Boletín Oficial de la República Argentina del 15/11/2002 - Primera Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 30.027 1 Sección
APELLIDO Y NOMBRE O RAZON SOCIAL

Tipo de Convenio
Cómputo de las Exención del Exención del contribuciones pago del Impuesto sobre previsionales Impuesto a la los intereses pagadas como Ganancia Mínima pagados y el crédito fiscal Presunta costo financiero en IVA 1
del endeudamiento empresario
Vigencia del beneficio hasta
30516437339

DOW QUIMICA ARGENTINA SA

Sector Químico-Petroquímico-Agroquímico
70

70

100

31/3/03

30502150819

SOLVAY INDUPA S.A.I.C.

Sector Químico-Petroquímico-Agroquímico
100

100

100

31/3/03

30525479591

S K F ARGENTINA S A

Convenio Sector Metalurgica y Metalmecanico
50

50

30546752271

CONSTRUCTORA SUDAMERICANA
S A C I F INMOB Y AGROP

Convenio Sector Construcciones
100

100

100

31/3/03

SEMACAR SERVICIOS DE
MANTENIMIENTO DE CARRETERAS S A

Convenio Sector Construcciones
100

100

100

31/3/03

30639559099

20

haber incumplido el Régimen de Incompatibilidades previsto en los artículos 8 , inciso i y 89 a 98 del Convenio Colectivo de Trabajo aprobado por Laudo N 15/91.

Porcentaje de beneficios otorgados CUIT

Viernes 15 de noviembre de 2002

ARTICULO 3: Declarar la inexistencia de perjuicio fiscal.
ARTICULO 4: Regístrese, comuníquese, pase al Departamento Sumarios Administrativos a los fines que corresponda, remítase copia de la presente a la FISCALIA DE INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS, a la Junta de Disciplina, a la Dirección de Personal Departamento Administración de Personal, a la Dirección de Auditoría y al Departamento Asuntos Internos, para su conocimiento, y cumplido archívese.

31/3/03

Asimismo se le hace saber que en el caso de no comparecer a estar a derecho y constituir domicilio, las sucesivas resoluciones se considerarán notificadas de pleno derecho en la sede del Departamento Sumarios Administrativos de la A.F.I.P.
Publíquese por DOS días en el Boletín Oficial.

1 El cómputo como crédito fiscal en el Impuesto al Valor Agregado de los importes de las contribuciones patronales sobre la nómina salarial devengadas a partir del período Diciembre de 2001
hasta Marzo de 2003 quedan suspendidos por el artículo 4 del Decreto 1676/2001 para todos los convenios; excepto para los convenios de transporte de pasajeros y/o de carga.

Abogada ALICIA MONICA FERREYRA, Jefe, Departamento Sumarios Administrativos.
e. 15/11 N 399.107 v. 15/11/2002

Abog. PEDRO ALBERTO JAUREGUI, Subdirector General, Subdirección Gral. de Operaciones Impositivas III, Dirección General Impositiva.
e. 15/11 N 399.038 v. 15/11/2002

MINISTERIO DE LA PRODUCCION
SECRETARIA DE TRANSPORTE
Resolución N 165/2002

MINISTERIO DE ECONOMIA
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
SUBDIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
Disposición N 322/2002
Cont. Púb. Denise Beatriz DEMKOFF Legajo N 36.370/06 - S/designación de Jefa Interina de la División Grandes Contribuyentes Individuales de la Dirección de Operaciones Grandes Contribuyentes Nacionales.
Bs. As., 8/11/2002
VISTO la Disposición N 471/02 AFIP y las presentes actuaciones, y CONSIDERANDO:
Que por el artículo 10 del citado acto dispositivo se designó al Contador Público Luis Roberto PINI
en el carácter de Jefe Interino de la Región Devoluciones a Exportadores con retención del cargo de Jefe Titular de la División Grandes Contribuyentes Individuales de la Dirección de Operaciones Grandes Contribuyentes Nacionales.
Que por lo expuesto, la citada Dirección gestiona la designación de la Contadora Pública Denise Beatriz DEMKOFF como Jefa Interina de la mencionada División, mientras dure la ausencia de su Jefe Titular Contador Público Luis Roberto PINI y con retención del cargo de Jefa Interina de la Agencia N 2 de la Región Norte.
Que se cuenta con la conformidad de las Subdirecciones Generales de Operaciones Impositivas I y III y de la Dirección General Impositiva.
Que a la luz del Decreto N 491/2002 y su aclaratorio Decreto N 601/2002, se ha efectuado una evaluación de la presente designación, de la cual surge que no genera una mayor erogación presupuestaria en razón de la modificación que la misma implica.
Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por las Disposiciones Nros. 114/97 y 122/97 AFIP, procede disponer en consecuencia.
Por ello, LA SUBDIRECTORA GENERAL DE LA
SUBDIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
DISPONE:
ARTICULO 1 Designar a la Contadora Pública Denise Beatriz DEMKOFF Legajo N 36.370/06 en el carácter de Jefa Interina de la División Grandes Contribuyentes Individuales de la Dirección de Operaciones Grandes Contribuyentes Nacionales, mientras dure la ausencia de su Jefe Titular Contador Público Luis Roberto PINI Legajo N 29.008/08 y con retención del cargo de Jefa Interina de la Agencia N 2 de la Región Norte.
ARTICULO 2 Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Lic. BEATRIZ LUISA FONTAU, Subdirectora General, Subdirección General de Recursos Humanos.
e. 15/11 N 399.302 v. 15/11/2002

MINISTERIO DE ECONOMIA
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Bs. As., 11/11/2002
VISTO el Expediente N 208/2001 del Registro del ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES ONAB otrora dependiente del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, supervisado ahora por la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y CONSIDERANDO:
Que por conducto de las actuaciones citadas en el VISTO, se propicia la desafectación del uso operativo ferroviario de los inmuebles pertenecientes al ESTADO NACIONAL, ubicados en la Estación SANTA FE, Provincia de SANTA FE, indicados en el plano que integra la presente resolución como Anexo I.
Que el ex-ENTE NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES FERROVIARIOS solicitó en su oportunidad la exclusión de que se trata a la Concesionaria NUEVO CENTRAL ARGENTINO SOCIEDAD ANONIMA.
Que la Concesionaria NUEVO CENTRAL ARGENTINO SOCIEDAD ANONIMA ha prestado la conformidad solicitada por el ex-ENTE NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES FERROVIARIOS de excluir de la concesión y del uso ferroviario las fracciones aludidas en el primer considerando.
Que por Decreto N 443 del 1 de junio de 2000, se ha dispuesto la disolución del ENTE; NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES FERROVIARIOS y la creación del ORGANISMO NACIONAL
DE ADMINISTRACION DE BIENES, como órgano desconcentrado en el ámbito del ex-MINISTERIO
DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, organismo que tiene, entre otras, las misiones y funciones del ex - ENTE NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES FERROVIARIOS, establecidas por Decreto N 1383 de fecha 29 de noviembre de 1996.
Que en virtud del Artículo 5 del Decreto N 1383 de fecha 29 de noviembre de 1996, la incorporación de nuevos bienes inmuebles a los contratos de concesión del sistema ferroviario de pasajeros o cargas, o la desafectación de aquellos que fueron entregados oportunamente en concesión, será dispuesta por la ex-SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, hoy SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE LA PRODUCCION.
Que la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE ECONOMIA, ha tomado la intervención que le asigna el Artículo 5
del Decreto N 1383 de fecha 29 de noviembre de 1996.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete en virtud de la Resolución N 7 de fecha 4 de febrero de 2002, del Registro de la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION.
Que las facultades para el dictado de la presente medida surgen de lo dispuesto por el Decreto N 477 de fecha 8 de marzo de 2002 y el Artículo 5 del Decreto N 1383 de fecha 29 de noviembre de 1996.
Por ello, EL SECRETARIO
DE TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTICULO 1 Desaféctese del uso operativo ferroviario los inmuebles ubicados en la Estación SANTA FE, Provincia de SANTA FE, indicados en el plano que integra la presente resolución como Anexo I.
ARTICULO 2 Los inmuebles desafectados quedan transferidos en afectación al ORGANISMO
NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES ONAB conforme lo dispuesto por los Artículos 1 y 2 inciso b del Decreto N 1383 de fecha 29 de noviembre de 1996 y el Decreto N 443 de fecha 1 de junio de 2000.

Notifíquese al ex agente de esta ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, Moisés Walter LEVY la finalización del Sumario Administrativo N 1.905/00 SDG CON en la que se ha dictado la disposición de finalización N 04/02 SGRH, que en su parte resolutiva dice:

ARTICULO 3 Notifíquese al ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES
ONAB, a la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE y a la Concesionaria NUEVO CENTRAL ARGENTINO SOCIEDAD ANONIMA.

ARTICULO 1: Dar por finalizado el presente Sumario Administrativo, declarando la existencia de responsabilidad disciplinaria del agente Cont. Púb. Moisés Walter LEVY Legajo N 36.526/47, respecto de los hechos materia de autos.

ARTICULO 4 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dr. GUILLERMO LOPEZ DEL PUNTA, Secretario de Transporte.

ARTICULO 2: Aplicar al agente Contador Público Moisés Walter LEVY la sanción disciplinaria de apercibimiento, atento lo establecido en el artículo 2, punto 5 del Régimen Disciplinario vigente, por
NOTA: Esta Resolución se publica sin el Anexo I. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Capital Federal.
e. 15/11 N 399.175 v. 15/11/2002

About this edition

Boletín Oficial de la República Argentina del 15/11/2002 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date15/11/2002

Page count28

Edition count9420

First edition02/01/1989

Last issue07/08/2024

Download this edition

Other editions

<<<Noviembre 2002>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930