Boletín Oficial de la República Argentina del 18/03/2002 - Primera Sección

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BOLETIN OFICIAL Nº 29.860 1 Sección JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Resolución N 109/2002

SUMARIO N
INFRACCION

CAUSANTE
DOC. IDENTIDAD

600.839/89

Bs. As., 12/3/2002

6

ART. C.A.

EMILIO JOSE PUERTO
ROBERTO JULIO QUESADA
DNI 5.529.168

VISTO los Decretos N 1490/01 de fecha 20 de noviembre de 2001, N 1503 de fecha 22 de noviembre de 2001 y N 78 de fecha 10 de enero de 2002; la Resolución JGM N 69 de fecha 19 de noviembre de 2001, y CONSIDERANDO:

Lunes 18 de marzo de 2002

864 865 866
864 865 866
e. 18/3 N 378.551 v. 18/3/2002

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Que el decreto 1490/01, en su artículo 3 designó al titular de la SECRETARIA PARA LA
MODERNIZACION DEL ESTADO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS como Director Nacional del PROYECTO DE MODERNIZACION DEL ESTADO.

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

Que la Resolución de JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N 69/2001 designó al SUBSECRETARIO DE LA GESTION PUBLICA como Director Nacional Alterno del PROYECTO DE
MODERNIZACION DEL ESTADO.

FE DE ERRATAS

Que según el Decreto 1503/01 se dispuso la fusión de la SECRETARIA DE COORDINACION
GENERAL y de la SECRETARIA PARA LA MODERNIZACION DEL ESTADO, y la conformación en su reemplazo de la SECRETARIA DE GABINETE Y MODERNIZACION DEL ESTADO.

Edicto para anunciar mercaderías sin titular conocido o sin declarar
Que mediante el artículo 4 del Decreto 78/02 las funciones de la entonces SECRETARIA DE
GABINETE Y MODERNIZACION DEL ESTADO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS son ejercidas por la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
Por ello, EL JEFE DE GABINETE
DE MINISTROS
RESUELVE:
ARTICULO 1 Desígnase a la Señora Subsecretaria de la Gestión Pública, Dra. Mónica Beatriz ZORRILLA D.N.I. N 17.560.747 Directora Nacional Alterna del Proyecto, quedando facultada para representar al Gobierno Nacional ante las autoridades del BANCO INTERNACIONAL DE
RECONSTRUCCION Y FOMENTO BIRF, las autoridades del PROGRAMA DE NACIONES UNIDAS
PARA EL DESARROLLO PNUD, en su carácter de Agencia de Gestión del Proyecto, Organismos Oficiales Nacionales intervinientes y Entidades Financieras, en todas las acciones necesarias para la ejecución del Proyecto de Modernización del Estado financiado por el Organismo Multilateral de Crédito mencionado en primer término.
ARTICULO 2 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Cdor. JORGE M. CAPITANICH, Jefe de Gabinete de Ministros.
e. 18/3 N 378.543 v. 18/3/2002

DIVISION ADUANA DE BERNARDO DE IRIGOYEN

Edicto 7/3 N 377.802 v. 7/3/2002

En la edición del 7 de marzo de 2002, pág. 11, en la que se publicó el mencionado Edicto, se deslizó en el mismo la siguiente omisión: en donde dice Se anuncia por la presente la existencia de mercaderías en aduana en la situación prevista en los Arts. 417 y 440 de la Ley 22.415, corresponde agregar: en función del Decreto 59/2002, por lo que intímase perentorio plazo de diez 10 días corridos a toda persona que se considere con derechos respecto de las mercaderías involucradas en las actuaciones que se detallan, a fin soliciten alguna de las destinaciones admitidas, bajo apercibimiento de considerarlas abandonadas a favor del Fisco Nacional y proceder de conformidad a lo estatuido por los Arts. 3 y 4 del Decreto ut-supra citado. Asimismo se subsana el siguiente error, donde dice: CIGARRILOS, debe decir CIGARRILLOS. JOSE ARMANDO IBAÑEZ, Administrador, Aduana de Bdo. de Irigoyen.
e. 18/3 N 378.597 v. 18/3/2002
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANA
ADUANA DE LA QUIACA
Sección Sumarios, 7/3/2002
Se cita a las personas abajo enumeradas para que dentro de los diez 10 días hábiles comparezcan en los sumarios que se especifican, a presentar sus defensas y ofrecer pruebas por las presuntas infracciones a los Artículos del Código Aduanero que se detalla Ley 22.415, bajo apercibimiento de rebeldía. Deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de esta Aduana Art. 1001 C.A. bajo apercibimiento del Art. 1004. Fdo. BENITO TEJERINA Jefe División Aduana La Quiaca, sito en Avda.
Lamadrid 555 La Quiaca Pcia. de Jujuy.

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

SC34

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

72/00
03/02
03/02
03/02
05/02
07/02
11/02
11/02
11/02
12/02
13/02
14/02
14/02
14/02
17/02
17/02
17/02

D.VS.A.C. 5
Expediente N 602196/94
Edicto Nº Bs. As., 15/1/2002
Se cita a el Sr. GUSTAVO DANIEL DUARTE y SR. JOSE LUIS PIELA para que en el plazo de 10
días diez comparezca en el sumario contencioso N 602.196/94 instruido por esta D.G.A. por el delito de contrabando art. 863 y SS del C.A:, a fin de presentar su defensa y ofrecer la prueba que considere pertinente, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde art. 1001 al 1005 C.A.. téngase presente que sólo podrán presentarse por un derecho o interés que no fuere propio quienes ejercieren una representación como procuradores o abogados para actuar por ante la Justicia federal, debiendo en su primera presentación acreditar personería conforme con lo establecido en los art. 1030 y ss. C.A., bajo apercibimiento de lo prescripto por los art. 1033 del citado texto legal. En las presentaciones que se plantearen cuestiones jurídicas es obligatorio el patrocinio letrado art. 1034 C.A.. Deberá igualmente constituirse domicilio dentro del radio urbano correspondiente al asiento de esta jurisdicción, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en dicho asiento, donde se tendrán por notificadas de pleno derecho todas las providencias y resoluciones que se dicten en estas actuaciones conforme lo dispuesto en los art. 1001 al 1004 del C.A. Dr. CARLOS S. CAZZOLATO, 2 Jefe Int. Div. Sec. de Act. N 5.
e. 18/3 N 378.553 v. 18/3/2002

INCULPADOS
BURGOS, Biviano BURGOS, Rómulo MAMANI CHURA, Teodoro MAMANI AMARATA, Luciano HUANCA MERCHACA, Pedro RUIZ, Tomasa CHOQUE JANCO, Rodolfo CHULVE CUELLAR, Emiliana CABA, Gumercinda CASTILLO MIRANDA, Maribel CATARI, Rosa AGUIRRE HURTADO, Richard OILO AGUILAR, Daniel BURGOS, Apolinario Lorenzo ROMANO GOMEZ, Julian GUTIERREZ CONDORI, Susana GUTIERREZ DE CONDORI, Lucia
INF. ART.
987
987
987
987
947
947
947
947
947
987
987
987
987
987
863
863
987

MULTA MINIMA
$ 608,64
$ 581,73
$ 581,73
$ 581,73
$ 1.604,40
$ 1.823,60
$ 1.980,00
$ 1.980,00
$ 1.980,00
$ 882,68
$ 1.200,00
$ 846,75
$ 846,75
$ 846,75
$ 464.400,00
$ 464.400,00
$ 464.400,00

TRIBUTOS
$ 226,14
$ 214,53
$ 214,53
$ 214,53
$ -.$
413,43
$ -.$
-.$
-.$
400,22
$ -.$
311,25
$ 311,25
$ 311,25
$ 36.857,00
$ 36.857,00
$ 36.857,00

Proc. HECTOR FCO. IBAÑEZ, Jefe Sección Sumarios I Aduana La Quiaca. BENITO TEJERINA, Administrador, Aduana de La Quiaca.
e. 18/3 N 378.554 v. 18/3/2002

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
EDICTO 153/01
Se notifica a CHUEN TSUNG HSIN, HEROLD S.R.L. y HUANG CHING MIAO lo dispuesto en la Res. 735/01, recaída en el sumario contencioso N 601.621/94, que en su parte pertinente dice: ART.
1: Respecto de Chuen Tsung Hsin, C.I. 11.923.348, archivar las presentes actuaciones en los términos de la Instrucción General D.G.A. N 0001/98. ART. 2: Respecto de Herold S.R.L. y Huang Ching Miao, correr vista por la presunta comisión de las infracciones previstas en los arts. 986 y 987 del C.A. para que en el plazo de diez días comparezcan a efectos de: a constituir domicilio en el radio de esta oficina aduanera bajo apercibimiento de tenérselo por constituido en los estrados de esta dependencia en donde quedarán notificadas de pleno derecho todas las providencias y resoluciones que se dictaren y b evacuar defensas y ofrecer toda la prueba de que intente valerse, bajo apercibimiento de rebeldía;
asimismo corresponde hacerles saber que: a en caso de concurrir un tercero en su representación deberá acreditar personería en su primera presentación, b si se plantean cuestiones jurídicas deberán hacerse con patrocinio letrado, c en el caso de efectuarse el pago voluntario de la multa mínima cuyo importe asciende a Pesos tres mil ciento setenta y dos con 26/100 en el caso de Herold S.R.L. y a Pesos un mil cuarenta y ocho con 87/100 en el caso de Huang Ching Miao dentro del plazo para contestar la vista y el abandono a favor del fisco de la mercadería involucrada, se declarará extinguida la acción y no se registrará el antecedente, no siendo necesaria la intervención de patrocinio letrado a tales fines. Fdo.: Dr Alberto Juan Fernandez, 2 Jefe Dto. Procedimientos Legales Aduaneros e. 18/3 N 378.552 v. 18/3/2002

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL
El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, sito en Avda. Belgrano N 1656, Capital Federal, hace saber a las siguientes entidades: ASOCIACION MUTUAL LISTA BLANCA
DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR POR PASAJEROS Y SUBTERRANEOS DE LA REPUBLICA
ARGENTINA, matrícula ex INAM 779 C.F. con domicilio legal en Capital Federal y MUTUAL VARELENSE
7 DE MAYO matrícula Ex Inam N 1476 B.A., con domicilio legal en la Prov. de Bs. As., que se ha ordenado, respecto de cada una de las nombradas, la instrucción de sumario administrativo en los términos del Art. 101 de la Ley 20.337, mediante las Resoluciones INAES recaídas en los expedientes que, por su orden y respectivamente, se enuncian: Resolución INAES N 944/01 Exptes. N 2736M/
00 y Resol. N 026/02 Expte. N 13.762/01. En sendos expedientes ha sido designada la suscripta en calidad de instructora sumariante y en tal carácter acuerda, a las sumariadas, el plazo de diez 10
días para presentar el descargo y ofrecer la prueba de que intenten valerse Art. 1 inc. f ap. 1 y 2 de la Ley 19.549. Intímaselas, asimismo, para que dentro de igual plazo procedan, a denunciar su respectivo domicilio real y, en su caso a constituir el especial, conforme lo estatuido por los Arts. 19 a 22 del Decreto N 1759/72 Reglamentario de la Ley 19.549 T.O. 1991 bajo apercibimiento de Ley. Fdo. Dra.
ELENA DOMINGUEZ, Instructora Sumariante.
e. 18/3 N 378.574 v. 20/3/2002

MINISTERIO DE ECONOMIA
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

SUBDIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

Código Aduanero Ley 22.415 Arts. 1013 inc. H y 1101

Disposición Nº 87/2002

Por ignorarse domicilio se cita a las personas que más abajo se mencionan, para que dentro de los 10 diez días hábiles comparezcan a presentar su defensa y ofrecer pruebas por las infracciones que se indican, bajo apercibimiento de rebeldía. Deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de la Oficina art. 1001 C.A. bajo apercibimiento de ley Art. 1004. FDO. RODOLFO O. PAITA Jefe Secretaría de Actuación N 5 Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.

Cont. Púb. Marcela Beatríz BANCHIO legajo Nº 32.992/72 - S/finalización de funciones y designación de Jefa Interina del Distrito La Carlota de la Región de Río Cuarto.
Bs. As., 12/3/2002
VISTO las presentes actuaciones, y

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Boletín Oficial de la República Argentina del 18/03/2002 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date18/03/2002

Page count8

Edition count9417

First edition02/01/1989

Last issue04/08/2024

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