Boletín Oficial de la República Argentina del 04/09/2001 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 29.724 1 Sección 3.3 Estos controles se establecen para asegurar que los métodos de procesamiento y almacenamiento se ajustan a lo dispuesto por las autoridades sanitarias y los estándares internacionales reconocidos.

Martes 4 de setiembre de 2001

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REMATES OFICIALES
ANTERIORES

3.4 El banco de Tejidos deberá llevar registro y antecedentes de todos los tejidos procurados.
3.5. Los datos relevantes de donante y receptor deberán ser accesibles y registrados por escrito para reconocer el intercambio de tejidos y la organización de los bancos. La identidad de donantes y receptores deberá ser confidencial en todos los casos.

BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES
www.bancociudad.com.ar Miembro de la Asociación Internacional de Entidades de Crédito Prendario
3.6 Los intereses del receptor de tejidos humanos deberán ser resguardados en toda oportunidad.
REMATE

POR CUENTA, ORDEN Y EN NOMBRE DE:

3.7 La pérdida o el mal uso de los tejidos será prohibido debido a su limitada existencia.

CON BASE

ARMADA ARGENTINA
UN BUQUE MOTOR, CARGUERO 4.341,44 TN.

3.8 Deberá existir una estrecha relación entre los profesionales que implantan tejidos y los responsables de los bancos con el objeto de asegurar el uso óptimo de los tejidos. El director del banco deberá ser informado de los resultados y cualquier complicación de todos los tratamientos instituidos.

AUTOMOVILES Ford Falcon, Peugeot, Renault - 1979, 1980, 1983

VII REGLAS ETICAS DEL BANCO DE TEJIDOS

CAMIONETAS Ford F 100 - Ranchera-Tipo Pick Up - VolkswagenTipo Furgón Vidriado - Chevrolet C/10 ex Ambulancia Tipo Furgón años 1977, 1980, 1981, 1985, 1986
TRACTOR EMPIRE MOD.1985

- 4-

CAMIONES Ford 6000, Chevrolet 714, Cisterna 1979, uno para transporte de personal Mercedes Benz 608 MOD. 1980

4. DISTRIBUCION Y RECEPTORES

MOTONIVELADORA ASTARSA 120, MOD.1978

4.1 Cada trasplante de tejidos responderá a una verdadera necesidad terapéutica.

OMNIBUS - MlCROOMNIBUS MOD. 1973-1981

4.2. Cada paciente tendrá los mismos derechos para el uso de tejidos humanos en la medida que éstos estén disponibles.
4.3 El propósito de un implante de tejido es asegurar un tratamiento efectivo con máxima seguridad para el receptor.

AUTOELEVADOR
ACOPLADOS playo y tanque - TRAILER para embarcación.
CASCOS DE ESTRUCTURA METALICA Y RECUB. INT. DE MADERA
MAQUINAS ZANJADORAS - 3.500 Kg. DE MATERIAL FERROSO

4.4 Los tejidos humanos serán implantados únicamente por médicos autorizados al efecto por la autoridad sanitaria nacional o jurisdiccional correspondiente y en un establecimiento habilitado.

ELEMENTOS VARIOS DE: COCINA - MATERIALES ELECTRICOS - COMPUTADORAS Y MAQUINAS DE ESCRIBIR, SUMAR Y COSER - EQUIPOS DE AUDIO, NAVEGACION Y DE AIRE ACONDICIONADO - MOTORES ELECTRICOS - RADIADORES DE AGUA PARA CALEFACCION - HERRAMIENTAS VARIAS - CAJONES PLASTICOS CON TAPA - 250 COLCHONES DE GOMA ESPUMA.

4.5. Los procedimientos seleccionados para la distribución de los tejidos estarán basados en criterios médicos objetivos que podrán incluir compatibilidad por HLA, grado de urgencia clínica, tamaño y factores geográficos. Tendrán también prioridad los pacientes más antiguos en lista de espera. La antigedad en Lista de Espera será el criterio de desempate.

SUBASTA: el 11 de septiembre de 2001, a las 10:30 horas, en Esmeralda 660, 3º piso, Sala Santa María de los Buenos Ayres, Capital Federal.

Los casos no contemplados en la presente resolución deberán ser puestos a consideración de la Comisión Asesora Honoraria Permanente para su estudio y ulterior elevación de su sugerencia al Directorio del INCUCAI. Las mismas tendrán un carácter no vinculante.

VII REGLAS ETICAS DEL BANCO DE TEJIDOS

Martillero: Decreto Ley 9372/63 art. 8 inc. m, Ley 19.642 y Ley 20.225
EXHIBICION: hasta el 10 de septiembre de 2001, de lunes a viernes en: CAPITAL FEDERAL: Benito Correa 1195 8 a 12 hs.; Ing. Quartino 1409 8 a 12 hs.; PCIA. DE BUENOS AIRES: Base Naval Puerto Belgrano, Punta Alta 8 a 12 hs. Estrada 350, Zárate 8 a 12 hs.. Base Naval Mar del Plata Sector Automotores, Mar del Plata 8 a 12 hs.. Escuela Naval de Río Santiago, Río Santiago, Rio Santiago Tel.: 0221 468-0330/32 en el horario de 8:30 a 13 hs.; PCIA. DE CHUBUT: Base de la Armada Aeronaval Almirante Zar. Ciudad de Trelew 8 a 12 hs.; PCIA. DE CORDOBA: DIBA, Villa del Dique, Embalse Río Tercero, Ruta 5 Cap. Gutiérrez, 9 a 12 hs.. INFORMES: Esmeralda 660, 6º piso, Capital Federal, T.E. 4322-7673/9267, de Lunes a Viernes de 10:00 a 16:00 hs. CATALOGOS: en Esmeralda 660, 6º piso, Capital Federal, Caja Nº 2, de Lunes a Viernes de 10:00 a 16:00 hs.

-5VENTA SUJETA A LA APROBACION DE LA ARMADA ARGENTINA.
LA SUBASTA COMENZARA A LA HORA INDICADA.
5. ALCANCES DE LAS PRESENTES REGLAS ETICAS
e. 3/9 Nº 361.001 v. 4/9/2001
Todo aquello explicitado dentro de los aspectos éticos que no conste en el cuerpo total de la presente resolución, será también aceptado como obligatorio.
VIII NORMAS DE LA ANMAT Y M.S. y A.S.

AVISOS OFICIALES
-ANMAT ADMINISTRACION NACIONAL DE ALIMENTOS MEDICAMENTOS Y TECNOLOGIA
MEDICA

ANTERIORES

-Normas de las Buenas Prácticas de Fabricación de Productos MédicosDisposición Nº 0191del 12/01/99, sus modificatorias y aclaratorias.

MINISTERIO DE ECONOMIA
-MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL
A.F.l.P - ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
-Normas de Residuos BiopatogénicosRes. Nº 349/94 del Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación
DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
AGENCIA N 49
Bs. As., 31/7/2001

VI BIBLIOGRAFIA
-Ley de Bioética sobre Trasplantes y Creación del Establecimiento Francés de Trasplante EFG1994
-Reinventing The Regulation of Human TissueNational Performance ReviewFebruary,1997. USA.
-Code of Federal Regulations-Part 1270, Human Tissue Intended for Transplantation-Title 21, Vol.
8, Parts 800 to 1299- April, 1997-FDAUSA.
-American Association of Tissue BanksStandars For Tissue BankingCopyright 2000.
-Reglas técnicas relacionadas a la conservación, la transformación y el transporte C.N.E.A..

Se hace saber a la firma GASTRONOMIA MORON S.R.L., C.U.l.T N 30-64543385-4, con domicilio constituido en la calle Av. Corrientes 1560 de esta Capital Federal , y con referencia a su presentación de fecha 16/07/93 mediante la cual solicita acogerse al Plan de Facilidades de Pago establecido por el Dto.
933/93 reglamentado por la Resolución General N 3687, por el ingreso de los siguientes conceptos: Régimen Nacional de la Seguridad Social por la suma total de PESOS SEIS MIL CUATROCIENTOS DIECIOCHO CON VEINTIOCHO CENTAVOS $ 6.418,28, que la Agencia N 49, en razón de haberse dado incumplimiento a las normas establecidas en la Resolución General N 3687 Art. 6, ha decidido la caducidad del plan. En razón de lo expuesto, se emplaza para que proceda a ingresar la suma de PESOS
SEISCIENTOS VEINTIUNO CON DIECISEIS CENTAVOS $ 621,16 en concepto de capital, y PESOS
MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS CON TREINTA Y SIETE CENTAVOS $ 1.752,37 en concepto de intereses resarcitorios, calculados al 21-08-01. Por último, hacémosle saber que la falta de cumplimiento a lo dispuesto, dará lugar a la iniciación o prosecución según corresponda, de las acciones judiciales tendientes al cobro del total adeudado sin perjuicio de los accesorios que pudieran corresponder.

-Rev. Argentina de QuemadurasTabla de Benaim, Indices de Garcés y Artigas, 1993. Vol. 8 Nº 3
y 4.

AGENCIA N 49. DEL GIUDICE, ELENA, Jefe Agencia N 49.
e. 4/9 Nº 360.524 v. 6/9/2001

e. 30/8 N 361.173 v. 5/9/2001

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Boletín Oficial de la República Argentina del 04/09/2001 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date04/09/2001

Page count36

Edition count9386

First edition02/01/1989

Last issue04/07/2024

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