Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 26/6/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

BOLETIN OFICIAL / MIERCOLES 26 DE JUNIO DE 2024

público principal, ripiado, que transcurre de Norte a Sur; se arriba a la tranquera de la estancia conocida como La Luisa que serían propiedad de una familia apellidada Buriasco, a continuación tomamos un camino público hacia el Oeste como punto de referencia nos encontramos con un silo de material antiguo, luego tomamos un camino público hacia el Sur, en un cruce de caminos encontramos las instalaciones de la Escuela Rural C.E. R. N 17 Luis Vernet; desde allí tomamos otro camino público rural hacia el OESTE, y aprox. se ubica el campo a constatar a 1,5 km. Allí constatamos que el campo en cuestión mide aprox. en su frente Sur 325,20 m. sobre camino público y en su fondo lo mismo; y en sus costados Este y Oeste mide aprox. 1.055,40 ms. según plano que se agrega al presente; el predio en cuestión se encuentra cerrado en sus lados: Norte, Este y Oeste con alambrados de 5 hilos y postes de madera; en regular estado de conservación; al Sur sobre calle pública el cercado se encuentra caído; en este lado y en la cuneta de desage pluvial existen retoños de paraísos; cuenta con un puente de cemento que facilita el ingreso al predio, en su costado ESTE existe un molino de viento en funcionamiento; en toda su extensión se encuentra sembrado con soja que a la fecha tiene unos 30 cm. de alto; al Este de la propiedad existe un campo con cartel de madera y tranquera de lo mismo con la leyenda EL ABUELO que sería propiedad de Fernando Ribet; al Oeste existe un camino público cerrado al tránsito; más o menos a unos 2000 metros al Oeste siempre sobre camino público hay un campo con entrada construida con ladrillos y maderos en su ingreso al mismo con la denominación El Arbol; hacia el Sur camino público por medio linda con campos propiedad de Juan B. Maina Con lo que finalizó el acto de constatación firmando los intervinientes. FDO. JORGE A. MASINO: Juez. CONDICIONES: El que resulte comprador, deberá tener el 10% a cuenta de precio, saldo del precio al aprobarse la subasta y el 10% de Honorarios del martillero todo en dinero en efectivo y en este acto y deberá conformarse con las constancias de autos, no admitiéndose reclamo alguno una vez bajado el martillo por falta ó insuficiencia de los mismos. Más informes en Secretaría del Juzgado y/ó al martillero.
TEL. / FAX: 0342 4890992. / 155- 469565. Email: angelaruzicki@gmail.com FDO.
/ 05 / 2024.
DRA: SANDRA I. CERLIANI : SECRETARIA. RAFAELA, S/C
522257
Jun. 18 Jun. 26

EDICTOS DEL DIA


SANTA FE


JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

Por disposición de la Jueza a cargo de 1 Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: MENA, CRISTIAN DAMIAN s/Quiebra; Expte. CUIJ N 21-02045497-8, se ha resuelto lo siguiente: Santa Fe, de Abril del 2024. 1 Declarar, a su propio pedido, la quiebra de MENA, CRISTIAN DAMIAN D.N.I. 32.860.675, argentino, con domicilio en calle Libertad N 2461, de la ciudad de Laguna Paiva, Santa Fe, y legal en calle Gobernador Crespo N 3350, Piso cuarto, Departamento B, de la ciudad de Santa Fe, 3 Disponer como fecha para que tenga lugar el sorteo de un Contador Público Nacional que actuará como Síndico el día miércoles 17 de Abril de 2024 a las 10 horas. 5 Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de ser éstos ineficaces. 10 Fijar el día 28 de Mayo 2024 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. 11 Fijar el día 10 de Julio 2024 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos y el 23 de Septiembre de 2024 para que presente el informe general. 13 Disponer la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL, dentro de las veinticuatro horas y en la forma prevista por el art. 89 de la Ley 24.522, computándose el plazo que tiene la deudora para ello desde el día de notificación posterior a la aceptación del cargo por el Síndico, dado que los edictos deberán contener su nombre y domicilio. Fdo. Dra. Ana Rosa Alvarez, Jueza; Dra. Sandra Silvina Romero, Secretaria. Lo que Republica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL
y de acuerdo a la Ley 11827, en el lugar habilitado por la CSJP en el Palacio de Tribunales. Santa Fe, 16 de abril de Secretaría. Dra. Sandra Romero, Secretaria.
S/C
522235
Jun. 26 Jul. 2


Por así estar dispuesto en los autos: MOLINA MOGLIA HORACIO EDGARDO
s/Quiebra; CUIJ N 21-02046340-3, la Sra. Jueza a/c del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Romina Kilgelmann, ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 12 de Junio de 2024. AUTOS Y
VISTOS CONSIDERANDO RESUELVO: 1º Declarar la quiebra de Horacio Edgardo Molina Moglia, apellido materno Moglia, argentino, D.N.I. N 24.695.290, CUIL Nº 20-24695290-7, mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en calle Necochea N 3947 de la ciudad de Santo Tomé, Provincia de Santa Fe, y legalmente en calle Monseñor Zaspe N 3670 de la ciudad de Santa Fe. 2º Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3º Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4º Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5º Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. 6º Ordenar que se proceda a la interceptación de correspondencia del fallido y su entrega al Síndico. 7º Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art.
103 L.C.Q. 8º Disponer que el inventario que prevé el inc. 10 del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13 de la presente. 9º Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 10º Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría B, para el día 12/06/2024 a las 10.00 hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 11º Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2 del art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, con excepción de la cuota alimentaria por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones
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y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunalespara estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 12º Fijar el día 15/08/2024, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, facúltase a la Sindicatura a recibir los pedidos de verificación mediante correo electrónico, el cual habrá de ser consignado al aceptar el cargo, junto a un número telefónico directo de contacto y CBU para un eventual depósito de los aranceles de ley. Deberá, en tal caso, establecer claramente en los edictos a publicarse conforme al art. 89 LCQ, cuál será la modalidad de dicha recepción a distancia, virtual o en forma presencial, así como el mecanismo a adoptar para la presentación de los títulos justificativos en caso de requerimiento expreso por la sindicatura, firma ológrafa o digital del presentante, constitución de domicilio procesal y la fecha de presentación. Puede igualmente disponer un entorno virtual a los fines de publicar los pedidos de verificación al que podrán acceder los demás acreedores, posibilitando la visualización y control de los créditos insinuados para, en su caso, formular las observaciones pertinentes. Se fija el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. El mismo, deberá hacerse efectivo directamente ante el órgano sindical, en efectivo o mediante transferencia bancaria del importe a la CBU indicada por el mismo, que bastará como recibo correspondiente. 13º Fijar el día 30/08/2024 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14º Señalar el día 27/09/2024 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 11/11/2024 para la representación del Informe General. 15º Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos, se librarán oficios y/u oficio ley 22.172. Fecho, exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la persona fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 -y por su remisión el art. 21- ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 16º Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q., en el BOLETÍN
OFICIAL de la Provincia de Santa Fe.17º Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 18º Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Fdo. Dra. ROMINA KILGELMANN, JUEZA A/C. - Dra. VIVIANA
NAVEDA MARCÓ, SECRETARIA. CONSTE: Que en el sorteo de Síndico realizado el día 13 de Junio de 2024 para estos autos, resultó sorteado Síndico el C.P.N. Ricardo Pedro Melini, con domicilio en calle Urquiza N 2295, de esta ciudad.
S/C
522264
Jun. 26 Jul. 2


De acuerdo a lo dispuesto en resoluciones de fecha 24 de Mayo de 2024 y 11 de Junio de 2024 por el Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la SEPTIMA Nominación del Distrito Judicial Nº 1, se hace saber que en los autos caratulados: VILLALVA WALTER OSCAR s/Solicitud Propia QUIEBRA;
Expte. CUIJ 21-02038521-6, se han regulado los honorarios profesionales y presentado el informe final y Proyecto de Distribución de fondos, contando el fallido y los acreedores con un plazo de diez días para formular observaciones todo ello según lo normado por el art. 218 de la ley 24522. Las resoluciones que ordenan la presente medida en lo pertinente dicen: Santa Fe, 24 de Mayo de 2024. Regular los honorarios profesionales correspondientes al síndico CPN HORACIO RAUL GERMANO y regular los estipendios de la DRA. GISELA VERONICA MORENO por su actuación en autos. Córrase vista al Consejo Profesional de Ciencias Económicas y a la Caja Forense. Hágase saber que la clave de terceros es 8989. Insértese.
Hágase saber. Fdo. Dr. LUCIO ALFREDO PALACIOS Juez Dra. ROMINA SOLEDAD FREYRE Secretaria. SANTA FE, 11 de Junio de 2024 Agréguese. Por presentado informe final y proyecto de distribución. Pónganse los mismos de manifiesto en la Oficina por el término de ley. Publíquense edictos por dos días en el Boletín Oficial. Notifíquese. Fdo. Dr. LUCIO ALFREDO PALACIOS Juez; Dra. ROMINA
SOLEDAD FREYRE Secretaria. Por lo que se ordena la publicación de edictos por el término de dos días conforme a lo dispuesto por el art. 89 de la Ley 24522 en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, de Junio de 2024. El presente no tributa previo pago en virtud del 3er. Párrafo del art. 89 de la ley 24522.Romina Freyre, secretaria.
S/C
522253
Jun. 26 Jun. 27


En los autos caratulados: DALLIA, ERIC JOEL s/Quiebra; CUIJ N 21-020367188, que tramitan por ante el Juzgado de 1 Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Santa Fe se hace que se ha presentado el informe final y proyecto de distribución de fondos art. 218 LCyQ, regulándose los honorarios de la Sindicatura CPN María Delia Prono en la suma de $ 1.396.641.04 y apoderada del fallido, Dra. María Clara Talamé en la suma de $ 598.560.45. Lo que se publica a los fines previstos por el art. 218 LCyQ. Santa Fe, 7 de mayo de 2024.
$1
522396
Jun. 26 Jun. 27

El Juzgado de Primera Instancia de Distrito N 1 en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de Santa Fe, en los autos caratulados GARCIA, GUILLERMO
GABRIEL s/Pedido De Quiebra; CUIJ 21-02029402-4, ha dispuesto lo siguiente:
Santa Fe, 31 de Mayo de 2024 Por presentado informe final y proyecto de distribución. Pónganse los mismos de manifiesto en la Oficina por el término de ley. Publíquense edictos por dos días en el BOLETÍN OFICIAL. Regulación de honorarios, a despacho. Fdo. Dr. JOSÉ IGNACIO LIZASOAIN, Juez; Dr. NESTOR ANTONIO
TOSOLINI secretario. BENEFICIO DE GRATUIDAD LEY DE CONCURSOS Y
QUIEBRAS. Santa Fe, de 2024.
S/C
522239
Jun. 26 Jun. 27


El Juzgado de Primera Instancia de Distrito N 1 en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de Santa Fe, en los autos caratulados: GARCIA, GUILLERMO

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 26/6/2024

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

CountryArgentina

Date26/06/2024

Page count60

Edition count703

First edition03/05/2002

Last issue03/07/2024

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