Boletín Oficial de la República Argentina del 03/11/1999 - Primera Sección

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BOLETIN OFICIAL Nº 29.264 1 Sección los agentes del mercado eléctrico mayorista MEM a partir del 1º de agosto de 1998, en base a los valores aprobados por los artículos 1º y 3º de la presente Resolución 6 Notifíquese a la SECRETARIA
DE ENERGIA DE LA NACION. 7 Notifíquese a: LA TRANSPORTISTA DE ENERGIA ELECTRICA
POR DISTRIBUCION TRONCAL DE LA REGION DEL COMAHUE, al SEÑOR SECRETARIO DE
ESTADO DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO, al ENTE PROVINCIAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO, a AGEERA, a ATEERA, a ADEERA, a AGUEERA, a HIDROELECTRICA EL CHOCON S.A., a CAPEX S.A., a CENTRAL TERMICA
ALTO VALLE S.A., a TURBINE POWER CO., a ASTRA, CAPSA, a IATE S.A. y UTE FILO MORADO, a la EMPRESA DE ENERGIA DE RIO NEGRO S.A., a la COOPERATIVA PROVINCIAL DE
SERVICIOS PUBLICOS Y COMUNITARIOS DE NEUQUEN Ltda., a TRANSNOA S.A., a TRANSNEA
S.A., y a CAMMESA Fdo. DANIEL MUGUERZA - Vocal Tercero . ESTER BEATRIZ FANDIÑO Vocal Primera. ALBERTO E. DEVOTO - Vicepresidente. JUAN ANTONIO LEGISA - Presidente.
El Anexo citado puede ser consultado por los interesados en la Sede del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, Avda. Madero Nº 1020 10º piso de la Capital Federal, en el horario de 9 a 13 y de 14 a 17.30 y en la Sede Central de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL.
e. 3/11 Nº 297.359 v. 3/11/99

Miércoles 3 de noviembre de 1999

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ARTICULO 2º La cobertura de los beneficiarios comprendidos en el citado ANEXO quedará a cargo de la obra social de origen, la que continuarán percibiendo los aportes y contribuciones de ley.
ARTICULO 3º Regístrese, comuníquese, notifíquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y, oportunamente, archívese. JOSE LUIS LINGERI, Superintendente Superintendencia de Servicios de Salud.
ANEXO I
APELLIDO Y NOMBRE
ZUIANI, Leonardo A.
VIRKEL, Leticia G.

Nº CUIL

OSORIGEN

20-14802068-0
27-26333508-8

105309
105309

OSELEG.

406
406
e. 3/11 Nº 297.397 v. 3/11/99

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD
Resolución Nº 431/99

ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución ENRE Nº 1133/99
ACTA Nº 491

Bs. As., 22/10/99
VISTO el Expediente Nº 2597/98 SSSALUD y la Resolución Nº 313/99 SSSALUD; y
Expediente ENRE Nº 6539/99

CONSIDERANDO:

Bs. As., 27/10/99
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1 Sancionar a HIDROELECTRICA CERROS COLORADOS S.A. en la suma de $ 11.790,11 PESOS ONCE
MIL SETECIENTOS NOVENTA CON ONCE CENTAVOS correspondientes al período comprendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 1998, por incumplimiento a lo dispuesto en el Anexo 24 de LOS PROCEDIMIENTOS Res. ex-S.E. Nº 61/92, sus modificatorias y complementarias, en cuanto a indisponibilidades de enlaces de datos, cuyo detalle se efectúa en el Anexo a este acto del cual forma parte integrante; 2 Instruir a CAMMESA para que, aplicando las sanciones cuyo detalle se efectúa en Anexo a esta resolución, efectúe los débitos correspondientes sobre la liquidación de venta de HIDROELECTRICA CERROS COLORADOS S.A. y destine los fondos según lo prescripto en el artículo 3º de la Resolución S.E. Nº 612/98; 3 Notifíquese a CAMMESA y a HIDROELECTRICA CERROS
COLORADOS S.A Fdo. DANIEL MUGUERZA - Vocal Tercero. ESTER BEATRIZ FANDIÑO Vocal Primera. ALBERTO E. DEVOTO - Vicepresidente. JUAN ANTONIO LEGISA - Presidente.
El Anexo citado puede ser consultado por los interesados en la Sede del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, Avda. Madero Nº 1020 10º piso de la Capital Federal, en el horario de 9 a 13 y de 14 a 17.30 y en la Sede Central de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL.
e. 3/11 Nº 297.351 v. 3/11/99
ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Que la FEDERACION DE OBRAS SOCIALES DE TRABAJADORES DE LOS MEDIOS DE COMUNICACION SOCIAL interpuso recurso de reconsideración contra la Resolución Nº 313/99 SSSALUD.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia, recomendando hacer lugar al recurso interpuesto.
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por los Decretos 1615/96 y 177/97.
EL SUPERINTENDENTE DE
SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE:
ARTICULO 1º Hacer lugar al recurso de reconsideración interpuesto por la FEDERACION DE
OBRAS SOCIALES DE TRABAJADORES DE LOS MEDIOS DE COMUNICACION SOCIAL contra la Resolución Nº 313/99 SSSALUD revocando la misma por contrario imperio.
ARTICULO 2º Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, notifíquese y, oportunamente archívese. JOSE LUIS LINGERI, Superintendente Superintendencia de Servicios de Salud.
e. 3/11 Nº 297.395 v. 3/11/99

Resolución ENRE Nº 1134/99
ACTA Nº 491
Expediente ENRE Nº 5949/99

CONCURSOS OFICIALES

Bs. As., 27/10/99
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1 Sancionar a COMESI SAIC - PLANTA CANNING en la suma de PESOS OCHOCIENTOS CINCUENTA Y
DOS CON OCHENTA Y UN CENTAVOS $ 852,81 correspondientes al período comprendido entre el 1 y el 31 de octubre de 1998, por incumplimiento a lo dispuesto en el Anexo 24 de LOS PROCEDIMIENTOS Res. ex-S.E. Nº 61/92, sus modificatorias y complementarias, en cuanto a indisponibilidades del instrumental de medición y registro SMEC y su esquema de respaldo, cuyo detalle se efectúa en el Anexo a este acto del cual forma parte integrante; 2 Instruir a CAMMESA para que, aplicando las sanciones cuyo detalle se efectúa en Anexo a esta resolución, efectúe los débitos correspondientes sobre la liquidación de venta de COMESI SAIC - PLANTA CANNING y destine los fondos según lo prescripto en el artículo 8º de la Resolución S.E. Nº 164/92; 3 Notifíquese a CAMMESA y a COMESI
SAIC - PLANTA CANNING Fdo. DANIEL MUGUERZA - Vocal Tercero. ESTER BEATRIZ FANDIÑO
- Vocal Primera. ALBERTO E. DEVOTO - Vicepresidente. JUAN ANTONIO LEGISA - Presidente.
El Anexo citado puede ser consultado por los interesados en la Sede del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, Avda. Madero Nº 1020 10º piso de la Capital Federal, en el horario de 9 a 13 y de 14 a 17.30 y en la Sede Central de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL.
e. 3/11 Nº 297.352 v. 3/11/99

MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD
Resolución Nº 417/99

ANTERIORES

PRESIDENCIA DE LA NACION
MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
SECRETARIA DE COORDINACION
PROGRAMA DE REFORMA ADMINISTRATIVA
DECRETO Nº 993/91
Se convoca a profesionales que deseen postularse para cubrir el Cargo con Funciones Ejecutivas que se detalla a continuación, correspondiente a la:
SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
SUBSECRETARIA DE EVALUACION, INFRAESTRUCTURA Y CONTROL
DIRECCION NACIONAL DE BIENES DEL ESTADO
SUBDIRECTOR NACIONAL DE BIENES DEL ESTADO NIVEL III
REQUISITOS: Edad no inferior a 30 años. Título: Universitario completo, egresado de las carreras de Arquitectura, Agrimensura o Ingeniería Civil. Experiencia: no inferior a 5 años, preferentemente adquirida en puestos de Dirección de similar jerarquía en la Administración Publica.
REMUNERACION: NIVEL III $ 4.680.-

Bs. As., 14/10/99
VISTO los Decretos 9/93 y 504/98, la Resolución nº 37/98 SSSALUD y el Expediente Nº 8242/99
SSSALUD; y CONSIDERANDO:
Que la Obra Social del Personal Administrativo y Técnico de la Construcción y Afines ha impugnado opciones de cambio efectuadas en el marco del expediente referenciado en el VISTO.

INFORMES E INSCRIPCION: Hipólito Yrigoyen 250 3º Piso - Oficina 309 desde el 1 de noviembre hasta el 5 de noviembre de 1999, de 11:00 a 15:00 horas.
Los interesados que residan en el interior o exterior del país podrán solicitar información e inscribirse por correo o Fax al Nº 4349-5299. La información recibida de los postulantes será tratada con la confidencialidad requerida por el cargo a cubrir.
e. 1/11 Nº 297.068 v. 3/11/99

Que la facultad otorgada a este Organismo para evaluar y resolver eventuales rechazos de opciones de cambio de obra social debe ser entendida en un sentido restrictivo, a efectos de privilegiar la voluntad libremente expresada por los ciudadanos en ejercicio de sus legítimos derechos.
Que dicha facultad, obliga a esta Superintendencia de Servicios de Salud, empero, a velar por el estricto cumplimiento de la normativa aplicable a efectos del ejercicio del derecho de opción de cambio.

AVISOS OFICIALES
ANTERIORES

Que se han detectado casos de inobservancia de requisitos de orden formal que por su entidad ameritan el rechazo de las opciones de cambio correspondientes art. 13º del Decreto Nº 504/98, según lo expuesto en el Dictamen Nº 1935/99-GAJ.
Que ha tomado la intervención de su competencia la Gerencia de Asuntos Jurídicos.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Decretos 1615/96, 177/
97 y 504/98.
Por ello, EL SUPERINTENDENTE DE
SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE:
ARTICULO 1º Revocar las opciones de cambio listadas como ANEXO I que forma parte integrante de la presente.

PRESIDENCIA DE LA NACION
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE ACCION COOPERATIVA Y MUTUAL
El INSTITUTO NACIONAL DE ACCION COOPERATIVA Y MUTUAL notifica que en mérito a lo establecido en las Resoluciones números: 2361/99 y 2399/99-INACyM., se resolvió RETIRAR LA
AUTORIZACION PARA FUNCIONAR y CANCELAR la matrícula de las cooperativas que por orden correlativo respectivamente a continuación se detallan: COOPERATIVA DE TRABAJO RELAMPA-

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Boletín Oficial de la República Argentina del 03/11/1999 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date03/11/1999

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First edition02/01/1989

Last issue29/07/2024

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