradas de la Comisión, o vía correo electrónico, todas las observaciones, opiniones y comentarios referidos al documento que se somete a consulta, acompañando la documentación que estimen pertinente. Las presentaciones por escrito, deberán entregarse además en soporte magnético para su incorporación a la página Web de la COMISION DE RENEGOCIACION DE CONTRATOS DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS. d El documento de consulta también se podrá consultar en la página WEB de la COMISION DE
RENEGOCIACION DE CONTRATOS DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS: www.crc.gov.ar. La dirección de correo electrónico a la cual podrán remitirse observaciones, opiniones y comentarios serán las siguientes: Para la empresa CAMINOS DEL VALLE S.A será crc_delvalle@mecon.gov.ar y para CAMINOS DEL RIO URUGUAY S.A será crc_crusa@mecon.gov.ar. e Vencido el último de los plazos señalados en el inciso c, la COMISION DE RENEGOCIACION DE CONTRATOS DE OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS a través de su Secretario y Coordinador General dispondrá de un plazo de DIEZ 10 días hábiles administrativos para informar sobre el resultado de la consulta. Dicho informe será agregado a las actuaciones administrativas y será incorporado a la página Web de la citada

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Boletín Oficial de la República Argentina del 20/02/2003 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date20/02/2003

Page count32

Edition count9419

First edition02/01/1989

Last issue06/08/2024

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