Boletín Oficial de la República Argentina del 21/07/2000 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 29.445 1 Sección J Adquirir, arrendar, hipotecar, permutar o de cualquier forma disponer de muebles e inmuebles y semovientes para el mejor desarrollo de sus tareas culturales y sociales, como así también cualquier otro tipo de actividades, cuando así lo resuelvan en asamblea.

Viernes 21 de julio de 2000

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CONCURSOS OFICIALES
ANTERIORES

K Adherir a Federaciones y Confederaciones, cuando así lo resuelvan en asamblea.
L Fomentar la actividad gremial, creando seccionales, cuando el número de afiliados en una zona así lo aconseje.
LL Promover la armonía, comprensión y consideración entre los patrones o sus representantes y los trabajadores.
M Estudiar y plantear ante el secretariado de la Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal de la República Argentina, la adopción de medidas que tienden a elevar las condiciones de vida y de trabajo de sus representados.
N Realizar en beneficio del gremio cualquier gestión que tienda a elevar su cultura, preservar la salud y su nivel material.
N Respetar, acatar y cumplir con la letra y el espíritu de la Constitución Nacional, de las leyes y decretos nacionales, provinciales y ordenanzas municipales, someter las desinteligencias y conflictos de carácter colectivos a la mediación del Ministerio de Trabajo, obligándose a acatar y hacer cumplir por sus asociados las designaciones de éste o del tribunal que constituyen.
O Propender la creación de organismos que tengan como finalidades llevar a la práctica el hábito de previsión mediante acumulación de reservas monetarias y prestar ayuda financiera a sus afiliados.

PRESIDENCIA DE LA NACION
INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS PAMI
CONCURSO PUBLICO: Nº 112/2000
OBJETO: Llamado a Concurso Público abierto para la Provincia de Salta - Para la contratación de prestaciones médico asistenciales del Nivel I, II y III - Sucursal XII - Ambito de Cobertura: Salta - Cantidad de Beneficiarios: 30.760.
Recepción de Ofertas: 11 de agosto de 12 a 14 hs.
Apertura de Ofertas: 11 de agosto a las 14 hs.
Valor del Pliego: $ 3.675
Lugar de Adquisición de Pliegos: Dto. de Tesorería General - Perú 169, Capital Federal - desde el 20/7 hasta el 07/8 inclusive de 10 a 17 hs.

La institución no podrá:
a Intervenir a admitir que en ella se planteen, consideren, comenten o discutan cuestiones de carácter racial, religioso o contrarias a la moral y las buenas costumbres.
b Recibir ayuda económica o de cualquier índole, de organizaciones patronales, políticas o religiosas, de entidades extranjeras o de simples particulares, cuando la razón de la misma resulta contraria al espíritu o a la letra de este Estatuto y/o de la ley.
Art. 9 La Asociación será dirigida y administrada por una Comisión Directiva compuesta por 9
miembros titulares a saber: Secretario General, Secretario Adjunto, Secretario Gremial, Tesorero, Secretario de Actas, cuatro Vocales titulares, un Protesorero, un Pro-Secretario de Actas y cuatro Vocales Suplentes que integrarán la C.D., en las causales de Renuncia, Fallecimiento o impedimentos de los Titulares solamente.

Lugar de presentación y Apertura de Ofertas: Sindicatura General de la Nación - Av. Corrientes 375 - Capital Federal.
Informes: www.pami.org.ar - Subgerencia de Compras y Contrataciones - Perú 169 - Capital Federal - Tel.: 4344-8511 - horario de 10 a 17.
JAVIER GARCIA, Gerencia de Comunicación Social.
e. 20/7 Nº 323.861 v. 24/07/2000

El mandato de los mismos durará cuatro 4 años.
Art. 5 El número de afiliados al tiempo de aprobación del estatuto es de trescientos ochenta y ocho 388.
Julia Rueda, Secretaria General S.U.T.E.R.Y.H. Bahía Blanca.
e. 21/7 Nº 324.108 v. 21/7/2000

TEXTO SINTETIZADO DEL ESTATUTO DE CENTRO DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE
PUERTO SANTA CRUZ APROBADO POR RES. MT. Y S.S. Nº 601/99.
DENOMINACION: DOMICILIO. OBJETO Y ZONA DE ACTUACION.
ARTICULO 1: Denomínase CENTRO DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE PUERTO SANTA
CRUZ a la organización sindical de trabajadores fundada el día trece de junio de mil novecientos noventa y siete. Está destinada a agrupar a los trabajadores que se desempeñen en relación de dependencia en las actividades que más adelante se enuncian, sin distinción de nacionalidad, sexo, raza, credo político o religioso, con prescindencia de la tarea o cargo que cumplan o desempeñen, como así también de que el empleador sea una persona física o haya adoptado la forma de un ente societario de cualquier naturaleza, incluidas expresamente las cooperativas y cualquiera sea el régimen jurídico aplicable a la actividad desarrollada. Por tanto están incluidos en dicho ámbito personal de representación:
1 Aquellos que presten servicios en relación de dependencia para empleadores cuya actividad consista en el intercambio de bienes, o en la intermediación para el intercambio de bienes, o en la prestación de servicios por cuenta propia o ajena.
2 El personal técnico, administrativo o de ventas que se desempeñe en actividades industriales.
3 A los trabajadores que presten servicios en el Centro, en O.S.E.C.A.C. Obra Social Empleados de Comercio y Actividades Civiles y los trabajadores afiliados que hayan pertenecido a la ex Casfec y que actualmente presten servicios en el Anses.
4 A los trabajadores que presten servicios en actividades civiles con o sin fines de lucro o cumplan tareas administrativas en empresas transportistas o que tengan bocas de expendio de los productos que elaboran, actividades agropecuarias empresas de provisión de personal y todo tipo de servicios cuyo personal esté comprendido en las Convenciones colectivas de trabajo suscriptas por la F.A.E.C. y S.

Colección en CD
de los ejemplares del Boletín Oficial - 1 Sección Legislación y Avisos Oficiales editados durante 1998

ARTICULO 2: El Centro de Empleados de Comercio de Puerto Santa Cruz ejercerá su actividad en un ámbito geográfico que comprende el territorio de la Ciudad de Puerto Santa Cruz. Tendrá domicilio legal en San Martín 222, Ciudad de Puerto Santa Cruz, Provincia de Santa Cruz.
CAPITULO II - COMISION DIRECTIVA
ARTICULO 31: El Centro será dirigido y administrado por una Comisión Directiva compuesta por cinco miembros titulares que desempeñarán los siguientes cargos: Secretario General, Secretario Adjunto, Secretario de Organización, Secretario de Finanzas, administración y actas, Secretario de Asuntos laborales, cultura y recreación.

Habrá además dos miembros suplentes, que solo integrarán la Comisión Directiva en caso de licencia, renuncia, fallecimiento o separación del cargo de los titulares. El mandato de la Comisión Directiva durará 4 años y sus integrantes podrán ser reelectos. La Secretaria Gral.
e. 21/7 Nº 324.109 v. 21/7/2000

$ 175.Usted podrá adquirirlo en:
Suipacha 767 - Capital Federal 1008 - Tel. 4322-4056 - de 11,30 a 16,00 horas.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 21/07/2000 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date21/07/2000

Page count20

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First edition02/01/1989

Last issue03/08/2024

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