Boletín Oficial de la República Argentina del 04/12/1997 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 28.788 1 Sección comercialización de animales y carne de la especie bovina Resolución General Nro. 4059 de la Dirección General Impositiva por lo cual los índices referidos a la especie bovina no deben ser utilizados con este propósito.
2 Desde el 4 de marzo de 1996 rige un nuevo sistema de retenciones, percepciones y pagos a cuenta del impuesto al valor agregado, aplicable a las operaciones de faena y comercialización de animales y carne de la especie porcina Resolución General Nro. 4131 de la Dirección General Impositiva por lo cual los índices referidos a la especie porcina no deben ser utilizados con este propósito.
Nota: a y b aplicables a la carne con redestino de exportación a consumo; a las ventas de carnes de exportador a exportador y a las ventas de carnes importadas.

Jueves 4 de diciembre de 1997

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Que por razones de un mejor, coordinado y más dinámico funcionamiento de las áreas de Legal y Técnica de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO resulta conveniente que ambas áreas sean coordinadas por una gerencia capaz de agilizar el trabajo y la toma de decisiones a nivel del Superintendente.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley Nº 24.557, siendo la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO DE LA NACION un organismo que opera en jurisdicción de este MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL conforme lo establece el artículo 35 del cuerpo legal antes mencionado.
Por ello,
COEFICIENTES ZONALES SIN VARIACION
Lic. ANA MARIA OTAÑO - Directora de Mercados Ganaderos - Secretaría de Agricultura Ganadería y Pesca.
e. 4/12 Nº 209.801 v. 4/12/97

EL MINISTRO DE TRABAJO
Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1º Apruébase la estructura organizativa de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO DE LA NACION de acuerdo al organigrama que figura en el ANEXO I de la presente resolución
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Resolución Nº 819/97

ARTICULO 2º Apruébanse los Objetivos y Acciones indicados en el ANEXO II que se agrega a la presente.

Bs. As., 26/11/97
VISTO la Ley Nº 24.557, y
ARTICULO 3º Designar a la Dra. Liliana Alejandra TORRES D.N.I. Nº 14.291.150 para el cargo de Gerente de Legal y Técnica de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO.

CONSIDERANDO:
ARTICULO 4º Derogase la Resolución M.T.S.S. Nº 646 de fecha 30 de setiembre de 1997.
Que el artículo 35 de la LEY SOBRE RIESGOS DEL TRABAJO L.R.T. ha creado la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO DE LA NACION S.R.T. como organismo de regulación y supervisión de la L.R.T.

ARTICULO 5º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese. JOSE ARMANDO CARO FIGUEROA, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.
ANEXO I

ANEXO II
SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO

ACCIONES
Supervisar el grado de cumplimiento de las normas de seguridad e higiene y condiciones y ambiente de trabajo de los Planes de Mejoramiento acordados.

OBJETIVOS
Planificar, organizar, administrar, coordinar y controlar el sistema de prevención y reparación de las contingencias derivadas de los riesgos del trabajo.
Fiscalizar el cumplimiento de las normas de higiene y seguridad en el trabajo. Controlar las prestaciones reparadoras dinerarias y en especies que se brindan por daños producidos como consecuencia de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales. Realizar estudios, investigaciones, capacitación y elaboración de políticas y normas complementarias de la Ley sobre Riegos del Trabajo.
Autorizar y fiscalizar las entidades que integran el sistema y aplicar las sanciones que correspondan.

Supervisar el otorgamiento de las prestaciones en especie por parte de los obligados por la ley.
Determinar la gravedad de los incumplimientos y proponer las medidas correctivas o sancionatorias que correspondan.
Colaborar con la Subgerencia Técnica en la determinación de las políticas a seguir en materia de prevención de siniestros laborales; y en el diseño de la estrategia de fiscalización de las distintas entidades participantes del sistema.
SUBGERENCIA DE PREVENCION
OBJETIVOS

GERENCIA DE OPERACIONES
OBJETIVOS
Controlar el cumplimiento de las normas, aplicar políticas destinadas a incentivar la prevención, instrumentar las medidas tendientes a asegurar la implementación del Plan de Mejoramiento, controlar el otorgamiento en tiempo y forma de las prestaciones reparadoras.

Controlar el cumplimiento de los requisitos dispuestos por la Ley sobre Riesgos del Trabajo y sus reglamentos complementarios, en relación a la prevención de los riesgos derivados de las condiciones de seguridad, higiene y ambiente del trabajo y el cumplimiento de los Planes de Mejoramiento.
Auditar el rol de las Aseguradoras como entes de control.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 04/12/1997 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date04/12/1997

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First edition02/01/1989

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