Boletín Oficial de la República Argentina del 04/02/2003 - Primera Sección

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BOLETIN OFICIAL Nº 30.082 1 Sección rectorio Ejecutivo Nacional, encargado del gobierno y administración del aludido INSTITUTO, debe integrarse con ONCE 11 directores, DOS 2 de ellos en representación del Estado.
Que el doctor Benjamín Domingo SURACE acredita las necesarias condiciones de idoneidad y reúne los requisitos exigidos para el cargo de Director del Directorio Ejecutivo Nacional del INSTITUTO de que se trata.
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades acordadas por el artículo 5º de la Ley Nº 19.032, según texto del artículo 3º de la Ley Nº 25.615.

Que necesidades funcionales ameritan la renovación de dichas contrataciones a fin de asegurar la continuidad de las actividades de la Administración de Programas Especiales - organismo descentralizado de la Administración Pública Nacional, en jurisdicción del MINISTERIO DE SALUD con personalidad jurídica y con régimen de autarquía administrativa, económica y financiera, fuera suscripto ad-referendum del PODER EJECUTIVO NACIONAL, los contratos agregados en el Expediente del Visto, cuya aprobación se gestiona en esta instancia.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención que les compete.

Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Desígnase al doctor Benjamín Domingo SURACE L.E. Nº 4.527.673, director en representación del Estado en el Directorio Ejecutivo Nacional del INSTITUTO NACIONAL DE
SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y
PENSIONADOS, por un término de ley de CUATRO 4 años.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. Ginés M. González García.

ADMINISTRACION DE PROGRAMAS
ESPECIALES
Decreto 169/2003
Apruébase la renovación de contratos celebrados por el mencionado organismo descentralizado en jurisdicción del Ministerio de Salud.
Bs. As., 3/2/2003
VISTO, el Expediente Nº 37.011/02 del registro de la Administración de Programas Especiales, los Decretos Nros. 1184 del 20
de septiembre de 2001, 491 del 12 de marzo de 2002, 601 del 11 de abril de 2002, 1196 del 5 de julio de 2002, 1364 del 30 de julio de 2002, 1486 del 15 de agosto de 2002, y
Que el presente se dicta conforme a las facultades otorgadas por el inciso 1º del artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL y el Decreto 491/02.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Apruébase la renovación de los contratos celebrados entre la ADMINISTRACION
DE PROGRAMAS ESPECIALES y las personas que se mencionan en el ANEXO, que forma parte del presente, conforme las condiciones, plazos, montos mensuales y totales allí consignados.

Que el MINISTERIO DE SALUD propicia la contratación de diverso personal, en los términos del citado Decreto Nº 1184/01, para desempeñarse en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION
Y FISCALIZACION de la SECRETARIA DE
POLITICAS, REGULACION Y RELACIONES
SANITARIAS del citado Ministerio.
Que los servicios del referido personal resultan indispensables para el debido cumplimiento de los diversos objetivos que tiene establecidos dicha Subsecretaría en especial los vinculados con la cobertura médica de los beneficiarios de pensiones no contributivas por invalidez que se cumplen a través del PROGRAMA FEDERAL DE SALUD
PROFE, conforme con los términos del artículo 77º de la Ley Nº 24.938 y de acuerdo con lo establecido en el Decreto Nº 1606 del 29 de agosto de 2002.
Que el personal cuya contratación se propone reúne los requisitos de idoneidad necesarios para cumplir con las tareas para las cuales se lo contrata.
Que la financiación de las contrataciones que por el presente se propician, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios asignados a la jurisdicción.

Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento del presente, se imputará con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente para el ejercicio correspondiente.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. Ginés M. González García.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL
y lo dispuesto en el artículo 1º del Decreto Nº 491/02 y en el artículo 1º del Decreto Nº 601/02.

NOTA: Este Decreto se publica sin Anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767, Capital Federal.

MINISTERIO DE SALUD

CONSIDERANDO:

Decreto 168/2003

Que por los Decretos Nros. 1364/02 y 1486/02
se aprobó la contratación de diverso personal en la Administración de Programas Especiales - organismo descentralizado de la Administración Pública Nacional en jurisdicción del MINISTERIO DE SALUD.

Apruébanse contrataciones en carácter de locación de servicios, efectuadas bajo el régimen del Decreto Nº 1184/2001 por la citada Jurisdicción, para desempeñarse en el ámbito de la Subsecretaría de Políticas, Regulación y Fiscalización.

Que por el Decreto Nº 491/02 se estableció que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada en los términos del artículo 2º del Decreto Nº 23 del 23 de diciembre de 2001 en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Bs. As., 3/2/2003

Que por el Decreto Nº 1196/02 modificatorio de su similar Nº 601/02 se dispuso que las disposiciones del Decreto Nº 491/
02 son aplicables a la celebración, renovación y/o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual, incluidos los de locación de servicios celebrados en virtud de lo dispuesto en el Decreto Nº 1184/01, y los contratos de locación de obra intelectual prestados a título personal encuadrados en los Decretos Nros. 1023/01 y 436/00, como así también los convenidos para proyectos o programas de cooperación técnica con financiamiento bilateral o multilateral, nacional e internacional, excluidos los que tramiten por acuerdo entre cada jurisdicción o entidad y el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD.

cios personales y de obra intelectual incluidos los de locación de servicios celebrados en virtud de lo dispuesto en el Decreto Nº 1184/01.

VISTO el Expediente Nº 1-2002-0838000964/02-1
y sus agregados sin acumular Nros. 1-20020838000971/02-8 y 1-2002-0838001915/024, todos del registros del MINISTERIO DE
SALUD, el Decreto Nº 1184 del 20 de setiembre de 2001, el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002, el Decreto Nº 601 del 11 de abril de 2002, la Circular Nº 4 del 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y
TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION y lo solicitado por el citado Ministerio, y
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Apruébase la contratación en los términos del régimen establecido por el Decreto Nº 1184/01, en carácter de locación de servicios, del personal nominado en la planilla que como Anexo I se incorpora al presente, conforme las condiciones, plazos y montos mensuales consignados en el mencionado anexo, a efectos de desempeñarse en la SUBSECRETARIA DE
POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION
de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y RELACIONES SANITARIAS del MINISTERIO DE SALUD.
Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será atendido con las partidas específicas asignadas al MINISTERIO DE
SALUD.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. Ginés M. González García.
NOTA: Este Decreto se publica sin el Anexo I.
La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Capital Federal.

CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 491/02 se estableció entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública centralizada y descentralizada en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que por el Decreto Nº 601/02 se determinó que las disposiciones del Decreto Nº 491/02
son aplicables a la celebración, renovación y/o prórroga de toda contratación de servi-

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS
DE SALUD

Martes 4 de febrero de 2003 2
Nº 491 del 12 de marzo de 2002, Nº 601 del 11 de abril de 2002 y Nº 1196 del 5 de julio de 2002 y lo solicitado por la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado del MINISTERIO DE
SALUD y;
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 491/02 se estableció que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada en los términos del artículo 2º del Decreto Nº 23 del 23 de diciembre de 2001 en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que por el Decreto Nº 601/02, modificado por el Decreto Nº 1196/02 se dispuso que las disposiciones del Decreto Nº 491/02
son aplicables a la celebración, renovación y/o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual, incluidos los de locación de servicios celebrados en virtud de lo dispuesto en el Decreto Nº 1184/01 y los contratos de locación de obra intelectual prestados a título personal encuadrados en los Decretos Nros. 1023/01 y 436/00, como así también los convenidos para proyectos o programas de cooperación técnica con financiamiento bilateral o multilateral, nacional e internacional, excluidos los que tramiten por acuerdo entre cada jurisdicción o entidad y el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD.
Que a fin de asegurar el normal funcionamiento del Organismo resulta necesario proceder a la prórroga de los contratos del personal que se desempeña en las distintas áreas de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado del MINISTERIO DE SALUD, bajo el régimen del Decreto Nº 1184/01.
Que la financiación de las contrataciones que por el presente se propician, serán atendidas con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios asignados a la jurisdicción.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.
Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la Constitución Nacional y del Decreto 491/02.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA
Artículo 1º Apruébase la renovación de las contrataciones del personal identificado en el Anexo I, quienes desarrollarán sus funciones en las distintas áreas de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado del MINISTERIO DE SALUD, conforme las condiciones, plazos y montos mensuales y totales consignados en el mencionado Anexo.
Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las partidas específicas: 1-1-2.80.00-914-50.0001-1-12-127 y 1-1-2.80.00-914-50.00-021-12-127, SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS
DE SALUD, organismo descentralizado del MINISTERIO DE SALUD.

Decreto 170/2003
Apruébase la renovación de contrataciones de personal que desarrollará sus funciones en las distintas áreas del citado organismo descentralizado del Ministerio de Salud.
Bs. As., 3/2/2003
VISTO los Decretos Nº 1615/96, Nº 1576/98, Nº 1184 del 20 de septiembre de 2001,
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. Ginés M. González García.
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Boletín Oficial de la República Argentina del 04/02/2003 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date04/02/2003

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First edition02/01/1989

Last issue07/08/2024

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