Boletín Oficial de la República Argentina del 29/11/2001 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 29.785 1 Sección aceptación del cargo por parte del mismo, concurrirán al TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACION
a fin de formalizar dicha aceptación. Esta presentación deberá realizarse dentro de los cinco 5 días hábiles administrativos de recibida la notificación; este plazo no rige para los que hayan fijado su domicilio a más de 60 km. de la Capital Federal, los que podrán aceptar el cargo simultáneamente con la presentación de la tasación. Si la aceptación del cargo se realiza por vía postal, la firma debe estar certificada por el letrado patrocinante.

Jueves 29 de noviembre de 2001

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REMATES OFICIALES
ANTERIORES

c Todo pedido de ampliación de plazo, debidamente conformado por el letrado patrocinante, será resuelto por la Sala quien dejará constancia en el acta correspondiente, con la firma de su Presidente, la determinación adoptada.

BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES
d Luego de realizado el avalúo a que se refiere el inciso b, los Miembros podrán aportar nuevos elementos de juicio debidamente documentados, hasta el envío de la citación a Sesión Plenaria Ordinaria se considera como fecha limite veinticuatro 24 horas después de la de despacho de la citación para la Capital Federal y cuarenta y ocho 48 horas para el resto del país. No se incorporarán aquéllos que a juicio del Tribunal, no estén debidamente fundados. A los miembros accidentales que no hubieran realizado la tasación a que se refiere el inciso b, no les será aceptado ningún escrito relativo a la determinación del valor, en las instancias posteriores.
e La remisión de antecedentes, informes y contestaciones de vista, deberán ser dirigidas al Presidente del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACION, en papel simple y con tres 3 copias.
Estas últimas deberán contener la totalidad de anexos y agregados que posea el original.
f Recibidas las tasaciones fundadas de las partes, en la Sala se realizará el estudio y el dictamen, se dará vista a los miembros accidentales y simultáneamente la Dirección Técnico Legal, los citará para su tratamiento en Sesión Plenaria Ordinaria.
g Las citaciones a las sesiones del Tribunal, se harán por carta certificada con aviso de retorno u otro medio idóneo con antelación no menor a diez 10 días en Capital Federal y Gran Buenos Aires y quince 15 días en el resto del país, en ambos casos hábiles administrativos, a la fecha de la reunión.
Además se podrá comunicar por medio de correo electrónico. En caso de imposibilidad de concurrir, los miembros accidentales, con la conformidad del letrado patrocinante, podrán requerir de la Presidencia la postergación y una nueva fecha de sesión plenaria, por única vez. En la citación se hará saber que las actuaciones producidas, juntamente con el dictamen de Sala, han quedado a su disposición para ser consultados. Los miembros accidentales podrán retirar copia del dictamen de Sala y de la tasación producida por la otra parte. A los miembros accidentales que expresamente hubiesen solicitado la remisión de los mismos les serán enviados por correo, agregados a la citación a Sesión Plenaria Ordinaria.
h Los miembros accidentales podrán, hasta cinco 5 días hábiles administrativos, antes de la fecha de la reunión plenaria, presentar escritos en los que solamente señalarán errores numéricos u omisiones materiales que, a su criterio, tenga el dictamen de la Sala, sin poder aportar nuevos elementos de juicio. Vencido dicho plazo no se aceptarán más escritos.
i La Sala podrá efectuar un dictamen complementario u otro sustituto del anterior, cuando juzgue que los nuevos aportes de las partes sean dignos de tener en consideración, para lo cual, si lo estima necesario, podrá solicitar la postergación de la reunión plenaria De ese nuevo dictamen se dará vista a los miembros accidentales con un plazo no menor de cuarenta y ocho 48 horas de la reunión, pero no se autorizará la presentación de escritos.
j Si un miembro accidental no concurre a la citación para la reunión plenaria, ni ha expresado imposibilidad de concurrir, y existen constancias en las actuaciones de que recibió oportunamente la citación, se postergará quince 15 minutos el comienzo del tratamiento de ese asunto; transcurrido ese lapso, la reunión se llevará a cabo sin su presencia.
k No se aceptará, en las reuniones plenarias ordinarias, la lectura de escritos, ni aportes de nuevos elementos de juicio, ni su incorporación al expediente. Los representantes podrán valerse de notas ayuda memoria. El debate en la Sesión Plenaria Ordinaria deberá atenerse exclusivamente a las actuaciones obrantes en el dictamen de Sala.
Artículo 20: Tasaciones Especiales.
a Las solicitudes de tasaciones especiales recibidas en la mesa de entradas, serán giradas, previo conocimiento de la Presidencia, a la Presidencia de la Sala respectiva.
b El dictamen será comunicado a la entidad solicitante con el valor aprobado por la Sala, por nota firmada conjuntamente por el Presidente del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACION y un Miembro de la Sala. Los estudios previos que fundamenten el valor, se archivarán y se adjuntarán para el caso que así lo determine la Sala.
c Las informaciones Judiciales tendrán el mismo tratamiento que los expedientes judiciales, en lo pertinente.

EL HOGAR OBRERO
COOPERATIVA DE CONSUMO, EDIFICACION Y
CREDITO LIMITADA
www.eho.org.ar/BancoCiu.htm EN CUMPLIMIENTO DEL ACUERDO CONCURSAL DE PAGO HOMOLOGADO JUDICIALMENTE EN EL HOGAR OBRERO COOPERATIVA DE CONSUMO, EDIFICACION Y CREDITO LIMITADA
S/CONCURSO PREVENTIVO QUE TRAMITAN POR ANTE EL JUZGADO NACIONAL DE PRIMERA
INSTANCIA EN LO COMERCIAL N 17, SECRETARIA N 34, DE CAPITAL FEDERAL, EL BANCO DE
LA CIUDAD DE BUENOS AIRES EN SU CARACTER DE BANCO ADMINISTRADOR FIDUCIARIO
DESIGNADO EN EL REFERIDO CONCURSO PREVENTIVO, VENDE LOS SIGUIENTES BIENES
AFECTADOS EN:
LICITACION PUBLICA
N 43/1: Teodoro García 2409/19 - Ciudad de Buenos Aires. / Supermercado autoservicio, depósitos y playas de estacionamiento. BASE: $ 1.520.527.
N 64/2: Calle 24 de Septiembre 939/41/45 - Ciudad de San Miguel de Tucumán Provincia de Tucumán. / Supermercado autoservicio, depósitos y estacionamiento de vehículos y playa de maniobras. BASE: $ 250.000.
N 81/2: 50% indiviso - Molino Harinero - San Nicolás de Los Arroyos - Prov. de Buenos Aires. BASE: $ 260.996,39.
N 122/2: 17,99% de la participación accionaria en la Procesadora Río Negro. BASE: $ 2.833
EL l.V.A. SE APLICARA SEGUN LAS CONDICIONES PARTICULARES DE CADA BIEN.
ACTO DE APERTURA, MEJORAMIENTO Y ADJUDICACION DE OFERTAS EL 27 DE DICIEMBRE DE 2001, A LAS 12:00 HORAS, EN ESMERALDA 660, 3 PISO, CIUDAD DE BUENOS AIRES, CIERRE DE RECEPCION DE OFERTAS EL 27/12/2001, A LAS 11:30 HORAS, EN ESMERALDA
660, 6 PISO, CIUDAD DE BUENOS AIRES.
GARANTIA DE OFERTA: 5% de la base asignada a los bienes, en efectivo o cheque certificado vigente a la orden del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, compensable antes del acto de apertura de los sobres con las ofertas. FORMA DE PAGO: Reserva de compra 20%, Comisión 1,5% más l.V.A., todo en dinero efectivo, dentro de las 48 horas subsiguientes al acto de apertura. SALDO DE PRECIO:
1 20% del precio de venta a los veinte 20 días hábiles bancarios a partir de la fecha de adjudicación;
2 30% del precio de venta a los veinte 20 días hábiles bancarios contados a partir del plazo establecido en el punto anterior; 3 saldo restante 30% a los veinte 20 días hábiles bancarios contados a partir del plazo establecido en el punto anterior, con lo que a los sesenta 60 días hábiles bancarios posteriores a la adjudicación quedará integrado el precio final de venta, otorgándose en ese momento el boleto de compraventa y la posesión. VENTA DE PLIEGOS, INFORMES Y UNICO LUGAR DE
PAGO: Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Esmeralda 660, 6 piso, Ciudad de Buenos Aires, de lunes a viernes de 10:00 a 16:00 horas, T.E.: 4322-7673/9267, FAX: 4322-1694.
Si no hubiere oferente de un bien en el acto licitatorio y el mismo no fuese adjudicado, el bien continuará bajo el régimen de oferta permanente con la misma base y condiciones, pudiendo cualquier interesado concretar directamente la operación con el BAF como si hubiere ofertado en la licitación.
A LOS POSEEDORES DE TIPHOGAR
El Banco de la Ciudad de Buenos Aires y El Hogar Obrero Cooperativa de Consumo, Edificación y Crédito Limitada reiteran el punto 1 de la solicitada conjunta publicada el 10 de mayo de 1995: Los poseedores de TIPHOGAR deberán aguardar a que el Banco, en su carácter de Banco Administrador Fiduciario BAF, efectúe la convocatoria pública para presentarle dichos títulos y para cobrar en efectivo el dividendo Concursal resultante de la venta de los bienes afectados en el Acuerdo Concursal de Pagos homologado judicialmente.
e. 28/11 N 370.879 v. 29/11/2001

VIII.- De las Direcciones Técnico Legal, Administración e Informática Artículo 21: Los titulares de las Direcciones son quienes imparten las órdenes para el cumplimiento de las disposiciones que el Cuerpo le transmite a través de la Presidencia y de las que hacen al normal desenvolvimiento administrativo.
Artículo 22: Los proyectos de actos administrativos deberán elevarse a la Presidencia del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACION munidos de un informe que contenga los antecedentes de hecho y de derecho que fundan la medida a adoptar, suscripto por el titular de la Dirección propiciante.
Artículo 23: En caso de ausencia o impedimento de un Director, el Presidente designará qué Director lo reemplazará transitoriamente.

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IX.- De las Direcciones de Salas Artículo 24: Los Directores de Sala responden a las directivas que determinen los Miembros de las Salas para la ejecución de las tareas técnicas.
Artículo 25: En caso de ausencia o impedimento de un Director de Sala, será reemplazado por el Director de la otra Sala.

COLEGIO PÚBLICO

DE

ABOGADOS

X.- Disposiciones complementarias y aclaratorias Artículo 26: Si resultara necesario una modificación futura de este Reglamento Interno, solamente será publicado en el Boletín Oficial la parte pertinente, sin perjuicio de que su redacción íntegra sea difundida por medio del sitio Web del Organismo, www.ttn.gov.ar.

Avda. Corrientes 1441 - Tel.: 4379-8700

Artículo 27: Este Reglamento Interno comenzará a regir a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
e. 29/11 - v. 29/11/2001

Hor ar io de 10 a 15.45 hs orar ario hs..

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Boletín Oficial de la República Argentina del 29/11/2001 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date29/11/2001

Page count64

Edition count9415

First edition02/01/1989

Last issue02/08/2024

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