Boletín Oficial de la República Argentina del 03/02/2003 - Primera Sección

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BOLETIN OFICIAL Nº 30.081 1 Sección Registrar los movimientos contables patrimoniales, emitiendo los balances e informes que prescriben las normas y las necesidades de gestión.

SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES
Y AMBIENTE HUMANO actuará como Secretaría Ejecutiva de esta Comisión.

UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA
Responsabilidad primaria Cumplir con las funciones asignadas por la ley Nº 24.156, verificando el cumplimiento de políticas, planes y procedimientos establecidos por la autoridad superior, aplicando un modelo de control integral e integrado que deberá abarcar los aspectos presupuestarios, económicos y financieros, patrimoniales, normativos, recursos humanos y de gestión.
Acciones Elaborar el plan anual de auditoría a desarrollarse en cumplimiento de los objetivos fijados por la CONAE y las normas y metas producidas por la Sindicatura General de la Nación y llevarlo a cabo.
Verificar el cumplimiento de las políticas, planes y procedimientos establecidos por las normas legales, por la institución y/o por las normas técnicas contables.
Evaluar el funcionamiento de los sistemas de control interno.
Evaluar la confiabilidad de la información usada por la organización para la toma de decisiones.
Orientar su actividad como un eslabón en la cadena de valor, al servicio de toda la organización y promover la cultura del mejoramiento continuado.
ANEXO III
Planta Permanente Jurisdicción: Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto Entidad: 106 - Comisión Nacional de Actividades Espaciales CONAE
Programa 1: Conducción y Administración Actividad 1: Conducción y Administración Cargo o Categoría
Que en el actual organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional, corresponde a la SECRETARIA DE AMBIENTE Y
DESARROLLO SUSTENTABLE del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL hacerse cargo de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión ver Decretos Nros. 355 y 357 del 21 de febrero de 2002 y Resolución del ex MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO
AMBIENTE Nº 478 del 3 de mayo de 2000.

Lunes 3 de febrero de 2003

4

la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, D. Celso AMORIM, el día 4 de febrero de 2003, lo aconsejado por el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, y CONSIDERANDO;
Que la Declaración de Huéspedes Oficiales encuadra en las atribuciones conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el artículo 99, inciso 1. de la CONSTITUCION NACIONAL, Por ello,
Que la Comisión Administradora estará constituida por NUEVE 9 miembros: UN 1 representante designado por el Gobierno de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, UN 1
representante designado por el Gobierno de la REPUBLICA ARGENTINA, SIETE 7 representantes de una amplia gama de asociaciones civiles argentinas sin fines de lucro dedicadas al desarrollo ambiental y al desarrollo comunitario local, entre ellas, las dedicadas a la supervivencia y al desarrollo de los niños, las entidades científicas y académicas, seleccionados en consulta con dichas asociaciones La lista de representantes deberá ser aprobada en forma conjunta por las partes y deberá constituir una mayoría de los miembros de la Comisión ver artículo III, apartado 2º del Acuerdo citado.
Que ha tomado intervención la DIRECCION
GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Declárase Huésped Oficial del Gobierno argentino al señor Ministro de Relaciones Exteriores de la REPUBLICA FEDERATIVA
DEL BRASIL, D. Celso AMORIM, durante su permanencia en la República, el día 4 de febrero de 2003.
Art. 2º Atiéndanse con cargo al presupuesto correspondiente a la jurisdicción 35 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO para el ejercicio de 2003, los gastos derivados del presente Decreto.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. José H. Jaunarerna.

Cantidad de Cargos Escalafón 101: FUNCIONARIOS FUERA DE NIVEL

Presidente del Directorio de la CONAE
Vicepresidente del Directorio de la CONAE
Miembro del Directorio de la CONAE
Auditor Interno de la CONAE
Subtotal
1 1
6 1
9

Escalafón 310: PERSONAL DE LA COMISION NACIONAL DE ACTIVIDADES
ESPACIALES
AO
A1A
A1B
A1C
A2A
A2B
A2C
A3A
A3B
A3C
A4A
A4B
A5A
A5B
A6A
B1
B2
B3

7
10
6 20
12
15
11
5 7
5 1
5 5
1 2
3 1
6

Subtotal Escalafón
122

TOTAL ENTIDAD

131

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado para dictar el presente Decreto en virtud de lo dispuesto en el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION DE
LA NACION ARGENTINA.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Créase, en el ámbito de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, un FONDO PARA LAS AMERICAS, en los términos del artículo I, apartado 1º, del ACUERDO entre el Gobierno de la REPUBLICA
ARGENTINA y el Gobierno de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA sobre el establecimiento de un FONDO PARA LAS AMERICAS y una COMISION ADMINISTRADORA suscrito en BUENOS
AIRES el 27 de septiembre de 1993, que consta de DIEZ 10 artículos cuya copia certificada en idioma inglés y su traducción legalizada al español forman parte del presente como Anexo I.
Art. 2º Facúltase al Secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable del MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL a realizar las acciones conducentes para la puesta en funcionamiento del FONDO PARA LAS AMERICAS, en los términos del Acuerdo a que se hizo mención en el artículo 1º del presente Decreto.
Art. 3º Créase la COMISION ADMINISTRADORA del FONDO PARA LAS AMERICAS, en los términos del artículo III, apartado 1º, del Acuerdo a que se hizo mención en el artículo 1º del presente Decreto.

FONDO PARA LAS AMERICAS

CONSIDERANDO:

Decreto 159/2003

Que el objetivo del mencionado Acuerdo consiste en sentar las bases para el establecimiento de un Fondo de las Américas y una Comisión Administradora a fin de promover las actividades destinadas a preservar, proteger o administrar los recursos naturales y biológicos existentes en la REPUBLICA ARGENTINA de manera que sea sostenible y ambientalmente segura, como asimismo alentar el mejoramiento de la supervivencia y desarrollo de los niños en Argentina ver artículo I del Acuerdo citado.

Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese. DUHALDE. Alfredo N.
Atanasof. María N. Doga. Roberto Lavagna.

Que el Gobierno de la REPUBLICA ARGENTINA establecerá un Fondo para las Américas de conformidad con la legislación argentina ver artículo II, apartado 1 del Acuerdo citado.

HUESPEDES OFICIALES

Creación del citado Fondo, en el ámbito de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable del Ministerio de Desarrollo Social y su Comisión Administradora, en los términos de los artículos I, apartado 1º y III, apartado 1º, del Acuerdo suscripto con el Gobierno de los Estados Unidos de América.
Bs. As., 30/1/2003
VISTO el Expediente Nº 459/98 del registro de la ex SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE HUMANO de la PRESIDENCIA DE LA NACION actual SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, el ACUERDO entre el Gobierno de la REPUBLICA ARGENTINA y el Gobierno de los ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA sobre el establecimiento de un FONDO PARA LAS AMERICAS y una COMISION ADMINISTRADORA suscrito en BUENOS AIRES el 27 de septiembre de 1993, y
Que, asimismo, según el artículo III, apartado 1º, del Acuerdo de que se trata, el Gobierno de la REPUBLICA ARGENTINA deberá asegurar que una Comisión para las Américas sea creada de conformidad con el presente Acuerdo y la legislación argentina. La
NOTA: Este Decreto se publica sin el Anexo I.
La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767, Capital Federal.

Decreto 165/2003
Declárase Huésped Oficial al Ministro de Relaciones Exteriores de la República Federativa del Brasil.
Bs. As., 31/1/2003
VISTO la Visita Oficial que efectuará al país el señor Ministro de Relaciones Exteriores de
INSTITUTO NACIONAL CONTRA
LA DISCRIMINACION, LA
XENOFOBIA Y EL RACISMO
Decreto 163/2003
Dispónese que el referido Instituto desempeñará sus funciones en el ámbito del Poder Ejecutivo Nacional a través de la Secretaría de Asuntos Políticos del Ministerio del Interior.
Bs. As., 31/1/2003
VISTO la Ley Nº 25.672, modificatoria de la Ley Nº 24.515, que creó el INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA
XENOFOBIA Y EL RACISMO INADI y la Ley Nº 24.938, y CONSIDERANDO:
Que el artículo 39 de la Ley Nº 24.938, establecía que el INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA
Y EL RACISMO INADI se desempeñaría como organismo de la Administración Central en jurisdicción del MINISTERIO DEL INTERIOR.
Que la Ley Nº 25.672 por su artículo 1º derogó el antes referido artículo de la Ley Nº 24.938 y por el artículo 2º sustituyó el artículo 1º de la Ley Nº 24.515 de creación del INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO INADI, disponiendo que éste actuará como entidad descentralizada, en el ámbito del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que de la distribución de competencias efectuada por la CONSTITUCION NACIONAL
surge que el Poder Ejecutivo tiene atribución exclusiva en determinadas materias que integran la denominada zona de reserva de la administración.
Que en cumplimiento de las funciones atribuidas por la CONSTITUCION NACIONAL al Poder Ejecutivo respecto de la administración general del país, existen competencias que sólo pueden ser cumplidas por él, necesarias para el logro de sus funciones principales.
Que de ello deriva la imperiosa necesidad de tomar las medidas conducentes que permitan cumplir con su cometido en forma eficaz y eficiente en aras del bienestar general y de un ordenado funcionamiento de la Administración Pública Nacional, lo que significa que dentro de su esfera interna se encuentra facultado para adoptar las decisiones que en

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Boletín Oficial de la República Argentina del 03/02/2003 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date03/02/2003

Page count32

Edition count9421

First edition02/01/1989

Last issue08/08/2024

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