Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 3/12/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

Jueves 3 de diciembre de 2020

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 28169

Apellidos nombre
NIF

Causa exclusión
Salmerón Perabá, Sara María 1043
5 Sierra Rodríguez, María de las Mercedes 1122
2, 5
Torres Segura, Patricia 4072
5 Vargas Liñán, Patricia 2306
5 Vázquez Olmedo, Marta 9376
5 Villalobos Caro, María José 9997
5 Detalle de las causas de la exclusión:
1. Presentación de instancia fuera de plazo. No subsanable.
2. No adjuntar resguardo acreditativo de abono de la tasa o documentación justificativa de su exención. Subsanable.
3. No presentar fotocopia D.N.I. Subsanable 4. No adjuntar Titulación. Subsanable.
5. No declarar reunir los requisitos exigidos en las Bases de la convocatoria. Subsanable.
Segundo. Establecer un plazo de diez días hábiles, a computar desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la provincia de Sevilla de la lista provisional de aspirantes admitidos y/o excluidos, para subsanar tal y como al efecto se dispone en la Base Quinta de la convocatoria, advirtiendo expresamente que aquellos/as aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanaran las causas de exclusión o de su omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo.
Tercero. Publicar la citada relación provisional en el Boletín Oficial de la provincia de Sevilla, tablón de anuncios, sede electrónica y página web del Ayuntamiento.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En San Juan de Aznalfarache a 17 de noviembre de 2020.El Teniente Alcalde Delegado de Recursos Humanos, Fernando Jesús Pozo Durán.
36W-7416

SANTIPONCE
Don Justo Delgado Cobo, Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de esta localidad.
Hace saber: La Corporación Municipal en Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de noviembre de 2020, entre otros asuntos, acordó:
Aprobación inicial de la Ordenanza fiscal n.º 32 reguladora del precio público por el uso de instalaciones deportivas para la prestación de actividades especiales de tipo no deportivo.
Lo que se hace público para general conocimiento, pudiendo los interesados examinar el expediente en el tablón de anuncios de la Entidad, y presentar las reclamaciones que consideren oportunas durante el plazo de treinta días, de conformidad con el art. 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y finalizado el periodo de exposición pública, la Corporación Municipal en Pleno, adoptará los acuerdos definitivos que procedan, resolviendo las reclamaciones que se hubieren presentado, aprobando la redacción definitiva de las modificaciones a que se refiere el acuerdo provisional. En caso de que no se hubieren presentado reclamaciones, se entenderá definitivo el acuerdo adoptado, hasta entonces provisional, sin necesidad de Acuerdo Plenario.
Lo que se hace saber a los efectos oportunos.
En Santiponce a 26 de noviembre de 2020.El Alcalde, Justo Delgado Cobo.
15W-7825

UTRERA
Se hace saber, que el Ayuntamiento de Utrera en Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de noviembre de 2020, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
Primero.Aprobar provisionalmente, la modificación de la Ordenanza fiscal n.º 18, reguladora de la tasa por ocupación de terrenos de uso público por mesas, sillas, sombrillas y otras instalaciones análogas con finalidad lucrativa, en los siguientes términos:
Uno.Se modifica el artículo 8, quedando redactado de la siguiente forma:
Artículo 8.ºDevengo y período impositivo.
1. Se devenga la tasa cuando se inicie el uso privativo o el aprovechamiento especial, aun cuando éste se lleve a efecto sin la correspondiente autorización municipal. A estos efectos se presumirá que se inicia el uso privativo o el aprovechamiento especial con la notificación al interesado de la licencia o autorización pertinente, salvo que se especifique expresamente la fecha de inicio de la ocupación y/o la temporalidad de la misma, en cuyo caso, serán las fechas autorizadas las que determinen el devengo de la tasa.
2. No obstante lo previsto en el apartado anterior, cuando concurran situaciones de fuerza mayor, de grave riesgo colectivo, o catástrofes públicas, así como en el supuesto de declaración de alguno de los Estados de Alarma, Excepción o Sitio, regulados en la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, y dichas circunstancias impidan o dificulten de manera significativa el normal desarrollo de la actividad económica, el devengo de la tasa podrá quedar suspendido temporalmente, por el tiempo de duración de dichas circunstancias, o el necesario hasta que se produzca el normal desarrollo de la actividad económica.
En todo caso, la apreciación de las citadas circunstancias, así como la facultad para adoptar la suspensión del devengo, le corresponderá al Pleno de la Corporación, a propuesta de la Alcaldía-Presidencia, o de quien legalmente le sustituya.
3. El período impositivo coincidirá con la duración de la ocupación por ejercicio económico.
Dos.Se modifica el artículo 9, quedando redactado de la siguiente forma:
Artículo 9.ºNormas de gestión.
1. Las cantidades exigibles con arreglo a las tarifas se liquidarán por cada aprovechamiento solicitado o realizado y serán irreducibles por períodos naturales de tiempo, señalados en los respectivos epígrafes.
2. Las personas o entidades interesadas, deberán solicitar la correspondiente licencia, o en su caso, presentar la oportuna declaración responsable, según los modelos normalizados autorizados por la Corporación, y conforme a lo establecido en la Ordenanza municipal reguladora de la ocupación temporal de espacios exteriores con mesas, sillas, sombrillas y otras instalaciones análogas que constituyan complemento de la actividad hostelera.

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Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 3/12/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

CountrySpain

Date03/12/2020

Page count70

Edition count7385

First edition02/11/1999

Last issue27/06/2024

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