Boletín Oficial de la República Argentina del 17/02/2000 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 29.339 1 Sección
DISPOSICIONES

Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios
REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE
CREDITOS PRENDARIOS
Disposición 136/2000
Introdúcense modificaciones en el Digesto de Normas Técnico-Registrales, en lo referente a la Solicitud Tipo 11 Denuncia de Venta.
Bs As., 15/2/2000
VISTO la Ley Nº 25.232, y CONSIDERANDO:
Que por la norma legal mencionada en el Visto se incorpora un último párrafo al artículo 27
del Régimen Jurídico del Automotor t.o. Decreto Nº 1114/97, según el cual Los Registros Seccionales del lugar de radicación del vehículo notificarán a las distintas reparticiones oficiales, provinciales y/o municipales la denuncia de tradición del automotor, a fin de que procedan a la sustitución del sujeto obligado al tributo patente, impuestos, multas, etcétera desde la fecha de la denuncia, desligando a partir de la misma al titular trasmitente.

Jueves 17 de febrero de 2000

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o por correo. Sin perjuicio de ello, el Registro Seccional pondrá a disposición del vendedor denunciante otro ejemplar de la notificación, a fin de que éste la presente en los organismos correspondientes.
De ser entregado dicho ejemplar, se hará constar tal circunstancia en la Hoja de Registro.
f Remitir el duplicado de la Solicitud Tipo a la Dirección Nacional, en la forma prevista en el Título I, Capítulo III, Sección 3.
Art. 2º Sustitúyese el modelo de la Solicitud Tipo 11 - Denuncia de Venta, contenido en el Digesto de Normas Técnico-Registrales del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, Título I, Capítulo I, Sección 3, Anexo XIII, por el que se agrega como Anexo de esta disposición.
Art. 3º Hasta tanto el sistema Infoauto permita emitir el listado previsto en el artículo 4, inciso e contenido en el artículo 1º, punto 2 de esta disposición, dicho listado será suplido por fotocopias certificadas por el Encargado de las Solicitudes Tipo 11 en las que se hubieren formulado las denuncias, constando en ellas sus registraciones, las que se remitirán en la forma establecida en esa norma, junto con una nota del siguiente tenor:
Notifico a Ud., a los fines previstos en el último párrafo del artículo 27 del Régimen Jurídico del Automotor t.o. por Decreto Nº 1114/97, incorporado por Ley Nº 25.232, que se han registrado las denuncias de venta que resultan de las fotocopias certificadas de las Solicitudes Tipo 11, correspondientes a los Dominios: indicar dominios que se adjuntan.
El texto de la norma legal precedentemente citada dice: Los Registros Seccionales del lugar de radicación del vehículo notificarán a las distintas reparticiones oficiales, provinciales y/o municipales la denuncia de tradición del automotor, a fin de que procedan a la sustitución del sujeto obligado al tributo patente, impuestos, multas, etcétera desde la fecha de la denuncia, desligando a partir de la misma al titular trasmitente.
Saludo a Ud. atentamente.
Lugar y fecha
Firma y Sello Del Encargado
Que a fin de dar cumplimiento al referido precepto legal resulta necesario imponer la obligatoriedad de denunciar en oportunidad de efectuarse la comunicación a la que se refiere el citado artículo 27 ante los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor el nombre y apellido del comprador o adquirente, así como reemplazar a esos mismos efectos el modelo de Solicitud Tipo 11 mediante la cual corresponde formular la denuncia de venta.

Art. 4º La presente disposición entrará en vigencia a los 20 días corridos contados desde la fecha del presente acto.
Art. 5º Comuníquese la presente disposición al Ente Cooperador Ley Nº 23.283 - 23.412
Cámara del Comercio Automotor, a fin de que disponga la inmediata impresión de Solicitudes Tipo 11 del modelo aprobado por la presente.
Art. 6º Regístrese, comuníquese, atento su carácter de interés general, dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Mariano A. Durand.

Que procede en consecuencia introducir las modificaciones pertinentes en el Digesto de Normas Técnico-Registrales.

ANEXO

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 2º, inciso c, del Decreto Nº 335/88.
Por ello, EL DIRECTOR NACIONAL
DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR
Y DE CREDITOS PRENDARIOS
DISPONE:
Artículo 1º Modifícase el Digesto de Normas Técnico-Registrales del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, Título II, Capítulo IV, Sección 1, en la forma que a continuación se indica:
1. Sustitúyese el texto del artículo 2º, inciso c, por el siguiente:
c Nombre y apellido del comprador. La omisión de este dato no impedirá la toma de razón del trámite ni obstará la notificación a la que se refiere el último párrafo del artículo 27 del Régimen Jurídico del Automotor t.o. por Decreto Nº 1114/97, incorporado por la Ley Nº 25.232.
2. Sustitúyese el artículo 4º, por el siguiente:
Artículo 4º. El Registro Seccional recibirá la documentación que se le presente, dando cumplimiento a lo dispuesto en el Título I, Capítulo II y, de no mediar observaciones, procederá a:
a Completar, firmar y sellar, en el espacio reservado al efecto, cada elemento de la Solicitud Tipo original, duplicado y triplicado.
b Anotar la comunicación en la Hoja de Registro.
c Entregar al peticionario el triplicado de la Solicitud Tipo, junto con el original de la constancia del acto de venta, si se hubiera exhibido.
d Archivar el original de la Solicitud Tipo en el Legajo B, junto con la fotocopia de la constancia del acto de venta que se hubiere presentado.
e Notificar la denuncia de venta a las reparticiones oficiales, provinciales o municipales que tuvieren a su cargo la recaudación del impuesto a la radicación, patente o tributo local de similar naturaleza; la de multas por infracciones a las normas de tránsito aplicables en la jurisdicción y la de todo otro impuesto que gravare al automotor.
La notificación aludida en el párrafo anterior se practicará antes del día CINCO 5 de cada mes y comprenderá la totalidad de las denuncias de venta anotadas en el Registro durante el mes inmediato anterior.
A ese efecto se confeccionará un listado que se emitirá a través del Sistema Infoauto que contendrá el número de dominio del automotor; el nombre y tipo de número de documento de identidad del titular registral; el nombre de la persona denunciada como adquirente y la fecha de toma de razón de la Denuncia de Venta. Dicho listado se remitirá a las reparticiones respectivas con una nota firmada y sellada por el Encargado de Registro, del siguiente tenor:
Notifico a Uds., a los fines previstos en el último párrafo del artículo 27 del Régimen Jurídico del Automotor t.o. por Decreto Nº 1114/97, incorporado por Ley Nº 25.232, que se han registrado las denuncias de venta que constan en el listado adjunto.
El texto de la norma legal precedentemente citada dice: Los Registros Seccionales del lugar de radicación del vehículo notificarán a las distintas reparticiones oficiales, provinciales y/o municipales la denuncia de tradición del automotor, a fin de que procedan a la sustitución del sujeto obligado al tributo patente, impuestos, multas, etcétera desde la fecha de la denuncia, desligando a partir de la misma al titular trasmitente.
Saluda a Ud. atentamente.
Lugar y fecha
Firma y Sello del Encargado
Cuando mediare un Convenio de Complementación de Servicios con la repartición de que se trate, en el que específicamente se acuerde la forma y modo de practicar la notificación contemplada en este inciso, el Registro se ajustará a lo dispuesto en el Convenio, no resultando en tal caso de aplicación lo establecido en los párrafos precedentes.
Si no mediare Convenio de Complementación de Servicios, la notificación se practicará en forma personal por el Encargado del Registro, por intermedio de un empleado suyo y bajo su responsabilidad

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Boletín Oficial de la República Argentina del 17/02/2000 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date17/02/2000

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First edition02/01/1989

Last issue31/07/2024

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