Boletín Oficial de la República Argentina del 03/08/1998 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 28.950 1 Sección Por ello, y de acuerdo a las facultades otorgadas por los artículos 9º y 10º del decreto 618/97.

La Administración Federal de Ingresos Públicos Dirección General Impositiva hace saber a el contribuyente y/o responsable que a partir del 27/2/98 ha quedado incluido en el Sistema Integrado de Control Especial reglado por el Capítulo II de la Resolución General Nº 3423, debiendo observar en lo sucesivo las formalidades, condiciones y vencimientos que para los sujetos incluidos en los alcances de la norma precitada, disponen las respectivas resoluciones generales.
Publíquese por cinco días en el Boletín Oficial.
ARTICULO 2º Remítase copia de la presente a la Dirección de Secretaría General para su publicación y a la Subdirección General de Operaciones Impositivas Metropolitanas, para su conocimiento.
CONTRIBUYENTE INCLUIDO EN EL SISTEMA INTEGRADO DE CONTROL ESPECIAL PARA
GRANDES CONTRIBUYENTES DE LA R.G. 3423 AGENCIA Nº 53
CUIT Nº
APELLIDO Y NOMBRE O RAZON SOCIAL

30-68291228-2

CAMPILONGO JUAN OSCAR, LANUTO MARCELO
OSCAR, GONZALEZ ROBERTO CARLOS.

Abogada SILVIA BEATRIZ FERNANDEZ, Jefe Int. Región Nº 2.
e. 28/7 Nº 237.649 v. 3/8/98

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Por ello, y en orden a las facultades conferidas por los arts. 9 y 10 del Dto. 618/97,
LA JEFA INT. DE LA REGION Nº 2
DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
RESUELVE:
ARTICULO 1º Ordenar la publicación por edictos del contribuyente que se cita a continuación:

Lunes 3 de agosto de 1998

LA JEFA INT. DE LA REGION Nº 2
DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
RESUELVE:
ARTICULO 1º Decretar la nulidad del acto administrativo mediante el cual se ordenó la publicación de edictos a fin de hacer saber a los contribuyentes y/o responsables que más abajo se detallan que a partir del 27/2/98 han quedado incluidos en el Sistema Integrado de Control Especial establecido en el Cap. II de la R.G. 3423 D.G.I. y sus modificaciones.
ARTICULO 2º Ordenar la nueva publicación del acto citado, conforme a derecho.
ARTICULO 3º Remítase copia de la presente a la Dirección de Secretaría General para su publicación y a la Subdirección General de Operaciones.
CONTRIBUYENTES INCLUIDOS EN EL SISTEMA INTEGRADO DE CONTROL ESPECIAL PARA
GRANDES CONTRIBUYENTES DE LA R.G. 3423 AGENCIA Nº 53
CUIT Nº
APELLIDO Y NOMBRE O RAZON SOCIAL

20-04527132-4

ESTEVANEZ, HORACIO ANGEL

30-68291228-2

CAMPILONGO JUAN OSCAR, LANUTO MARCELO
OSCAR, GONZALEZ ROBERTO CARLOS

Abogada SILVIA BEATRIZ FERNANDEZ, Jefe Int. Región Nº 2.
e. 28/7 Nº 237.658 v. 3/8/98
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

REGION METROPOLITANA Nº 7

DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

Resolución Nº 705/98

REGION Nº 2

Bs. As., 22/7/98

Resolución Nº 6/98

VISTO el Capítulo II de la Resolución General Nº 3423, y lo previsto en el artículo 100 in fine de la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones.
CONSIDERANDO:

Lanús, 14/7/98
VISTO el capítulo II de la Resolución General Nº 3423, y lo previsto en el artículo 100 in fine de la ley 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones, y CONSIDERANDO:
Que resulta necesario notificar mediante la publicación de edictos al contribuyente a incluir en el Sistema Integrado de Control Especial dispuesto por la Resolución Nº 3423, en los casos que no exista domicilio legal o no se conociera el domicilio real.

Que resulta necesario notificar mediante la publicación por edictos a los contribuyentes a excluir del Sistema Integral de Control dispuesto por la Resolución General Nº 3423, en los casos que no exista domicilio legal o no se conociera el domicilio real.
Por ello, y de acuerdo a las facultades otorgadas por los artículos 4º y 9º del Decreto Nº 618/97.
EL JEFE DE LA REGION METROPOLITANA Nº 7
DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
RESUELVE:

Por ello, y de acuerdo a las facultades otorgadas por los artículos 9º y 10º del decreto 618/97.
LA JEFA INT. DE LA REGION Nº 2
DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
RESUELVE:
ARTICULO 1º Ordenar la publicación por edictos del contribuyente que se cita a continuación:
La Administración Federal de Ingresos Públicos Dirección General Impositiva hace saber a el contribuyente y/o responsable que a partir del 14/5/98 ha quedado incluido en el Sistema Integrado de Control Especial reglado por el Capítulo II de la Resolución General Nº 3423, debiendo observar en lo sucesivo las formalidades, condiciones y vencimientos que para los sujetos incluidos en los alcances de la norma precitada, disponen las respectivas resoluciones generales.
Publíquese por cinco días en el Boletín Oficial.
ARTICULO 2º Remítase copia de la presente a la Dirección de Secretaría General para su publicación y a la Subdirección General de Operaciones Impositivas Metropolitanas, para su conocimiento.

ARTICULO 1º Ordenar la publicación por edictos de la nómina de contribuyentes que se citen a continuación.
La Administración Federal de Ingresos Públicos Dirección General Impositiva hace saber a los contribuyentes, que más abajo se mencionan, que a partir del 1/7/98 han quedado excluidos del sistema integrado de control especial reglado por el Capítulo II de la Resolución General Nº 3423, debiendo observar en lo sucesivo las formalidades, condiciones y vencimientos que para los sujetos no incluidos en los alcances de la norma precitada, disponen las respectivas resoluciones generales.
Publíquese por cinco días en el Boletín Oficial.
ARTICULO 2º Remítase copia de la presente a la Dirección de Secretaría General para su publicación y a la Subdirección General de Operaciones Impositivas Metropolitanas, para su conocimiento.
AGENCIA Nº 3
CUIT

CONTRIBUYENTE INCLUIDO EN EL SISTEMA INTEGRADO DE CONTROL ESPECIAL PARA
GRANDES CONTRIBUYENTES DE LA R.G. 3423 AGENCIA Nº 53
CUIT Nº
APELLIDO Y NOMBRE O RAZON SOCIAL

30-66362302-4

ENERRE GRAFICA S.A.

Abogada SILVIA BEATRIZ FERNANDEZ, Jefe Int. Región Nº 2.
e. 28/7 Nº 237.665 v. 3/8/98

20-04272677-0
20-04366316-0
20-07338580-7
23-10265927-9
30-51178750-1
30-67894138-3
30-67897755-8
30-68281340-3
30-68771191-9
33-67896653-9
33-68151111-9

RAZON SOCIAL
PELLEGRINO RAFAEL
GILIBERTO SALVADOR ANGEL
SANZ VICTOR
MEL RAUL HUGO
SAN PEDRO S.R.L.
SUCARI INDUMENTARIA S.A.
ALERIK S.A.
RIAN RIESGOS Y ADM. MEDICA S.A.
KALTREK SOCIEDAD ANONIMA
NEWPACK S.R.L. ZULA SOCIEDAD ANONIMA

MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Cont. Públ. ALBERTO LUJAN SANTAMARIA - Jefe Región Metropolitana Nº 7.
Resolución Nº 705/98 16 MT07.
e. 30/7 Nº 238.008 v. 5/8/98

DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
REGION Nº 2
Resolución Nº 3/98

MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Lanús, 14/7/98

DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

VISTO el acto dictado por la Jefa Interina de la Región Nº 2 de la Dirección General Impositiva, mediante el cual se ordenó la publicación de edictos a fin de notificar a los contribuyentes a incluir en el Sistema Integrado de Control dispuesto por la Resolución General Nº 3423 D.G.I., a partir del 27/2/98 y
REGION MERCEDES
Resolución Nº 116/98
Mercedes B, 16/7/98

CONSIDERANDO:
Que en los considerandos de dicho acto se invocaron por error los arts. 9 y 10 de la Ley 11.683
t.o. en 1978 y sus modificaciones, cuando de acuerdo a la normativa vigente debió dictarse conforme a las facultades conferidas por los arts. 9 y 10 del Dto. 618/97.
Que en consecuencia, resulta necesario dejar sin efecto dicho acto, decretando la nulidad del mismo, conforme lo dispuesto por el art. 14 inc. b de la ley 19.549 y ordenar la nueva publicación de edictos del acto citado una vez debidamente subsanado dicho error.

VISTO el Capítulo II de la Resolución General Nº 3423, y lo previsto en el artículo 100 in fine de la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones, y CONSIDERANDO:
Que resulta necesario notificar mediante la publicación por edictos a los contribuyentes a excluir del sistema de control dispuesto por la Resolución aludida, en los casos que no exista domicilio legal o no se conociera el domicilio real.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 03/08/1998 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date03/08/1998

Page count40

Edition count9383

First edition02/01/1989

Last issue01/07/2024

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