Boletín Oficial de la República Argentina del 19/02/2003 - Primera Sección

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Miércoles 19 de febrero de 2003 54

BOLETIN OFICIAL Nº 30.093 1 Sección Energía N 61/92 y sus modificatorias y complementarias, cuyo detalle, duración y montos de descuentos se efectúa en el Anexo de este acto del cual forma parte integrante; 2 Instruir a CAMMESA
para que aplicando las sanciones que se detallan en el Anexo a esta Resolución, efectúe los descuentos correspondientes sobre los precios que remuneran la Función Técnica de Transporte de Energía Eléctrica prestada por EDENOR S.A.; 3 Notifíquese a EDENOR S.A. y a CAMMESA y hágase saber que la presente Resolución es susceptible de ser recurrida: i por la vía del Recurso de Reconsideración conforme lo dispone el artículo 84 del Reglamento de la Ley N 19.549 de Procedimientos Administrativos aprobado mediante Decreto N 1759/72 t.o. en 1991, dentro de los diez 10 días hábiles administrativos contados a partir del día siguiente de notificada la presente, como así también, ii en forma subsidiaria o alternativa, por la vía del Recurso de Alzada previsto en el artículo 94 del citado Reglamento y en el artículo 76 de la Ley N 24.065, dentro de los quince 15 días hábiles administrativos contados de igual manera; y iii mediante el Recurso Directo por ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal contemplado en el artículo 81 de la Ley N 24.065, dentro de los treinta 30 días hábiles judiciales contados de igual forma que en los supuestos anteriores. Firmado: DANIEL MUGUERZA, Vocal tercero. JULIO CESAR MOLINA, Vocal Segundo. JUAN ANTONIO LEGISA, Presidente.
El Anexo citado puede ser consultado por los interesados en la Sede del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, Avda. Madero N 1020, 10 piso de la Capital Federal, en el horario de 9 a 13 y de 14 a 17,30 y en la Sede Central de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL.
e. 19/2 N 406.805 v. 19/2/2003

Por ello, EL DIRECTORIO
DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
RESUELVE:
ARTICULO 1 Fíjase un anticipo a cuenta de la Tasa de Fiscalización y Control que oportunamente se determine para el año 2003 de PESOS CINCO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y
CINCO MIL $ 5.375.000, la que será abonada por cada Sociedad Licenciataria de Gas conforme el detalle obrante como Anexo I de la presente Resolución.
ARTICULO 2 Establécese como fecha de vencimiento para el ingreso del importe determinado en el Artículo N 1 precedente Columna VTO 1 Anticipo Tasa Fiscalización y Control 2003 del Cuadro ANEXO l, el día 20 de febrero de 2003, vencido el cual será de aplicación lo establecido por el Artículo 64 de la Ley N 24.076.
ARTICULO 3 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO
OFICIAL y archívese. Ing. OSVALDO R. SALA, Director, Ente Nacional Regulador del Gas. Ing.
HECTOR E. FORMICA, Presidente, Ente Nacional Regulador del Gas.
ANEXO I
TASA DE FISCALIZACION Y CONTROL AÑO 2003 1 ANTICIPO
Empresa
ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución ENRE N 107/2003
ACTA N 665
Expediente ENRE N 12.302/02
Bs. As. 12/2/2003
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1 Sancionar a EDENOR S.A., en su condición de prestadora de la Función Técnica de Transporte de Energía Eléctrica, en la suma de PESOS TREINTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y DOS CON
CUARENTA CENTAVOS $ 35.962,40 correspondientes al mes de julio de 2002, por incumplimiento de lo dispuesto en el Punto 3 del Anexo 28 de LOS PROCEDIMIENTOS Resolución de la ex Secretaría de Energía N 61/92 y sus modificatorias y complementarias, cuyo detalle, duración y montos de descuentos se efectúa en el Anexo de este acto del cual forma parte integrante; 2 Instruir a CAMMESA para que aplicando las sanciones que se detallan en el Anexo a esta Resolución, efectúe los descuentos correspondientes sobre los precios que remuneran la Función Técnica de Transporte de Energía Eléctrica prestada por EDENOR S.A. 3 Notifíquese a EDENOR S.A. y a CAMMESA y hágase saber que la presente Resolución es susceptible de ser recurrida: i por la vía del Recurso de Reconsideración conforme lo dispone el artículo 84 del Reglamento de la Ley N 19.549 de Procedimientos Administrativos aprobado mediante Decreto N 1759/72 t.o. en 1991, dentro de los diez 10
días hábiles administrativos contados a partir del día siguiente de notificada la presente, como así también, ii en forma subsidiaria o alternativa, por la vía del Recurso de Alzada previsto en el artículo 94 del citado Reglamento y en el artículo 76 de la Ley N 24.065, dentro de los quince 15 días hábiles administrativos contados de igual manera; y iii mediante el Recurso Directo por ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal contemplado en el artículo 81 de la Ley N 24.065, dentro de los treinta 30 días hábiles judiciales contados de igual forma que en los supuestos anteriores. Firmado: DANIEL MUGUERZA, Vocal tercero. JULIO CESAR MOLINA, Vocal Segundo. JUAN ANTONIO LEGISA, Presidente.
El Anexo citado puede ser consultado por los interesados en la Sede del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, Avda. Madero N 1020, 10 piso de la Capital Federal, en el horario de 9 a 13 y de 14 a 17,30 y en la Sede Central de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL.
e. 19/2 N 406.804 v. 19/2/2003

ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
Resolución N 2789/2003
Bs. As., 3/2/2003
VISTO la Ley 24.076 y su reglamentación aprobada por Decreto N 1738 del 18 de Setiembre de 1992 y el Expediente N 7531/02 del REGISTRO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
ENARGAS, y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley 25.725 sancionada el 27 de diciembre de 2002, publicada en el Boletín Oficial el 10 de enero de 2003, aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2003, que comprende el presupuesto del Ente Nacional Regulador del Gas ENARGAS, distribuido por Decisión Administrativa N 7/03 del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que de acuerdo al presupuesto aprobado, la Tasa de Fiscalización y Control para el ejercicio 2003
ha quedado fijada en la suma de PESOS VEINTIUN MILLONES QUINIENTOS MIL $ 21.500.000.-.
Que, a efectos de asegurar el correcto desempeño de las funciones asignadas por la Ley N 24.076 a esta Autoridad Regulatoria, y atento a lo dispuesto por el Artículo 63 del Decreto N 1738/92, este Organismo de Control se encuentra facuItado para fijar los mecanismos de recaudación de la Tasa.
Que a fin de determinar la base de cálculo para el pago del anticipo que se dispone, se cuenta con la información correspondiente a los ingresos brutos por la actividad regulada que surge de los Estados Contables al 31 de diciembre de 2001 de las Distribuidoras y Transportistas de Gas, presentados ante esta Autoridad Regulatoria en cumplimiento de la Resolución ENARGAS N 60/94 modificada por la Resolución ENARGAS N 362/96.
Que el anticipo que por la presente se fija, se tomará a cuenta del importe que a todos los sujetos que resulten obligados al pago les corresponda abonar en concepto de Tasa de Fiscalización y Control para el Año 2003, el que se determinará en forma definitiva, en oportunidad del pago de la última cuota de la mencionada Tasa, en base a los ingresos brutos por actividad regulada que surja de los Estados Contables al 31 de diciembre de 2002.
Que el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS se encuentra facultado para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto por los Artículos 62 y 63 de la Ley N 24.076 y su reglamentación, aprobada por el Decreto N 1738/92.

Ingresos
Compra
Compra
Ingresos
% Ingr.

TASA DE FISC.

Saldos
Brutos
Capacidad
de
Brutos de
bruto Act.

1 ANTICIPO

a Cuenta
VTO. 20/02/2003
1 ANTICIPO

Totales
Transporte
Gas
Actividad
S/Total
2003

2003

TASA DE FISC.

Miles $

Miles $

Miles $

Miles $

%

$

$

2003

Transportadora de Gas del Norte S.A.
247,500.00
Transportadora de Gas del Sur S.A.
382,300.00
Metrogas S.A.
627,900.00
Gas Natural BAN S.A.
412,800.00
Litoral Gas S.A.
162,900.00
Gasnor S.A.
87,400.00
Distribuidora de Gas del Centro S.A.
159,400.00
Distribuidora de Gas Cuyana S.A.
139,500.00
Camuzzi Gas Pampeana S.A.
318,300.00
Camuzzi Gas del Sur S.A.
211,000.00
GasNea S.A.
8,500.00
Gas Andes S.A.
31,000.00
Gasoducto del Pacífico Argentino S.A.
13,900.00
Gasoducto Norandino Argentino S.A.
35,900.00
Gasoducto Cuenca Noroeste Ldta.
Atacama 20,900.00
Gasoducto Uruguayana - TGM S.A.
22,300.00
TOTAL TRANSP. Y DISTRIB. 1
2,881,500.00
Servicio de Gas Junín S.A.
Emgasud S.A.
Cooperativa O y SP Batan Coop. Servicios Públicos Henderson Coop. Mariano Moreno Ltda.
Cía. de Gas de la Costa S.A.
Coop. Serv. Públicos de Suipacha COESA
Coop. Servicios Públicos Los Cardales Gas del Sur S.A.
Coop. de Ser. Públicos de Fátima Ltda.
COSEFA
Emprendimientos 2001 S.R.L.
Corral de Bustos Dirgas S.A. Monte Buey Emprigas S.A. Villa Carlos Paz y San Francisco Coop. Elec. o/y S. Públicos y Vivienda Carnerillo Coop. Servicios Públicos de Camilo Aldao Coop. de Serv. Públicos Arroyito Isla Verde Gas S.A.
Coop. de Serv. Públicos Cruz Alta Coop. de Prov. de Obras y SP de Gral. Baldissera Ltda.
Redengas S.A. Paraná Coop. Tabacaleros Jujuy Coop. O. y Serv. Púb. de Tostado Coop. Serv. Franck Coop. Serv. Públicos Murphy Firmat Gas S.A.
Coop. de O. y Serv. Púb.
San Jerónimo Sud Ltda.
Distrigas S.A. Todos los Emprendimientos Mulet Construcciones S.R.L. Todos los Emp.
Coop. Tres Límites Centro Agrícola El Pato Coop. Ltda. de Eléc. y Ser. Anexos de Jeppener Coop. de O. S. Púb. Asit. y Viv. Carcarañá Ltda.
Coop. de O. Serv. Públicos San Basilio Ltda.
Tecnogas Patagónica S.A.
Gas de Monte Maíz S.A.
Coop. F.E.L. Limitada Coop. Eléctrica Laguna Larga Ltda.
Hidrocarburos del Neuquén S.A.
Distribuidora Gas Gesell S.A.
Coop. de Obras, SP y S Hernando Ltda.
Coop. de Agua Potable y SP Humboldt Ltda.
Coop. Prov. Ob. y SP de Viv. de Salliqueló Gubelco Gas UTE
TOTAL SUBDISTRIBUIDORES 2
Rafael G. Albanesi S.A.
Gasmarket S.A.
Enron América del Sur S.A.
AES Energy Ltd.
Energy Consulting Services S.A.
AES Paraná Gas S.A.
Energy Traders S.A.
Pan American Energy LLC
Duke Energy Gas Trading & Marketing Arg. S.R.L.
Repsol Y.P.F. S.A.
TOTAL COMERCIALIZADORES 3
TOTAL GENERAL

2,881,500.00

$

0.00
0.00
222,800.00
89,900.00
48,200.00
12,400.00
32,600,00
17,800.00
79,700.00
18,400.00
1,800.00
0.00
0,00
0.00

0.00
0.00
191,800.00
139,000.00
47,900.00
32,500.00
50,500.00
52,700.00
122,300.00
112,100.00
3,600.00
0.00
0.00
0.00

247,500.00
382,300.00
213,300.00
183,900.00
66,800.00
42,500.00
76,300.00
69,000.00
116,300.00
80,500.00
3,100.00
31,000.00
13,900.00
35,900.00

15.415758%
23.811897%
13.285581%
11.454376%
4.160698%
2.647150%
4.752414%
4.297727%
7.243849%
5.014014%
0.193086%
1.930863%
0.865774%
2.236064%

828,597.00
1,279,891,00
714,100.00
615,673.00
223,638.00
142,284.00
255,422.00
231,003.00
389,357.00
269,503.00
10,378.00
103,784,00
46,535.00
120,188.00

0.00
0.00
523,600.00

0.00
0.00
752,400.00

20,900.00
22,300.00
1,605,500.00

1.301775%
1.388975%
1.00

69,970.00
74,657.00
5,375,000.00

4,383.00

69,970.00
74,657.00
5,370,617.00

523,600.00

752,400.00

1,605,500.00 100.000000%

5,375,000.00

4,383.00

5,370,617.00

4,383.00

828,597,00
1,279,891.00
714,100.00
615,673.00
223,638.00
142,284.00
255,422.00
231,003.00
389,357.00
265,120.00
10,378.00
103,784,00
46,535.00
120,188.00

1 la participación de cada Transportista y Distribuidor en la determinación de la Tasa de Fiscalización y Control año 2003, ha sido calculada en función de los ingresos brutos por la actividad regulada de acuerdo a los Estados Contables al 31/12/2001 informados al Ente.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 19/02/2003 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date19/02/2003

Page count56

Edition count9394

First edition02/01/1989

Last issue12/07/2024

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