Boletín Oficial de la República Argentina del 23/09/1999 - Primera Sección

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BOLETIN OFICIAL Nº 29.236 1 Sección Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Apruébase todo lo actuado por el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS con motivo de la adjudicación directa de la concesión del Servicio Público de Transporte de Cargas de la Empresa FERROCARRIL GENERAL BELGRANO SOCIEDAD
ANONIMA.
Art. 2º Apruébase, con sus Anexos, el Contrato de Concesión suscripto por el Señor Ministro de Economía y Obras y Servicios Públicos y la Empresa BELGRANO CARGAS SOCIEDAD
ANONIMA en formación que, como Anexo forma parte integrante del presente decreto.
Art. 3º Establécese la no aplicabilidad del Artículo 7º del Decreto Nº 502 del 25 de marzo de 1991, a los sectores concesionados a la Empresa BELGRANO CARGAS SOCIEDAD ANONIMA.
Art. 4º Facúltase al MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS para efectuar las interpretaciones, aclaraciones y modificaciones que demande el Contrato de Concesión que se aprueba por el presente decreto.
Art. 5º Instrúyese al MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS para que proceda a declarar en estado de liquidación a la Empresa FERROCARRIL GENERAL BELGRANO
SOCIEDAD ANONIMA.
Art. 6º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. MENEM. Jorge A. Rodríguez. Roque B. Fernández.
NOTA: Este decreto se publica sin Anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767, Capital Federal.

MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO
INTERNACIONAL Y CULTO
Decreto 1030/99
Designación del funcionario que se hará cargo interinamente del citado Departamento de Estado.

DECISIONES
ADMINISTRATIVAS

OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, la Ley Nº 25.064, el Decreto Nº 119 de fecha 15 de febrero de 1999 y las Resoluciones de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 445 y 473 de fecha 27 de agosto de 1999 y fecha 13 de septiembre de 1999, respectivamente, y
HIDROCARBUROS

CONSIDERANDO:

Decisión Administrativa 334/99

Que mediante el Decreto Nº 119 de fecha 15
de febrero de 1999, se facultó al MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS a través de la SECRETARIA DE
HACIENDA, a incluir en los contratos que suscriba por operaciones en EUROS, cláusulas que establezcan la prórroga de jurisdicción a diferentes tribunales europeos, en el marco del artículo 5º de la Ley Nº 25.064
o la Ley de Presupuesto de cada ejercicio o hallarse encuadradas en los términos del artículo 65 de la Ley Nº 24.156, por un monto de hasta VALOR NOMINAL EUROS
CINCO MIL MILLONES V.N. EUROS
5.000.000.000.

Modificación de la Decisión Administrativa Nº 435/97, en relación con la Concesión de Explotación del Lote Rincón del Mangrullo, ubicado en la provincia del Neuquén.
Bs. As., 20/9/99
VISTO el Expediente Nº 750-005710/98 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y CONSIDERANDO:
Que mediante Decisión Administrativa Nº 435
de fecha 7 de agosto de 1997 se otorgó a la empresa YPF SOCIEDAD ANONIMA la Concesión de Explotación del Lote RINCON DEL
MANGRULLO, ubicado en la Provincia del NEUQUEN.
Que en el artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 435 de fecha 7 de agosto de 1997
se omitió incluir la continuidad entre los Esquineros Nº 6 y Nº 1, que es el margen izquierdo del RIO NEUQUEN.
Que la empresa titular YPF SOCIEDAD ANONIMA solicita se incorpore dicho texto a partir del Esquinero Nº 6.

Que por la Resolución de la SECRETARIA
DE HACIENDA Nº 445/99 se emitieron BONOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA EN
EUROS 8,5% 1999-2001 por un VALOR NOMINAL EUROS TRESCIENTOS CINCUENTA
MILLONES V.N. EUROS 350.000.000 con vencimiento el 3 de septiembre del 2001.
Que mediante la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 473/99 se dispuso la ampliación de los BONOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA EN EUROS 8,5% 19992001 por un VALOR NOMINAL EUROS CIEN
MILLONES V.N. EUROS 100.000.000 con vencimiento el 3 de septiembre del 2001.

Que los sectores técnicos de la SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES de la SECRETARIA
DE ENERGIA dependiente del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS han corroborado y aprobado lo comunicado por la empresa YPF SOCIEDAD ANONIMA.

Que durante 1998 se emitieron en el mercado europeo varios instrumentos de deuda pública redenominables a la nueva moneda de la UNION MONETARIA EUROPEA llamada EURO.

Que en consecuencia asiste razón a la recurrente en su petición y procede rectificar los términos del Artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 435 de fecha 7 de agosto de 1997, en cuanto a la agregación del texto a continuación del Esquinero Nº 6, continúa por el margen izquierdo del RIO NEUQUEN
hasta el Esquinero Nº 1

Que se han recibido propuestas de las principales instituciones financieras especializadas en los mercados europeos, para efectuar una ampliación de títulos en dicha moneda.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, ha tomado la intervención que le compete.

Que se ha entendido que la propuesta realizada por DEUTSCHE BANK AKTIENGESELLSCHAFT
para proceder a la ampliación de los títulos denominados BONOS DE LA REPUBLICA
ARGENTINA EN EUROS 8,5% 1999-2001
por un monto de VALOR NOMINAL EUROS
CIEN MILLONES V.N. EUROS 100.000.000, resultó ser la más conveniente.

Jueves 23 de setiembre de 1999

2

Precio de emisión: CIEN CON NOVENTA Y CINCO CENTESIMOS POR CIENTO 100,95%.
Precio de reoferta: CIEN CON VEINTE CENTESIMOS POR CIENTO 100,20%.
Fecha de la ampliación y desembolso: 23 de septiembre de 1999.
Fecha de vencimiento: 3 de septiembre del 2001.
Plazo: UN 1 año, ONCE 11 meses y ONCE
11 días.
Amortización: íntegra al vencimiento.
Tasa de interés: fija del OCHO CON CINCUENTA CENTESIMOS POR CIENTO 8,50% anual, pagadera anualmente.
Interés corrido: de un monto de EUROS CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA CON OCHENTA Y SIETE CENTESIMOS EUROS 464.480,87.
Comisión neta: CERO CON CINCUENTA CENTESIMOS POR CIENTO 0,50%.
Gastos de traducción: hasta un valor de DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MIL U$S 3.000.
Art. 2º Autorízase al Subsecretario de Financiamiento Doctor Miguel Alberto KIGUEL, o al Representante Financiero en la ciudad de WASHINGTON de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, Licenciada Noemí LA GRECA, o al Representante Financiero Alterno en la ciudad de WASHINGTON de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, Doctor Carlos Eduardo WEITZ, o al Representante Financiero Alterno en EUROPA, Licenciado Agustín VILLAR, o al Director Nacional de la Oficina Nacional de Crédito Público, Licenciado Federico Carlos MOLINA, o al Director de Financiación Externa Licenciado Norberto Mauricio LOPEZ ISNARDI, a suscribir en forma indistinta la documentación, la que en lo sustancial deberá ser acorde con la aprobada por el Artículo 3º de la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA
Nº 445 de fecha 27 de agosto de 1999 y toda aquella que resulte necesaria para la implementación de la operación aprobada por el Artículo 1º de la presente.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Pablo E. Guidotti.

Bs. As., 16/9/99
VISTO el desplazamiento que efectuará el señor Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, Ingeniero D. Guido José Mario DI TELLA, a la ciudad de Nueva York ESTADOS UNIDOS DE AMERICA entre los días 16 de septiembre y 1 de octubre de 1999 a fin de asistir a la 54º Asamblea General de las Naciones Unidas, participar de la Visita Presidencial a Naciones Unidas y acompañar al señor Presidente de la Nación a la Conferencia de Wall Street Journal, y CONSIDERANDO:
Que el presente se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 7, de la CONSTITUCION NACIONAL.

Que la presente Decisión Administrativa se dicta en uso de las facultades emergentes del Artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº 1759/72 t.o. 1991.
Por ello, EL JEFE DE
GABINETE DE MINISTROS
DECICE:

Que la OFICINA NACIONAL DE CREDITO
PUBLICO ha informado que esta operación se encuentra dentro de los límites establecidos en la Planilla Anexa Nº 14 del artículo 5º de la Ley Nº 25.064.

Artículo 1º Rectifícase el Artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 435 de fecha 7 de agosto de 1997, incorporándose a partir del Esquinero Nº 6, el siguiente texto: continúa por el margen izquierdo del RIO NEUQUEN hasta el Esquinero Nº 1.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
ha tomado la intervención que le compete.

Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Jorge A. Rodríguez. Roque B. Fernández.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley Nº 25.064 y el Decreto Nº 119 de fecha 15 de febrero de 1999.

Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Que se ha recibido la opinión del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA especificada en el artículo 61 de la Ley Nº 24.156.

Por ello,
RESOLUCIONES

Artículo 1º Mientras dure la ausencia de su titular, se harán cargo interinamente del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, entre el 16
y 29 de septiembre, el señor Ministro de Cultura y Educación, Doctor D. Manuel Guillermo GARCIA
SOLA y, los días 30 de septiembre y 1 de octubre de 1999, el señor Ministro del Interior, Doctor D.
Carlos Vladimiro CORACH.

Secretaría de Hacienda
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. MENEM. Jorge A. Rodríguez. Guido Di Tella.

Bs. As., 20/9/99

DEUDA PUBLICA
Resolución 479/99
Dispónese la ampliación de los instrumentos de deuda pública denominados Bonos de la República Argentina en Euros 8,5% 1999-2001.

VISTO el Expediente Nº 001-003512/99 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y

EL SECRETARIO
DE HACIENDA
RESUELVE:
Artículo 1º Dispónese la ampliación de los instrumentos de deuda pública denominados BONOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA EN
EUROS 8,5% 1999-2001 con fecha 23 de septiembre. La ampliación se colocará a través de un sindicato de bancos encabezado por DEUSTCHE
BANK AKTIENGESELLCHAFT, de acuerdo con las siguientes características financieras:
Monto de la ampliación: hasta un VALOR NOMINAL EUROS CIEN MILLONES V.N. EUROS
100.000.000, totalizando con la emisión original y la anterior ampliación un monto de VALOR NOMINAL EUROS QUINIENTOS CINCUENTA MILLONES V.N. EUROS 550.000.000.

Administración Federal de Ingresos Públicos
IMPUESTOS
Resolución General 682/99
Procedimiento. Operaciones de importación definitiva. Cesión de derechos sobre la mercadería. Diferimientos de las obligaciones fiscales. Constitución de Garantías especiales.
Bs. As., 21/9/99
VISTO las Resoluciones Generales Nº 2004 DGI, sus modificatorias y complementarias, y Nº 3879 DGI y sus modificaciones, y CONSIDERANDO:
Que las citadas normas han establecido los requisitos y condiciones que deben cumplir los beneficiarios de diferimientos de las obligaciones de pago de impuestos.
Que, en las operaciones de importación de cosas muebles, en algunas oportunidades, se producen transferencias de derechos sobre los bienes, con anterioridad al momento en el que se configura la destinación de importación definitiva para consumo.
Que, consecuentemente, razones de administración tributaria determinan la necesidad de regular adecuadamente, en esos casos, el diferimiento de los impuestos resultantes de la importación.
Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación y de Análisis de Fiscalización Especializada.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 23/09/1999 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date23/09/1999

Page count24

Edition count9381

First edition02/01/1989

Last issue29/06/2024

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