Boletín Oficial de la República Argentina del 12/02/2003 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 30.088 1 Sección la Ley Nº 25.725, los Decretos Nros. 1184
de fecha 20 de septiembre de 2001, 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y 601 de fecha 11 de abril de 2002, la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 17 de fecha 16 de enero de 2002, la Resolución del ex MINISTERIO DE ECONOMIA E INFRAESTRUCTURA Nº 4 de fecha 28 de febrero de 2002, y
MINISTERIO DE ECONOMIA

CONSIDERANDO:

VISTO el Expediente Nº S01:0009242/2003 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, la Ley Nº 25.725, los Decretos Nros. 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001, 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y 601 de fecha 11
de abril de 2002, la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 17 de fecha 16 de enero de 2002, la Resolución del ex MINISTERIO DE ECONOMIA E INFRAESTRUCTURA Nº 4 de fecha 28 de febrero de 2002, y
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Decreto 239/2003
Apruébase la renovación de contratos celebrados por la citada Jurisdicción, efectuados bajo el régimen del Decreto Nº 1184/2001.

Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. Roberto Lavagna.
NOTA: Este Decreto se publica sin Anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767, Capital Federal.

Bs. As., 11/2/2003

Que el personal involucrado en la presente medida está exceptuado del cumplimiento de lo establecido en el Artículo 6º del Decreto Nº 601/02 reglamentario de su similar Nº 491/02.
Que la creciente complejidad de las funciones propias de la SECRETARIA PRIVADA Y
CEREMONIAL dependiente de la UNIDAD
MINISTRO del MINISTERIO DE ECONOMIA, amerita la renovación de los contratos de locación de servicios del personal, en el marco del Decreto Nº 1184/01, cuya prestación resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a dicha Secretaría.
Que la financiación de los contratos que se aprueban por el presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 50
MINISTERIO DE ECONOMIA, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 25.725.
Que la Dirección General de Recursos Humanos y la Coordinación de Contratos y Pasantías del MINISTERIO DE ECONOMIA han tomado la intervención que les compete en orden a lo dispuesto por las Resoluciones mencionadas en el Visto.
Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION
NACIONAL y por el Decreto Nº 491/02.
Por ello,
Que el Decreto Nº 601/02, en su Artículo 6º expresa que Los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga, y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular del Secretario Legal y Técnico Nº 4/02.
Que el personal involucrado en la presente medida está exceptuado del cumplimiento de lo establecido en el Artículo 6º del Decreto Nº 601/02
reglamentario de su similar Nº 491/02.
Que la creciente complejidad de las funciones propias de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA, amerita la renovación de los contratos de locación de servicios del personal, en el marco del Decreto Nº 1184/01, cuya prestación resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a dicha Subsecretaría.
Que la financiación de los contratos que se aprueban por el presente será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 50 MINISTERIO DE ECONOMIA, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 25.725.
Que la Dirección General de Recursos Humanos y la Coordinación de Contratos y Pasantías del MINISTERIO DE ECONOMIA han tomado la intervención que les compete en orden a lo dispuesto por las Resoluciones mencionadas en el Visto.

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA.

Artículo 1º Apruébase la renovación de los contratos celebrados entre el MINISTERIO DE
ECONOMIA y las personas que se detallan en el Anexo adjunto, que forma parte integrante del presente decreto, bajo el régimen del Decreto Nº 1184/01, de conformidad con los períodos, montos mensuales, funciones y rangos que en cada caso se indican.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION
NACIONAL y por el Decreto Nº 491/02.

Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 50 MINISTERIO
DE ECONOMIA, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 25.725.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. Roberto Lavagna.
NOTA: Este Decreto se publica sin Anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 Capital Federal.

Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Apruébase la renovación de los contratos celebrados entre el MINISTERIO DE
ECONOMIA y las personas que se detallan en el Anexo adjunto, que forma parte integrante del presente decreto, bajo el régimen del Decreto Nº 1184/01, de conformidad con los períodos, montos mensuales, funciones y rangos que en cada caso se indican.
Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE
ECONOMIA, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 25.725.

Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE
ECONOMIA, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 25.725.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. Roberto Lavagna.

Decreto 240/2003
Apruébanse contratos celebrados por la citada Jurisdicción, efectuados bajo el régimen del Decreto Nº 1184/2001.

MINISTERIO DE ECONOMIA

CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

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NOTA: Este Decreto se publica sin Anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767, Capital Federal.

MINISTERIO DE ECONOMIA

Bs. As., 11/2/2003
Que el Decreto Nº 601/02, en su Artículo 6º expresa que Los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga, y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular del Secretario Legal y Técnico Nº 4/02.

Miércoles 12 de febrero de 2003

VISTO el Expediente Nº S01:0006406/2003 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, la Ley Nº 25.725, los Decretos Nros. 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001, 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y 601 de fecha 11
de abril de 2002, la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 17 de fecha 16 de enero de 2002, la Resolución del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA E INFRAESTRUCTURA Nº 4 de fecha 28 de febrero de 2002, y CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a las normas mencionadas en el VISTO tramita la propuesta de contratación de personal especializado a celebrarse bajo el régimen del Decreto Nº 1184/01.
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.
Que la creciente complejidad de las funciones propias de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA, hace aconsejable la necesidad de fortalecer y complementar la labor que desarrolla dicha Secretaría, resultando necesario proceder con la contratación del personal que se detalla en el Anexo adjunto al presente decreto.
Que el personal involucrado en la presente medida ha dado cumplimiento a lo establecido en el Artículo 6º del Decreto Nº 601/02
reglamentario de su similar Nº 491/02.
Que la financiación de los contratos que se aprueban por el presente decreto, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMIA, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 25.725.
Que la Dirección General de Recursos Humanos y la Coordinación de Contratos y Pasantías del MINISTERIO DE ECONOMIA han tomado la intervención que les compete en orden a lo dispuesto por las Resoluciones mencionadas en el Visto.
Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION
NACIONAL y por el Artículo 1º del Decreto Nº 491/02.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Apruébanse los contratos celebrados entre el MINISTERIO DE ECONOMIA y las personas que se detallan en el Anexo adjunto, que forma parte del presente decreto, bajo el régimen del Decreto Nº 1184/01, de conformidad con los períodos, montos mensuales, funciones y rangos que en cada caso se indican, en el marco de los contratos individuales de la SECRETARIA DE
HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA.

Decreto 241/2003
Apruébase la renovación de un contrato celebrado por la citada Jurisdicción, efectuado bajo el régimen del Decreto Nº 1184/2001.
Bs. As., 11/2/2003
VISTO el Expediente Nº S01:0008203/2003 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, la Ley Nº 25.725, los Decretos Nros. 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001, 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y 601 de fecha 11 de abril de 2002, la Resolución del MINISTERIO
DE ECONOMIA Nº 17 de fecha 16 de enero de 2002, y la Resolución del ex-MINISTERIO
DE ECONOMIA E INFRAESTRUCTURA Nº 4
de fecha 28 de febrero de 2002, y CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.
Que el Decreto Nº 601/02, en su Artículo 6º expresa que Los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga, y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular del Secretario Legal y Técnico Nº 4/02.
Que la persona involucrada en la presente medida está exceptuada del cumplimiento de lo establecido en el Artículo 6º del Decreto Nº 601/
02 reglamentario de su similar Nº 491/02.
Que la creciente complejidad de las funciones propias de la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO DE ECONOMIA, amerita la renovación del contrato de locación de servicios de la persona que se detalla en el Anexo adjunto, en el marco del Decreto Nº 1184/01, cuya prestación resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a dicha Unidad.
Que la financiación del contrato que se aprueba por el presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMIA, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 25.725.
Que la Dirección General de Recursos Humanos y la Coordinación de Contratos y Pasantías del MINISTERIO DE ECONOMIA han tomado la intervención que les compete en orden a lo dispuesto por las Resoluciones mencionadas en el Visto.
Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el Decreto Nº 491/02.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Apruébase la renovación del contrato celebrado entre el MINISTERIO DE ECONOMIA y la persona que se detalla en el Anexo adjunto, que forma parte integrante del presente decre-

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Boletín Oficial de la República Argentina del 12/02/2003 - Primera Sección

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CountryArgentina

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