Boletín Oficial de la República Argentina del 31/10/2002 - Primera Sección
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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 30.016 1 Sección MINISTERIO DE ECONOMIA
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
ALTAS AL REGISTRO DE BENEFICIARIOS DECRETOS 935/01, 1054/01 Y SUS MODIFICACIONES PARA MEJORAR LA COMPETITIVIDAD Y LA GENERACION DE EMPLEOS
Jueves 31 de octubre de 2002
34
3 El cómputo como crédito fiscal en el Impuesto al Valor Agregado de los importes de las contribuciones patronales sobre la nómina salarial devengadas a partir del período Diciembre de 2001 hasta Marzo de 2003 quedan suspendidos por el artículo 4 del Decreto 1676/2001; excepto para las empresas editoras de diarios y revistas y de distribuidores representantes de editoriales de dichos bienes que se señalan con la llamada 4.
Cdor. JAIME LEONARDO MECIKOVSKY, Subdirector General, Subdirección General de Operaciones Impositivas II, Dirección General Impositiva.
e. 31/10 N 397.290 v. 31/10/2002
Beneficios Otorgados CUIT
20049643994
20049676426
20052574073
20052586217
20066995276
20072939353
20075681152
20152351497
20177379442
30505061450
30622075683
30673240689
30688286820
30689533805
30707721002
30707910522
33707802389
Apellido y Nombre o Razón Social
Régimen de Competitividad
GINZO, JULIO JOSE
CAMPENNI, TOMAS CAYETANO
FRASCHETTI, FRANCISCO HORACIO
BRUNELLI, CARLOS
DE AZEVEDO, JOAQUIN
DAL PIVA, ADINO
ALIPPI, MARIO
CAPONI, DOMINGO
MACCA, ROBERTO
EMILIO MANSO E HIJOS FRUTICOLA
Y VITIVINICOLA
AGROPECUARIA DE LOS VEINTE S A
AGRONUEZ S A
LOS TRES LUISES SA
MOLINARO ALDO Y MARCELO
LAS LAGUNITAS S.A.
GILBERTO LUGEA E HIJAS S DE H
LUGEA IRMA ALCIRA Y LUGEA
NOEMI ROSA
SANTA LUCIA DE LA PEÑA S.A.
Cómputo de las Bienes no Exención del Impuesto contribuciones computables en sobre los intereses pagados previsionales pagadas, Ganancia Mínima y el costo financiero como crédito fiscal Presunta.
del endeudamiento en IVA. Art. 1 Inc. C
Art. 1 Inc. B.
empresario.
Vigencia:
Vigencia:
Art. 1 Inc. A.
31/03/2003
31/03/2003
Vigencia:
1
30/06/2002
Agropecuaria Dto. 935/01
Agropecuaria Dto. 935/01
Agropecuaria Dto. 935/01
Agropecuaria Dto. 935/01
Agropecuaria Dto. 935/01
Agropecuaria Dto. 935/01
Agropecuaria Dto. 935/01
Agropecuaria Dto. 935/01
Agropecuaria Dto. 935/01
Actividades del Decreto 1054/01
y sus modif.
Agropecuaria Dto. 935/01
Agropecuaria Dto. 935/01
Agropecuaria Dto. 935/01
Agropecuaria Dto. 935/01
Agropecuaria Dto. 935/01
Agropecuaria Dto. 935/01
Habilitado Habilitado Habilitado Habilitado Habilitado Habilitado Habilitado Habilitado Habilitado Habilitado
Habilitado Habilitado
Habilitado Habilitado
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
BAJAS AL REGISTRO DE BENEFICIARIOS PARA MEJORAR LA COMPETITIVIDAD Y LA
GENERACION DE EMPLEOS
CUIT
Apellido y Nombre o Razón Social
Tipo de Convenio
30516174044
SAINT-GOBAIN ABRASIVOS S.A.
Actividades del Decreto 1054/01 y sus modif.
Cdor. JAIME LEONARDO MECIKOVSKY, Subdirector General, Subdirección General de Operaciones Impositivas II, Dirección General Impositiva.
e. 31/10 N 397.291 v. 31/10/2002
Habilitado Habilitado Habilitado Habilitado Habilitado Habilitado
Agropecuaria Dto. 935/01
MINISTERIO DE ECONOMIA
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
ADUANA DE CORDOBA
Habilitado
1 El cómputo como crédito fiscal en el Impuesto al Valor Agregado de los importes de las contribuciones patronales sobre la nómina salarial devengadas a partir del período Diciembre de 2001 hasta Marzo de 2003 quedan suspendidos por el artículo 4 del Decreto 1676/2001.
Cdor. JAIME LEONARDO MECIKOVSKY, Subdirector General, Subdirección General de Operaciones Impositivas II, Dirección General Impositiva.
e. 31/10 N 397.288 v. 31/10/2002
En los Sumarios Contenciosos de referencia que se tramitan por ante esta Aduana de Córdoba, se NOTIFICA y HACE SABER a los interesados que se detallan de las Resoluciones Fallos y recaídas en las distintas causas y cuyo texto expresa: CORDOBA Y VISTOS Y CONSIDERANDO
RESUELVO: ART. 1 ARCHIVAR a en virtud de los fundamentos volcados y lo dispuesto en el punto 3 de la Instrucción 001/98 ART. 2 PROCEDER a la DESTRUCCION de la mercadería ART.
3 REGISTRESE Y NOTIFIQUESE DE FORMA Fdo.: JUAN CARLOS ALBERICH, ADMINISTRADOR. Aduana de Córdoba sita en calle Buenos Aires N 150/160, Centro Ciudad de Córdoba C.P.
5000.
INTERESADO
DOC./REG.
SUMARIO
ARTS.
SALVADOR AMILCAR
MARIANI
23.742.648
SA17-02-063
985
MINISTERIO DE ECONOMIA
MULTA TRIB.
FALLO
389/02
e. 31/10 N 397.507 v. 31/10/2002
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
ALTAS AL REGISTRO DE BENEFICIARIOS DEL CONVENIO PARA EL SECTOR ARROCERO
PARA MEJORAR LA COMPETITIVIDAD Y LA GENERACION DE EMPLEOS
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
Porcentaje de beneficios otorgados CUIT
23124269229
30551279703
30561925441
Apellido y Nombre o Razón Social
Cómputo de las contribuciones previsionales pagadas como crédito fiscal en IVA 1
Exención del pago del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta
Exención del Impuesto sobre los intereses pagados y el costo financiero del endeudamiento.
empresario
Vigencia
100
25
100
100
100
100
31/03/2003
31/03/2003
100%
100%
100
100
100
31/03/2003
100%
KREMER, RAUL DANIEL
SANTA MONICA SOCIEDAD EN
COMANDITA POR ACCIONES
INDALCU SOCIEDAD ANONIMA
INDUSTRIAL COMERCIAL
AGROPECUARIA FORES IMP Y EXP
Exclusión RG 17 AFIP
Vigencia hasta 15/10/2003
ADUANA DE CORDOBA
En los Sumarios Contenciosos de referencia que se tramitan por ante esta Aduana de Córdoba, se NOTIFICA y HACE SABER a los interesados que se detallan de las Resoluciones Fallos y recaídas en las distintas causas y cuyo texto expresa: CORDOBA Y VISTOS Y CONSIDERANDO
RESUELVO: ART. 1 CONDENAR a ART. 2 CONDENAR a con el comiso de la mercadería en infracción. ART. 4 INTIMAR a para que en el término de 15 días proceda hacer efectiva la multa del art. 1 bajo apercibimiento de ejecución en los términos de los Arts. 1122, 1123 del Código Aduanero. ART. 5 REGISTRESE Y NOTIFIQUESE DE FORMA Fdo.: JUAN CARLOS ALBERICH, ADMINISTRADOR. Aduana de Córdoba, sita en calle Buenos Aires N 150/160, Centro Ciudad de Córdoba C.P. 5000.
INTERESADO
1 El cómputo como crédito fiscal en el Impuesto al Valor Agregado de los importes de las contribuciones patronales sobre la nómina salarial devengadas a partir del período Diciembre de 2001 hasta Marzo de 2003 quedan suspendidos por el artículo 4 del Decreto 1676/2001.
Cdor. JAIME LEONARDO MECIKOVSKY, Subdirector General, Subdirección General de Operaciones Impositivas II, Dirección General Impositiva.
e. 31/10 N 397.289 v. 31/10/2002
MINISTERIO DE ECONOMIA
DOC./REG.
SUMARIO
ARTS.
FALLO
$ 4.238,96 468/02
ALDO HECTOR GONZALEZ
11.256.662 SA17-01-517 985
$ 2.638,61 264/02
JORGE DANIEL ROCHA
18.380.666 SA17-01-446 986
$
ANTONIA BESCOS Y
JUAN CARUSO
3.180.797
S/D
$24.926,21 225/02
SA17-97-098 985
831,04 103/02
e. 31/10 N 397.508 v. 31/10/2002
ALTAS AL REGISTRO DE BENEFICIARIOS DEL CONVENIO PARA EL SECTOR BASE CULTURAL PARA MEJORAR LA COMPETITIVIDAD Y LA GENERACION DE EMPLEOS
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
ADUANA DE CORDOBA
Porcentaje de Beneficios Otorgados RAZON SOCIAL
TRIB.
BASCONCELOS, MIGUEL Y
12.613.458
JUAREZ, CARLOS FRANCISCO 14.894.249 SA17-00-276 985
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
CUIT
MULTA
Cómputo de las contribuciones patronales pagadas como crédito fiscal.
Art. 6 Res. Conjunta 3/01y 1/01 3
Cómputo de las contribuciones patronales como crédito fiscal del personal no afectado en forma directa a la actividad de producción. Art. 6
Res. Conjunta 3/01 y 1/01 1 3
Cómputo como crédito Exención del pago fiscal de los conceptos del Impuesto a de contribución la Ganancia Mínima previsional Presunta.
11% sobre los contratos de actores.
Inc. D art. 1 Dto.
730/01 2 3
Vigencia del Beneficio hasta
30658339717 VICUÑA T V SOCIEDAD ANONIMA
Habilitado
100
Habilitado
100
31/03/2003
30707826300 VIDEO CABLE TOTAL S.A.
Habilitado
100
Habilitado
100
31/03/2003
1 : Beneficio correspondiente a los sujetos enunciados en los incisos e, f, y g de la Resolución Conjunta 3/01 y 1/01
2 : Beneficio correspondiente a las empresas de radiodifusión de televisión abierta, productoras de programas de televisión y películas cinematográficas.
En los Sumarios Contenciosos de referencia que se tramitan por ante esta Aduana de Córdoba, se NOTIFICA y HACE SABER a los interesados que se detallan de las Resoluciones Fallos y recaídas en las distintas causas y cuyo texto expresa: CORDOBA Y VISTOS Y CONSIDERANDO
RESUELVO: ART. 1 CONDENAR a ART. 2 INTIMAR a para que en el término de 15 días proceda hacer efectiva la multa del art. 1 bajo apercibimiento de ejecución en los términos de los Arts.
1122, 1123 del Código Aduanero ART. 3 CONSIDERAR la mercadería en infracción como importada para consumo según art. 274 inc. a del C.A. ART. 4 NOTIFICAR la presente ART. 5 REGISTRESE Y NOTIFIQUESE DE FORMA Fdo.: JUAN CARLOS ALBERICH, ADMINISTRADOR. Aduana de Córdoba, sita en calle Buenos Aires N 150/160, Centro Ciudad de Córdoba C.P. 5000.
INTERESADO
DOC./REG.
ASEGURADORA DE
CAUCIONES S.A.
2812/3-4
SUMARIO
SA17-00-304
ARTS.
MULTA
TRIB.
FALLO
970 $13.711,19 $25.271,89 588/02
e. 31/10 N 397.509 v. 31/10/2002