Boletín Oficial de la República Argentina del 06/12/2000 - Primera Sección

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BOLETIN OFICIAL Nº 29.541 1 Sección
Miércoles 6 de diciembre de 2000

22

CONSIDERANDO:

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Que por Reunión Plenaria del CONSEJO FEDERAL DE LA ENERGIA ELECTRICA CFEE del 3
de agosto de 2000 se resolvió por unanimidad una serie de pautas relativas a la organización del Comité de Administración del FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELECTRICO FEDERAL
así como al sistema de contralor interno que resultan ser adecuadas para su funcionamiento.

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
ADUANA DE BARRANQUERAS - CHACO
Código Aduanero - Ley 22.415 - Artículo 1112 inc. A
Por ignorarse el domicilio se notifican a las personas que más abajo se mencionan, que en las actuaciones tramitadas por ante esta dependencia, en la que se encuentran involucrados como imputados, ha recaído fallo donde se condena a la multa referida y al comiso de las mercaderías oportunamente secuestradas. Intímese al pago de la multa impuesta dentro del plazo de quince 15 días de ejecutoriada en sede administrativa; bajo apercibimiento del procedimiento de ejecución establecido por el Art. 1122 y sgtes. del citado texto legal. Fdo. LUIS ALBERTO TENREYRO, Administrador de la Aduana de Barranqueras.

Que siendo ello así corresponde el dictado del acto respectivo que modifique los criterios que sobre el particular estableciera la Resolución ex SECRETARIA DE ENERGIA N 174 del 30 de junio de 2000.
Que la SECRETARIA DE ENERGIA Y MINERIA se encuentra facultada para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto en los Artículos 24, 30 y 37 de la Ley N 15.336 y en el Artículo 70
de la Ley N 24.065.
Por ello,
SUMARIO N
SA10-N 011/00
SA10-N 045/00
SA10-N 048/00
SA10-N 048/00
SA10-N 054/00
SA10-N 055/00
SA10-N 056/00

CAUSANTE
CLAUDIO DANIEL ZALAZAR
PABLO ALEJANDRO ABLANEDO
HUGO ISABELINO OBREGON
OSMAR RAMIREZ
GRACIELA VALLEJOS
ARTURO FABIAN LARRACET MIRTA CABRAL

INFRAC. ART.
986-987
986-987
947
947
986-987
986-987
986-987

MULTA
$ $
$ $
$ $
$

6.997,26.837,23.4.120,34.4.120,34.201,41.209,12.521,86.-

e. 6/12 N 337.313 v. 6/12/2000

MINISTERIO DE ECONOMIA
SECRETARIA DE ENERGIA Y MINERIA
Resolución N 226/2000
Bs. As., 30/11/2000
VISTO el Expediente N 750-003280/2000 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, y CONSIDERANDO:
Que corresponde al Comité de Administración del FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE
ELECTRICO FEDERAL CAF ejercer la función de Comisión de Admisión en la Convocatoria Abierta que fuera llamada por Resolución ex - SECRETARIA DE ENERGIA N 182 del 7 de julio de 2000, modificada por Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Y MINERIA N 179 del 8 de noviembre de 2000.

LA SECRETARIA DE
ENERGIA Y MINERIA
RESUELVE:
ARTICULO 1 Sustitúyese el inciso a del Artículo 4 de la Resolución ex -SECRETARIA DE
ENERGIA N 657 del 3 de diciembre de 1999 por el texto que a continuación se establece:
a La administración del FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELECTRICO FEDERAL
será efectuada por un Comité de Administración de CUATRO 4 miembros, que sesionará bajo la presidencia de la Señora SECRETARIA DE ENERGIA Y MINERIA o de quien ésta designe. Dicho Comité estará integrado, a su vez, por UN 1 Vocal en representación de la citada Secretaría y DOS
2 Vocales que actuarán en nombre del CONSEJO FEDERAL DE LA ENERGIA ELECTRICA CFEE.
Transitoriamente y hasta que el CONSEJO FEDERAL DE LA ENERGIA ELECTRICA CFEE
designe los Vocales que en su representación integrarán el Comité de Administración a que hace referencia el párrafo precedente, la Señora SECRETARIA DE ENERGIA Y MINERIA o quien ésta designe, ejercerá las funciones de COMISION DE ADMISION inherentes a dicho Comité, en la Convocatoria Abierta que fuera llamada por Resolución ex SECRETARIA DE ENERGIA N 182 del 7 de julio de 2000, modificada por Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Y MINERIA N 179 del 8 de noviembre de 2000.
ARTICULO 2 Sustitúyense los Artículos 4, 5, los incisos i, l y n del Artículo 6 y el Artículo 8 del ESTATUTO DEL FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELECTRICO FEDERAL que fuera aprobado por la Resolución ex - SECRETARIA DE ENERGIA N 174 del 30 de junio de 2000, por los textos de idéntica numeración que como Anexo I forman parte integrante del presente acto.
ARTICULO 3 Notifíquese al CONSEJO FEDERAL DE LA ENERGIA ELECTRICA CFEE.
ARTICULO 4 El presente acto comenzará a regir a partir de la notificación dispuesta en el artículo precedente.

Que dicho Comité de Administración está integrado por representantes del CONSEJO FEDERAL
DE LA ENERGIA ELECTRICA CFEE, órgano que a efectos de proceder a su designación, citó a Reunión Plenaria para el próximo 5 de diciembre de 2000.

ARTICULO 5 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Lic. DEBORA GIORGI, Secretaria de Energía y Minería.

Que siendo ello así, resulta en esta instancia procedente modificar las fechas establecidas en los Numerales 1.5.3.6. y 1.5.3.7. del Pliego de Bases y Condiciones que fuera aprobado por las Resoluciones antes mencionadas.

ANEXO I
ARTICULO 4 ADMINISTRACION DEL FONDO.

Que la SECRETARIA DE ENERGIA Y MINERIA se encuentra facultada para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto en el denominado Marco Regulatorio Eléctrico integrado por la Ley N 15.336 y la Ley N 24.065 y en el Artículo 12 del Decreto N 2743 del 29 de diciembre de 1992.
Por ello, LA SECRETARIA DE
ENERGIA Y MINERIA
RESUELVE:
ARTICULO 1 Sustitúyense los Numerales 1.5.3.6 y 1.5.3.7 del Pliego de Bases y Condiciones que fuera aprobado por Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Y MINERIA N 179 del 8 de noviembre de 2000 por los textos de idéntica numeración que se establecen a continuación:
1.5.3.6, Fecha de precalificación de los POSTULANTES: 11 de diciembre de 2000, a las 15 horas.
La COMISION DE ADMISION procederá a notificar a todos los POSTULANTES la nómina de los que han sido PRECALIFICADOS. A dicho acto deberán obligatoriamente comparecer los representantes legales de los POSTULANTES o, en su reemplazo, sus apoderados, con poder especial otorgado a estos efectos, donde se darán por fehacientemente notificadas las Resoluciones de la COMISION DE
ADMISION. Aquellos POSTULANTES cuya precalificación haya sido denegada podrán solicitar su revisión dentro de las CUARENTA Y OCHO HORAS 48 hs siguientes ante la COMISION DE ADMISION y en idéntico plazo podrán formular Impugnaciones en los términos de los Numerales 7.3, 7.4 y 7.5.
1.5.3.7. Fecha apertura de Ofertas Económicas: 14 de diciembre de 2000, a las 12 horas en Acto público y ante Escribano Público, se notificará a todos los POSTULANTES las decisiones de la COMISION DE ADMISION relativas a las impugnaciones presentadas. En este Acto se abrirán las Ofertas Económicas Sobre B de aquellos POSTULANTES que hayan resultado PRECALIFICADOS y se designará PREADMITIDOS a todos los titulares de las Ofertas Económicas.
ARTICULO 2 Notifíquese a los adquirentes del Pliego de Bases y Condiciones que fuera aprobado por Resolución ex - SECRETARIA DE ENERGIA N 182 del 7 de julio de 2000, modificado por Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Y MINERIA N 179 del 8 de noviembre de 2000.
ARTICULO 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Lic. DEBORA GIORGI, Secretaría de Energía y Minería.
e. 6/12 N 337.361 v. 6/12/2000

MINISTERIO DE ECONOMIA
SECRETARIA DE ENERGIA Y MINERIA
Resolución N 228/2000

La administración del FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELECTRICO FEDERAL
será efectuada por un Comité de Administración de CUATRO 4 miembros, que sesionará bajo la presidencia de la Señora SECRETARIA DE ENERGIA Y MINERIA o de quien ésta designe. Dicho Comité estará integrado, a su vez, por UN 1 Vocal en representación de la citada Secretaría y DOS
2 Vocales que actuarán en nombre del CONSEJO FEDERAL DE LA ENERGIA ELECTRICA CFEE.
Transitoriamente y hasta que el CONSEJO FEDERAL DE LA ENERGIA ELECTRICA CFEE
designe los Vocales que en su representación integrarán el Comité de Administración a que hace referencia el párrafo precedente, la Señora SECRETARIA DE ENERGIA Y MINERIA o quien ésta designe, ejercerá las funciones de COMISION DE ADMISION inherentes a dicho Comité, en la Convocatoria Abierta que fuera llamada por Resolución ex - SECRETARIA DE ENERGIA N 182 del 7 de julio de 2000, modificada por Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Y MINERIA N 179 del 8 de noviembre de 2000.
ARTICULO 5 INTEGRACION DEL COMITE DE ADMINISTRACION DEL FONDO.
El Comité de Administración sesionará bajo la Presidencia de la Señora Secretaria de Energía y Minería, o quien ésta designe con el carácter de Presidente Ejecutivo, quien como tal ejercerá la representación legal del Comité, UN 1 Vocal designado por la SECRETARIA DE ENERGIA Y MINERIA, y DOS 2 Vocales designados por el CONSEJO FEDERAL DE LA ENERGIA ELECTRICA CFEE.
Los Vocales que se integran por el CFEE, serán designados por el CONSEJO FEDERAL DE LA
ENERGIA ELECTRICA CFEE, en reunión plenaria de sus miembros donde también se designarán DOS 2 Suplentes, quienes asumirán en caso de renuncia, enfermedad, ausencia o pérdida de la calidad de Consejero Representante de cualquiera de los Vocales titulares que representan al CFEE.
Los vocales del CFEE durarán DOS 2 años en su cargo, pudiendo ser reelegidos.
Las decisiones que adopte el CAF se realizarán por voto de sus vocales. El Presidente ejercerá su voto únicamente en caso de empate.
ARTICULO 6 FACULTADES DEL COMITE DE ADMINISTRACION.
i Reglamentar su funcionamiento interno, regulando el procedimiento para la toma de decisiones, quórum y mayorías. Elaborar un presupuesto incluyendo los gastos derivados de las contrataciones, de la fiscalización prevista en el Artículo 8 del presente, los costos bancarios derivados del fideicomiso, de la estructura funcional y organigrama, entre otros, el que se adecuará anualmente a las obligaciones y responsabilidades asumidas por el CAF en las diferentes Ampliaciones financiadas por el FFTEF y será aprobado por la SECRETARIA DE ENERGIA Y MINERIA. Durante la primera etapa de gestión de la Ampliación que abarca hasta la aprobación por el ENTE NACIONAL REGULADOR DE
LA ELECTRICIDAD ENRE de la documentación licitatoria para la selección del Contratista COM, el CAF podrá designar hasta CUATRO 4 gerentes que tengan a su cargo la evaluación financiera, técnica y legal de los proyectos de obra que requieran financiación; la administración ejecutiva de los Fondos y la auditoría de los proyectos financiados.

Bs. As., 30/11/2000
VISTO el Expediente N 750-005427/99 del Registro del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA Y
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y
l Destinar los recursos necesarios del FFTEF para solventar el funcionamiento de su estructura operativa, los costos bancarios derivados del fideicomiso y los de Auditoría Interna previstos en el Artículo 8 del presente.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 06/12/2000 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date06/12/2000

Page count24

Edition count9393

First edition02/01/1989

Last issue11/07/2024

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