Boletín Oficial de la República Argentina del 05/03/1999 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 29.099 1 Sección Que no se han detectado casos de inobservancia de requisitos de orden formal ni de captación de voluntad que por su entidad ameriten el rechazo de las opciones de cambio correspondientes.

Por ello, EL SUPERINTENDENTE
DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE:
ARTICULO 1º Desestimar las recomendaciones formuladas por la COMISION CONSULTIVA
DEL REGIMEN DE TRASPASOS por las que se propiciara el rechazo de opciones de cambio en el Expediente del VISTO.
ARTICULO 2º Regístrese, comuníquese, notifíquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y, oportunamente, archívese. JOSE LUIS LINGERI, Superintendente, Superintendencia de Servicios de Salud.
e. 5/3 Nº 268.615 v. 5/3/99

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Por ello, EL SUPERINTENDENTE
DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE:

Que ha tomado la intervención de su competencia la Gerencia de Asuntos Jurídicos.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Decretos 1615/96, 177/
97 y 504/98.

Viernes 5 de marzo de 1999

ARTICULO 1º Reasignar al Sr. HUGO ROBERTO SERENA DNI 16.123.323, con domicilio en Bv. San Juan 1558, Barrio Alta Córdoba, Provincia de Córdoba, fecha de nacimiento 14/2/63, en la OBRA SOCIAL DE EJECUTIVOS Y PERSONAL DE DIRECCION DE EMPRESAS - OSDE RNOS Nº 4-0080.
ARTICULO 2º La obra social mencionada tendrá a su cargo la notificación inmediata del traspaso del beneficiario asignado.
ARTICULO 3º Notificar a la Administración Federal de Ingresos Públicos la canalización de todos los recursos provenientes del beneficiario nombrado hacia la obra social arriba citada.
ARTICULO 4º Regístrese, comuníquese al Juzgado de la quiebra, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y, oportunamente, archívese. JOSE LUIS LINGERI, Superintendente, Superintendencia de Servicios de Salud.
e. 5/3 Nº 268.618 v. 5/3/99

MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL
MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD
Resolución Nº 61/99

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD
Resolución Nº 63/99
Bs. As., 11/2/99

Bs. As., 11/2/99

VISTO el expediente 4797/99-SSSALUD, y la Resolución Nº 248/98-SSSALUD; y
VISTO los Decretos 9/93 y 504/98, la Resolución Nº 37/98 SSSALUD y el Expediente Nº 4584/99SSSALUD; y,
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución citada en el VISTO, y en cumplimiento de la decisión judicial que ordenara la reasignación de los afiliados de la Obra Social APS, se procedió a distribuir al conjunto de beneficiarios de la fallida.

CONSIDERANDO
Que la Comisión Consultiva del Régimen de Traspasos ha efectuado recomendaciones a esta Superintendencia de Servicios de Salud en el marco del expediente referenciado en el VISTO.
Que la facultad otorgada a este Organismo para evaluar y resolver eventuales rechazos de opciones de cambio de obra social debe ser entendida en un sentido restrictivo, a efectos de privilegiar la voluntad libremente expresada por los ciudadanos en ejercicio de sus legítimos derechos.
Que dicha facultad, obliga a esta Superintendencia de Servicios de Salud, empero, a velar por el estricto cumplimiento de la normativa aplicable a efectos del ejercicio del derecho de opción de cambio.

Que cumplida esa orden judicial se presenta la Sra. Norma Edit Buffa quien solicita se aclare a qué obra social había sido reasignada ya que no figuraba en el padrón de ninguna de las obras sociales.
Que la Sindicatura de la quiebra informa que respecto de la beneficiaria nombrada que debería considerársela obligatoria, al igual que a su grupo familiar.
Que resulta necesario proceder a reasignar obra social a la nombrada.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que no se han detectado casos de inobservancia de requisitos de orden formal ni de captación de voluntad que por su entidad ameriten el rechazo de las opciones de cambio correspondientes.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Decretos Nº 1615/96 y 177/97.

Que ha tomado la intervención de su competencia la Gerencia de Asuntos Jurídicos.
Por ello, Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Decretos 1615/96, 177/
97 y 504/98.

EL SUPERINTENDENTE
DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE:

Por ello, EL SUPERINTENDENTE
DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE:
ARTICULO 1º Desestimar las recomendaciones formuladas por la COMISION CONSULTIVA
DEL REGIMEN DE TRASPASOS por las que se propiciara el rechazo de opciones de cambio en el Expediente del VISTO.
ARTICULO 2º Regístrese, comuníquese, notifíquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y, oportunamente, archívese. JOSE LUIS LINGERI, Superintendente, Superintendencia de Servicios de Salud.
e. 5/3 Nº 268.616 v. 5/3/99

ARTICULO 1º Reasignar a la Sra. NORMA EDIT BUFFA DNI 11.593.019, con domicilio en Araujo 841 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, fecha de nacimiento 19/1/55 y su grupo familiar, en la OBRA SOCIAL DE EJECUTIVOS Y PERSONAL DE DIRECCION DE EMPRESAS - OSDE
RNOS Nº 4-0080.
ARTICULO 2º La obra social mencionada tendrá a su cargo la notificación inmediata del traspaso del beneficiario asignado.
ARTICULO 3º Notificar a la Administración Federal de Ingresos Públicos la canalización de todos los recursos provenientes del beneficiario nombrado hacia la obra social arriba citada.
ARTICULO 4º Regístrese, comuníquese al Juzgado de la quiebra, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y, oportunamente, archívese. JOSE LUIS LINGERI, Superintendente, Superintendencia de Servicios de Salud.
e. 5/3 Nº 267.924 v. 5/3/99

MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL
MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD
Resolución Nº 62/99
Resolución Nº 74/99
Bs. As., 11/2/99
Bs. As., 17/2/99
VISTO el expediente 4729/99-SSSALUD, y la Resolución Nº 248/98-SSSALUD; y CONSIDERANDO:
Que por la Resolución citada en el VISTO, y en cumplimiento de la decisión judicial que ordenara la reasignación de los afiliados de la Obra Social APS, se procedió a distribuir al conjunto de beneficiarios de la fallida.
Que cumplida esa orden judicial se presenta el Sr. Hugo Roberto Serena quien solicita se aclare a qué obra social había sido reasignado ya que no figuraba en el padrón de ninguna de las obras sociales.
Que la Sindicatura de la quiebra informa que respecto del beneficiario nombrado se había cometido un error administrativo y se lo había dado de baja.
Que resulta necesario proceder a reasignar obra social al nombrado.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Decretos Nº 1615/96 y 177/97.

VISTO los Decretos 9/93 y 504/98, la Resolución Nº 37/98 - SSSALUD y el Expediente Nº 3919/
98-SSSALUD y Nº 3926/98-SSSALUD; y CONSIDERANDO:
Que la Comisión Consultiva del Régimen de Traspasos ha efectuado recomendaciones a esta Superintendencia de Servicios de Salud en el marco de los expedientes referenciados en el VISTO.
Que la facultad otorgada a este Organismo para evaluar y resolver eventuales rechazos de opciones de cambio de obra social debe ser entendida en un sentido restrictivo, a efectos de privilegiar la voluntad libremente expresada por los ciudadanos en ejercicio de sus legítimos derechos.
Que dicha facultad, obliga a esta Superintendencia de Servicios de Salud, empero, a velar por el estricto cumplimiento de la normativa aplicable a efectos del ejercicio del derecho de opción de cambio.
Que no se han detectado casos de inobservancia de requisitos de orden formal ni de captación de voluntad que por su entidad ameriten el rechazo de las opciones de cambio correspondientes.
Que ha tomado la intervención de su competencia la Gerencia de Asuntos Jurídicos.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 05/03/1999 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date05/03/1999

Page count28

Edition count9386

First edition02/01/1989

Last issue04/07/2024

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