Boletín Oficial de la República Argentina del 01/12/1999 - Primera Sección

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BOLETIN OFICIAL Nº 29.284 1 Sección ARTICULO 3º El reembolso del anticipo que se otorga por el artículo 1º se efectuará en treinta y seis cuotas mensuales y consecutivas que se comenzarán a descontar a partir del mes siguiente a la efectivización total del mismo.
ARTICULO 4º Comuníquese al Poder Ejecutivo. ALBERTO R. PIERRI. ANTONIO
CAFIERO. Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo. Juan Oyarzún.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL
MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE.
REGISTRADO BAJO EL Nº 25.205
Decreto 1421/99
Bs. As., 29/11/99
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación Nº 25.205 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
MENEM. Jorge A. Rodríguez. Carlos V.
Corach.

DECRETOS

Artículo 1º Rectifícase la modificación del PRESUPUESTO PARA LA ADMINISTRACION
NACIONAL para el ejercicio 1999 efectuada por el artículo 1º del Decreto Nº 1356/99, incorporándose la JURISDICCION 80 - MINISTERIO DE
SALUD Y ACCION SOCIAL, según el detalle de planillas anexas al presente artículo.
Art. 2º Modifícanse las cuotas de compromiso para el cuarto trimestre de 1999 y de devengado presupuestario para el mes de diciembre, correspondiente a la JURISDICCION 80, de acuerdo con la planilla anexa al presente artículo.
Art. 3º Dése cuenta al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION en virtud de lo establecido en el artículo 99, inciso 3, de la Constitución Nacional.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
MENEM. Jorge A. Rodríguez. Manuel G.
García Solá. Raúl E. Granillo Ocampo. Guido Di Tella. Jorge M. R. Domínguez. Carlos V.
Corach. Alberto J. Mazza. Roque B.
Fernández. José A. Uriburiu.
NOTA: Este Decreto se publica sin planillas anexas. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Capital Federal.

PERSONAL MILITAR
Decreto 1389/99

ADMINISTRACION PUBLICA
NACIONAL

Convalídase la ampliación de una comisión permanente de un Oficial Superior como Agregado Militar a la Embajada Argentina en los Estados Unidos de América.

Decreto 1413/99

Bs. As., 25/11/99

Rectifícase la modificación del Presupuesto para la Administración Nacional correspondiente al ejercicio 1999 efectuada mediante el Decreto Nº 1356/99, incorporándose la Jurisdicción 80- Ministerio de Salud y Acción Social, Programa 16 - Apoyo al Desarrollo de la Atención Médica.

VISTO lo informado por el señor Jefe del Estado Mayor General del Ejército, lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y
Bs. As., 26/11/99
VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el corriente ejercicio, aprobado por la Ley Nº 25.064, distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1/99 y el Decreto Nº 1356/99 de Necesidad y Urgencia, y CONSIDERANDO:
Que a través del Decreto Nº 1356/99 se realizaron reajustes presupuestarios con el objeto de garantizar una correcta ejecución de los presupuestos, compatible con la programación financiera.
Que se ha advertido una omisión en la parte correspondiente a la JURISDICCION 80 - MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL Administración Central, que hacen necesario efectuar la pertinente adecuación.
Que es menester incorporar las modificaciones relativas a dicha Jurisdicción, con el fin de atender compromisos impostergables a cargo del Estado Nacional, siguiendo los lineamientos aplicados por el premencionado Decreto Nº 1356/99.
Que, asimismo, resulta imprescindible efectuar la reprogramación de la asignación de cuotas de compromiso y devengado para el último trimestre del presente ejercicio.
Que atento a la urgencia en resolver esta situación resulta imperiosa la adopción de las medidas proyectadas, configurando, como en el Decreto Nº 1356/99, una circunstancia excepcional que hace imposible seguir los trámites ordinarios previstos por la Constitución Nacional para la sanción de las leyes.
Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 3, de la Constitución Nacional.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:

CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nro 283 del 31 de marzo de 1997, fue designado en comisión permanente, a partir del 27 de diciembre de 1996 y por el término de SETECIENTOS TREINTA 730
días, el General de Brigada Julio Alberto Conrado HANG M.I. 4.530.590, para desempeñarse como Agregado Militar a la Embajada Argentina en los ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA con jurisdicción en CANADA y responsabilidad informativa sobre los ESTADOS UNIDOS MEXICANOS y las REPUBLICAS DE CUBA y GUATEMALA, Delegado de Ejército ante la Junta Interamericana de Defensa y Asesor de las Fuerzas Armadas en la Misión Permanente de la REPUBLICA ARGENTINA ante la ORGANIZACION DE LAS
NACIONES UNIDAS.
Que, posteriormente, y en virtud de la creación de la Agregaduría de Defensa a la Embajada Argentina en CANADA, dispuesta por el artículo 11 de la Resolución del Ministerio de Defensa Nro. 426 del 16 de diciembre de 1996, a partir del año 1997, se modificó la función del causante, disponiendo que el mismo se desempeñe como Agregado Militar a la Embajada Argentina en los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, con responsabilidad informativa sobre los ESTADOS UNIDOS MEXICANOS y las REPUBLICAS DE CUBA y GUATEMALA, Delegado de Ejército ante la Junta Interamericana de Defensa y Asesor de las Fuerzas Armadas en la Misión Permanente de la REPUBLICA ARGENTINA ante la ORGANIZACION DE LAS
NACIONES UNIDAS Decreto Nro. 283 del 31
de marzo de 1997 sustituido por su similar Nro.
1060 del 3 de octubre de 1997.
Que por razones de servicio fue necesario ampliar la comisión del General de Brigada Julio Alberto Conrado HANG M.I. 4.530.590 a partir del 27 de diciembre de 1998 por el término de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO 365 días.
Que por lo expuesto, es necesario regularizar la situación del Oficial mencionado precedentemente, mediante el dictado del acto administrativo correspondiente, convalidando la ampliación de la comisión permanente que cumple a partir de la fecha y por el término indicado en el considerando anterior.
Que la medida propuesta se dicta en virtud de las atribuciones conferidas al PODER EJE-

CUTIVO NACIONAL por el Artículo 10 de la Ley Nro 20.957 del Servicio Exterior de la Nación y sus modificatorias.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Convalídase la ampliación de la comisión permanente que cumple el General de Brigada Julio Alberto Conrado HANG M.I.
4.530.590, a partir del 27 de diciembre de 1998 y por el término de TRESCIENTOS SESENTA Y
CINCO 365 días, a fin de continuar desempeñándose como Agregado Militar a la Embajada Argentina en los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, con responsabilidad informativa sobre los ESTADOS UNIDOS MEXICANOS y las REPUBLICAS DE CUBA y GUATEMALA, Delegado de Ejército ante la Junta Interamericana de Defensa y Asesor de las Fuerzas Armadas en la Misión Permanente de la REPUBLICA ARGENTINA ante la ORGANIZACION DE LAS NACIONES UNIDAS.
Art. 2º Convalídanse los giros que el ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO Contaduría General del Ejército efectuó al causante durante su permanencia en el país de destino y autorízase a realizar los envíos correspondientes por el período que resta la comisión.

Miércoles 1 de diciembre de 1999

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TURA Y EDUCACION ha tomado la intervención que le compete.
Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1º de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Ratifícase en todos sus términos el convenio de transferencia en comodato celebrado entre el MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION y la UNIVERSIDAD TECNOLOGICA
NACIONAL, el 1º de septiembre de 1999, que consta de SEIS 6 cláusulas, ONCE 11 secciones y CINCO 5 anexos y cuya copia autenticada forma parte del presente como ANEXO I.
Art. 2º El MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION evaluará el desempeño de la cooperación que se instrumenta por el convenio que se ratifica por el artículo 1º del presente.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
MENEM. Jorge A. Rodríguez. Roque B.
Fernández. Manuel G. García Solá.

Art. 3º Convalídase la imputación presupuestaria de los gastos que demandó la comisión, motivo del presente Decreto, con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 1998 en la parte correspondiente a la Jurisdicción 4521, ESTADO
MAYOR GENERAL DEL EJERCITO. Asimismo deberán imputarse los gastos correspondientes al Ejercicio 1999.

NOTA: Este Decreto se publica sin el Anexo I.
La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767, Capital Federal.

Art. 4º Convalídase la revalidación del pasaporte del causante, efectuada por la DIRECCION
NACIONAL DE CEREMONIAL.

Decreto 1380/99

Art. 5º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MENEM. Jorge Domín guez. Guido Di Tella.

FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE
INFRAESTRUCTURA REGIONAL

Designación de integrantes del Consejo de Administración.
Bs. As., 25/11/99
VISTO, la Ley Nº 24.855, el Decreto Nº 924 de fecha 11 de septiembre de 1997, y
CONVENIOS

CONSIDERANDO:

Decreto 1398/99

Que de conformidad con lo establecido en el Artículo 5º de la Ley mencionada en el Visto, corresponde designar a los miembros del Consejo de Administración del Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional FFFIR.

Ratifícase el convenio de transferencia en comodato de los laboratorios del Instituto Nacional de Educación Tecnológica, celebrado entre el Ministerio de Cultura y Educación y la Universidad Tecnológica Nacional.
Bs. As., 25/11/99
VISTO el Convenio de Transferencia en Comodato suscripto el 1º de septiembre de 1999 entre el MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION y la UNIVERSIDAD TECNOLOGICA
NACIONAL, y CONSIDERANDO:
Que por el mismo, el MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION transfiere en comodato por el término de CINCO 5 años, a la UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL los laboratorios del INSTITUTO NACIONAL DE
EDUCACION TECNOLOGICA INET.
Que la citada Universidad se compromete a que los laboratorios transferidos continúen cumpliendo adecuadamente sus fines y objetivos y, a tal fin, asegura destinar los recursos humanos, materiales y financieros necesarios, así como respecto de los bienes cedidos en comodato, a incorporar las actualizaciones que surjan del avance tecnológico.

Que el Artículo 12 del Decreto Nº 924/97 determina que los miembros del Consejo de Administración del FFFIR durarán DOS 2 años en sus funciones, y podrán ser designados nuevamente, en forma indefinida.
Que ha transcurrido el período establecido en el artículo mencionado en el considerando anterior y el Consejo de Administración del FFFIR ha continuado con el desempeño de sus funciones.
Que corresponde proceder a designar a los integrantes del Consejo de Administración del FFFIR para el próximo período a los efectos de dar continuidad a las acciones que lleva a cabo dicho organismo.
Que la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha elevado la nómina de las personas propuestas para integrar el referido Consejo.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del Artículo 5º de la Ley Nº 24.855.
Por ello,
Que el convenio se inscribe en el marco de las funciones que el artículo 53 inciso h de la Ley Nº 24.195 le asigna al MINISTERIO DE
CULTURA Y EDUCACION, en cuanto a coordinar y ejecutar programas de investigación y cooperación con Universidades.
Que corresponde ratificar el citado convenio y disponer que el MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION evalúe el desempeño de las acciones de cooperación que en él se instrumentan.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE CUL-

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Dase por designados a partir del 26 de septiembre de 1999, para integrar el Consejo de Administración del FONDO FIDUCIARIO
FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL, a Roberto Armando AKIL D.N.I. Nº 10.152.840, Carlos María ALASINO D.N.I. Nº 10.541.527, Horacio Eduardo COSTA D.N.I. 10.423.367, Julio César CRIVELLI L.E. Nº 7.851.221, por un período de DOS 2 años, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 12 del Decreto Nº 924/97.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 01/12/1999 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date01/12/1999

Page count36

Edition count9395

First edition02/01/1989

Last issue13/07/2024

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